Unidades Ejecutoras Cláusulas de Ejemplo

Unidades Ejecutoras.  Elabora Solicitud de Materiales (Formulario Núm.1).  Remite la Solicitud de Materiales a la Sección xx Xxxxxxx. La Solicitud de Materiales es remitida previamente al igual que la Requisición de Solicitud de Bienes y Servicios para autorización del Director Administrativo. Éste a su vez la envía a la Sección Almacén (si es un despacho) y a Departamento de Compras (cuando se trata de una compra) para su trámite subsiguiente.
Unidades Ejecutoras.  Prepara la Requisición de Bienes y Servicios (Formulario Núm.2) para solicitar que se le gestione adquisición de bienes o el suministro de un servicio.  Establece las especificaciones técnicas requeridas.  El encargado de la Unidad autoriza y firma la solicitud.  Envía el documento a la Dirección Administrativa  Recibe la Requisición de Bienes y Servicios.  Autoriza la contratación.  Se envía la solicitud de servicios al Departamento de Presupuesto.  Revisa la solicitud.  Realiza la reserva presupuestaria y firma como consecuencia de lo actuado  Remite la Requisición de Bienes y Servicios al Departamento de Compras.
Unidades Ejecutoras. Para la ejecución que corresponda a cada Organismo Co- ejecutor, las Unidades Ejecutoras correspondientes establecerán un equipo mínimo, con el perfil necesario, responsable del ciclo del proyecto, en materia de adquisiciones, financiera/administrativo/contable, legal, ambiental, técnico y de gestión social. Estos equipos técnicos podrán ser financiados con los recursos xxx xxxxxxxx, de manera proporcional y en función de la necesidad expresada en los instrumentos de planificación anual, conforme a lo establecido en el cuadro de costos. No obstante, cada Organismo Co-ejecutor podrá, con sus propios recursos, ampliar los requerimientos de personal que corresponda según lo estimen conveniente.
Unidades Ejecutoras. Definición y objetivos Las UEs, bajo la responsabilidad de un Director y un Consejo Directivo, realizan tareas de investigación científica, tecnológica y de desarrollo, realizan la transferencia de los resultados al medio y forman investigadores y personal de apoyo técnico. Organizadas en equipos según sus líneas de trabajo, las UE deberán demostrar un desempeño a lo largo del tiempo, contar con una infraestructura de personal y equipamiento adecuada a la índole de su actividad y fundamentalmente una actividad y producción que la caracterizan. Las partes acordarán en todos los casos, la integración de dichos GV a las UE. Las partes acuerdan la creación o el reconocimiento de las UEs enunciadas en el Anexo 11, como unidades xx xxxxx dependencia. Las partes acuerdan que la conformación de una UE dentro de dependencias de la UNC implica el reconocimiento de lo siguiente:
Unidades Ejecutoras. Por la naturaleza de la adquisición y para promover la economía de escala, deberán remitir a la Dirección General de Compras y Adquisiciones del Ministerio de la Defensa Nacional, los eventos de cotización o licitación que necesiten gestionar, por conducto de la autoridad administrativa superior. Ejecutando las siguientes funciones: 1.Cada año en coordinación con la Dirección General de Compras y Adquisiciones del Ministerio de la Defensa Nacional, podrán publicar los proyectos de bases de licitación, especificaciones generales, especificaciones técnicas y disposiciones especiales, correspondiente a los eventos para la contratación de los servicios siguientes: medicamentos, alimentación, combustibles, gas propano, telefonía, internet, lubricantes, insumos para la confección de uniformes y botas, que se adquirirán durante el siguiente ejercicio fiscal; cumpliendo con lo normado en la Resolución Número 001-2022 emitida por la Dirección General de Adquisiciones del Estado, del Ministerio de Finanzas Públicas. 2.Cada año en coordinación con la Dirección General de Compras y Adquisiciones del Ministerio de la Defensa Nacional, podrán publicarse los proyectos de bases de cotización, especificaciones generales, especificaciones técnicas y disposiciones especiales, correspondiente a los eventos para la contratación de bienes, obras, suministros o servicios que se pretendan adquirir durante el siguiente ejercicio fiscal, cumpliendo con lo normado en la Resolución Número 001-2022 emitida por la Dirección General de Adquisiciones del Estado, del Ministerio de Finanzas Públicas. 3.Llevarán el archivo físico y electrónico de las compras realizadas mediante los regímenes, modalidades específicas y casos de excepción establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado; asimismo, presentará a la Contraloría General de Cuentas los documentos de respaldo de todo proceso de compra y contratación de acuerdo a la Ley vigente y sus reformas, cuando dicho ente fiscalizador lo requiera. 4.Publicará en el Sistema GUATECOMPRAS todos los documentos que sustenten los precios empleados en la adjudicación de concursos (eventos) o empleados en modalidades no competitivas o de excepción. 5.El jefe de cada unidad ejecutora (Usuario Comprador Hijo Autorizador), autorizará la publicación de los eventos en el Sistema GUATECOMPRAS en los regímenes, modalidades específicas de adquisiciones del estado y excepciones. 6.A través del Usuario Comprador Hijo Autorizador asignará manualmente en el Si...

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.