GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. De conformidad con lo contenido en el Art. 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015, la garantía de seriedad de la oferta cubrirá los siguientes riesgos: - La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. - La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos de condiciones definitivos para la adjudicación del contrato o la suscripción del mismo se prorrogue, siempre que esas prorrogas no excedan de tres meses. - La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato. - El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas. Debe constituirse a favor de MDN - DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD MILITAR – DISPENSARIO MEDICO DE CALI, (NIT 830.039.670-5), por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor de la oferta, la cual debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. Si el nombre del beneficiario, afianzado y/o tomador no es el correcto, si el objeto, la vigencia de la garantía, el monto de la misma o su contenido no está conforme con este numeral, el MDN - DIRECCIÓN DE SANIDAD EJÉRCITO- DISPENSARIO MEDICO DE CALI, requerirá al proponente a fin de que aporte o subsane la garantía dentro del plazo que le señale para el efecto. Cuando la propuesta se presente en Consorcio o Unión Temporal, la póliza deberá tomarse a nombre del consorcio o de la unión temporal, según el caso, con la indicación de cada uno de sus integrantes (no a nombre de sus representantes legales), y deberá expresar claramente que será exigible por su valor total ante el incumplimiento en que incurran cualquiera de los integrantes del grupo proponente, en todo o en parte. De igual manera deberá establecer el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes conforme al acta de constitución. El proponente acepta que el MDN - DIRECCIÓN DE SANIDAD EJÉRCITO- DISPENSARIO MEDICO DE CALI, le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, cuando las circunstancias lo requieran. Por mi patria, mi lealtad es el honor El pago de la garantía, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización por incumplimiento de la propuesta presentada por el Adjudicatario, y se entiende sin perjuicio del derecho que le ...
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. El PROPONENTE debe acompañar su propuesta, como requisito indispensable, con una Garantía de Seriedad a favor de entidades Estatales, expedida por una compañía de seguros legalmente constituida y establecida en Colombia o podrá constar en una garantía bancaria expedida por el representante legal de la entidad bancaria. En dicho documento se verificará lo siguiente: a) Asegurado/Beneficiario: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA – NIT 000.000.000-3
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. A la propuesta debe adjuntarse una garantía de seriedad de la misma, respaldada con la firma del afianzado, junto con su correspondiente sello de cancelado o comprobante de pago de la prima por parte del asegurador, con las siguientes características:  Cuantía El valor de la cuantía será el equivalente al tres por ciento (3%) del valor total de la propuesta. La garantía debe establecerse en pesos colombianos.  Vigencia La garantía debe mantenerse vigente por sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha y hora de cierre de la Convocatoria.  Afianzado Xxxx figurar como afianzado el nombre completo del Proponente. Si el Proponente fuere un consorcio o unión temporal deberán figurar como afianzados todos los integrantes del mismo.  Beneficiario Debe figurar como beneficiario la COMPAÑÍA DE ELECTRICIDAD DE TULUÁ S.A. E.S.P.  Constitución y Expedición La garantía debe ser expedida por un banco o compañía de seguros, legalmente establecidos en Colombia, preferiblemente con domicilio y poder decisorio en la ciudad de Santiago de Cali, aceptable en su procedencia, contenido y forma por CETSA E.S.P. En aquellos casos en que los Proponentes otorguen garantías por conducto de sucursales diferentes a las establecidas en la ciudad o por compañías aseguradoras que no tengan domicilio principal en la ciudad de Santiago de Cali, deberán acreditar ante CETSA E.S.P. y a satisfacción de ésta, que lo relacionado con el manejo de todos los asuntos que tengan que ver con las garantías se hará por conducto de personas domiciliadas en Santiago de Cali y debidamente autorizadas por dichas compañías. Mediante la garantía de seriedad de la propuesta el Proponente garantizará:  Que la propuesta permanecerá vigente, sin modificaciones de ninguna clase durante su período de validez.  Que firmará el contrato y ejecutará los demás actos que se requieran para el perfeccionamiento del mismo, dentro del término establecido en el numeral 2.16. del presente Pliego de Condiciones.  Que constituirá y entregará la Garantía de Cumplimiento del contrato exigida por XXXXX E.S.P. según lo dispuesto en el numeral 2.12 de este Pliego de Condiciones. (Pagaré en Blanco con Carta de Instrucciones). La falta de presentación de la garantía de seriedad de la Propuesta, es motivo de desestimación de la oferta. Si la garantía no es suficiente o no está debidamente constituida, CETSA E.S.P. podrá solicitar al Proponente que la corrija y si no lo hace dentro del término de cinco (5) días h...
