PROPUESTA DE RESOLUCIÓN Cláusulas de Ejemplo

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE en relación al Modificado de P.B.E. que se presenta, con las condiciones anteriormente expuestas, así como las que constan en los Informes sectoriales de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo y del Servicio de Patrimonio Cultural. • Durante el transcurso de las obras deberá tener en cuenta los siguientes aspectos: - Se dará cumplimiento al Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25 de octubre de 1997). - La Gestión de residuos de construcción y demolición cumplirá las determinaciones del Decreto 105/2008, de 1 de febrero. La dirección facultativa de la obra deberá aprobar los medios previstos para la valorización in situ de los residuos, los residuos no peligrosos o inertes podrán depositarse en vertederos autorizados. - De ser necesaria la ocupación de la vía pública, deberá ponerse en contacto con la Policía Local. • Finalizadas las obras, deberá presentar la siguiente documentación: - Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa y la dirección de la ejecución material de las obras, visado por los colegios profesionales correspondientes. - Cuando en la ejecución de las obras se introduzcan modificaciones, que, conforme a lo previsto en el artículo 238.3 del TROTU, no impliquen disconformidad con la licencia, deberá presentarse memoria justificativa de las mismas y planos del resultado final de las obras. - Fotografías del estado final. - Importe de la liquidación final. - Con carácter previo a la utilización del inmueble, deberá solicitar y obtener Licencia de Primera Ocupación de la vivienda, aportando para ello:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. 1. El órgano instructor, a la vista del contenido del expediente y del resultado de la evalua- ción prevista en el apartado anterior, formulará la propuesta de resolución provisional, que contendrá los siguientes extremos: - La relación ordenada por las áreas temáticas de investigación, por centros solicitantes para los que se propone la concesión de las subvenciones, junto con el personal investigador predoctoral en formación que realizará su proyecto en los centros beneficiarios, ordenados en función de la valoración obtenida. - La relación de centros solicitantes para los que se propone la desestimación de la ayuda debidamente motivada. - Una lista de reserva de las solicitudes valoradas que cumpliendo los requisitos estable- cidos en la convocatoria no han obtenido subvención al haberse agotado el crédito presu- puestario (ordenada por áreas temáticas, centro beneficiario y personal investigador predoc- xxxxx en formación). La propuesta se comunicará a los interesados, de modo que en el plazo xx xxxx días pueda presentar las alegaciones que considere oportunas. No obstante, se podrá prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolu- ción otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta de resolución tendrá el carácter de definitiva. 2. Instruido el procedimiento, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva para elevarla al órgano competente para resolver, que contendrá las relaciones y lista de reserva recogidas en el punto anterior. Por su parte, la gestión de esta lista se reali- zará de acuerdo con lo dispuesto en el apartado vigésimo.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El Informe que se emite es FAVORABLE, debiendo ajustarse al Proyecto presentado respetando las condiciones anteriormente expuestas. Además se recuerda que:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. 1. Recibidas las solicitudes se procederá a su análisis y valoración por una Comisión de Evaluación que, atendiendo a los criterios y requi- sitos establecidos en el Resuelvo Sexto y, de acuerdo con la disponibili- dad presupuestaria, determinará los proyectos seleccionados por orden de puntuación, así como el importe de la subvención asignada individual- mente a cada uno.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El reclamante no incluye en su alegación dato objetivo ningún que demuestre el desequilibrio mencionado siendo que dicha conclusión, no fundamentada, entra en contradicción frontal con los resultados del exhaustivo análisis económico-financiero que esta Corporación realizó previo a la validación de los cánones de la concesión que finalmente se incluyeron en las bases de licitación, análisis a partir del cual se concluyó la viabilidad económica de la explotación conjunta del crematorio y del futuro tanatorio en todos y cada uno de los supuestos que se analizaron y durante todos los ejercicios de la explotación.