JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN Cláusulas de Ejemplo

JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. CONVENIO INTERADMINISTRATIVO De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 95 de la Ley 489 de 1998 y el Literal (c) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxx, podrá asociarse con entidades públicas, para el cumplimiento de funciones administrativas o prestar conjuntamente servicios a su cargo mediante la suscripción de convenios interadministrativos. Que el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxx, persona jurídica de naturaleza pública y que de conformidad con los Decretos Distritales 101 del 11 xx xxxxx de 2010 por el cual se delegó en los alcaldes locales la facultad para contratar, ordenar los gastos y pagos con cargo al presupuesto del fondo de desarrollo local de acuerdo a la estructura establecida en el plan de desarrollo local; el decreto 153 del 21 xx xxxxx del 2010, por medio del cual se aclara el decreto 101 de 2010 y se fortalece institucionalmente a los alcaldes locales, el decreto 341 del 13 xx xxxxxx de 2010, por el cual se adoptan medidas respecto del ejercicio por parte de los Locales para la celebración de contratos de apoyo con cargo a los recursos de los Fondos de Desarrollo Local, y atendiendo el programa planteado en plan de desarrollo 2013-2016 en su artículo 7 “ Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad” el Fondo de Desarrollo Local xx Xxxx cuenta disponibilidad de recursos para apoyar la consecución de las finalidades planteadas en el presente convenio Que la Secretaria Distrital de Salud, como entidad pública del sector central en el Distrito Capital es la cabeza del Sector salud con autonomía administrativa y financiera que de conformidad con el Acuerdo 641 del del 06 xx xxxxx de 2016, expedido por el Concejo de Bogotá, D. C., tiene por objeto, formular, adoptar, dirigir, planificar, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas para el mejoramiento de la situación de salud de la población del Distrito Capital, mediante acciones en salud pública, prestación de servicios de salud y dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud. A su vez en su artículo 2º se estableció en lo pertinente que: Así la cosas con el propósito de cumplir con los fines constitucionales y legales que le compete a los dos entidades estatales y en aras de aunar esfuerzos que le permitan a cada una cumplir con su misión y objetivos se justifica de manera plena la celebración de un Convenio Interadministrativo con el Hospital xx Xxxx, fusionado por el Decreto Acuerdo 641 de 2016 en “...
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. En atención al objeto contractual y atendiendo el valor de la contratación, el presente proceso se adelantará mediante la modalidad de Licitación Pública. En consecuencia, , y atendiendo el artículo 26 del Decreto 1510 de 2013, en el presente proceso licitatorio, la oferta más favorable para la CNSC será la que resulte de aplicar la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes, como se encontrará más adelante.
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Indicar si la selección de la entidad contratista se determinó con base en el menor precio de su cotización, en la experiencia, en la calidad, en condiciones técnicas adicionales, o en otros factores de importancia para la ejecución del objeto) El plazo de ejecución de este contrato es de (Indique el plazo del contrato en años, meses y/o días según aplique), contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, previa aprobación de la garantía única.
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. De conformidad con lo establecido en el artículo 1º del Decreto 3576 de 2009, el Municipio de El Peñol tendrá como único criterio de evaluación para la escogencia del contratista, el menor precio ofertado; lo anterior teniendo en cuenta que los bienes objeto de adquisición presentan características técnicas uniformes.
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. El factor de selección es el mayor puntaje, para lo cual la entidad verificara que el oferente cumpla con todas las condiciones exigidas por la entidad en los documentos del proceso (estudios previos e invitacion a participar),
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. FONADE, durante la ejecución de los estudios previos, y en atención al tipo de actividades que se desarrollarán durante la ejecución del contrato, su tipo, alcance y complejidad, y en aras de propender por la selección de un contratista idóneo que ejecute el contrato con las mejores calidades, ha determinado que el oferente deberá cumplir con los siguientes requerimientos mínimos:
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Tener en cuenta dentro de la justificación, que solo es posible celebrar este tipo de contratos con entidades privadas sin ánimo de lucro de reconocida idoneidad, cuyo objeto social esté directamente relacionado con los programas o actividades de interés público, que se pretenden ejecutar con el respectivo proyecto.
