GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO. El CONSULTOR deberá presentar una garantía por el fiel cumplimiento de sus obligaciones contenidas en el presente Contrato hasta por la suma de ……………….., que deberá mantenerse vigente hasta la terminación del contrato. En caso el CONSULTOR asuma Prestaciones Adicionales, deberá presentar también Garantía de Fiel Cumplimiento por Prestaciones Adicionales por la suma que le será comunicada por PROINVERSIÓN. Carta Fianza Bancaria.- deberá ser solidaria, sin beneficio de excusión, incondicional, irrevocable y de realización automática en el país y a solo requerimiento de PROINVERSIÓN conforme al modelo de las Bases. Depósito en Cuenta.- deberá abonarse en la Cuenta N°…………….. de PROINVERSIÓN en el Banco ……….., por la suma de ………………….y quedará en custodia de PROINVERSIÓN hasta el otorgamiento de la conformidad de la prestación o en caso exista consentimiento de la liquidación del Contrato. La devolución del monto abonado en cuenta estará sujeta a las deducciones por impuestos y costos bancarios; el depósito no generará intereses. Retención.- PROINVERSIÓN retendrá el monto total de la garantía que asciende a la suma de ……….. desde el primer pago a realizarse, y si resultara insuficiente, de los pagos subsiguientes hasta completar el monto total, el cual será materia de retención hasta la terminación del contrato.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar al CMAC-SULLANA una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando hayan sido emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la entrega de los bienes.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la última prestación del servicio. Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto total del contrato, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, modificatorias y su Reglamento. GARANTIA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la última prestación del servicio. Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro entrega a la CMAC-SULLANA Carta Fianza N° , la que es incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por..................................empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la prestación del servicio. Siendo la propuesta económica fuese inferior al valor Referencial en más xxx xxxx por ciento (10%) de éste, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor Referencial y la propuesta económica.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO. (Articulo 215º del Reglamento)
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO. LA EMPRESA se compromete a otorgar una carta fianza o Póliza de Caución, incondicional, solidaria, irrevocable y de realización inmediata a favor del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por la suma equivalente al 10% del monto total del contrato y con vigencia hasta la aprobación de la liquidación final del contrato y en la que se especifique que la misma garantiza el fiel cumplimiento del contrato; dicha garantía deberá ser entregada a EL SENATI antes de la suscripción del presente documento.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Como requisito indispensable para suscribir el contrato, el Postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al 10% del monto total del Contrato, y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista, en el caso de bienes y servicios, o hasta el consentimiento de la liquidación final, en el caso de ejecución y consultoría de obras. Cuando la propuesta económica fuese inferior al Valor Referencial en más del veinte por ciento (20%) de aquel en el proceso de selección para la adquisición de bienes, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el Valor Referencial y la propuesta económica, con vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista; y tendrán las condiciones de ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento del SMGE.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO. Ambas partes declaran que el CONSULTOR ha hecho entrega de una Declaración Jurada comprometiéndose al cumplimiento de la prestación materia del presente Contrato, teniendo conocimiento de que el incumplimiento del mismo originará al CONSULTOR una inhabilitación de dos (02) años para contratar con el Estado, sin perjuicio de las penalidades a aplicarse como consecuencia del incumplimiento.