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. El oferente deberá garantizar la seriedad de su propuesta, mediante una póliza de seguros en favor del HOSPITAL, expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, por un valor asegurado del 10% del valor del presupuesto oficial concebido para la presente invitación pública, vigente por noventa (90) días calendario, contados desde la fecha de presentación de la propuesta. Adicionalmente, anexará el comprobante que acredite el pago de la prima. La garantía amparará al HOSPITAL de los perjuicios derivados del incumplimiento de la propuesta, en los siguientes eventos: - El retiro de la oferta. - La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando se prorrogue el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato o cuando se prorrogue el término previsto para la suscripción del contrato. - El incumplimiento por parte del proponente adjudicatario, sin justa causa comprobada, de su obligación de suscribir el contrato en los términos, dentro de los plazos y bajo las condiciones previstas en estos pliegos de condiciones. - El incumplimiento de la obligación de entregar al HOSPITAL la Garantía Única de Cumplimiento y demás garantías contractuales a que hace referencia la minuta del contrato, con el lleno de las condiciones y requisitos que correspondan, según los términos allí previstos y conforme a lo requerido por la Ley. - El HOSPITAL hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta en caso que se produzca cualquiera de los precitados eventos amparados, para lo cual se procederá según lo indicado en el numeral 14.3 del artículo 14 del Decreto 4828/08 y en las normas especiales concordantes, de acuerdo con la clase de garantía de seriedad otorgada. Cuando la propuesta sea presentada por una persona jurídica, la póliza o garantía debe ser tomada a nombre de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, sin utilizar sigla, a no ser que en el certificado de la Cámara de Comercio se establezca que la sociedad podrá identificarse con la sigla. Cuando la propuesta sea presentada por un Consorcio, Unión Temporal o cualquier tipo de asociación prevista por la Ley, la póliza o garantía debe ser tomada a nombre de todos los integrantes del mismo y del Consorcio, Unión Temporal o cualquier tipo de asociación prevista por la Ley. El oferente con la presentación de la propuesta, acepta que el HOSPITAL, solicite la ampliació...
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. Cada proponente deberá constituir junto con su propuesta una garantía de seriedad de la oferta a cargo del proponente y a favor de la AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES, mediante cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo establecidos en el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial, con una vigencia desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa Contractual, no obstante, no podrá ser inferior a tres (3) meses. En el evento que la propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes, no a nombre de sus representantes legales, y debe expresar claramente que será exigible por su valor total ante el incumplimiento en que incurran cualquiera de los integrantes del grupo proponente, en todo o en parte, derivado del incumplimiento de las obligaciones amparadas. El pago de la garantía, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter sancionatorio derivado del incumplimiento de la oferta, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste la AGENCIA LOGÍSTICA DE LAS FUERZAS MILITARES, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. El Proponente sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, deberá constituir a su xxxxx y presentar con su oferta una garantía de seriedad de la propuesta expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida y autorizada para funcionar en Colombia, a favor de entidades particulares, junto con la certificación del pago de la prima correspondiente, así: La garantía de seriedad de la propuesta se debe constituir en los siguientes términos: i. Fecha de Expedición: La fecha de expedición de la garantía deberá ser igual o anterior a la fecha y hora señalada para el cierre del presente proceso. ii. Amparos de la Garantía de Seriedad: La Garantía de Seriedad deberá cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. Con la propuesta debe obrar una garantía de seriedad de la misma, expedida a favor de XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. por una Compañía de Seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia y que no se encuentre intervenida, o una garantía bancaria. Para participar en esta convocatoria, la oferta debe estar acompañada de la garantía de seriedad en original con las condiciones generales de la compañía aseguradora y la constancia de pago de la prima correspondiente. Esta