GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ ENTREGAR AL ÁREA CONTRATANTE EN EL DOMICILIO DE LA ENTIDAD DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL CONTRATO, UNA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL, O UN SEGURO DE DAÑOS A TERCEROS, POR LOS DAÑOS O PERJUICIOS QUE SUS EMPLEADOS U OTROS POR MOTIVO DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PUDIERA CAUSAR A LOS BIENES MUEBLES O INMUEBLES O A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE PRONÓSTICOS, POR LA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 10% DEL MONTO TOTAL ADJUDICADO ANTES DE I.V.A., SI LOS DAÑOS O PERJUICIOS EXCEDEN ESE IMPORTE LA EMPRESA SE HARÁ CARGO DE ELLOS. EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR UN ESCRITO EN PAPEL PREFERENTEMENTE MEMBRETADO DEL LICITANTE, CON FIRMA AUTÓGRAFA DE SU REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL, EN LA QUE DECLARE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, SE COMPROMETE A ADQUIRIR UNA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL, O UN SEGURO DE DAÑOS A TERCEROS, POR LOS DAÑOS O PERJUICIOS QUE SUS EMPLEADOS U OTROS POR MOTIVO DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PUDIERA CAUSAR A LOS BIENES MUEBLES O INMUEBLES O A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE PRONÓSTICOS, POR LA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 10% DEL MONTO TOTAL ADJUDICADO ANTES DE I.V.A., SI LOS DAÑOS O PERJUICIOS EXCEDEN ESE IMPORTE LA EMPRESA SE HARÁ CARGO DE ELLOS. ANEXO 8-A
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El Operador entrega una Garantía de Responsabilidad Civil por la suma de US$ 3´500,000.00 (TRES MILLONES QUINIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 00/100) para cubrir daños a terceros (en su persona o bienes), en caso de accidentes, negligencias o mala ejecución de los trabajos contratados por parte del personal del Operador, siempre y cuando dichos daños sean consecuencia directa de la gestión del Operador, y provengan de demandas contractuales y extracontractuales que deriven en resoluciones y sentencias en contra de la MIMG, de la ATM, de la fiscalización y/o del Operador. El Operador se obliga a mantenerla vigente desde que se expida la Orden de Inicio de Construcción hasta la conclusión del plazo de vigencia del Contrato. El Operador deberá justificar que cuenta con una póliza de responsabilidad civil contra daños a terceros y/o usuarios y sus bienes para garantizar a quienes puedan resultar perjudicados en el desarrollo de la actividad materia del Contrato. Queda claramente entendido que la obtención y vigencia de este seguro no relevará en forma alguna al aliado estratégico de la responsabilidad directa que le corresponde siempre por siniestros cuyos montos sean superiores al seguro contratado; así como responderá aun en el caso de que la aseguradora no pagare la indemnización contratada por cualquier motivo que alegare. Esta garantía no exime, pues, al aliado estratégico de la reparación total por daños producidos, en función de cualquier reclamación de terceros efectivamente perjudicados, sea que haya o no sentencia ejecutoriada.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El invitado adjudicado se obliga a entregar a favor de la convocante dentro de los 15 días posteriores a la fecha de formalización del contrato, una póliza de seguro de responsabilidad civil general por un monto de $500.000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.) que garantice los daños que puedan causarse a la convocante y a terceros en sus bienes o personas dicho seguro deberá ser expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional, durante la vigencia del contrato. En caso de que el invitado adjudicado ya cuente con un seguro de responsabilidad civil expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional, antes de la firma del contrato celebrado entre la convocante y el invitado adjudicado, tendrá como beneficiario a la convocante en los términos del párrafo anterior, presentando el endoso correspondiente. La convocante se libera de los daños y perjuicios a personas o a los bienes que serán utilizados por el invitado adjudicado en el desarrollo de los servicios objeto de esta invitación. Queda expresamente estipulado que el personal encargado del servicio, estará bajo la responsabilidad directa del invitado que resulte adjudicado y por lo tanto, en ningún momento se considerará patrón sustituto, ni tampoco al invitado como intermediario, por lo que la convocante no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente queda liberada de cualquier responsabilidad de las reclamaciones que se pudieran presentar en contra de la convocante.