VERIFICACION Cláusulas de Ejemplo

VERIFICACION. Los registros deberán ser puestos a disposición de las autoridades que regulan o controlan la Concesión con el objeto de verificar el cumplimiento de lo establecido en el presente Marco Regulatorio y en el Contrato de Concesión.
VERIFICACION. Con el objeto de asegurar la efectividad del presente convenio, "LA SECRETARiA" y el "ESTADO" revisaran dentro del mes siguiente a su firma su contenido y aplicaci6n, asi como tambien adoptaran las medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicaci6n requeridas para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos. La Secretaria de la Funci6n Publica verificara en cualquier momenta el cumplimiento de los compromisos a cargo del "EST ADO", en los terminos del presente Instrumento. En los terminos establecidos en el articulo 82 fracciones XI y XII de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el "ESTADO" destinara un monto equivalente al 1 al millar del monto total de los recursos transferidos para la fiscalizaci6n de los mismos, a favor del 6rgano de Fiscalizaci6n Superior del Congreso del Estado de Guanajuato. Las partes convienen que el "EST ADO" destine una cantidad equivalente al 1 al millar del monto total de los recursos transferidos y aportados en efectivo, a favor de la Secretaria de la Gesti6n Publica, para que realice la vigilancia, inspecci6n, control y evaluaci6n de las acciones ejecutadas por administraci6n directa con esos recursos, dicha cantidad sera ejercida conforme a los Iineamientos que emita la SFP. fCV/SALUD-ISAPEG-XXXXX0000 La ministraci6n correspondiente se hara conforme a los plazos y calendarios programados para el ejercicio de los recursos transferidos, para 10 que del total de los recursos se restara hasta el uno al millar, y la diferencia se aplicara alas acciones que se detallan en el Anexo 1 de este instrumento.
VERIFICACION. Verifique que todos los datos consignados en su voucher y tarjeta ASSIST CARD sean correctos. Controle especialmente los teléfonos indicados como contacto en caso de emergencia, como así también las fechas de vigencia y el producto adquirido. Si hay errores en los datos, comuníquese con la oficina ASSIST CARD en el país de la emisión de la tarjeta para rectificar los mismos. Encontrará el teléfono de la oficina ASSIST CARD en la "LISTA DE TELEFONOS". · Retire xxx xxxxx-documentos ASSIST CARD la tarjeta credencial y la Lista de Teléfonos desplegable y colóquelos en un lugar de fácil acceso (p. ej. su billetera). · Coloque los marbetes en su equipaje. · Adhiera las etiquetas adhesivas ASSIST CARD en la retiración de la tapa de su pasaporte y en la tapa de su billete aéreo ya que en caso de extravío facilitará la recuperación. · Lea atentamente las Instrucciones y Condiciones Generales de los Servicios ASSIST CARD y verifique que el voucher, Condiciones Particulares y la tarjeta credencial indiquen las características del producto ASSIST CARD elegido y adquirido por Ud. En caso de cualquier duda al respecto comuníquese de inmediato con ASSIST CARD.
VERIFICACION. El CONCESIONARIO notificará a la MUNICIPALIDAD
VERIFICACION. Artículo 87.- El diseño, construcción, equipamiento, operación, modificación, mantenimiento y retiro de Plantas de Depósito, Plantas de Suministro, Plantas de Distribución, Estaciones de Gas L.P., para Carburación, Sistemas de Transporte por Ductos, Redes de Distribución por Ductos, Semirremolques, Carro-tanques, Buque-tanques, Centros de Intercambio, Centros de Destrucción, Talleres de Equipos de Carburación, Bodegas de Distribución, Instalaciones de Aprovechamiento, Auto-tanques, Vehículos de Reparto, Recipientes Transportables, Recipientes No Transportables y demás instalaciones, vehículos y equipos de Gas L.P., se llevará a cabo con apego a las Normas Oficiales Mexicanas aplicables. Artículo 88.