SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS Cláusulas de Ejemplo

SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. Con motivo u ocasión del presente contrato, ya sea su interpretación, aplicación, cumplimiento, efectos, validez, resolución, terminación, liquidación o cualquier otro aspecto relacionado con los mismos, las partes buscarán mecanismos de arreglo directo, tales como la negociación directa, la amigable composición o la conciliación. En tal caso las partes dispondrán de un término de treinta (30) días calendarios, contados a partir de la fecha en cualquiera de ellas haga una solicitud en cualquier sentido. Dicho término podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo, hasta por el término inicialmente acá establecido. En el evento en que no se llegue a una solución de las diferencias, las mismas se someterán a arbitramento, el cual se sujetará a las normas legales pertinentes, teniendo en cuenta las siguientes reglas:
SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. 25.1 Todo desacuerdo relativo al Convenio de Financiación que no haya podido solucionarse en el marco de las consultas entre la Comisión y el Beneficiario previstas en el artículo 21 de las presentes Condiciones Generales en el plazo de seis meses, podrá solucionarse mediante arbitraje a petición de una de las Partes.
SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. 35 Cláusula 18.04 Capacidad del BIRF; Imposibilidad de recursos; Privilegios e Inmunidades 35
SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS a) El Depositario y la Entidad del Programa procurarán que las diferencias derivadas del ERPA o relacionadas con él o con la violación, rescisión o invalidez del ERPA (“Diferencias”) se solucionen por medios amistosos. Previa solicitud escrita de cualquiera de las Partes (“Solicitud Inicial”), las Partes deben reunirse inmediatamente para analizar la Diferencia.
SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. Los artículos 7.3 y 7.4 del presente capítulo no estarán sujetos a las disposiciones sobre solución de diferencias del presente Acuerdo.
SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. 40.1 El Órgano de Contratación y el Titular procurarán en lo posible resolver de forma amistosa las diferencias relacionadas con el contrato que pudieran surgir entre ellos o entre el Gestor del Proyecto y el Titular.
SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. Se acuerda que el tribunal competente sea el de la zona del demandado, y en el caso de que la zona del comprador esté fuera de la Federación xx Xxxxxxxxxx se acuerda que el tribunal competente sea el de la xxxx x xxxx xxx xxxxxxxxxx.
SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. En el caso de cualquier reclamo, controversia o diferencia que surja como consecuencia de este Contrato o en conexión con este o de cualquier incumplimiento del Contrato, se aplicará el siguiente procedimiento para la resolución de dicho reclamo, controversia o diferencia.
SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. Cualquier diferencia que se suscite de la interpretación y aplicación de este Convenio, inclusive de sus Anexos, las Partes buscarán una solución mediante negociación con el fin de lograr un arreglo amistoso.
SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS. ANEXO I ANEXO I.A ANEXO I.b ANEXO II ANEXO III a ANEXO III b ANEXO III c