MODIFICACIONES AL PROYECTO Cláusulas de Ejemplo

MODIFICACIONES AL PROYECTO. El Beneficiario y/o el Responsable Científico deberán solicitar autorización a la ANII para toda modificación que se requiera en el Proyecto respecto de las áreas bajo su responsabilidad, siendo la aprobación de la modificación discrecional de la ANII. En caso que la ANII no apruebe la solicitud y el Beneficiario y/o el Responsable Científico implementen de todas formas la modificación en cuestión, las partes acuerdan que se entenderá un incumplimiento del Contrato a los efectos previstos en la cláusula DÉCIMO, pudiendo la ANII asimismo resolver la rescisión inmediata del presente Contrato sin responsabilidad y sin obligación de realizar desembolsos ulteriores.
MODIFICACIONES AL PROYECTO. El Beneficiario y/o el Responsable Científico deberán solicitar autorización a la ANII y GSK para toda modificación que se requiera en el Proyecto respecto de las áreas bajo su responsabilidad, siendo la aprobación de la modificación discrecional de la ANII y GSK. En caso que la ANII y GSK no aprueben la solicitud y el Beneficiario y/o el Responsable Científico implementen de todas formas la modificación en cuestión, las partes acuerdan que se entenderá un incumplimiento del Contrato a los efectos previstos en la cláusula DÉCIMO, pudiendo la ANII asimismo resolver la rescisión inmediata del presente Contrato sin responsabilidad y sin obligación de realizar desembolsos ulteriores.
MODIFICACIONES AL PROYECTO. Si en lo futuro se presentaren modificaciones a la legislación y normatividad vigentes a marzo de 2006, o se presentaren circunstancias que dieran como resultado mayores requerimientos en la calidad o cantidad del AGUA TRATADA, LA JUMAPA analizará si procede realizar modificaciones a las OBRAS DEL PROYECTO y/o al presente CPS para adecuarlo a las nuevas circunstancias, legislación y/o normatividad; mismas que LA EMPRESA se obliga a implementar, previo acuerdo de ambas partes, respecto de la forma en que se llevará a cabo lo anterior, el impacto que ello pueda tener en la CONTRAPRESTACIÓN y/o en el plazo de vigencia del presente CPS y el ajuste de la LÍNEA DE CRÉDITO. Asimismo, LA EMPRESA podrá someter a consideración de LA JUMAPA y viceversa, la conveniencia de incorporar nueva tecnología o efectuar nuevas obras para la ampliación o mejoramiento de las instalaciones e infraestructura que integran las OBRAS DEL PROYECTO. LA JUMAPA podrá aceptar y en su caso autorizar previamente y por escrito tales modificaciones o variaciones, mismas que serán efectuadas por LA EMPRESA, previo acuerdo de los ajustes o adiciones que proceda realizar al presente CPS. En igualdad de circunstancias se preferirá a LA EMPRESA para los nuevos trabajos de construcción que se realicen en la ejecución de las OBRAS DEL PROYECTO. En caso de que LA EMPRESA decidiere no llevar a cabo las modificaciones o variaciones a que se refiere la presente cláusula, LA JUMAPA podrá encomendar la realización de dichas obras o modificaciones a un tercero, debiendo otorgar LA EMPRESA todas las facilidades que resulten necesarias para ello, recibirlas a su satisfacción y operarlas en los términos de este instrumento, previo acuerdo de los ajustes o adiciones que proceda realizar al presente CPS. Se entenderá por obras adicionales cualquier obra o instalación no considerada en la PROPOSICIÓN, previo análisis hecho por LA EMPRESA, revisado por la SUPERVISIÓN DEL PROYECTO y aprobado por LA JUMAPA; que determine el momento en que se llevará a cabo, así como su repercusión en el monto de la CONTRAPRESTACIÓN y, en la LÍNEA DE CRÉDITO.
MODIFICACIONES AL PROYECTO. La Beneficiaria deberá solicitar autorización a la ANII para toda modificación que proyecte realizar en el Proyecto y/o en el Cronograma de actividades, así como las que puedan incidir en los objetivos del Proyecto, siendo la aprobación de la modificación discrecional de la ANII. En caso que la ANII no apruebe el nuevo Proyecto y/o el nuevo Cronograma podrá rescindir el presente contrato sin responsabilidad y no realizar Desembolsos ulteriores.
MODIFICACIONES AL PROYECTO. Podrán realizarse modificaciones al Proyecto original, en cumplimiento del Art. 49 de la Ley N° 4.416, debiendo ser obligatoriamente ejecutadas por el Contratista, siempre que la misma haya sido resuelta por decisión fundada y notificada en la forma prevista por el
MODIFICACIONES AL PROYECTO. 23. Tramitación de los modificados
MODIFICACIONES AL PROYECTO. Si en el futuro se modificasen las leyes o se presentasen mayores requerimientos en la operación del sistema integral de limpia municipal, el Ayuntamiento podrá realizar modificaciones a los equipos y las obras del Proyecto y/o al CPS para adecuarlo a las nuevas circunstancias o legislación, circunstancias que deberá cumplir la empresa previo acuerdo entre ambas Partes, forma, impacto en la contraprestación y el plazo y/o vigencia del CPS. La Empresa podrá someter a consideración del Ayuntamiento propuestas de mejora en equipos, instalaciones, infraestructura. El Ayuntamiento podrá aceptar y en su caso autorizar por escrito tales modificaciones o variaciones. Sí la Empresa decidiere no llevar a cabo las modificaciones, el Ayuntamiento podrá encomendar dichas obras a un tercero. Se entenderá por obras adicionales cualquier obra o instalación no considerada en la proposición, previo análisis de la Empresa revisado por la supervisión y aprobado por el Ayuntamiento, que determine el momento en que se llevará a cabo, así como su repercusión en el monto de la contraprestación.
MODIFICACIONES AL PROYECTO. Las posibles modificaciones podrán ser debidas a:
MODIFICACIONES AL PROYECTO. El Municipio de Otavalo se reserva el derecho de introducir cambios o modificaciones en forma, calidad y cantidad de cualquier parte de la obra contratada, que a su juicio sean necesarios para llevar a cabo el propósito del diseño y del contrato.
MODIFICACIONES AL PROYECTO. El Beneficiario deberá solicitar autorización a la ANII para toda modificación que proyecte realizar en el Proyecto y/o en el Plan de Trabajo, así como las que puedan incidir en los objetivos del Proyecto y/o Plan de Trabajo, siendo la aprobación de la modificación discrecional de la ANII. En caso que la ANII no apruebe el nuevo Proyecto y/o el nuevo Plan de Trabajo podrá rescindir el presente contrato sin responsabilidad y no realizar Desembolsos ulteriores.