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ CONTAR CON PÓLIZA DE SEGURO VIGENTE CON COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, QUE DEBERÁ ESTAR VIGENTE DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” DEBERÁ CONTAR CON UNA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL VIGENTE, DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO TÉCNICO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. EL PROVEEDOR" se obliga a otorgar Póliza de Responsabilidad Civil expedida por institución legalmente autorizada, a favor del “EL CENACE” equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del Contrato, sin incluir el I.V.A, la cual deberá entregar dentro de los 10 (DIEZ) días naturales siguientes a la firma del Contrato para garantizar a “EL CENACE” que se cubrirán: los gastos de daños inferidos a personas o infraestructura ya sea de “EL CENACE” o de terceros; Indemnizaciones y gastos de defensa. La vigencia de la póliza de Responsabilidad Civil será considerada a partir de la firma del contrato hasta la fecha de entrega o terminación de los trabajos La póliza se aplicará si el tiempo en la atención al siniestro excede de 10 días naturales a partir del reporte emitido por parte del “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”. Si el proveedor cuenta con una póliza de responsabilidad civil global, podrá entregar al ÁreaContratante el endoso que garantice el contrato o convenio que celebre con “EL CENACE”, por el monto o porcentaje que se haya establecido, sin que sea necesario exigirle la presentación, exhibición o entrega de la póliza original
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. EL DEBERÁ CONTAR CON PÓLIZA DE SEGURO VIGENTE DURANTE EL PERIODO DEL CONTRATO, POR UN IMPORTE MÍNIMO DE $5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) CON COBERTURA MÍNIMA DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL, ESTE DEBERÁ CUBRIR TODOS LOS RIESGOS DURANTE LOS PERIODOS DE TRASLADO Y REPARACIÓN DE LOS VEHÍCULOS INCLUIDOS LOS QUE PUDI EREN PRESENTARSE EN EL TALLER MÓVIL QUE INSTALE EL EN EL INMUEBLE DE Y LOS QUE SE ENCUENTREN EN LAS INSTALACIONES DE EL , LA CUAL DEBERÁ SER PRESENTADA DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA NOTIFICACIÓN DE FALLO.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. EL LICITANTE DEBERÁ CONTAR CON UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL POR UN IMPORTE DE $500,000.00, CONTRA TODA PÉRDIDA O DAÑO PERSONAL O MATERIAL PARA PROTEGER A TODO EL PERSONAL, BIENES E INSTALACIONES DE “EL TRIBUNAL”, O CUALQUIER OTRO TERCERO, EN SUS PERSONAS Y EN SUS BIENES, CONTRA CUALQUIER CONTINGENCIA QUE PUEDA SURGIR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, HASTA SU TERMINACIÓN Y RECEPCIÓN. ESTE SEGURO ES SIN COSTO ADICIONAL.
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL. El operador deberá constituir una Garantía de Responsabilidad Civil por la suma de USD $ 10 000 (diez mil dólares de los Estados Unidos de América 00/100) para cubrir daños a terceros (en su persona o bienes), en caso de accidentes, negligencias o mala ejecución de los trabajos contratados por parte del personal del operador, siempre y cuando dichos daños consecuencia directa de la gestión del operador, quien se obliga a mantenerla vigente por todo el plazo de vigencia del contrato. Queda claramente entendido que la obtención de este seguro no revelara en forma alguna al Operador de la responsabilidad que le corresponde por siniestros cuyos montos sean superiores al seguro contratado, por franquicias, exclusiones, deducciones, entre otros, estipuladas en la póliza, así como en el caso de que la aseguradora no pagare la indemnización por cualquier motivo alegare.