Certificación Cláusulas de Ejemplo

Certificación. Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi mejor conocimiento y mi entender, este currículo describe correctamente mi persona, mis calificaciones y mi experiencia. Entiendo que cualquier declaración voluntariamente falsa aquí incluida puede conducir a mi descalificación o la cancelación de mi trabajo, si fuera contratado. Nombre completo del representante autorizado:
Certificación. Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi mejor conocimiento y mi entender, este currículo describe correctamente mi persona, mis calificaciones y mi experiencia. Entiendo que cualquier declaración voluntariamente falsa aquí incluida puede conducir a mi descalificación o la cancelación de mi trabajo, si fuera contratado. Nombre completo del representante autorizado: FORMULARIO TEC-7 CALENDARIO DE ACTIVIDADES DEL PERSONAL1 Nombre del personal Contribución del personal (en un gráfico xx xxxxxx)2 Total de la contribución persona-meses 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 n Sede Campo3 Total Extranjero 1 [Sede] [Camp o] n Subtotal Local 1 [Sede] [Camp o] n Subtotal 1 Para el personal profesional el aporte deber ser indicado individualmente; para el personal de apoyo, deberá ser indicado por categoría (por ejemplo, dibujante, empleado de oficina; etc.) 2 Los meses se cuentan desde el inicio del trabajo. Para cada empleado indique separadamente el aporte en la sede y en el campo.
Certificación. Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi mejor conocimiento y mi entender, esta currícula describe correctamente mis datos, calificaciones y experiencia profesional. Entiendo que cualquier declaración voluntariamente falsa aquí incluida puede conducir a mi descalificación o la cancelación de mi trabajo, si la empresa a la que represento fuera contratada. Por la presente autorizo al Cliente a realizar cualquier indagación y/o a solicitar cualquier documentación en relación a las aseveraciones aquí incluidas. Acepto el cargo, funciones, período y tiempos que me han sido asignados para el Proyecto y me comprometo a estar disponible para ejecutarlas.
Certificación. Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi mejor conocimiento y mi entender, este currículo describe correctamente mi persona, mis calificaciones y mi experiencia.
Certificación. El Art. 1.12.1 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: Conformada la medición por la Inspección de Obra y el Contratista, éste preparará de acuerdo a sus resultados el Certificado Mensual de Avance de Obra, según formulario aprobado por la Inspección, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuesto aprobados. Cada Certificado Mensual de Avance de Obra deberá ser acumulativo, es decir que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del Certificado anterior. Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el Certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiere, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo. Los Certificados constituirán en todos los casos documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sean aprobadas por el Ministerio de Desarrollo Urbano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El Contratista deberá presentar a la Inspección de Obra dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente al que correspondan los trabajos, cinco ejemplares de los certificados por él confeccionados para la conformidad de la Inspección de Obra y posterior aprobación por parte de la Inspección de Obra del Ministerio de Desarrollo Urbano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En caso xx xxxx en el art. 1.12.6. del P.C.G. se complementa con lo siguiente: De no presentar los certificados en tiempo y forma, conforme al Art. 1.12.6 del P.C.G., dentro de los diez (10) días hábiles subsiguientes, la Inspección de Obra podrá bajo apercibimiento, certificar de oficio, sin recurso alguno, la cantidad que se considere conveniente. El pago de los certificados de obra se hará dentro de los treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de la conformación por el Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El pago de los certificados de acopio se hará dentro de los quince (15) días hábiles a partir de la fecha de conformación por el Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx X...
Certificación. El Contratista deberá presentar dentro de los CINCO (5) días de finalizada la medición de los trabajos, el certificado de obra, y de desacopio, en caso que corresponda, junto con la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente y a lo estipulado en el contrato, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. Cada certificado debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado del mes anterior. Del monto total del certificado se descontará el porcentaje correspondiente al anticipo financiero otorgado. Si el Contratista no presentara en tiempo oportuno los certificados, la Inspección podrá emitirlos de oficio de acuerdo con la medición realizada. Los certificados deberán sen aprobados dentro del plazo xx XXXX (10) días contados desde su presentación. Si dentro de este plazo el certificado fuese observado, el plazo para el pago comenzará en el momento en que el Contratista lo presente con las correcciones del caso. Si el certificado fuera observado por la Inspección lo devolverá al contratista para que realice las modificaciones indicadas. Si el contratista no estuviera de acuerdo con las modificaciones propuestas por la Inspección, ésta podrá certificar de oficio. En ese caso el contratista podrá reclamar dentro del plazo perentorio de DOS (2) días de la emisión del certificado. Vencido dicho plazo sin que se presente reclamo alguno, se producirá la caducidad del derecho a reclamar respecto del monto certificado.
Certificación. El proveedor de servicios certifica que ni la Organización, sus directivos o personal a cargo están actualmente excluidos, suspendidos, propuestos para exclusión, declarados inelegibles o voluntariamente excluidos por cualquier agencia o departamento del Gobierno de los Estados Unidos de América, para su participación en este contrato.
Certificación. Las partes convienen en que este contrato junto con los estados de cuenta certificados por el Contador facultado por SANTANDER CONSUMO, harán prueba plena respecto al estado del adeudo de la ACREDITADA.
Certificación. El Contratista deberá presentar dentro de los CINCO (5) días de finalizada la medición de los trabajos, el certificado de obra, y de desacopio, en caso que corresponda, junto con la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente y a lo estipulado en el contrato, con fecha coincidente a la consignada en el certificado. Para la aprobación del certificado la Inspección podrá requerir la documentación que considere necesaria a los fines de verificar el cumplimiento de todas las obligaciones impositivas y previsionales del Contratista así como la presentación de la registración de la tarea profesional de que se trate por ante la entidad colegial competente al efecto y la presentación de la liquidación de honorarios con determinación de los aportes previsionales del caso, que conforme a la legislación aplicable, el colegio profesional correspondiente emita. Cada certificado debe comprender la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha del certificado y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del certificado del mes anterior. Del monto total del certificado se descontará el porcentaje correspondiente al anticipo financiero otorgado. Si el Contratista no presentara en tiempo oportuno los certificados, la Inspección podrá emitirlos de oficio de acuerdo con la medición realizada. Los certificados deberán sen aprobados dentro del plazo xx XXXX (10) días contados desde su presentación. Si dentro de este plazo el certificado fuese observado, el plazo para el pago comenzará en el momento en que el Contratista lo presente con las correcciones del caso. Si el certificado fuera observado por la Inspección lo devolverá al contratista para que realice las modificaciones indicadas. Si el contratista no estuviera de acuerdo con las modificaciones propuestas por la Inspección, ésta podrá certificar de oficio. En ese caso el contratista podrá reclamar dentro del plazo perentorio de DOS (2) días de la emisión del certificado. Vencido dicho plazo sin que se presente reclamo alguno, se producirá la caducidad del derecho a reclamar respecto del monto certificado.
Certificación. Todo documento escrito pretende probar.