GARANTÍA DEL ANTICIPO Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DEL ANTICIPO. El Prestador deberá garantizar los anticipos que, en su caso, reciba. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos. Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor y a satisfacción del SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, de la forma siguiente: FIANZA OTORGADA A FAVOR DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA GARANTIZAR POR EL PRESTADOR ( PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, GARANTIZANDO LA DEBIDA Y CORRECTA APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, O DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO OTORGADO POR EL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN RELACIÓN CON EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA, A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO XXXXXXXXXXX XXXXXX , XX XXXXX XX XX 000 , XXX IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CUYO OBJETO ES ALCANTARILLADO. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE ACEPTA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA FIANZA GARANTIZA LA DEBIDA Y CORRECTA APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, O DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO OTORGADO POR EL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO A EL PRESTADOR CONSISTENTE EN LA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO; C).- LA FIANZA SUBSISTIRÁ HASTA LA AMORTIZACIÓN, O DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO POR PARTE DE EL PRESTADOR Y SE LIBERARÁ HASTA QUE EL PRESTADOR HAYA AMORTIZADO, O DEVUELTO TOTALMENTE EL ANTICIPO, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DEL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO, SIN CUYO REQUISITO NO PROCEDERÁ LA LIBERACIÓN DE LA PRESENTE FIANZA Y, EN CONSECUENCIA, ÉSTA CONTINUARÁ VIGENTE; D).- LA FIANZA SE HARÁ EFECTIVA A PARTIR DE LA FECHA EN QUE LE SEA NOTIFICADA A EL PRESTADOR LA RESOLUCIÓN DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO; E).- ÉSTA FIANZA P...
GARANTÍA DEL ANTICIPO. No aplica. De conformidad con las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, vigentes, “La Conagua” deberá sujetarse al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y dar de alta en el mismo la cuenta por pagar a sus proveedores, apegándose a las disposiciones generales aplicables a dicho Programa. “La Conagua” requerirá a los proveedores y contratistas su afiliación al Programa xx Xxxxxxx Productivas y deberán tomar en cuenta mecanismos que promuevan la realización de los pagos correspondientes a través de dicho Programa. “El Licitante”, a efecto de estar en posibilidades de adelantar cobro de facturas, una vez entregado el servicio a entera satisfacción del área usuaria, deberá incorporarse al programa xx xxxxxxx productivas establecido por Nacional Financiera, S.N.C., cubriendo los requisitos que se establecen en el documento denominado “SOLICITUD DE AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS” (NOTA 3). Las penas convencionales y deducciones que se aplicarán por atraso en la prestación del servicio o por incumplimiento en la entrega parcial o deficiente del mismo, conforme a lo establecido en los artículos 53, 53 Bis de “La Ley”, 95, 96 y 97 del “Reglamento”, serán las establecidas en el numeral 14 “PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES AL PAGO” del ANEXO UNO.
GARANTÍA DEL ANTICIPO. El Contratista deberá garantizar los anticipos que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos. Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor de la Tesorería de la Federación a través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado.
GARANTÍA DEL ANTICIPO. El Contratista deberá garantizar los anticipos que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos. Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor de la Tesorería de la Federación a través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado., de conformidad en el numeral 35 fracción XII de los Procedimientos y requisitos de contratación en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS).
GARANTÍA DEL ANTICIPO. El Contratista deberá garantizar el (los) anticipo(s) que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos. Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo, de la forma siguiente: El modelo de fianza para anticipo, que se anexa a esta licitación, es emitido con apego en lo previsto en la legislación y normatividad vigente.
GARANTÍA DEL ANTICIPO. No aplica.
GARANTÍA DEL ANTICIPO. De ser el caso, el PROVEEDOR deberá presentar una fianza expedida por una Institución Afianzadora Mexicana autorizada, a favor del Servicio Médico de los Trabajadores de la Educación como garantía del anticipo por la totalidad de su monto, (I.V.A. incluido), en la misma moneda en la que se otorga el anticipo. (NO APLICA).
GARANTÍA DEL ANTICIPO. Para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, el Contratista dentro de los 15 (quince) Días siguientes a la fecha de notificación del fallo de adjudicación, presentó a Pemex ______________ y a favor de éste, fianza por el importe del anticipo, expedida por institución afianzadora autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a favor y satisfacción de Pemex ______________, en los términos del formato incluido como Anexo ____ de este Contrato . La garantía mencionada en esta cláusula deberá permanecer vigente hasta la fecha en que sea amortizado totalmente el anticipo otorgado. Pemex ______________ cubrirá al Contratista el anticipo con antelación a la fecha pactada para el Inicio de las Obras, para lo cual el Contratista, debió entregar en forma satisfactoria la fianza de anticipo, así como la factura correspondiente que ampare el monto del mismo. El diferimiento del Programa de Ejecución de las Obras por el atraso en la entrega de los anticipos conforme a los términos de la fracción I del artículo 50 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, sólo es aplicable en el primer ejercicio. La entrega del anticipo del segundo ejercicio se hará dentro de los tres meses siguientes al inicio de cada ejercicio, previa entrega de la garantía correspondiente. El atraso en la entrega de los anticipos será motivo para ajustar el costo financiero pagado en el presente Contrato.
GARANTÍA DEL ANTICIPO. (NO APLICA) FORMATO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR LA AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO DE LOS CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA.