ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA Cláusulas de Ejemplo

ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. Para efectos de la valoración de la experiencia, el proponente deberá acreditar los siguientes datos de esta, los cuales se acreditarán, por regla general, mediante certificación expedido por parte de la contratante y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final, así: • Entidad ContratanteObjeto del contrato • Principales actividades ejecutadas y/o Alcance del contrato • El valor del contrato. • El porcentaje de participación, si el contrato se suscribió en cualquier forma asociativa. • La fecha de iniciación de la ejecución del contrato. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de iniciación el primer día del mes. • La fecha de terminación de la ejecución del contrato o la fecha de entrega y recibo definitivo. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de terminación el último día del mes. En el caso que se acredite la fecha de terminación y adicionalmente la fecha de entrega y recibo definitivo, para el cálculo del plazo del contrato tendrá prioridad la fecha que haya ocurrido primero. • Tiempo total de suspensión (EN CASO DE QUE APLIQUE). 1. En caso de que los datos de las suspensiones se acrediten en días, meses y años de inicio y terminación; y adicionalmente en meses y/o en días, tendrán prioridad las fechas de iniciación y terminación de las mismas, para el cálculo de las suspensiones. 2. Cuando no se indique la fecha de terminación de la suspensión, pero se indique la fecha de reanudación, ó de reiniciación, o de levantamiento de la misma, se tomará como fecha de terminación de la suspensión, el día anterior a la reanudación o de reiniciación, o de levantamiento y se aplicará la fórmula descrita para tal fin en los presentes términos de referencia, para el cálculo correspondiente. 3. Para efectos de la acreditación de la experiencia a que se refiere el presente proceso, el proponente deberá allegar copia del contrato y certificado de ejecución o acta de cumplimiento a satisfacción expedido por parte de la contratante y/o acta de liquidación y/o acta de recibo final. 4. Para el presente proceso, NO SE ACEPTARÁN SUBCONTRATOS 5. Para efectos de habilitar un proponente, la experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá ...
ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. Para la acreditación de experiencia profesional relacionada de cada miembro del Equipo Mínimo de Trabajo, el PROPONENTE debe: Adjuntar las certificaciones respectivas, en donde se evidencie la siguiente información: ▪ Nombre de la entidad contratante o empleador. ▪ Nombre del contratista o empleado con el número de identificación. ▪ Objeto del contrato y/o alcance y/o cargo y/o nombre del proyecto y/u obligaciones y/o actividades desarrolladas, donde se pueda verificar que cumple con la experiencia exigida. ▪ Fecha de inicio y terminación del contrato y/o proyecto. ▪ Nombre, cargo y firma de quien expide la certificación. ▪ Fecha de expedición de la certificación. Nota 1: Si la certificación no contiene la totalidad de la información, EL PROPONENTE podrá aportar, además de la certificación y junto con su propuesta, los siguientes documentos que complementen la información requerida para acreditar la experiencia profesional relacionada: copia del contrato, o copia de las resoluciones de nombramiento y actas de posesión, o actas de liquidación o actas de terminación. Nota 2. Para el cómputo de la experiencia se aplicará lo dispuesto en: Decreto 019 de 2012; Circular Única Colombia Compra Eficiente y lo establecido en la reglamentación especial para la respetiva profesión, así: "El Decreto – Ley 019 de 2012, establece que, para el ejercicio de diferentes profesiones acreditadas por el Ministerio de Educación Nacional, la experiencia profesional se computará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior; exceptuando de esta condición las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud en las cuales la experiencia profesional se computa a partir de la inscripción o registro profesional. Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en los que el objeto del contrato requiera el ejercicio de profesiones sujetas a regulación especial en razón a la alta responsabilidad y riesgo social que implica su ejercicio para la sociedad, como es el caso de las profesiones relacionadas con la ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares, la Entidad Estatal debe remitirse a lo establecido en la regulación específica acerca del cómputo de la experiencia". Lo anterior, sin perjuicio del requisito de la tarjeta, según la exigencia de cada profesión. En caso de que el proponente pretenda acreditar para el cómputo de la experiencia, aquella adquirida con anterioridad a la obtención del título educación superior,...
ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. El proponente debe soportar la información consignada en el Formato No. 05, mediante certificaciones expedidas por la entidad o empresa contratante y/o contrato, adicionales (si existieron) y acta de recibo final o acta de liquidación, debidamente firmadas. Los documentos suministrados deberán contener toda la información necesaria para que XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. pueda evaluar la experiencia del proponente y poseer como mínimo la información requerida en el Formato No. 05. La información para acreditar experiencia relacionada con la información de ítems y cantidades de obra, podrá acreditarse con la presentación del ACTA FINAL DE OBRA DEBIDAMENTE SUSCRITA POR TODAS LAS PARTES. Las certificaciones deberán contener: nombre o razón social completa de la entidad contratante, el nombre o razón social completa de la persona certificada, el objeto del respectivo contrato, el valor total del mismo, las fechas contractuales de iniciación y de terminación del mismo, o de suspensión, si es el caso, la fecha de expedición de la certificación y el nombre de la persona que la suscribe por parte de la entidad contratante. No se aceptarán para certificar experiencia, los contratos ejecutados por administración delegada o contratos de asistencia técnica. La evaluación de aquellos contratos cuyo objeto tiene previsto adelantar independientemente etapas de consultoría y de construcción, se efectuará considerando únicamente el plazo y los valores correspondientes a la etapa de construcción únicamente. Cuando se certifiquen contratos ejecutados bajo la modalidad de consorcio, XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. tomará para la evaluación de la experiencia, el 100% en la ejecución del contrato certificado. en el caso de unión temporal, se tendrá en cuenta la experiencia del contrato por el porcentaje de participación. En el caso que se certifique un contrato ejecutado por dos o más miembros de una misma unión temporal o consorcio participante en la presente convocatoria, el contrato será tenido en cuenta como uno solo, y se sumarán los porcentajes de participación de los miembros en el consorcio o unión temporal ejecutor. Por lo anterior, el proponente deberá presentar el documento que acredito la conformación del consorcio o de la unión temporal, con el fin de determinar el porcentaje de participación del miembro o miembros en el contrato. XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. se reserva el derecho de verificar durante la evaluación y hasta la adjudicación, la información aportada por el proponen...
ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. El proponente deberá acreditar que los contratos relacionados en el FORMULARIO DE EXPERIENCIA se encuentran inscritos en el RUP. La entidad verificará del RUP aquella información de los contratos requerida en el presente pliego de condiciones. De los contratos aportados inscritos en el RUP, La información sobre la experiencia que no repose en el RUP, deberá aportarse dentro de la propuesta. El proponente deberá indicar de manera clara en el Formato de Experiencia, el número consecutivo del reporte del contrato ejecutado en el RUP. NOTA: El proponente deberá diligenciar y adjuntar en la plataforma del SECOP II en medio magnético, trascritos en Microsoft Excel, máximo office 2007, bajo plataforma Windows, la información contenida en el Formulario de experiencia, la cual debe ser idéntica a la aportada en las certificaciones. En caso de presentarse discrepancias entre la información consignada en las certificaciones aportadas en la plataforma del SECOP II, y el Formulario de Experiencia diligenciado, prevalecerá la información consignada en las certificaciones aportadas. Para efectos de la valoración de la experiencia, el proponente deberá acreditar los siguientes datos de la misma, los cuales se acreditarán, por regla general, mediante la información inscrita en el RUP:  Entidad ContratanteObjeto del contrato PLIEGO DE CONDICIONES  Clasificación del contrato en los Códigos del “Clasificador de los bienes, Obras y Servicios de ls Naciones Unidas”  Principales actividades ejecutadas  Las longitudes, volúmenes, dimensiones, tipologías y demás condiciones de experiencia establecidas en el numeral EXPERIENCIA REQUERIDA.  El porcentaje de participación, si el contrato se suscribió en cualquier forma asociativa.  La fecha de iniciación de la ejecución del contrato. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de iniciación el primer día del mes.  La fecha de terminación de la ejecución del contrato. (Debe indicar día, mes y año). No obstante, si en los documentos válidos aportados para la acreditación de experiencia solo se evidencia el mes y el año, se tomará para efectos de evaluación de la fecha de terminación el último día del mes.  Para efectos de evaluación de la Fecha de Terminación de la ejecución de los contratos, la entidad no validará la Fecha de Entrega y/o Recibo Final como Fecha de Ter...
ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. Se sumarán los años y meses cumplidos de vigencia de los contratos entregados. Adicionalmente, los años de experiencia se sumarán de manera lineal, es decir, no se considerarán los periodos de tiempo que coincidan entre contratos. No sumará el tiempo de experiencia en el que no se acredite haber prestado los servicios. Si algún LICITANTE acredita más años de los límites solicitados (10 años), sólo se le asignará la mayor puntuación o unidades porcentuales que correspondan al límite máximo determinado. Puntos a otorgar y contabilización de puntos: De acuerdo con el mayor número de años de vigencia en los contratos acreditados, el Instituto otorgará el máximo de puntuación o unidades porcentuales al LICITANTE que acredite el máximo de años de experiencia, para el resto de los LICITANTES se aplicará una regla de tres y los puntos se asignarán de manera proporcional. Puntos máximos para el mayor número de años de vigencia prestando servicios de características y condiciones semejantes a las requeridas en la presente contratación, mínimo 1 (un) año y hasta un máximo de 10 años. 12.00 puntos En caso de que dos LICITANTES acrediten el mismo número de años, se les asignará los mismos puntos. Serán considerados los contratos con los que acredite similitud al servicio requerido por EL INSTITUTO en el presente procedimiento de contratación. EL LICITANTE que acredite el mayor número de contratos relacionados con los servicios a contratar, obtendrá el máximo de 6 (seis) puntos, para el resto se aplicará una regla de tres y los puntos se asignarán de manera proporcional al resto de los LICITANTES. Puntos máximos para el máximo de contratos acreditados. 6.00 puntos En caso de que dos o más LICITANTES acrediten el mismo número de especialidad o de años de experiencia, se dará la misma puntuación a los dos o más LICITANTES que se encuentren en ese supuesto. Toda la información solicitada en el presente subrubro, deberá cumplir con el numeral 5.1. Criterios de evaluación técnica de la convocatoria.
ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. El Proponente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, debe acreditar la experiencia especifica exigida, en su Registro Único de Proponente RUP, la cual deberá estar debidamente registrada, inscrita e identificada con el Clasificador de Bienes y Servicios en el tercer nivel y expresando su valor en salarios mínimos mensuales legales, el RUP deberá encontrase vigente y en firme al momento del cierre del presente proceso de contratación, así mismo deberán ser acreditados mediante la presentación de la siguiente documentación:
ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. 4.2.1 ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA - PROPONENTES NACIONALES: PARA ADJUDICACION TOTAL (GRUPO DE OBRA 01, GRUPO DE OBRA 02 Y GRUPO DE OBRA 03). Grupos Acreditación requerida experiencia Acreditación presupuesto Nota: Con respecto al metraje solicitado los oferentes deberán aportar certificaciones de experiencia de los contratos que se encuentran en RUP donde conste este aspecto. Las certificaciones debe ser expedidas y firmas por la parte contratante. PARA ADJUDICACION PARCIAL POR GRUPOS Nota: Con respecto al metraje solicitado los oferentes deberán aportar certificaciones de experiencia de los contratos que se encuentran en RUP donde conste este aspecto. Las certificaciones debe ser expedidas y firmas por la parte contratante. La clasificación de los bienes y servicios en el tercer nivel: ofrecidos por el proponente a las Entidades Estatales de conformidad al Sistema de Codificación de las Naciones Unidas para estandarizar productos y servicios, clasificación que para el presente proceso acuerdo al objeto deberá cumplir con cualquiera de los siguientes niveles: NOTA 1: Las certificaciones deberán contener como mínimo la siguiente información: a) Nombre de la entidad contratante.

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