OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE. Sin perjuicio de las demás obligaciones previstas en este Contrato son Obligaciones del Concedente: a) Poner a disposición del Concesionario, y los demás Concesionarios el COSAC I y la Infraestructura del Sistema, de forma tal que se pueda iniciar efectivamente la prestación del Servicio en la Fecha de Inicio.
OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE. 15.1 El Concedente se obliga a: (i) Ejercer las funciones de reglamentación, control, supervisión y sanción sobre quienes presten los servicios aeroportuarios, sin perjuicio de lo dispuesto en relación con las competencias del Ente Regulador. (ii) Sin perjuicio de lo señalado en la cláusula 2.2.5 y concordantes, ceder o, en su caso, garantizar que se cedan al Concesionario todos los derechos y obligaciones contractuales derivados de los contratos de arrendamiento, concesión o similares vigentes sobre las áreas comerciales y los terrenos de los Aeropuertos hasta la terminación de los mismos. En caso de que el Concesionario acordase la terminación de dichos contratos, las indemnizaciones correspondientes serán a cargo del Concesionario. A estos efectos el Concesionario declara conocer expresamente los Anexos 6 y 7 en donde se relacionan determinados aspectos de propiedades y/o derechos del Concedente. (iii) Asegurarse de que se adopten las medidas necesarias para extinguir las cargas laborales, prestaciones y similares frente a los funcionarios y empleados que actualmente trabajan en los Aeropuertos, sin perjuicio de las responsabilidades de terceros en relación con aquéllas. (iv) Mantener una disposición de colaboración permanente con el Concesionario en orden a lograr el desarrollo normal del Contrato. (v) Ejercer por medio del Ente Regulador o a través de terceros, la supervisión de las obras incluidas en el Plan Maestro, en el Plan de Mejoras Urgentes, y otros planes que haya de elaborar y ejecutar el Concesionario de conformidad con lo previsto en este Contrato. (vi) Realizar ante las autoridades competentes las gestiones necesarias paramejorar la seguridad de los Aeropuertos. (vii) Llevar a cabo, dentro de la capacidad financiera del Estado o de la Municipalidad respectiva, la ampliación y mejora de la capacidad y nivel de servicio del sistema vial localizado fuera de los predios de los Aeropuertos. (viii) Efectuar el mantenimiento de las Zonas Restringidas. (ix) Prestar por él mismo o a través de terceros las actividades de migración, aduanas, sanidad animal y vegetal, y policía. (x) Efectuar los trámites para expropiación de terrenos requeridos para la ampliación del lado sur de la pista principal del Aeropuerto Internacional Toncontín y asumir la responsabilidad de indemnizar, totalmente, en su caso, a los afectados por la expropiación. El Estado pagará el justiprecio en la parte que en su caso exceda de los diez millones de Dólares (US $10.000.000....
OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE. El concedente está obligado a: 34 (a) pagar al concesionario la retribución, la cual puede consistir en la suma fija 35 convenida, o en una comisión o un margen sobre el precio de las unidades que venda a 36 terceros;
OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE. Es obligación del CONCEDENTE garantizar a la CONCESIONARIA la exclusividad del SERVICIO PUBLICO, por el término y bajo las condiciones que se determinan en los Artículos 1º, 2º, 3º y 5º a 12º inclusive, del presente CON- TRATO.
OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE d) Art. 1505. Obligaciones del con- cesionario. e) Art. 1506. Plazos. f) Art. 1507. Retribución. Gastos. g) Art. 1508. Rescisión de contratos por tiempo indeterminado. h) Art. 1509. Resolución del contrato de concesión. Causales. i) Art. 1510. Subconcesionarios. Cesión del con- trato. — Improcedencia de la indemnización por clientela. j) Art. 1511. Xxxxxx- xxxx a otros contratos – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 162 LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN Y DISTRIBUCIÓN Y LA RESPONSABILIDAD LABORAL Aporte del profesor doctor XXXX X. XXXXXXX – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 191
OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE. En caso el CONCEDENTE recibiera o percibiera algún monto de reembolso de daños producidos en la infraestructura vial en cumplimiento de los términos pactados en las pólizas a que se refiere la presente Sección, serán destinados única y exclusivamente a que el CONCESIONARIO repare dichos daños, de tal manera que pueda seguir explotando normalmente la carretera Ovalo Chancay / Dv. Variante Pasamayo - Huaral -Acos. Para tal efecto, el CONCEDENTE deberá entregar los montos percibidos al CONCESIONARIO en un plazo que no deberá exceder de treinta (30) Días.
OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE. Mantener una corriente de aprovisionamiento de productos o mercaderías. Queda a su arbitrio decidir sobre la cuota que periódicamente le asigne al concesionario, como la oportunidad del cumplimiento, de manera que por este medio puede regular la gestión comercial del concesionario hasta llegar a convertirla en antieconómica, disminuyendo en tal medida las entregas que conduzca a una explotación no redituable. Con respecto a la cuestión de determinar hasta donde es legalmente admisible el ejercicio de la facultad de fijar unilateralmente los cupos mínimos de venta, entendemos que los criterios a utilizar, como parámetro, son la uniformidad y la proporcionalidad. Si la reducción obedece a parámetros objetivos y generales, es admisible.
OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE. EL CONCEDENTE, se compromete a cumplir a cabalidad con todas las obligaciones contenidas en el presente contrato y todas aquellas que se desprendan del normal cumplimiento y ejecución del contrato, especialmente las siguientes: Permitir y propiciar el uso de la instalación deportiva _____________, y la infraestructura global para el desarrollo del evento denominado _____________, el cual se realizará por EL CONCESIONARIO en forma independiente y autónoma por su cuenta y riesgo. Para el efecto EL CONCEDENTE autoriza al CONCESIONARIO el ingreso de los participantes del evento y su desplazamiento por las instalaciones previamente indicadas., de conformidad con el documento de Accesos que hace parte integral de éste contrato. Comunicar por escrito y con mínimo (5) días de anticipación cualquier modificación que se presente en los horarios de acceso a las áreas entregadas en concesión. Designar un Supervisor, para la revisión de la actividad y la suscripción del acta de entrega. Estudiar, y Aprobar o Desaprobar, los medios publicitarios del evento presentados por el Contratista Realizar la revisión del área objeto de concesión al momento de entregar, reportando los defectos que se observen en la misma al momento de la culminación del evento.
OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE. Sin perjuicio de las demás obligaciones previstas en este Contrato son Obligaciones del Concedente: 7.1 Poner a disposición del Concesionario, y los demás Concesionarios el COSAC I y la Infraestructura del Sistema, de forma tal que se pueda iniciar efectivamente la prestación del Servicio en la Fecha de Inicio. 7.2 Ejercer su función reguladora y supervisora respecto del Concesionario y los Demás Operadores, de manera tal que se produzca un funcionamiento coordinado de las diferentes Unidades de Gestión del Sistema, que haga factible la prestación conjunta del Servicio de Transporte de Pasajeros. Asimismo, ejercerá la fiscalización del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Anexo Nº 13 del Contrato. 7.3 Realizar la conservación y mantenimiento del COSAC I y de la Infraestructura del Sistema. 7.4 En caso necesario, rehabilitar el COSAC I para mantener la continuidad del Servicio. 7.5 Desempeñar las funciones propias del Centro de Gestión y Control de la Operación de acuerdo con las reglas previstas en el Anexo Nº 10. 7.6 Cumplir con las obligaciones que en materia de programación le están asignadas, definidas por el Anexo Nº 10, y las Leyes Aplicables. 7.7 Establecer el IPK mensual. En el ejercicio de la actividad de programación asegurar que la variación del Índice de Pasajeros por Kilómetro (IPK) no podrá exceder el 1% respecto al mes inmediatamente anterior. 7.8 Salvo lo señalado por el Numeral 9.7 de la Cláusula Novena, no incorporar, nuevos operadores de Buses Troncales y Buses Alimentadores al COSAC I.
OBLIGACIONES DEL CONCEDENTE. El CONCEDENTE tendrá las siguientes obligaciones: a) Cumplir con los términos y condiciones de esta Concesión, realizando un eficaz control y verificación de la Concesión y de los Servicios que la CONCESIONARIA preste a los Usuarios. b) Guardar confidencialidad respecto de la información, tecnológica y financiera que obtenga de la CONCESIONARIA, siempre y cuando el CONCEDENTE no se encuentre obligado legalmente a proporcionar información conforme la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal y Estatal. c) Realizar medidas coercitivas con el fin de lograr el cumplimiento de las Leyes y Reglamentos federales, estatales y municipales aplicables a la materia del servicio público concesionado, así como exigir el cumplimiento de las obligaciones al prestador del servicio, modificar y adecuar la reglamentación municipal para la prestación del servicio concesionado. d) Establecer en los cuerpos legales conducentes, ejecutar las acciones coercitivas y promover que el Relleno Sanitario operado por la CONCESIONARIA sea de uso obligatorio para todos los residuos sólidos no peligrosos y/o Residuos de manejo especial, que sean generados en el Municipio de Torreón, Coahuila. e) Cubrir el pago de las facturas presentadas por la CONCESIONARIA por los servicios prestados mensualmente en éste Convenio de Prórroga de la Concesión, dentro de los siguientes quince días naturales a la presentación de las mismas.