Modificaciones a la Póliza Cláusulas de Ejemplo

Modificaciones a la Póliza. Sin perjuicio de lo indicado en el artículo 14 respecto al acreedor, las estipulaciones consignadas en esta póliza pueden ser modificadas previo acuerdo entre SEGUROS LAFISE y el Tomador y/o Asegurado. Toda solicitud de cambio deberá ser dirigida a la contraparte en forma directa o por medio de un Intermediario de Xxxxxxx nombrado, en su caso, a través de cualquier medio escrito o electrónico con acuse o comprobación de recibo dicha solicitud deberá tener lugar dentro de los siguientes 10 días hábiles en que ocurrió la modificación. Una vez notificada la propuesta de modificación a la contraparte, ésta dispone de treinta días naturales para aceptarlas, rechazarlas o hacer una contrapropuesta. En caso que la propuesta de modificación no haya brindado respuesta en el plazo indicado o la misma sea rechazada por la contraparte, se mantendrán las condiciones pactadas inicialmente. Para que dicha modificación sea válida al momento de ocurrir un evento que dé lugar a reclamación bajo la presente póliza, tal modificación debe constar en Addendum, emitido por SEGUROS LAFISE y firmada por sus funcionarios autorizados.
Modificaciones a la Póliza. Las modificaciones de la Póliza no serán efectivas sin la firma del Representante Legal de la Compañía. El Asegurado podrá solicitar las modificaciones de datos personales en el momento que lo desee, mediante comunicación a la Compañía.
Modificaciones a la Póliza. 9.1 Salvo lo expresamente estipulado en el presente numeral, solamente la Aseguradora y el Asegurado Titular tendrán autoridad para modificar los términos de la presente póliza. Ningún cambio será válido ni surtirá efectos legales a menos de que sea aceptado de forma escrita por la Aseguradora. Todas las modificaciones o anexos a esta póliza deberán ser autorizados y firmados por parte de un funcionario autorizado de la Aseguradora.
Modificaciones a la Póliza. Cualquier modificación a la póliza durante su vigencia deberá contar con el consentimiento del deudor asegurado que financia todo o parte de la prima, el que deberá otorgarse mediante documento escrito y firmado por éste, y con la aceptación del Acreedor Hipotecario. Las modificaciones a la póliza se materializarán mediante un endoso y regirán a partir de la fecha de vigencia indicada en el mismo endoso, salvo que se exprese otra cosa.
Modificaciones a la Póliza. El Asegurado podrá solicitar en cada anualidad modificaciones a la póliza en lo referente a cambios en la edad objetivo, exclusión de amparos adicionales, valor y modalidad de pago de la prima, reservándose Global Seguros el derecho de aceptarlas o no. En todo caso Global Seguros informará al Tomador y/o Asegurado las nuevas prestaciones aseguradas y el valor del reajuste de la prima y/o el monto correspondiente al ajuste de la reserva si a ello hubiere lugar. El Asegurado no podrá modificar la designación de Beneficiario hecha a título oneroso mientras subsista el interés que los legitima, a menos que el Beneficiario consienta dicha modificación. Cuando no se designe Beneficiario, o la designación se haga ineficaz o quede sin efecto por cualquier causa, tendrán la calidad de tales el cónyuge del Asegurado por el cincuenta por ciento (50%) del valor de seguro y los herederos de este en el otro cincuenta por ciento (50%). A falta de los anteriores aplicarán los beneficiarios xx xxx.
Modificaciones a la Póliza. El Asegurado podrá solicitar por escrito la modificación de los términos de la póliza y de todos los documentos que la integran, siendo facultad del Asegurador aceptar o rechazar la modificación solicitada, establecer las condiciones en que la podría aceptar, y disponer el cobro o no de prima adicional.
Modificaciones a la Póliza. 21.1 En los casos en que esta póliza sea contratada en forma colectiva, la Compañía estará facultada para efectuar modificaciones en el contrato de seguro, en conformidad con el artículo 517 del Código de Comercio.
Modificaciones a la Póliza. Salvo lo establecido en la cláusula de “MODIFICACIONES AL RIESGO”, durante la Vigencia de la Póliza se podrán cambiar los términos y condiciones solamente mediante un Addendum debidamente aceptado y firmado por el Contratante y un representante autorizado de la Compañía.
Modificaciones a la Póliza. Todas las modificaciones de la presente póliza serán efectuadas solamente por medio de anexo emitido, debidamente firmado por un representante autorizado por el Asegurador. El anexo así emitido formará parte integrante de la presente póliza.