- La Secretaría aprobará a las personas físicas x xxxxxxx interesadas en ejercer actividades como Unidad de Verificación, Laboratorio de Pruebas u Organismo de Certificación en materia de Gas L.P., previa solicitud presentada conforme a los requisitos que establezcan dicha dependencia y las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes. Artículo 89.- Son obligaciones de las Unidades de Verificación, Laboratorios de Pruebas, Organismos de Certificación y otras personas, aprobados por la Secretaría: I. Verificar el cumplimiento de la normatividad respecto del diseño y la ejecución de obras e instalaciones de Gas L.P., asegurándose de que los proyectos y su realización cumplan con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables; II. Verificar el cumplimiento de las especificaciones y disposiciones de seguridad de las obras, instalaciones, vehículos y equipos de Gas L.P., previstas en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables; III. Verificar que la operación y mantenimiento de instalaciones, vehículos y equipos de Gas L.P., cumplan con las especificaciones establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables; IV. Verificar que los manuales de capacitación, operación, mantenimiento y contingencias cumplan con las normas correspondientes; V. Abstenerse de emitir o suscribir dictámenes, Reportes Técnicos, informes de pruebas, certificados o cualquier otro documento que avale el cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas, sin estar debidamente acreditados y aprobados en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y de la normatividad aplicable; VI. Informar a la Secretaría de cualquier modificación en la información relativa a nombre o denominación social, domicilio, o representante legal, en un plazo máximo de tres días posteriores a la m...
VERIFICACION. LA CONCESIONARIA podrá verifica r en todo momento EL BIEN ARRENDADO con el objet d asegurarse que LA ARRENDATARIA le está dando el uso apropiado al mismo, conforme a su sf Ó 021028 Arrend Regulado y No Regulado PM·Oob Edo normal y de acuerdo a lo establecido en este contrato, sin que esto signifique o implique interferencia con el mismo. LA ARRENDATARIA se obliga a permitir a LA CONCESIONARIA o a su personal, previo aviso que se realice por escrito, el acceso a EL BIEN ARRENDADO para verificar el estado de conservación y mantenimiento del mismo. LA ARRENDATARIA acepta que en caso de impedir el acceso a EL BIEN ARRENDADO al personal de LA CONCESIONARIA con motivo de la verificación que en su momento le notifique, el presente contrato podrá ser rescindido por LA CONCESIONARIA. Si derivado de la verificación que LA CONCESIONARIA lleve a cabo, encuentra alguna irregularidad lo comunicará por escrito a LA ARRENDATARIA para que dentro de las 24:00 horas siguientes a partir de la notificación la corrija . Dicho plazo podrá ampliarse a juicio de LA CONCESIONARIA , si la corrección de la irregularidad requiere de un mayor tiempo. Asimismo LA ARRENDATARIA estará obligada a permitir el acceso a los verificadores de la S.C.T. a EL BIEN ARRENDADO , a transportarlos en sus equipos para que realicen la verificación en términos de la legislación aplicable. LA ARRENDATARIA se obliga a cubrir los gastos que por este concepto se originen.
VERIFICACION. El SENATI tiene la plena libertad de verificar todo lo ofrecido por el postor ganador de la buena pro antes de dar inicio al servicio de cocktail-buffet, el postor ganador de la buena pro esta obligado a indicar la hora de su llegada para realizar la verificación correspondiente, de no coincidir con lo ofertado se hará una acta indicando el o los faltantes que serán valorizados y descontados del monto total del contrato, esta acta será firmada por ambas partes y se continuará con el servicio de atención del cocktail-buffet.
VERIFICACION. Cobro que se hacer para la verificación no intrusiva de contenedores y furgones para el Programa de Verificación No intrusiva de Contenedores y Furgones.
VERIFICACION. BIBLIOGRAFIA

