Becas. Los trabajadores con tres años de antigüedad en la empresa que presten sus servicios con una jornada que supere la mitad de la jornada ordinaria en un Colegio Mayor tendrán derecho a un descuento del 50% para sí o para sus hijos en el coste de los derechos de matrícula de dos convocatorias por asignatura en los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Grado de la Universidad Pública a la que esté adscrita el Colegio Mayor. El derecho a la obtención de la beca estará sujeto a los rendimientos académicos, objetivos y requisitos establecidos en la normativa sobre becas que se exige en la Universidad Pública en la que vayan a cursar los estudios. No se devengará este derecho cuando se supere la proporción de una beca por cada 10 trabajadores con contrato laboral fijo. Para disfrutar de este derecho es necesario haber solicitado en tiempo y forma las becas establecidas por el sistema público, y haberles sido denegada. La beca se renovará anualmente por cada curso de la carrera escogida, sin que pueda superar el número de años correspondientes a los estudios elegidos. En el supuesto de que el beneficiario sea el trabajador de la empresa, no se aplicará este límite, pero el suspenso de cualquier asignatura determina la pérdida de la beca respecto de la citada asignatura. Para la obtención de la beca tiene preferencia el trabajador de mayor antigüedad, el que preste servicios a jornada completa sobre el que superando la mitad de la jornada este contratado a tiempo parcial, y en todo caso, el trabajador sobre los hijos. La Comisión Paritaria del presente convenio resolverá cuantos problemas puedan suscitarse en relación a la existencia de más de un trabajador solicitante de la beca, procediendo en tales casos a la asignación de la misma aplicando criterios objetivos.
Becas. 1. Para hijos e hijas del personal: Se crea un fondo de 14.914,31 euros, para el año 2008, y 15.466,14 euros, para el año 2009, anuales como ayuda para cursar estudios xx xxxxxxx universitaria. Este fondo será repartido entre todas las solicitudes admitidas y posteriormente seleccionadas; en el caso de que la realización de tales estudios implique cambio de residencia, se duplicará la cantidad de la asignación económica general. Las normas para adjudicación de estas becas serán las siguientes:
a) Xxxxxxx derecho a solicitar estas becas los hijos e hijas del personal acogido a este Xxxxxxxx. Igualmente podrán solicitarlo aquellos hijos o hijas de huérfanos que en vida del padre o madre xxxxx disfrutado con aprovechamiento de una de las becas concedidas en este artículo y los hijos e hijas de los trabajadores y trabajadoras que hayan causado baja por enfermedad o accidente, en las mismas condiciones. Quedan excluidos los hijos e hijas emancipados.
b) Se tendrán en cuenta el número de miembros y los ingresos de la unidad familiar del solicitante. Para esto, la cuantía de la beca será mayor cuando los ingresos divididos por el número de miembros sean menores.
c) No tendrán derecho los hijos e hijas de aquellos trabajadores que tengan solicitada otro tipo de beca.
2. Para trabajadores y trabajadoras: Se crea un fondo de 14.914,31 euros, para el año 2008, y 15.466,14 euros, para el año 2009, para atender a los gastos de estudios de aquellos trabajadores que lo soliciten. En caso de no poder adjuntar la matrícula dentro del plazo establecido, este documento deberá suplirse por certificado de la universidad o escuela oficial, indicando en qué fecha se abre el plazo de matrícula, asimismo el trabajador o trabajadora adjuntará una declaración comprometiéndose a adjuntar la matrícula en la fecha inmediata a su suscripción, ya que en caso contrario deberá devolver el importe de la beca concedida, que en primera instancia se le concedió pendiente de este requisito y como anticipo xx xxxxxx del mes en que certifique el plazo de matrícula. La cuantía de la beca irá en relación con los gastos que tenga que soportar el/la solicitante. Se crea igualmente un fondo de 7.457,15 euros, para el año 2008, y 7.733,06 euros, para el año 2009, para ayuda a la recuperación de los hijos de trabajadores en escuelas especiales por razón de su discapacidad física o psíquica. Es requisito imprescindible adjuntar el certificado médico acreditativo del tipo de deficiencia padecido. Para rec...
Becas. Por lo que se refiere a las escuelas incorporadas de la Universidad, ésta pondrá a disposi- ción del Sindicato el 5% de las becas existentes a los trabajadores o a los hijos de éstos, siempre y cuando cumplan los requisitos académicos establecidos para tal efecto.
