Objeto de la garantía Cláusulas de Ejemplo

Objeto de la garantía. Este instrumento garantiza, durante su vigencia, el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que este Contrato establece a cargo del Concesionario. El monto de la garantía no constituye un límite a las penalidades o indemnizaciones que puedan corresponder a los incumplimientos. La garantía podrá ser ejecutada en forma parcial, en caso que las penalidades, indemnizaciones o sanciones que sean determinadas de acuerdo a lo dispuesto en el presente Contrato no sean pagadas en forma directa por el Concesionario. En este caso, el Concesionario deberá cumplir con restituir el monto total de la carta fianza, en caso la misma no sea restituida en las condiciones iniciales, procederá la ejecución total de la fianza, siendo aplicable lo establecido en la Cláusula 8.9.3.
Objeto de la garantía. Por la presente GARANTÍA DE FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA, la Compañía garantiza al Beneficiario del mismo el pago de un Capital de Falleci- miento en caso de producirse la muerte del Asegurado dentro del plazo de vigencia del Contrato de Seguro.
Objeto de la garantía. La garantía cubre el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo del CONCESIONARIO derivadas de este Contrato incluyendo el pago de las cláusulas penales y demás sanciones. En tal sentido dicha garantía podrá ser ejecutada de manera total o parcial por alguna de las siguientes causales: a) Incumplimiento del Contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo 15 y siempre y cuando el mismo no haya sido subsanado dentro de los plazos otorgados para tal fin. b) Incumplimiento en el pago de indemnizaciones debidas a EL CONCEDENTE por daños causados por incumplimientos del CONCESIONARIO. c) Incumplimiento en el pago de indemnizaciones por resolución del Contrato por culpa del CONCESIONARIO. La indemnización debida por el CONCESIONARIO en tal concepto tendrá como límite el monto total de la garantía d) Incumplimiento en el pago de Multas aplicadas por infracción a las normas sobre prestación del servicio. e) Incumplimiento en el pago del costo de mantenimiento y renovación de los seguros exigidos en este Contrato. f) Incumplimiento en el pago de cualesquier otra compensación pecuniaria debida a EL CONCEDENTE. g) Incumplimiento en el pago de las obligaciones derivadas del Contrato xx Xxxxxxxx y Aporte Financiero.
Objeto de la garantía. Mediante la presente cobertura, se garantiza la protección de los intereses del asegurado, en relación con el ejercicio de los derechos que se indican seguidamente, y con el conte- nido que se concreta en la descripción de cada uno de los riesgos asegurados.
Objeto de la garantía. La garantía cubre el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo del CONCESIONARIO derivadas de este Contrato incluyendo el pago de las penalidades e indemnizaciones a que hubiere lugar. En tal sentido dicha garantía podrá ser ejecutada de manera total o parcial por alguna de las siguientes causales: a) Incumplimiento del Contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 16.3.1 y siempre y cuando el mismo no haya sido subsanado dentro de los plazos otorgados para tal fin. b) Incumplimiento en el pago de indemnizaciones debidas a EL CONCEDENTE por daños causados por incumplimientos del CONCESIONARIO. c) Incumplimiento en el pago de indemnizaciones por resolución del Contrato por culpa del CONCESIONARIO. d) Incumplimiento en el pago de Multas aplicadas por infracción a las normas sobre prestación del servicio. e) Incumplimiento en el pago de las penalidades a que se refiere el Numeral
Objeto de la garantía. Por la presenta garantía complementaria el Asegurado podrá acceder, dentro de los límites y condiciones estipuladas en las presentes Condiciones Especiales, a los servicios de Segunda Opinión y Gestión Médica como consecuencia de una de las enfermedades graves cubiertas. Los servicios serán prestados por BEST DOCTORS®, entidad especializada en la prestación de servicios auxiliares de segundo diagnóstico para enfermedades cubiertas por el presente contrato, contando con experiencia y medios suficientes para ello. Podrán acceder a estos servicios el Asegurado en el seguro principal.
Objeto de la garantía. Mediante la presente cobertura, se garantiza la protección de los intereses del asegurado, en relación con el ejercicio de los derechos que se indican seguidamente, y con el conte- nido que se concreta en la descripción de cada uno de los riesgos asegurados. El límite de gastos que se garantizan para la defensa y reclamación incluidas las fianzas que haya que constituir en procedimientos penales, es de 6.100 euros.
Objeto de la garantía. La presente garantía tiene por objeto cubrir al Asegurado contra los riesgos de Fallecimiento por Accidente o Invalidez Permanente por Accidente, en el que el Asegurado es la víctima, cuando el título de transporte se hubiera pagado por medio de la Tarjeta Asegurada, en los casos siguientes:  durante un Viaje Garantizado como simple pasajero de un Medio de Transporte Público o a bordo de un Vehículo de Alquiler;  durante el Trayecto previo o posterior de un viaje garantizado en transporte público; Las condiciones de aplicación y modalidades de evaluación de la garantía se recogen en los siguientes apartados 1.2, 1.3 y 1.4.
Objeto de la garantía. Durante el curso de un Viaje Garantizado y en caso de que ocurra un evento garantizado, se compensará al  gastos de comida y refrescos;  gastos de hotel;  gastos del viaje de ida y vuelta entre el aeropuerto y el lugar de destino final; y  gastos asociados a la modificación o al reembolso de un título de transporte cuando el vuelo o el tren en el que debía viajar el Asegurado le impidió coger el medio de transporte incluido en el billete que había sido comprado con la Tarjeta Asegurada antes de la salida, para llegar a su destino final.
Objeto de la garantía. Si el Equipaje del Asegurado, debidamente facturado bajo la responsabilidad de una empresa de transporte público por medio de la cual el Asegurado realiza un Viaje Garantizado, no le es entregado en un plazo de 4 horas después de su llegada al destino, el Asegurado será indemnizado por los gastos incurridos para adquirir, de urgencia, ropa y artículos de higiene personal. El Asegurado deberá indicar inmediatamente a las autoridades competentes de la compañía aérea o ferroviaria, la ausencia de su Equipaje y obtener un comprobante de la declaración de retraso.