Dirección de los trabajos Cláusulas de Ejemplo

Dirección de los trabajos. La dirección de los trabajos corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, al representante que designe el órgano de contratación. Son funciones del responsable del contrato o del representante del órgano de contratación:
Dirección de los trabajos. En virtud de lo establecido en el art. 305 TRLCSP el Órgano de contratación dirigirá los trabajos contratados. A tal efecto, podrá nombrar un responsable del contrato con las funciones que establece el artículo 52 TRLCSP.
Dirección de los trabajos. ACUAMED designará al DIRECTOR DEL PROYECTO que desempeñará, como más importantes, las siguientes funciones: ▪ Analizar el Programa de Trabajo presentado por el Consultor y que se adjunta como anexo al Contrato. ▪ Analizar el Plan de Aseguramiento de la Calidad presentado por el Consultor. ▪ Comprobar la suficiencia cualitativa y cuantitativa de medios por parte del Consultor. ▪ Definir y organizar las medidas de control a aplicar por el Consultor para asegurar la calidad de la Asistencia. ▪ Controlar la ejecución de la Asistencia, de acuerdo con los documentos contractuales suscritos entre ACUAMED y el Consultor. ▪ Comprobar, aprobar y tramitar las certificaciones. ▪ Analizar y gestionar, en su caso, las propuestas del Consultor que impliquen una alteración de las condiciones del Contrato entre aquél y ACUAMED. ▪ Preparar la documentación necesaria para la recepción y liquidación de las obras.
Dirección de los trabajos. Forman la dirección de los trabajos el Director del Contrato y el Director facultativo o director técnico así como cuantos asesores técnicos les resulten necesarios. La dirección técnica de los trabajos corresponderá al Ayuntamiento y la dirección de los contratos a la Sociedad. En su desarrollo, la dirección técnica involucrará a los servicios técnicos de los organismos socios en Valencia Parque Central y a los de la propia sociedad en la adopción de las soluciones técnicas que resulte necesario adoptar para la compatibilidad de la construcción y explotación de las obras y servicios ferroviarios con las obras y servicios urbanos hasta la aprobación definitiva del proyecto de urbanización como documento integrante de la alternativa técnica de la iniciativa de gestión directa. A tal efecto y desde el inicio de los trabajos, el adjudicatario celebrará reuniones periódicas con la dirección de los trabajos, según se determine en un calendario elaborado al efecto por el Consultor, que habrá de someterse a la aprobación de aquélla; en dichas reuniones, se dará cuenta de la marcha de los trabajos, levantando acta de lo tratado en todas ellas. El Adjudicatario estará a disposición de la dirección de los trabajos, para facilitar los datos o celebrar las consultas que resulten necesarias, tanto durante la redacción como durante la tramitación administrativa de los trabajos, la información pública y resolución de alegaciones y las eventuales modificaciones que se produzcan en la misma. La dirección de los trabajos ejercerá, de manera continua y directa, la coordinación y seguimiento de los trabajos objeto del mismo, proponiendo las correcciones y modificaciones necesarias, el mayor o menor desarrollo de sus diferentes determinaciones y documentos, así como la supresión de algunos o la incorporación de otros; todo ello de manera justificada y con el fin de lograr el cumplimiento de los objetivos perseguidos por el trabajo. En el caso de que, de lo propuesto por la dirección de los trabajos, resultasen modificaciones importantes a los documentos en redacción y a petición del adjudicatario, se estudiará por la Dirección el reajuste de los plazos previstos para su entrega, en función de la complejidad añadida a los mismos. En todo caso, será competencia de la dirección de los trabajos el control del desarrollo y cumplimiento de los plazos.
Dirección de los trabajos. La dirección de los trabajos corresponderá al órgano de Contratación de la Fundación o a la persona que él designe: Son sus funciones, en la medida en que no sean prerrogativas:
Dirección de los trabajos. EDESUR, a través del personal designado a tal fin, dirigirá personalmente la ejecución de los servicios y tendrá plena autoridad para adoptar cualquier decisión que sea necesaria para la adecuada ejecución de los servicios, para recibir y llevar a cabo órdenes administrativas, e inclusive, modificar los tiempos de respuesta acordados con EL PROVEEDOR por razones de interés público. En cualquier caso, será responsabilidad de EL PROVEEDOR cuidar de que los servicios se realicen de forma satisfactoria y según el proyecto aprobado, incluido el garantizar que sus propios empleados observen las especificaciones técnicas y las órdenes administrativas.
Dirección de los trabajos. La dirección de los trabajos corresponde al responsable del contrato que designe EMT. Son funciones del responsable del contrato del órgano de contratación:
Dirección de los trabajos. La dirección de los trabajos corresponde al órgano responsable de la gestión del contrato que designe Metro de Madrid. Son funciones del director de los trabajos:
Dirección de los trabajos. El contratista realizará la asistencia de acuerdo con el Programa de Trabajo aprobado por GHK y según las instrucciones que, en interpretación técnica de la documentación contractual, le dicte por escrito GHK, que serán de obligado cumplimiento para el contratista.
Dirección de los trabajos. El Contratista deberá proveer toda la supervisión que sea necesaria durante la construcción de las obras y por todo el tiempo que Fesur considere necesario para el correcto cumplimiento de las obligaciones que le imponen los términos del contrato. El Contratista deberá designar un Encargado de Obras, a plena dedicación. Este deberá permanecer en la obra durante todo el desarrollo de los trabajos y será el responsable ante Fesur del buen desarrollo de los mismos, debiendo estar facultado plenamente para la toma de decisiones operacionales y administrativas en representación del Contratista.