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. En cuanto a los factores de Calificación de las Propuestas, que hayan cumplido con los requisitos de admisibilidad, La Entidad considera que La Experiencia Especifica, tiene un peso preponderante en la escogencia del consultor en razón que se garantiza que el adjudicatario ha ejecutado contratos similares de seguimiento, control y supervisión de la obra que permitan desarrollar satisfactoriamente la consultoría objeto del contrato de Interventoría, factor éste que es decisivo en la buena ejecución del contrato de interventoría, lo cual es muy favorable para la Entidad, en consecuencia se le asignó 40 puntos sobre 100, asignando el puntaje restante a otros factores. Las propuestas técnicas serán calificadas teniendo en cuenta los aspectos que se enuncian a continuación y dentro de los rangos de ponderación establecidos, así: No. FACTOR DE EVALUACIÓN PUNTAJE 1 Experiencia específica del proponente adicional 40 Puntos 2 Experiencia específica del equipo de trabajo adicional  Director de Interventoría (15 PUNTOS)  Residente de Interventoría (15 PUNTOS)  Especialista Hidráulico (10 PUNTOS) 40 Puntos 3 Cumplimiento de contratos anteriores (10) puntos 10 Puntos 4 Estímulo a la Industria Nacional Colombiana 10 Puntos La evaluación se realizará de conformidad con las siguientes reglas: 1. La evaluación y ponderación de los factores de evaluación se realizará por el Comité designado para el efecto, quien verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos y asignarán los puntajes correspondientes. 2. Se evaluará y asignará el respectivo puntaje a los proponentes que acrediten experiencia adicional a la exigida en el personal profesional técnico mínimo que debe ofrecer el proponente. 3. La experiencia adicional se acreditará con las certificaciones correspondientes. 4. En caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones o títulos correspondientes, la UNGRD podrá solicitarlas al proponente por escrito, quien contará con el plazo establecido en los pliegos de condiciones. 5. Teniendo en cuenta que el factor de experiencia también se verificará como especificación técnica mínima, el proponente debe indicar en forma clara y precisa cuáles son las certificaciones que la entidad debe tener en cuenta como mínimas y cuáles para la evaluación y asignación de puntaje por este aspecto y en caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en las mismas, la UNGRD podrá solicitarlas al proponente por escrito, quien contará con el tér...
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado en las normas que regulan el proceso de contratación de la Corporación, que hace referencia a la evaluación de la propuesta más favorable, teniendo en cuenta que debe desarrollarse una selección objetiva, se han estimado elementos de calidad y precio, que al final de la evaluación dará como resultado, la propuesta más ventajosa para la entidad, siguiendo los siguientes parámetros. 5.1. MODALIDAD CANTIDAD VR. MES - VR DOCE MESES A. Puestos de servicio fijos permanente las veinticuatro (24) horas del día, incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos durante doce (12) meses. B. Puestos de servicios fijos permanente doce (12) horas diurnas, incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos en un turno durante doce (12) meses. C. Puestos de servicios fijos permanente doce (12) horas nocturnas, incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos en un turno durante doce (12) meses. D. Modalidad de monitoreo de alarmas veinticuatro (24) horas durante doce (12) meses. E. Modalidad móvil doce (12) horas diurnas, incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos en un turno durante doce (12) meses. F. Modalidad móvil doce (12) horas nocturnas, incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos en un turno durante doce (12) meses. G. Acompañamiento canino cuatro (4) horas diarias durante doce (12) meses. H. Servicio de Conductor Escolta (24) horas del día, incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos durante doce (12) meses. I. Servicio de Consultoría y/o Asesoría durante doce (12) meses.
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN. Como se señaló la modalidad de selección aplicada para este proceso es la establecida en el numeral