garantía debe ser expedida a favor de XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P., de acuerdo con lo establecido a continuación: a) Asegurado / Beneficiario : XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. b) Cuantía : Diez por ciento (10%) del presupuesto oficial estimado. c) Vigencia :Tres (3) meses, contabilizados a partir de la fecha de cierre de la convocatoria. d) Xxxxxxx / Afianzado : Nombre o razón social del proponente tomador o afianzado, así: Si el proponente es una persona jurídica, la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal. Si el proponente es un consorcio o unión temporal, la garantía deberá tomarse por los miembros del consorcio o unión temporal. En caso de prórroga del plazo del proceso de selección, del plazo de evaluación de propuestas, o de los plazos para la adjudicación o el perfeccionamiento del Contrato, la garantía deberá prorrogarse, según lo que al respecto indique XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta cuando el proponente favorecido con la adjudicación, sin aducir o acreditar justa causa, se abstenga de: a) Suscribir el Contrato dentro del plazo establecido para ello en la convocatoria sin justa causa. b) Ampliar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, cuando el término previsto en los términos para la adjudicación del contrato o para la suscripción del contrato, se prorroguen. c) Otorgar la garantía de cumplimiento exigida por XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. d) También se hará efectiva en el caso de que el proponente retire su oferta, luego del vencimiento del término para la presentación de las ofertas. XXXXX XX XXXX S.A. E.S.P. devolverá a los proponentes no favorecidos, con la adjudicación siempre que lo soliciten por escrito, la garantía de seriedad de la propuesta, una vez se suscriba y legalice el respectivo contrato.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. El proponente sea persona jurídica nacional o extranjera, deberá constituir a su xxxxx y presentar con su oferta una garantía de seriedad de la propuesta expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida y autorizada para funcionar en Colombia, a favor de entidades particulares, junto con el soporte de pago de la prima correspondiente, así: La garantía de seriedad de la propuesta se debe constituir en los siguientes términos: 1. Amparos de la Garantía de Seriedad: La Garantía de Seriedad deberá cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. El oferente deberá presentar junto con la propuesta una garantía de seriedad de la oferta, expedida a favor de LA PREVISORA S.A. con NIT. 860.002.400-2, por una compañía de Seguros legalmente habilitada para ello, con clausulado entre particulares, en las siguientes condiciones: BENEFICIARIO LA PREVISORA S.A. NIT. 860.002.400-2 AFIANZADO En el cuerpo de la póliza deberá señalarse el nombre o razón social de la persona jurídica, tal y como figura en el certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la autoridad competente, así como su número de identificación. VIGENCIA Sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha de cierre del proceso. CUANTÍA Por un valor mínimo equivalente al 10% del valor total del presupuesto oficial. AMPARO El texto de la garantía deberá indicar textualmente el número, año y objeto del proceso que respalda.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. Cada proponente deberá constituir junto con su propuesta una garantía de seriedad de la oferta a cargo del proponente y a favor de la AGENCIA LOGISTICA DE LAS FUERZAS MILITARES con NIT N° 800172114-0 mediante cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo establecidos en el artículo 2.2.1.2.3.1.2 del Decreto 1082 de 2015, equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial, con una vigencia desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa Contractual, no obstante, no podrá ser inferior a tres (3) meses. En el evento que la propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes, no a nombre de sus representantes legales, y debe expresar claramente que será exigible por su valor total ante el incumplimiento en que incurran cualquiera de los integrantes del grupo proponente, en todo o en parte, derivado del incumplimiento de las obligaciones amparadas. El pago de la garantía, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter sancionatorio derivado del incumplimiento de la oferta, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste la AGENCIA LOGISTICA DE LAS FUERZAS MILITARES, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. NOTA: Para el evento especifico en el que el adjudicatario no suscriba el respectivo contrato en el término establecido por el pliego de condiciones sin justa causa, se exigirá a titulo de sanción la totalidad del valor asegurado en la póliza de seriedad de la oferta.