Becas. 1. El programa de becas tiene como principal objetivo facilitar el acceso a aquellos estudios relacionados con los puestos de trabajo de la empresa, para incentivar el desarrollo personal y profesional de los empleados que lo soliciten, siempre y cuando acrediten una antigüedad mínima de doce meses en la empresa. En función de los estudios solicitados, distingue entre becas para estudios reglados universitarios y becas para estudios reglados no universitarios
2. Se establecen importes económicos máximos por beca y por curso académico:
a) Importe máximo de beca para estudios reglados universitarios: 860,05 euros brutos.
b) Importe máximo de beca para estudios reglados no universitarios: 736,45 euros brutos.
3. Anualmente se publicará la relación de estudios objeto de beca, criterios de concesión, proceso de tramitación, resolución y demás condiciones reguladoras de este artículo,
Becas. La CFE otorgará a los hijos de los trabajadores y de los jubilados o a los trabajadores de base que designe el SUTERM, 15,000 becas para estudios de nivel secundaria y de los tipos medios superior y superior. Los becarios de estudios de nivel secundaria, disfrutarán mensualmente de una cantidad equivalente a 7 salarios mínimos regionales de la zona geográfica “A” y los becarios de estudios de los tipos medio superior y superior, la cantidad de 8 salarios mínimos regionales de la zona geográfica “A” mensuales. El SUTERM informará a la CFE los centros docentes en donde los becarios cursen sus estudios y al terminar su período lectivo las calificaciones que hayan obtenido. Cuando quienes disfruten de una beca no obtengan la calificación mínima de 8 o su equivalente, salvo en estudios profesionales de tipo superior que será de 7 o su equivalente, serán sustituidos por el SUTERM.
Becas. La empresa abonará, en concepto de beca, a los alumnos que participen en el proyecto de Formación Profesional Dual un importe equivalente al 80% del Indicador Público xx Xxxxx de Efectos Múltiples (IPREM), que se prorrateará en función del tiempo de permanencia en la empresa fijado en el calendario formativo.
Becas. Las Entidades empleadoras otorgarán a los trabajadores en actividad avalados por la Comisión Mixta de Becas integrada por los Sindicatos de Luz y Fuerza, la FATLYF y la Empresa, una beca cada 200 trabajadores para estudios universitarios o su especialización, secundarios, terciarios y/o técnicos que tengan aplicación en las actividades que desarrollan las Entidades. Las becas mencionadas se otorgarán en forma anual y consistirán en un permiso con goce de los beneficios que establece el C.C.T. A tal efecto se crea una Comisión Mixta de becas la que estará integrada por igual número de miembros en representación de las Entidades empleadoras y de la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza (FATLYF).
Becas. ARTICULO 105.- Los patrones harán por su cuenta cuando empleen más de cien y menos de mil trabajadores, los gastos indispensables para sostener en forma decorosa los estudios técnicos industriales o prácticos, en centros especiales nacionales o extranjeros de uno de sus trabajadores o de uno de los hijos de éstos, designado en atención a sus aptitudes, cualidades y dedicación, por los mismos trabajadores y el patrón.
Becas. ARTICULO 68.- Los patrones harán por su cuenta cuando empleen más de cien y menos de mil trabajadores, los gastos indispensables para sostener en forma decorosa los estudios técnicos industriales o prácticos, en centros especiales nacionales o extranjeros de uno de sus trabajadores o de uno de los hijos de éstos, designado en atención a sus aptitudes, cualidades y dedicación, por los mismos trabajadores y el patrón. Cuando tengan a su servicio más de mil trabajadores deberán sostener tres becarios en las condiciones señaladas, el patrón sólo podrá cancelar la beca cuando sea reprobado el becario en el curso de un año o cuando observe mala conducta; pero en estos casos será sustituido por otro. Los becarios que hayan terminado sus estudios deberán prestar sus servicios al patrón que los hubiese becado, durante un año por lo menos.
Becas. Compensación económica recibida por los trabajadores de la educación, como contribución a los gastos generados por los cursos de Mejoramiento Profesional, de Perfeccionamiento Académico, de Aprendizaje Sindical; para la Investigación Científica y Cultural en el campo educativo y, también a los estudios de sus hijos o familiares. las cuales serán canalizadas por ante las Oficina de Asuntos Gremiales y Sindicales. Estas tendrán un tratamiento diferente al programa Ordinario de Becas del Ministerio de Educación Cultura y Deportes.