Becas Cláusulas de Ejemplo

Becas. Los trabajadores con tres años de antigüedad en la empresa que presten sus servicios con una jornada que supere la mitad de la jornada ordinaria en un Colegio Mayor tendrán derecho a un descuento del 50% para sí o para sus hijos en el coste de los derechos de matrícula de dos convocatorias por asignatura en los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Grado de la Universidad Pública a la que esté adscrita el Colegio Mayor. El derecho a la obtención de la beca estará sujeto a los rendimientos académicos, objetivos y requisitos establecidos en la normativa sobre becas que se exige en la Universidad Pública en la que vayan a cursar los estudios. No se devengará este derecho cuando se supere la proporción de una beca por cada 10 trabajadores con contrato laboral fijo. Para disfrutar de este derecho es necesario haber solicitado en tiempo y forma las becas establecidas por el sistema público, y haberles sido denegada. La beca se renovará anualmente por cada curso de la carrera escogida, sin que pueda superar el número de años correspondientes a los estudios elegidos. En el supuesto de que el beneficiario sea el trabajador de la empresa, no se aplicará este límite, pero el suspenso de cualquier asignatura determina la pérdida de la beca respecto de la citada asignatura. Para la obtención de la beca tiene preferencia el trabajador de mayor antigüedad, el que preste servicios a jornada completa sobre el que superando la mitad de la jornada este contratado a tiempo parcial, y en todo caso, el trabajador sobre los hijos. La Comisión Paritaria del presente convenio resolverá cuantos problemas puedan suscitarse en relación a la existencia de más de un trabajador solicitante de la beca, procediendo en tales casos a la asignación de la misma aplicando criterios objetivos.
Becas. Por lo que se refiere a las escuelas incorporadas de la Universidad, ésta pondrá a disposi- ción del Sindicato el 5% de las becas existentes a los trabajadores o a los hijos de los trabajadores, siempre y cuando cumplan los requisitos académicos establecidos para tal efecto.
Becas. 1. El programa de becas tiene como principal objetivo facilitar el acceso a aquellos estudios relacionados con los puestos de trabajo de la empresa, para incentivar el desarrollo personal y profesional de los empleados que lo soliciten, siempre y cuando acrediten una antigüedad mínima de doce meses en la empresa. En función de los estudios solicitados, distingue entre becas para estudios reglados universitarios y becas para estudios reglados no universitarios
Becas. 1. Para hijos e hijas del personal: Se crea un fondo de 14.914,31 euros, para el año 2008, y 15.466,14 euros, para el año 2009, anuales como ayuda para cursar estudios xx xxxxxxx universitaria. Este fondo será repar- tido entre todas las solicitudes admitidas y posteriormente seleccionadas; en el caso de que la realización de tales estudios implique cambio de resi- dencia, se duplicará la cantidad de la asignación económica general. Las normas para adjudicación de estas becas serán las siguientes:
Becas. Las entidades empleadoras otorgarán, a los trabajadores en actividad avalados por los Sindicatos de Luz y Fuerza adheridos a la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza, la cantidad de una beca cada 200 trabajadores para estudios universitarios o su especialización, secundarios y/o técnicos que tengan aplicación en las actividades que desarrollan las entidades. Las becas mencionadas se otorgarán en forma anual y consistirán en un permiso con goce de los beneficios que establece el Convenio Colectivo de Trabajo. A tal efecto se crea una Comisión Mixta de Becas, la que estará integrada por igual número de miembros en representación de las entidades empleadoras y de la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza (FATLYF).
Becas. La CFE otorgará a los hijos de los trabajadores y de los jubilados o a los trabajadores de base que designe el SUTERM, 15,000 (QUINCE MIL) becas para estudios de nivel secundaria y de los tipos medios superior y superior. Los becarios de estudios de nivel secundaria, disfrutarán mensualmente de una cantidad equivalente a 6 (SEIS) salarios mínimos regionales de la zona geográfica “A” y los becarios de estudios de los tipos medio superior y superior, la cantidad de 7 (SIETE) salarios mínimos regionales de la zona geográfica “A” mensuales. El SUTERM informará a la CFE los centros docentes en donde los becarios cursen sus estudios y al terminar su período lectivo las calificaciones que hayan obtenido. Cuando quienes disfruten de una beca no obtengan la calificación mínima de 8 (OCHO) o su equivalente, salvo en estudios profesionales de tipo superior que será de 7 (SIETE) o su equivalente, serán sustituidos por el SUTERM.
Becas a) Las becas serán otorgadas únicamente por el Comité de Becas del Colegio mediante el proceso anual de selección realizado de acuerdo a los lineamientos de SEP y al reglamento del Colegio; son intransferibles y se aplicarán sobre el monto de cada una de las 10 colegiaturas según sea el caso, del Ciclo Escolar 2021-2022, sin tener derecho a ningún otro descuento (el reglamento mencionado se entregará al momento de la inscripción o reinscripción).
Becas. La representación patronal compromete el otorgamiento de un número a convenir, de becas sin cargo y por año para la capacitación de trabajadores en actividad dentro del sector, egresados del bachillerato pre universitario, para asistir a los cursos de formación en Comercio Exterior que se dictan en el ámbito de la Asociación de Despachantes de Aduana del Uruguay.
Becas. Los alumnos podrán estar becados por las empresas, instituciones, fundaciones, etc., y/o por las Administraciones, en la forma que se determine para cada proyecto.
Becas. —Anualmente, la empresa, de acuerdo con los representantes legales de los empleados, realizará una convocatoria de becas para estudio. La cantidad de la beca es a efectos fiscales cantidad bruta, por lo que sufrirá en su caso las retenciones fiscales que legalmente se establezcan. La regulación del programa de becas se encuentra establecido en el Anexo II del pre- sente Convenio.