especiales. 1. El presente contrato se regirá por la legislación común; observándose para esto lo dispuesto en el arto. 89 de la Ley 737 Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público.
2. Las Partes dejan expresamente establecida la naturaleza civil de este contrato y que los montos pactados con EL CONSULTOR comprenden todos los costos y gastos que conlleva la prestación de su servicio sin que EL CONSULTOR pueda reclamar cantidad adicional alguna al IPSA. Por lo que no se deberá de entender que el vínculo jurídico que nos une generé derechos y obligaciones de naturaleza laboral alguno.
3. EL CONSULTOR, no podrá por ningún concepto comprometer al IPSA a través de otros contratos anteriores o posteriores u obligaciones que éste adquiera en la ejecución del presente contrato, además no podrá ejecutar ninguna acción judicial o extrajudicial en la cual se arrogue representación del IPSA por efecto de la ejecución del presente contrato.
4. EL CONSULTOR, no podrá sub-contratar a ninguna otra persona por efecto de lo establecido en el presente contrato y en el caso que lo hiciere, éste será el único responsable de cualquier obligación que se originare de tal sub-contratación.
especiales. Retribución salarial: Salario Convenio Colectivo: Partes proporcionales pagas extras y vacaciones: Otras remuneraciones: Total: Otras retribuciones: Transporte: Desplazamientos: Dietas: Ensayos: Total: Total diario: El profesional disfrutará de su descanso semanal obligatorio los días Local de actuación , calle , localidad . La actuación del profesional será en_(plaza fija o gira) . En , a de de cve: BOE-A-2023-8673 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Anexo al contrato de trabajo suscrito entre (la empresa) y Mediante el presente el/la artista autoriza a la empresa el ejercicio de los siguientes derechos exclusivos en relación con la actuación objeto del contrato de trabajo: fijación, reproducción, comunicación pública en cualquiera de sus formas y distribución. La presente cesión no comprende los derechos de remuneración que el vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual reconoce al artista por la explotación de sus actuaciones fijadas, que se harán efectivos a través de la correspondiente entidad de gestión. Como contraprestación por la cesión de los derechos exclusivos(1), las partes acuerdan una retribución adicional a favor del artista, por los siguientes conceptos y cantidades:
(1) Contraprestación prevista en el artículo 22 del presente Convenio
1. Emisión o radiodifusión inalámbrica y/o transmisión de la actuación: Por radio: Por televisión:
2. Grabación o fijación de la actuación: Total retribución adicional: La cesión de los derechos arriba indicados tendrá igual duración que el contrato de trabajo del que trae causa el presente anexo. La empresa se obliga a negociar con la persona artista las condiciones para la explotación de sus actuaciones fijadas o grabadas una vez terminada la misma, sino se hubiese contemplado en el contrato inicial. En , a de de
A) Catálogo de espectáculos Sala de fiestas, conciertos o de música en vivo: Establecimiento que ofrece al público representación de espectáculos artísticos, variedades, atracciones, baile para los asistentes con ejecución humana o mecánica y servicio de bar. Xxxxx xx xxxxx: Establecimiento que ofrece al público baile para los asistentes con ejecución humana o mecánica y servicio de bar.
especiales. El personal fijo de la empresa, con una antigüedad mínima de tres años, tendrá derecho a que se le reconozca la po- sibilidad de situarse en Excedencia Especial, por un plazo no inferior a cuatro meses ni superior a tres años, con derecho a reserva de puesto de trabajo, pero sin cómputo de la antigüedad de su vigencia. Asimismo, toda trabajadora fija en la empresa, tendrá derecho a la excedencia por maternidad por un período máxi- mo de cinco años, con las mismas condiciones anteriores en cuanto a reserva de puesto de trabajo y sin cómputo de su antigüedad. Para hacer efectivo este derecho, el trabajador deberá solicitarlo por escrito a la Empresa, indicando la duración exac- ta de la excedencia y comprometiéndose a confirmar su reingreso con una antelación mínima de un mes. El trabajador podrá optar entre este tipo de excedencia y las que fije la Ley.
especiales uno.—los trabajadores que al cumplir los 64 años, quieran acogerse al real decreto 1194/1985, sobre jubilación anticipada, lo comunicarán a la empresa que tramitará dicha solicitud a la mayor brevedad posible. a este derecho sólo podrán acogerse aquellos trabajadores a los que resulte de aplicación lo establecido en la disposición Final 12.2 de la ley 27/2011, de 1 xx xxxxxx.
especiales. Los países contratantes se obligan a hacer extensivos a los demás de la Unión Postal Panamericana, sobre la base de acuerdos especiales, todos los servicios postales que realicen en el interior de su país.
especiales. 4.1. Fondo de Cese Laboral para los Trabajadores de la Industria de la Construc- ción.
4.2. Para círculos cerrados.
especiales. Las excedencias especiales se concederá:
a) Para realizar actividades relativas a su perfeccionamiento profesional.
especiales. Corresponde al Consejo Directivo de la ANH adoptar las correspondientes minutas o modelos de Contratos y sus modificaciones, con sujeción al ordenamiento superior, al presente Reglamento y a sus desarrollos.
especiales. Atender estrictamente el manual de operaciones y las instrucciones operativas impartidas por la ANI necesarias para garantizar la operatividad, seguridad, calidad, y funcionalidad de la solución y hacerlas cumplir de sus empleados, agentes o dependientes. Adoptar la imagen corporativa establecida para la ANI, y abstenerse de su uso, en actividades diferentes al desarrollo del objeto del contrato, salvo autorización expresa y escrita en este sentido por parte de la Agencia. Elaborar los estudios técnicos que sean necesarios para la debida prestación del servicio. Establecer los procedimientos para el manejo adecuado de la gestión documental en el marco de la Ley de archivo. La solución debe ser implementada en la nube y asequible a los usuarios mediante un navegador Web. Llevar a cabo, en conjunto, con el personal de la ANI, un plan de Gestión de Cambio Organizacional enfocado a la adopción de los nuevos esquemas de trabajo efecto de la implementación de la solución. Presentar al supervisor del contrato un cronograma para la ejecución de la solución objeto del mismo. Contar con el suficiente personal idóneo para soportar técnica y administrativamente los requerimientos de soporte y garantía post proyecto. Obrar con lealtad y buena fe, en las distintas etapas contractuales evitando dilaciones y entrabamientos. Constituir la Garantía Única señalada en los Pliegos de condiciones. Las que le imparta el supervisor de la ANI, y que garanticen el cabal y oportuno cumplimiento del objeto del contrato, con la correspondiente aceptación del contratista. De conformidad con lo previsto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la propuesta deberá venir acompañada de la certificación del Revisor Fiscal en la cual conste el cumplimiento por parte de la compañía durante los últimos seis (6) meses, del pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar. Las demás propias de la naturaleza del objeto del contrato.
especiales uno.—Los trabajadores que al cumplir los 64 años, quieran acogerse al Real Decreto 1194/1985, sobre Jubilación Anticipada, lo comunicarán a la empresa que tramitará dicha solicitud de Jubilación a la mayor brevedad posible.