OBRA PÚBLICA. Desde 500.000 Módulos* A partir del 1° de septiembre de 2018 Desde 50.000 Módulos* A partir del 1° de enero de 2019 A los efectos de su acreditación podrá optarse indistintamente por cualquiera de las siguientes vías, siempre que se lo haga en la oportunidad concreta de la oferta y como parte integrante de esta:
OBRA PÚBLICA. (Art. 3 LOPS)
OBRA PÚBLICA. (Art. 4 LOPS)
OBRA PÚBLICA. LUGAR DE SUSCRIPCIÓN: VILLAVICENCIO (NOMBRE COMPLETO ORDENADOR DEL XXXXX X XXXXXXXX), mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. (número) expedido en (ciudad), en calidad de (cargo), actuando en nombre y representación de la LA UNIVERSIDAD DE LOS XXXXXX, identificada con NIT 892.000.757-3, en uso de las facultades y funciones delegadas a través de la (nombre y número del acto administrativo), quien para los efectos del presente documento se denominará LA UNILLANOS, por una parte; y por la otra el (NOMBRE COMPLETO CONTRATISTA), identificado con cédula de ciudadanía No. (número) expedido en (ciudad), número telefónico (número) y con domicilio en la (ciudad y direccion), SI ES PERSONA JURÍDICA, SE DEBE ESTABLECER: (la constitución de la misma, con todos los datos que la soportan, su inscripción en Cámara de Comercio, número de identificación tributaria, domicilio, etc.), representada legalmente por (NOMBRE COMPLETO), mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía N° (número) de (lugar de expedición), quien se denominará el CONTRATISTA, quien declara que tiene capacidad para celebrar este contrato, que no incurre en causal de inhabilidad e incompatibilidad de las previstas en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011, disposiciones internas de la Universidad y demás normas constitucionales y legales, hemos acordado celebrar el presente contrato de OBRA PÚBLICA que se regirá por las cláusulas que más adelante se indican, previas las siguientes consideraciones: 1) Que la UNILLANOS es una Institución Oficial de Educación Superior, con carácter de Universidad, del orden Nacional, creada mediante Decreto N° 2513 del 25 de noviembre de 1974, expedido por el Gobierno Nacional. 2) Que la UNILLANOS adoptó mediante Acuerdo Superior No. 027 de 2020, el Estatuto General de Contratación de la Universidad de los Xxxxxx. 3) Que la UNILLANOS mediante Resolución Rectoral N° 0685 de 2021, adoptó el Manual de Contratación de la Universidad de los Xxxxxx y en su artículo 29 establece el proceso de la contratación directa. 4) Que el (dia/mes/año) la (Dirección, Decanatura, Jefatura) con presupuesto del ingeniero civil o arquitecto de la Oficina de Planeación o Vicerrectoría de Recursos Universitarios, presentó estudio de oportunidad y conveniencia para el inicio del proceso de selección de un contratista a través de la modalidad de contratación directa cuyo objeto consiste en: “OBJETO”. 5) Que para la presente contratación se cuenta con los recursos n...
OBRA PÚBLICA. Remodelaciones, readecuaciones y construcciones -Garantía de cumplimiento Monto: La garantía de cumplimiento será de un 10% del monto total adjudicado y deberá ser ajustada cuando ocurran variaciones al contrato, conforme a la Ley y Reglamento sobre la materia. Vigencia: Deberá tener una vigencia mínima que incluya el plazo para realizar la construcción, más 12 meses adicionales contados a partir de la recepción definitiva. La vigencia deberá ser ajustada cuando ocurran variaciones sobre el plazo de entrega que superen la vigencia original del contrato.
OBRA PÚBLICA. Se entenderá por obra pública, todos los trabajos de ingeniería o arquitectura, reforma o ampliación, que se realicen directa o indirectamente, parcial o totalmente con fondos de la Alcaldía o Sector Municipal, destinados a un servicio público o al uso común. La obra pública comprende además reformas, ampliaciones, mantenimiento, construcción, demolición de obras ya existentes, trabajos de exploración, localización, perforación, extracción, servicios industriales y otros que tengan por objeto la conservación, desarrollo y uso racional de los recursos naturales, del suelo y subsuelo.
OBRA PÚBLICA. Construcción del relleno sanitario y de sus obras complementarias en el municipio xx Xxxxxx 2.791.559.139,00 ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SOSTENIBLES A.A.S.S.A E.S.P XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX DIAS 120
OBRA PÚBLICA. Se consideran obras públicas los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler bienes inmuebles de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de LA LEY. La inalterabilidad y conservación de la informacióncontenida o remitidaa través de COMPRANET, está garantizada por el uso de protocolos de seguridad alineados a los estándares internacionales, no obstante, los usuarios de dicho sistema deberán observar las medidas de seguridad que garanticen que los documentos electrónicos que incorporen al mismo se encuentren libres de virus informáticos.
OBRA PÚBLICA. La ley 80 de 1993, mediante el artículo 32, define el contrato de obra pública como aquél que celebran las Entidades Estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y en general para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles.8 Los Procesos de contratación de obra pública los rige la Ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y ley 1474 de 2011, en materia de infraestructura de transporte y en los demás aspectos, los rige la Ley 1682 de 2013. “Los partícipes del sistema de compras y contratación pública deben conocer y aplicar las normas del nivel nacional y territorial en la ejecución de obras públicas, respecto a los siguientes aspectos”:9 ❖ Licencias y obligaciones ambientales. ❖ Licencias urbanísticas y cumplimiento de los planes de ordenamiento territorial. ❖ Normas de protección del patrimonio histórico y cultural. ❖ Asuntos relativos al desarrollo territorial, expropiación y manejo de temas prediales. ❖ Asuntos tributarios. ❖ Movilidad. ❖ Servicios públicos domiciliarios. ❖ Manejo de comunidades.
OBRA PÚBLICA. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA OBRA PUBLICA