Related to VERIFICACION

  • DURACION El servicio de Gestión Discrecional comenzará a prestarse el primer día hábil en el que el patrimonio aportado por el Cliente alcance el importe de la aportación inicial mínima requerida de TREINTA MIL (30.000) Euros. El presente Contrato tiene una vigencia indefinida, salvo que cualquiera de las Partes decida denunciarlo por escrito y darlo por resuelto en cualquier momento, sin necesidad de preaviso en el caso del Cliente, y con un preaviso de UN MES en el caso de MUTUACTIVOS AV, salvo por impago de las comisiones por el Cliente, riesgo de crédito con el Cliente, incumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo de capitales o de abuso xx xxxxxxx en cuyo caso podrá ser inmediato. Si esto ocurriera, MUTUACTIVOS AV deberá recabar instrucciones expresas del Cliente para realizar cualquier otra operación. No obstante, cuando por el carácter extraordinario o urgente de las circunstancias no pudieran recabarse instrucciones y fuese imprescindible la actuación de MUTUACTIVOS AV para mantener el valor de la Cartera, MUTUACTIVOS AV realizará las operaciones necesarias, y siempre en interés óptimo del Cliente, dándole cuenta de las mismas de forma inmediata. La resolución del presente Contrato no afectará a aquellas transacciones u órdenes, derechos u obligaciones correspondientes a las operaciones realizadas en el ámbito de los servicios de inversión prestados por MUTUACTIVOS AV que se correspondan a transacciones u órdenes pendientes o que al momento de dicha resolución se encuentren pendientes de liquidación. No obstante lo anterior, el Cliente faculta a MUTUACTIVOS AV para que, en relación con estas operaciones, realice a su absoluta discreción cuantas actuaciones resulten necesarias en orden a cubrir, reducir o eliminar cualesquiera pérdidas o responsabilidades que pudieran afectar a MUTUACTIVOS AV como consecuencia de la realización de las mismas, con la finalidad de proteger su posición. A tal efecto, podrá considerar que todas las operaciones han sido inmediatamente canceladas y terminadas o, a su discreción, podrá cerrar, sustituir modificar las mismas, incluso cursando instrucciones de signo contrario. Una vez resuelto el contrato, MUTUACTIVOS AV rendirá y dará razón de las cuentas de gestión en un plazo xxxxxx xx xxxx

  • NOTIFICACIONES 8.1 Todas las notificaciones entre las partes en virtud de este Contrato deberán ser por escrito y dirigidas a la dirección indicada en las CEC. El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita con prueba de recibo. 8.2 Una notificación será efectiva en la fecha más tardía entre la fecha de entrega y la fecha de la notificación.

  • Certificaciones El licitador deberá incluir con su oferta, según sea requerido en este pliego de subasta formal, aquellas certificaciones o licencias necesarias requeridas para suplir los bienes, realizar las obras y/o realizar las prestaciones de servicios considerados en las especificaciones. Todo licitador deberá cumplir con lo siguiente: A. CÓDIGO DE ÉTICA PARA CONTRATISTAS:

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • Seguridad 19.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras.

  • Mantenimiento MÁSMÓVIL reparará las averías que se produzcan en todos los Equipos cedidos y relacionados con la prestación del Servicio que hubieran sido proporcionados por MÁSMÓVIL, asumiendo el coste de las mismas siempre y cuando se hubieran producido por causas no imputables al Cliente. En caso de que el Cliente detecte una avería en el Equipo o un mal funcionamiento del Servicio deberá ponerse en contacto con el Servicio de atención técnica de MÁSMÓVIL llamando al Servicio de Atención al Cliente. MÁSMÓVIL empleará los medios que en cada momento considere necesarios para resolver la incidencia.

