CLASE DE EXPEDIENTE Y FORMA DE LICITACIÓN. El expediente de contratación será objeto de TRAMITACIÓN ORDINARIA y la licitación y adjudicación del contrato se realizarán por el PROCEDIMIENTO ABIERTO previsto y regulado por los artículos 157 a 161 del TRLCSP y por los artículos correspondientes del RGLCAP. EMPRESAS LICITADORAS Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija el TRLCSP, se encuentren debidamente clasificadas. Las empresas licitadoras no deberán estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación definitiva del contrato. Las empresas deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. La Administración podrá, igualmente, contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. PROPOSICIONES: DOCUMENTACIÓN Y PROPUESTAS Las proposiciones serán secretas y para ello, se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública. Su presentación presume la aceptación incondicionada por la empresa del contenido de la totalidad de lo previsto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad o reserva alguna. Cada empresa licitadora no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otras si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas por dicha empresa. Cualquier información adicional que se solicite sobre los pliegos y sobre ...
CLASE DE EXPEDIENTE Y FORMA DE LICITACIÓN. El expediente de contratación será objeto de TRAMITACIÓN ORDINARIA y la licitación y adjudicación del contrato se realizarán por el PROCEDIMIENTO ABIERTO previsto y regulado por los artículos 157 a 161 del TRLCSP y por los artículos correspondientes del RGLCAP.
CLASE DE EXPEDIENTE Y FORMA DE LICITACIÓN. 1.- El expediente de contratación se realiza por el procedimiento y la tramitación previstos al inicio del cuadro de características. En el supuesto de admisión de variantes, las licitadoras podrán ofertar alternativas en la forma establecida en el apartado 13 del cuadro de características y con los requisitos, modalidades y características técnicas fijadas en el pliego de prescripciones técnicas particulares y resumidas en dicho apartado.
2.- La tramitación urgente del expediente implicará la reducción de los plazos establecidos para su licitación y adjudicación, conforme a las reglas establecidas en el artículo 119 y concordantes de la LCSP.
CLASE DE EXPEDIENTE Y FORMA DE LICITACIÓN. El expediente de contratación será objeto de TRAMITACIÓN ORDINARIA y la licitación y adjudicación del contrato se realizarán por el PROCEDIMIENTO ABIERTO previsto y regulado por los artículos 157 a 161 del TRLCSP y por los artículos correspondientes del RGLCAP. REQUISITOS PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN
CLASE DE EXPEDIENTE Y FORMA DE LICITACIÓN. 1.- El expediente de contratación se realiza por el procedimiento y la tramitación previstos al inicio del cuadro de características.
2.- La tramitación urgente del expediente implicará la reducción de los plazos establecidos para su licitación, adjudicación y formalización, conforme a las reglas establecidas en el artículo 119 y concordantes de la LCSP.
CLASE DE EXPEDIENTE Y FORMA DE LICITACIÓN. El expediente de contratación será objeto de tramitación ordinaria y la licitación y adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por el procedimiento abierto previsto y regulado en los artículos 141 a 145 de la LCSP y por los artículos correspondientes del RGLCAP.
CLASE DE EXPEDIENTE Y FORMA DE LICITACIÓN. El expediente de contratación será objeto de TRAMITACIÓN ORDINARIA y la licitación y adjudicación del contrato se realizarán por el PROCEDIMIENTO ABIERTO previsto y regulado por la normativa aplicable. En el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
CLASE DE EXPEDIENTE Y FORMA DE LICITACIÓN. 6 8.- LICITADORES 7
CLASE DE EXPEDIENTE Y FORMA DE LICITACIÓN. Tal y como se consigna en el apartado 7 de la carátula de este xxxxxx, el presente expediente de contratación será objeto de TRAMITACIÓN ORDINARIA y la licitación y adjudicación del contrato se realizarán por el PROCEDIMIENTO ABIERTO previsto en los artículos 141 a 145 de la LCSP.
CLASE DE EXPEDIENTE Y FORMA DE LICITACIÓN. La adquisición del bien inmueble se hará mediante CONCURSO PÚBLICO.