Eficacia. El presente convenio será eficaz, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo xx xxxx días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Eficacia. El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 22 de diciembre de 2015 Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx. PRESIDENTA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. VICEPRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL PRÓRROGA DURANTE EL EJERCICIO 2016 DEL CONTRATO-PROGRAMA ACORDADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CON LA AGENCIA PÚBLICA EMPRESARIAL DE LA RADIO Y TELEVISIÓN DE ANDALUCÍA (RTVA) DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO-PROGRAMA DEL PERÍODO 2013- 2015 De una parte, el Excmo. Xx. Xxx Xxxxxx Jiménez Barrios, Consejero de la Presidencia y Administración Local de la Junta de Andalucía, y cuyos demás datos personales se omiten en razón de su cargo público. De otra parte, el Ilmo. Sr. X. Xxxxxxx Xxxxxxx Durán Ayo, Subdirector General de la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA), y cuyos demás datos personas se omiten en razón de su cargo público. El primero conforme al Decreto de la Presidenta 14/2015, de 17 xx xxxxx, y en virtud de sus competencias y facultades establecidas en el Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.3 de la Ley 18/2007, de 17 de diciembre, de la radio y televisión de titularidad autonómica gestionada por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA); y previo Acuerdo del Consejo de Gobierno. El segundo conforme al Acuerdo del Consejo de Administración de la RTVA de 00 xx xxxxx xx 2013 (BOJA núm. 61 de 1 xx xxxxx de 2013), y en virtud de las competencias y funciones establecidas en el artículo 19 de la Ley 18/2007.
Eficacia. La eficacia del presente Xxxxxxxx, se ha de entender sin perjuicio de la prioridad aplicativa que se atribuya a otros convenios de distinto ámbito, de conformidad a lo dispuesto en la legislación laboral y resto del ordenamiento jurídico
Eficacia. La presente Adenda surtirá efectos desde la fecha de su firma. La Cámara acepta el presente documento sobre las condiciones de la ayuda de FSE, en cumplimiento de lo dispuesto en la letra c) del artículo 125.3 del Reglamento (UE) Nº 1303/2013, de diciembre de 2013. Y en prueba de conformidad, las partes suscriben el presente documento en la fecha indicada.
Eficacia. La presente convocatoria entrará en vigor a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla. Lo que se comunica para su conocimiento general y efectos oportunos. Melilla 8 xx xxxx de 2019,
Eficacia. Los Convenios colectivos de ámbito inferior, sea cual sea su denominación, adecuarán su estructura salarial al contenido de las presentes normas que serán de obligada inserción en los mismos.
Eficacia. 1. La presente convocatoria surtirá efectos desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el “Boletín Oficial del Estado”.
Eficacia. Dada la naturaleza normativa y eficacia general, que le viene dada por lo dispuesto en el Título III del Estatuto de los trabajadores y por la representatividad de las organizaciones firmantes, el presente Convenio tendrá carácter de obligado cumplimiento en las relaciones laborales para todas aquellas empresas y trabajadores y trabajadoras comprendidos dentro de sus ámbitos funcional, personal y territorial.
Eficacia. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público el presente Convenio resultará eficaz una vez que la Confederación Hidrográfica xxx Xxxxxxxx O.A. haya procedido a su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal a que se refiere la Disposición Adicional Séptima de dicha Ley y se haya publicado el Convenio en el Boletín Oficial del Estado. Este Convenio se extinguirá por el cumplimiento de todos los compromisos asumidos, o por incurrir en causa de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Por último, el presente Xxxxxxxx podrá resolverse anticipadamente, si por cualquier causa, fuera imposible o innecesaria la ejecución de los compromisos adquiridos. El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes facultará a la otra para exigir su estricto cumplimiento, y en el caso de persistir en su incumplimiento, para solicitar la resolución del Convenio. En este último supuesto las partes intervinientes, a través de la Comisión de seguimiento, determinarán las condiciones para la finalización y pago de los trabajos que se hallaren en ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre. Código seguro de Verificación : GEN-5a66-7035-02ba-b502-94cc-a89c-699f-35e0 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxXxxxXxxxx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxXXX.xxx Además, la resolución del Convenio por esta causa conllevará la compensación o indemnización de los perjuicios causados a la parte o partes que hubieren cumplido los compromisos adquiridos, que podrá ser reclamada en vía administrativa o contencioso-administrativa.
Eficacia. El criterio de eficacia en la terminología del Marco Lógico, concierne a qué punto se utilizaron los productos del proyecto, y qué objetivo específico del proyecto se realizó. El análisis de la eficacia podría por lo tanto enfocar en temas como: • Si los beneficios planificados fueron entregados y recibidos, cómo lo percibieron los actores clave (incluyendo hombres y mujeres, y específicamente grupos vulnerables como los discapacitados). • En proyectos de reforma institucional, si los patrones de comportamiento han cambiado en las organizaciones beneficiarias, o en grupos de diferentes niveles; y cuán lejos los cambios institucionales y características han producido las mejoras planeadas (por ej. en comunicaciones, productividad, habilidad en generar acciones que llevan a un desarrollo económico y social); • Si la evaluación de hipótesis y riesgos a nivel de resultados fueron inadecuados o inválidos, o si intervinieron factores externos imprevistos, cómo se adaptó una administración flexible para asegurar que los resultados podrían lograr el objetivo específico; y cuánto apoyo se obtuvo de los actores clave principales , incluyendo Gobierno, etc. • Si fue apropiado el balance de responsabilidades entre varios actores clave, qué medidas fueron o pudieron tomar las autoridades socias, y cuáles las consecuencias; • Cómo resultados no planeados podrían haber afectado los beneficios recibidos; • Si algún defecto encontrado en este nivel, se debe a la falla de no haber tomado en cuenta temas que se sobreponen o sobre dimensionados tales como género, medio ambiente y pobreza durante la implementación. El término impacto algunas veces se refiere a los resultados, denota la relación entre el propósito (objetivo específico) del proyecto y su fin (objetivo general), ello es al punto al cual los beneficios recibidos por los beneficiarios, tuvo un efecto multiplicador en un número mayor de personas, en el sector o región, o el país como tal. A nivel de impacto, el análisis generalmente examina aspectos como ser: • A qué punto el objetivo general planteado ha sido logrado, y cuán desviado de la dirección del proyecto; • En proyectos de reforma institucional, cuán realzado resultó el desarrollo económico y social a raíz de mejores capacidades institucionales y comunicaciones; • En proyectos tipo de infraestructura, ¿cuánto se realzó el desarrollo económico y social más allá del nivel de los usuarios inmediatos? • Si hubo impactos no planeados, cómo afectaron al impacto t...