  • REQUERIMIENTOS TÉCNICOS El oferente por el solo hecho de presentar su oferta se entenderá que acepta cumplir con cada uno de los requerimientos contenidos en el presente instrumento por lo que en caso de no cumplir con uno o más de los requerimientos contenidos en las bases técnicas, su oferta será declarada inadmisible. PROYECTO: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: RUT EMPRESA: NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL: RUT REPRESENTANTE LEGAL: DIRECCIÓN: TELÉFONO: Por intermedio de la presente nos comprometemos a ejecutar lo señalado precedentemente, por el monto que se indica a continuación: OFERTA ECONOMICA NETA $ IMPUESTO QUE SE DEBE SUMAR TOTAL, OFERTA ECONOMICA $ En (ciudad/país), a de de 20XX, don/ña , cédula nacional de identidad N° , en representación de , R.U.T. N° , declara bajo juramento conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos xx Xxxxxx de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de la Superintendencia, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Superintendencia o a sus funcionarios. Firma del Representante Legal Fecha: En Santiago, a , entre , RUT N.° , representada legalmente por , de nacionalidad , de profesión , Cédula Nacional de Identidad Nº , ambos domiciliados en , comuna de , región , en adelante “La Empresa” y por la otra, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, en adelante “SUPERIR”, RUT: , representada por , se ha acordado lo siguiente:

  • NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES A efectos de garantizar el debido proceso y el principio de publicidad, los actos que decidan las peticiones y recursos deberán constar por escrito y se notificarán de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo. Los actos que no pongan fin a una actuación administrativa y los que resuelvan peticiones en interés general, serán objeto de comunicación en los términos del mismo Código. Lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de dicho Código.

  • Seguimiento 1.- LA EXIGENCIA DE CONSUMO DE DETERMINADOS PRODUCTOS. La empresa adjudicataria deberá utilizar en la prestación objeto del contrato productos ecológicos, de producción integrada, frescos y/o de temporada, así como de productos de Denominación de Origen Protegidos o con Indicaciones Geográficas Protegidas o equivalentes, en la prestación del servicio o en el contenido del suministro. La obligación, que será concretada por el órgano de contratación se establecerá bien sobre determinados productos (por ejemplo: verdura, fruta, carne, lácteos o pescados) o bien sobre un importe determinado o un porcentaje del precio calculado sobre el total del presupuesto destinado a la adquisición a los productos referidos en el párrafo primero. Véanse a este respecto los criterios de compra verde para alimentación (divididos entre comedor, catering puntuales y vending) de IHOBE en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxxx.xxx/XxxxxxxxxxXxxxxx/Xxxxx.xxxx?XxXxxx=0XXX00X0-XXX0-0XX0-0000- 49D53CBBDF01&Idioma=es-ES Dicha obligación se acreditará mediante la presentación de una DECLARACIÓN RESPONSABLE. A tal fin, se entiende por agricultura ecológica el sistema de cultivo agrícola basado en la utilización óptima de los recursos naturales de manera sostenible y equilibrada, sin emplear productos químicos u organismos genéticamente modificados, ni para abono ni para prevenir las plagas, logrando de esta forma obtener alimentos orgánicos a la vez que se conserva la fertilidad de la tierra y se respeta el medio ambiente, conforme el Reglamento CE 834/2007, de 28 xx xxxxx de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos. El producto de producción integrada es aquel cultivado utilizando mecanismos de producción y métodos biológicos y químicos de control que intentan reducir los impactos medioambientales de la agricultura conforme el Real Decreto 1201/2002 por el que se regula la Producción Integrada de productos agrícolas y normas técnicas derivadas. El producto fresco se define conforme a los términos recogidos por el Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español, o de las correspondientes reglamentaciones específicas de cada producto. Son productos de temporada aquellos que se cultivan al aire libre o que se pescan en cada temporada en la región, en línea con el calendario de productos de temporada recogidos en los criterios simplificados de compra verde de Ihobe : xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxx/Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/XXX/0- COMEDORES_CRIT_SIMP_CAS.pdf Este criterio se aplicará respecto a las principales frutas, verduras y pescados recogidos en los menús a servir.

  • DOMICILIO Y NOTIFICACIONES Las partes señalan sus domicilios en los lugares indicados en la introducción del presente contrato. Cualquier comunicación o notificación deberá ser cursada a dichos domicilios por escrito. En caso de cambio de domicilio, para que el mismo tenga efecto y validez legal, deberá comunicarse a la otra parte por escrito con cargo de constancia de recepción, y a la mayor brevedad posible. En caso contrario, cualquier comunicación hecha al anterior domicilio se entenderá válidamente efectuada y surtirá plenos efectos legales.