Liquidaciones Cláusulas de Ejemplo

Liquidaciones. 1. La prima devengada, se calculará sobre el promedio diario de existencias que hubo durante el período póliza.
Liquidaciones. El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas, en el modelo editado por la Asociación de Fabricantes de Muebles, Ebanistería y Carpintería, de la provincia xx Xxxxxx. El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo de finiquito, modelo igualmente editado por la Asociación de Fabricantes de Muebles, Ebanistería y Carpintería, de la provincia xx Xxxxxx. Los trabajadores con contrato eventual que hayan causado baja en la empresa por conclusión del mismo, tendrán derecho a todos los atrasos salariales que correspondan cuando se realice la revisión o firma del convenio. Firmado el finiquito por el trabajador, si existiera alguna irregularidad salarial, en cuanto que la empresa no haya satisfecho todas las remuneraciones a que se encuentra obligada, aquel documento no liberará al empresario nada más que de las cantidades realmente abonadas, pudiendo el trabajador reclamar la diferencia.
Liquidaciones. Dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía de cada obra, la dirección facultativa, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. Si éste fuera favorable el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo la derivada de vicios ocultos. En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido durante el plazo de garantía, la dirección facultativa procederá a dictar las oportunas instrucciones al contratista para la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para ello, durante el cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía. El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. En todo caso, a la finalización del contrato, y transcurrido el plazo de garantía de todas las obras realizadas, si no hubiesen resultado responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquella y se procederá a la liquidación del contrato y al pago de las obligaciones pendientes. En el supuesto de resolución del contrato, en el plazo no superior a un mes desde el acuerdo correspondiente, el órgano de contratación adoptará las medidas oportunas para su liquidación.
Liquidaciones. El EDITOR se obliga a presentar al AUTOR/A semestralmente un certificado en el que consten las liquidaciones de las ventas de ejemplares de la OBRA durante el semestre natural inmediatamente anterior –aunque el resultado sea negativo– con expresión del número de ejemplares publicados, vendidos, en depósito, distribuidos y en almacén, así como su precio de venta sin IVA según catálogo. En caso de que el saldo resultara favorable al AUTOR/A, el EDITOR realizará el pago de las cantidades debidas, dentro de los treinta días siguientes al envío del certificado. El EDITOR se compromete a facilitar al autor/a el examen de sus libros de contabilidad. Asimismo, el AUTOR/A tendrá derecho a realizar, a su xxxxx, la revisión por parte de una firma de auditoria de las liquidaciones efectuadas por el EDITOR, y este último se compromete a facilitar el examen por parte de esta auditoria de todos los libros y documentos mercantiles.
Liquidaciones. El BANCO pagará el capital e intereses correspondientes a las Inversiones realizadas bajo el presente Contrato en la fecha de vencimiento indicada en el comprobante de la Operación de acuerdo a las instrucciones giradas de manera expresa por el CLIENTE al BANCO en el momento de la contratación de la Inversión y, en su caso, realizará las renovaciones o reinversiones correspondientes. En el evento de que el CLIENTE solicitara el pago o liquidación de la Inversión a su vencimiento, los recursos que correspondan a dicha Inversión serán puestos a disposición del CLIENTE mediante abono de la cantidad correspondiente a la Cuenta con cargo a la cual se hubiere efectuado la Inversión.
Liquidaciones. Art. 178. La liquidación se efectuará sobre la base:
Liquidaciones. Comisión de descubierto. Si hay descubierto por saldo posición o contable en el período liquidado, el Banco podrá aplicar una comisión de descubierto igual a la que tenga comunicada al Banco de España y publicada en el sitio web del Banco de acuerdo con la normativa vigente. En la actualidad la comisión de descubierto es la expresada con carácter informativo en el apartado "Comisión descubierto" de las condiciones particulares de este contrato, la cual se calculará sobre el mayor
Liquidaciones. Los intereses pactados se calcularán sobre los saldos resultantes de ordenar las operaciones por fecha valor y se producirán a favor de los Titulares o del Banco, según corresponda; se computarán sobre el número de días naturales efectivamente transcurridos aplicando un divisor de 360 días, y se liquidarán y serán pagaderos el último día del período de liquidación establecido en el apartado "Tipo y periodicidad de liquidación y pago de intereses" de las Condiciones particulares, mediante el abono y/o adeudo de sus importes, según corresponda, en la cuenta objeto del presente contrato. Los Titulares se obligan a procurar que exista disponibilidad suficiente para el adeudo de los intereses y comisiones. Los intereses y comisiones asentados en la cuenta se acumularán a su saldo y este aumento será computable a efectos del rédito de nuevos intereses y comisiones en el período de liquidación siguiente.
Liquidaciones. LA PRODUCTORA entregará al AUTOR, la documentación citada en las diversas estipulaciones remuneratorias de este contrato, para efectuar las liquidaciones pertinentes.
Liquidaciones. Los PRESTATARIOS declaran conocer el cronograma de pago inicial que establece las cuotas, empero, si existe xxxx, los importes de interés de dicho cronograma serán modificados, aplicando los intereses penales que correspondan. Cualquier liquidación que se presente, sea judicial o extrajudicialmente, deberá respetar las reglas contractuales establecidas en forma precedente.