GARANTÍA DEL ANTICIPO Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DEL ANTICIPO. El Contratista deberá garantizar los anticipos que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos. Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán, de la forma siguiente: FIANZA OTORGADA A FAVOR DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATAN PARA GARANTIZAR POR EL CONTRATISTA: (razón o denominación social de la persona moral, o nombre de la persona física con la que se celebró el contrato), CON DOMICILIO EN , LA CANTIDAD DE $ , ( PESOS 00/100 M. N.), SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, PARA RESPONDER DE LA DEBIDA Y CORRECTA APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN O DEVOLUCIÓN TOTAL QUE POR CONCEPTO DE ANTICIPO LE OTORGA LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN EN RELACIÓN CON EL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A BASE DE PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO XXXXXXXXXXX XXXXXX , XX XXXXX XX XX 000 , XXX IMPORTE TOTAL DE LOS TRABAJOS POR LA CANTIDAD DE $ , ( PESOS 00/100 M. N.), CUYO OBJETO ES (insertar completo el objeto del contrato, especificado en la cláusula primera del mismo), CELEBRADO CON LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, Y SUBSISTIRÁ HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO POR LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, EN CUYO CASO, LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, LO NOTIFICARÁ POR ESCRITO A LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PARA SU CANCELACIÓN. LA COMPAÑÍA AFIANZADORA EXPRESAMENTE DECLARA QUE: A).- LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO MENCIONADO CON ANTERIORIDAD; B).- LA FIANZA GARANTIZA LA AMORTIZACIÓN TOTAL DEL ANTICIPO OTORGADO POR LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN AL CONTRATISTA CONSISTENTE EN LA CANTIDAD DE $ ( PESOS 00/100 M. N.); C).- LA FIANZA SUBSISTIRÁ HASTA LA TOTAL AMORTIZACIÓN DEL ANTICIPO POR PARTE DEL CONTRATISTA Y SE CANCELARÁ HASTA QUE EL CONTRATISTA HAYA AMORTIZADO LA TOTALIDAD DEL ANTICIPO, SIENDO INDISPENSABLE LA CONFORMIDAD EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA JUNTA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE YUCATÁN, SIN CUYO REQUISITO NO PROCEDERÁ LA CANCELAC...
GARANTÍA DEL ANTICIPO. El Contratista deberá garantizar los anticipos que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos. Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor de la Tesorería de la Federación a través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de Nayarit.
GARANTÍA DEL ANTICIPO. No aplica. De conformidad con las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, vigentes, “La Conagua” deberá sujetarse al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y dar de alta en el mismo la cuenta por pagar a sus proveedores, apegándose a las disposiciones generales aplicables a dicho Programa. “La Conagua” requerirá a los proveedores y contratistas su afiliación al Programa xx Xxxxxxx Productivas y deberán tomar en cuenta mecanismos que promuevan la realización de los pagos correspondientes a través de dicho Programa. “El Licitante”, a efecto de estar en posibilidades de adelantar cobro de facturas, una vez entregado el servicio a entera satisfacción del área usuaria, deberá incorporarse al programa xx xxxxxxx productivas establecido por Nacional Financiera, S.N.C., cubriendo los requisitos que se establecen en el documento denominado “SOLICITUD DE AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS” (NOTA 3). Las penas convencionales y deducciones que se aplicarán por atraso en la prestación del servicio o por incumplimiento en la entrega parcial o deficiente del mismo, conforme a lo establecido en los artículos 53, 53 Bis de “La Ley”, 95, 96 y 97 del “Reglamento”, serán las establecidas en el numeral 14 “PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES AL PAGO” del ANEXO UNO.
GARANTÍA DEL ANTICIPO. El Contratista deberá garantizar los anticipos que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos. Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor de la Tesorería de la Federación a través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado., de conformidad en el numeral 35 fracción XII de los Procedimientos y requisitos de contratación en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, de servicios de no consultoría, de obras públicas, de prestación de servicios de consultoría, con cargo total o parcial a recursos otorgados por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo (PROCEDIMIENTOS).
GARANTÍA DEL ANTICIPO. El Contratista deberá garantizar el (los) anticipo(s) que, en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo y por la totalidad del monto de los anticipos. Para garantizar la correcta aplicación del anticipo, se deberá presentar póliza de fianza otorgada por Institución de Fianzas debidamente autorizada, por el importe total del anticipo otorgado a favor de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Estado xx Xxxxxxxx Roo, de la forma siguiente: El modelo de fianza para anticipo, que se anexa a esta licitación, es emitido con apego en lo previsto en la legislación y normatividad vigente.
GARANTÍA DEL ANTICIPO. No aplica.
GARANTÍA DEL ANTICIPO. De ser el caso, el PROVEEDOR deberá presentar una fianza expedida por una Institución Afianzadora Mexicana autorizada, a favor del Servicio Médico de los Trabajadores de la Educación como garantía del anticipo por la totalidad de su monto, (I.V.A. incluido), en la misma moneda en la que se otorga el anticipo. (NO APLICA).
GARANTÍA DEL ANTICIPO. El Licitante adjudicado, a fin de garantizar el cumplimiento y uso del importe equivalente a un 30 % (treinta por ciento) de la asignación aprobada antes de I.V.A. en favor de la Convocante, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo. De no cumplir con dicha entrega no se pagará el anticipo y “La Entidad” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 78 fracción III de la LOPSRM.
GARANTÍA DEL ANTICIPO. Para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, el Contratista dentro de los 15 (quince) Días siguientes a la fecha de notificación del fallo de adjudicación, presentó a Pemex ______________ y a favor de éste, fianza por el importe del anticipo, expedida por institución afianzadora autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a favor y satisfacción de Pemex ______________, en los términos del formato incluido como Anexo ____ de este Contrato . La garantía mencionada en esta cláusula deberá permanecer vigente hasta la fecha en que sea amortizado totalmente el anticipo otorgado. Pemex ______________ cubrirá al Contratista el anticipo con antelación a la fecha pactada para el Inicio de las Obras, para lo cual el Contratista, debió entregar en forma satisfactoria la fianza de anticipo, así como la factura correspondiente que ampare el monto del mismo. El diferimiento del Programa de Ejecución de las Obras por el atraso en la entrega de los anticipos conforme a los términos de la fracción I del artículo 50 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, sólo es aplicable en el primer ejercicio. La entrega del anticipo del segundo ejercicio se hará dentro de los tres meses siguientes al inicio de cada ejercicio, previa entrega de la garantía correspondiente. El atraso en la entrega de los anticipos será motivo para ajustar el costo financiero pagado en el presente Contrato.