XXXXX XXXXXXX. Los trabajos previos considerados para el presente trabajo son de procedencia nacional e internacional: Chilón (2019) en Arrendamientos y su influencia en la rentabilidad de las empresas de servicios generales de Carabayllo, 2019, tiene como objetivo principal determinar de qué manera el arrendamiento influye en la rentabilidad de las empresas de Carabayllo. Dicha investigación es de nivel explicativo. La población está conformada por los trabajadores de las empresas de servicios generales y la muestra se tomó a los trabajadores de las áreas de gerencia, contabilidad y administración y finanzas. Para esta investigación se aplicó la encuesta y el cuestionario. Concluye que con los resultados obtenidos existe una influencia entre los arrendamientos y la rentabilidad financiera, ya que las empresas de servicios generales a falta de liquidez no pueden acceder a nuevos activos, así mismo existe un gran número de empresas que no tienen conocimiento del financiamiento. Xxxxxx (2017) en Los contratos de arrendamientos según la NIIF 16, y su Impacto en la determinación del Impuesto a la Renta de la Empresa Industria Cavi S.A.C. 2017”, tuvo como objetivo determinar e identificar las cláusulas de los contratos de arrendamiento. Dicha investigación es de diseño descriptiva- explicativa. La población estuvo constituida por las empresas del rubro industrial y se consideró como muestra la empresa antes mencionada. Para este trabajo se recopiló datos xx xxxxxxx como libros, tesis y normas legales, así mismo se llevaron a cabo cuestionarios al personal del área contable. La empresa al revisar cada contrato pudo identificar los que estaban bajo NIIF 16 según la medición que indica la norma tanto activo y pasivo por arrendamiento, así mismo separo los contratos de corto plazo y bajo valor considerando como gastos de forma lineal. Sanca (2019) en Impactos de la NIIF 16 en la presentación de los EEFF de la Empresa Trasportes Perú S.A.C. 2019, su objetivo determinar el impacto financiero bajo la nueva norma de Arrendamientos comparando con la NIC 17. Dicha investigación es de tipo explicativo. La población es el rubro de transportes de Arequipa y como muestra se tomó a la empresa antes mencionada. Se aplicó como instrumento el análisis documental. Concluye que el impacto en la presentación de los EEFF bajo NIIF 16, son cambios importantes en el estado de situación financiera, así como el nivel de endeudamiento y variación en los resultados. Flores (2019) en Efectos de la aplica...
XXXXX XXXXXXX. Xxxxx Xxxxxxxxxx
XXXXX XXXXXXX el ejercicio de derechos contractuales;: también se asegura que es una manifes- tación moderna de la antigua carta de crédito regulada en los artículos 495 a 502 del Código de Comercio”, para concluir luego de algunas precisiones adicionales en que, efectivamente, pueden encontrarse similitudes con algunas de las figuras mencionadas, pero reconociendo que un examen detallado de la naturaleza jurídica es complejo, dada la existencia de numerosas especies dentro del propio género de tarjeta de crédito, lo que implica también la presencia de variadas y diversas clasificaciones. Pese a esto, nuestro examen va a circunscribirse a la tarjeta de crédito emitida por los bancos, bajo la licencia de las grandes marcas o xxxx- quicias como desde el inicio de estas reflexiones hemos acotado. De la cita precedente, y vista como título de legitimación para acercarnos a la regulación que el legislador le ha conferido en la Ley de Tarjetas, diremos que la tarjeta como instrumento según la descripción legal, es nominativa e intransferible, debe estar firmada por su titular, y debe tener grabados en su cuerpo el nombre y apellido del tarjeta- habiente, el número de identificación de la tarjeta en relieve, la fecha de emisión o afiliación, según el caso, la fecha de vencimiento, la identifi- cación del emisor y el nombre de la franquicia que emite u opera la tarjeta, además de medios que aseguren su inviolabilidad y números de teléfono de atención permanente, requisitos todos ellos, entendidos como mínimos según la enumeración contenida en el artículo 22 de la Resolución N° 339.08 emitida el 18 de diciembre de 2008 por la Superin- tendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN) que contiene las “Normas que Regulan Los Procesos Administrativos Rela- cionados con la Emisión y Uso de las Tarjetas de Crédito, Débito, Pre- pagadas y demás Tarjetas de Financiamiento o Pago Electrónico”22 en adelante “Las Normas”. En realidad, dicha Resolución fue publicada casi dos meses después de su fecha de emisión, como lo que entende- mos fue un recurso para poder dar cumplimiento “oportuno” al man- dato expresamente dirigido a SUDEBAN según la sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el 10 de julio de 2007, a la que haremos posterior referencia. En este punto y como lo cierto es que este es un instrumento que la mayoría de las personas que están “bancarizadas” maneja y con cierta
XXXXX XXXXXXX. Presidente Lima, 28 de octubre de 2013 VISTO: El Informe N° 073-2013-CPSN-CNM de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento, mediante el cual solicita se someta a votación los Candidatos en Reserva del Distrito Judicial de la Libertad, dentro del marco de la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM, a fin de cubrir una plaza vacante de Juez Superior del Distrito Judicial de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura publicó con fecha 0 xx xxxxx xx 2013, los cuadros de aptos de Candidatos en Reserva del Poder Judicial de la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM, conforme a lo previsto por el artículo 65°, numeral 65.4 de la Xxx xx Xxxxxxx Judicial; Que, el señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Oficio N° 5985-2013-CE-PJ del 18 de julio de 2013, remite copia de la Resolución Administrativa N° 072-2013-P-CE-PJ del 16 de julio de 2013, mediante la cual se acepta la renuncia del doctor Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx al cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; con lo cual, habiéndose generado una nueva plaza vacante en dicho Distrito Judicial producto de la referida renuncia, correspondería someter a votación la plaza de Juez Superior del Distrito Judicial de La Libertad, en el marco de la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM; Que, el Pleno del Consejo, en sesión del 16 de octubre de 2013, teniendo en cuenta el Cuadro de Méritos de los Candidatos en Reserva del mencionado Distrito Judicial, procedió al nombramiento de un Juez Superior del Distrito Judicial de La Libertad, de conformidad con el artículo 58° del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales; disponiendo que la proclamación, juramentación y entrega de título, se realice en acto público; Que, en cumplimiento del acuerdo adoptado en dicha sesión y en uso de las facultades conferidas por los artículos 150° y 154° inciso 4 de la Constitución Política del Perú, y los artículos 14° y 65.4 de la Xxx xx Xxxxxxx Judicial; el artículo 58° del Reglamento de Concurso para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales; y los artículos 2° y 3° incisos b), d), 1) y g) de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura -Ley N° 26397; SE RESUELVE:
XXXXX XXXXXXX. Xxxxx 9,160,156.00 Agosto 342,855.01 Subtotal de ministraciones 9,503,011.01 P020 / AP010 9,503,011.01 Subtotal de programas institucionales 9,503,011.01 DIARIO OFICIAL Miércoles 6 xx xxxxx de 2022
XXXXX XXXXXXX. 00. AVENIDA ALCALDE XXXXXX XXXXXX
XXXXX XXXXXXX. 00.0 3.3 140.3
XXXXX XXXXXXX. 1.1 Antecedentes 1.2 Bases Teóricas 14
XXXXX XXXXXXX. 1.1. CONCEPTUALIZACIÓN DEL SIGAM “Sistema de Gestión Ambiental Municipal” ACTORESQUEOPERATIVIZANELSIGAM COMITÉSTEMÁTICOS OTROSACTORES S
XXXXX XXXXXXX. 3.1. El Software.
3.2. Características del software