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El TRLCSP excluye de su ámbito de aplicación, entre otros negocios y relaciones jurídicas, las autorizaciones y concesiones sobre bienes de dominio público, “que se regularán por su legislación específica salvo en los casos en que expresamente se declaren de aplicación las prescripciones de la presente Ley”, aplicándose los principios del TRLCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en su artículo 84, apartado 3 (que tiene el carácter de legislación básica) dispone que las concesiones y autorizaciones sobre bienes de dominio público se regirán en primer término por la legislación especial reguladora de aquéllas y, a falta de normas especiales o en caso de insuficiencia de éstas, por las disposiciones de la misma ley. La LPAP exige, como norma general, que las adjudicaciones de concesiones sobre bienes de dominio público se efectúen en régimen de concurrencia, prohibiendo ser titular las mismas a las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones de contratar reguladas en la normativa de contratación administrativa. Pero también nos permite sostener que el artículo 120 del TRLCSP, cuya disposición ha sido incorporada en términos similares al artículo 130 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, no resulta de aplicación a las concesiones demaniales. A estos efectos, la Sentencia del Tribunal Supremo de 5 xx xxxxx de 2013 expone las circunstancias que concurren en el supuesto particular de sucesión de contratas o concesiones con sucesión xx xxxxxxxxxx que se caracterizan por la presencia de las siguientes relaciones y circunstancias entre personas físicas y/o jurídicas:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. La cláusula 17.2 xxx Xxxxxx prevé como criterio de adjudicación, con una ponderación del 3% del total de la puntuación, no tanto la elaboración de un plan de mantenimiento preventivo y ahorro energético de las instalaciones como la definición de las directrices de un Programa (que no Plan) de mantenimiento y ahorro energético que pueda transformarse adecuadamente en un Plan de Mantenimiento Preventivo y Ahorro Energético una vez definidas la totalidad de las instalaciones:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. De entre las ofertas presentadas destacan por su volumen y cuantía las de (por orden alfabético): ◦ CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS CABELLO S.L. Incluye como mejoras el capítulo 1 “terraza-muelle”, el capítulo 2 “interior cochera”, el capítulo 3 “carpintería en sótano”, el capítulo 4 “refuerzo de cimentación” y el capítulo 5 “acondicionamiento xx xxxxxx frigorífica”. El plazo de ejecución lo disminuye en un mes, por lo que ejecutaría la obra en el plazo de dos meses. Como “otras mejoras” incluye: ▪ Cambio de luminarias por luminarias similares tipo LED. ▪ Cambio xx xxxxxx antivandálico y de seguridad, butiral de polivinilo (10+10) por vidrio antivandálico y de seguridad, butiral de polivinilo con cámara de aire (4+4/8/10+10). ◦ CONSTRUCCIONES XXXXXX XXXXX Incluye como mejoras el capítulo 1 “terraza-muelle”, el capítulo 2 “interior cochera”, el capítulo 3 “refuerzo de cimentación”, el capítulo 4 “carpintería en sótano, el capítulo 5 “acondicionamiento xx xxxxxx frigorífica”. Como “otras mejoras” incluye: ▪ La solería de la terraza-muelle en gres porcelánico Clase 3, anti hielo, de la casa Gresfort, modelos Bristol y Nápoles. El solado de la escalera con idéntico material, y la unión de huella-tabica con piezas especiales sin voleo. ▪ Pintura de la totalidad del interior xxx Xxxxxxx, consistente en pintura plástica blanca para techos de yeso y escayola y pintura al esmalte sintético sobre vigas y pilares metálicos, formado por rascado y limpieza de óxidos, imprimación anticorrosiva y dos manos de color. ▪ Los soportes metálicos necesarios para poder realizar el montaje de las encimeras xx xxxxxx. Estaría realizado por escuadra de perfil metálico, con imprimación anticorrosiva y dos manos de color. Serían necesarias 36 uds. ▪ Impermeabilización de la escalera existente en terraza-muelle, siguiendo el mismo sistema constructivo que el resto de la terraza. ▪ La carpintería de aluminio a realizar será de la marca comercial STRUGAI, serie S40 y en color gris RAL 7005. ▪ Modificación necesaria en las tuberías de cobre y desagües de PVC existentes para poder realizar la reforma de los aseos. ▪ En el interior de la cochera, se repasará la zona central del hormigón del suelo, ya que se encuentra bastante deteriorado. En lo que respecta al plazo de ejecución lo reducen en 1 mes (plazo de ejecución de 2 meses). Visto el expediente de referencia y la valoración resultante respecto al Pliego de referencia, este técnico entiende, sin perjuicio de opiniones mejor fundadas, que ...
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. Concluida la selección, la Comisión de Valoración publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y página web xxx.xxxxxxx.xx, la relación de personas aspirantes por orden de puntuación, y propondrá al órgano competente la persona candidata que haya obtenido la máxima puntuación, para la toma de posesión del puesto de trabajo convocado, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 10,00 puntos para la adjudicación del puesto. Las personas aspirantes podrán presentar reclamaciones contra la propuesta de resolución en el plazo xx xxxx días hábiles a partir de dicha publicación. Resueltas las reclamaciones, o de no presentarse alegaciones, la propuesta provisional se elevará a definitiva. La propuesta definitiva se elevará a la Alcaldía Presidencia para que proceda a la adjudicación del puesto.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN. El instructor formulará dentro de los diez días siguientes la propuesta de resolución, debiendo constar los hechos declarados probados que se imputan al trabajador, la valoración jurídica de los mismos y, en su caso, la sanción propuesta. La propuesta de resolución se notificará al inculpado para que, en el plazo xx xxxx días, pueda alegar cuanto considere conveniente a su defensa. Asimismo se dará traslado a los representantes de los trabajadores, para que en el mismo plazo puedan ser oídos.