CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. CABLEMÓVIL podrá suspender el Servicio contratado en los siguientes casos: - Cuando el Cliente no haya atendido sus obligaciones de pago o haya agotado su saldo y/o sobrepasado su límite de crédito. - Si el Cliente facilita a CABLEMÓVIL datos personales que no sean veraces, sean deliberadamente incorrectos o se usurpe la identidad de un tercero. - Cuando el Cliente realice un uso irregular o fraudulento del Servicio. - Cuando el Cliente haya empleado un medio de pago fraudulentamente o exista riesgo razonable de fraude. En cualquiera de estos casos, CABLEMÓVIL se pondrá en contacto con el Cliente, con carácter previo a la suspensión del Servicio, para informarle de la existencia de un incumplimiento de las CGC. CABLEMÓVIL podrá suspender temporalmente de los Servicios en caso de retraso total o parcial por el Cliente en el pago de los Servicios, desde la fecha en que CABLEMÓVIL tenga conocimiento de tal circunstancia, previo aviso de 48 horas al Cliente en el que se le informará de la fecha a partir de la cual se llevará a cabo la suspensión, no pudiendo ésta realizarse en día inhábil. No obstante, lo anterior, en el supuesto del Servicio Telefónico Fijo, en caso de retraso total o parcial por el Cliente en el pago de las facturas durante un periodo superior a (1) un mes desde su presentación, podrá dar lugar, previo aviso al Cliente de quince (15) días, a la suspensión temporal de los servicios contratados en el que se informará al Cliente de la fecha a partir de la cual se llevará a cabo la suspensión, no pudiendo ésta realizarse en día inhábil. La suspensión solo afectará a los Servicios respecto de cuyo pago se haya incurrido en xxxx. La suspensión del servicio no exime al Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cuotas mensuales. En caso de suspensión temporal del Servicio telefónico por impago, éste se mantendrá para las llamadas salientes de urgencias, así como para las llamadas entrantes, con excepción de las llamadas de cobro revertido y las del Servicio de telefonía móvil cuando se encuentre en el extranjero. CABLEMÓVIL restablecerá el Servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquel en que tenga constancia de que el importe adeudado haya sido satisfecho por completo. En el supuesto de suspensión temporal, si el Cliente hubiera presentado una reclamación ante las Juntas Arbitrales de Consumo, en el caso de sumisión de CABLEMÓVIL a las mismas, o ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de ...
CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. MÁSMÓVIL podrá suspender el servicio contratado en los siguientes casos: y/o sobrepasado su límite de crédito. razonable de fraude. En cualquiera de estos casos, MÁSMÓVIL se pondrá en contacto con el cliente, con carácter previo a la suspensión del servicio, para informarle de la existencia de un incumplimiento de las CGC. MÁSMÓVIL podrá suspender temporalmente de los servicios en caso de retraso total o parcial por el cliente en el pago de los servicios, desde la fecha en que MÁSMÓVIL tenga conocimiento de tal circunstancia, previo aviso de 48 horas al cliente en el que se le informará de la fecha a partir de la cual se llevará a cabo la suspensión, no pudiendo ésta realizarse en día inhábil. No obstante lo anterior, en el supuesto del servicio telefónico fijo, en caso de retraso total o parcial por el cliente en el pago de las facturas durante un periodo superior a (1) un mes desde su presentación, de consentir tales interrupciones y que MÁSMÓVIL no estará obligada a compensarle salvo en la cuantía de las indemnizaciones previstas en el apartado “responsabilidad de MÁSMÓVIL” de este contrato, que correspondan.
CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. LA COOPERATIVA podrá suspender el servicio de la tarjeta de débito por: a) solicitud del socio, b) por caducidad de la tarjeta o; c) por incumplimiento del presente contrato e) por orden la autoridad judicial competente.
CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Son causas de suspensión del servicio las siguientes: 1. Los desperfectos ocasionales en la plataforma tecnológica de Cajeros Automáticos, por daños en la red, fallas en la transmisión de datos; o, por situaciones atribuibles a caso fortuito o fuerza mayor, en los términos establecidos en la legislación ecuatoriana; y, 2. Que los fondos existentes en la cuenta vinculada a la TARJETA DE DÉBITO hayan sido retenidos o bloqueados por orden de autoridad competente. Una vez superadas las causas que originan la suspensión del servicio, el mismo se restablecerá de la forma en que ha sido pactado mediante el presente contrato.
CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Son causales de suspensión del Servicio: a) Que “EL SUSCRIPTOR” no pague su estado de cuenta a más tardar en la FECHA LÍMITE DE PAGO consignada en el mismo; b) Por instalar equipos o accesorios que no se encuentren debidamente homologados o aprobados por el IFT o modificar la instalación realizada por “LA CONCESIONARIA”, adquiriendo “EL SUSCRIPTOR” la responsabilidad por los daños y perjuicios que se lleguen a ocasionar a LA RED; c) Si por cualquier causa es rechazado el cargo automático en la Tarjeta ofrecida por “EL SUSCRIPTOR” como SISTEMA DE PAGO; o que, en caso de pagar con cheque, éste no tenga fondos. “LA CONCESIONARIA” reanudará EL SERVICIO de forma inmediata en cuanto se confirme el pago de la totalidad del adeudo incluyendo el cobro por reconexión del servicio, cuya tarifa está registrada ante el IFT. d) Por el uso ilegal de los servicios.
CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. XFERA podrá suspender el Servicio contratado en los siguientes casos: a) Cuando el Cliente no haya atendido sus obligaciones de pago o haya agotado su saldo y/o sobrepasado su límite de crédito. b) Si el Cliente facilita a XFERA datos personales que no sean veraces, sean deliberadamente incorrectos o se usurpe la identidad de un tercero. c) Cuando el Cliente realice un uso irregular o fraudulento del Servicio. d) Cuando el Cliente haya empleado un medio de pago fraudulentamente o exista riesgo razonable de fraude. En cualquiera de estos casos, XFERA se pondrá en contacto con el Cliente, con carácter previo a la suspensión del Servicio, para informarle de la existencia de un incumplimiento de las CGC.
CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. LA COOPERATIVA podrá
CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. StarTV podrá suspender el Servicio en los siguientes casos: 1. Por pagos parciales de la tarifa aplicable al servicio. 2. Por falta de pago del servicio en la fecha indicada en la carátula del contrato, en cuyo caso el servicio se podrá suspender al día siguiente de la fecha de pago señalada en la carátula del contrato. 3. Si el suscriptor no realiza el pago del servicio exclusivamente en los lugares y/o a través de las formas de pago autorizadas por StarTV. 4. Por utilizar el servicio de manera contraria a lo previsto en el contrato y/o en las disposiciones aplicables en materia de telecomunicaciones. 5. Por alterar, modificar o mover la instalación del servicio o el equipo. 6. Por declaración o autorización judicial o administrativa.
CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. El Proveedor podrá suspender total o parcialmente el Servicio, sin responsabilidad y/x xxxx alguna de su parte previa notificación al Cliente en los siguientes casos: (a) Porque el Cliente no liquide cualquiera de los Comprobantes Fiscales emitidos bajo el presente Contrato, en la fecha límite de pago. (b) Por uso indebido del Equipo de Acceso y/o instalar equipo y/o accesorios no homologados por la autoridad competente. (c) Porque alguna Autoridad Competente, ya sea judicial o administrativa, determine o establezca que el uso que el Cliente esté dando a los Servicios contratados con el Proveedor bajo el presente Contrato, viole, incumpla o contraponga alguna de las Disposiciones Aplicables en México. (d) Porque el Cliente no permita al Proveedor que realice las labores de supervisión, cambio, actualización, mantenimiento y/o reparación del Equipo de Acceso y/o de la tecnología utilizada para prestar el Servicio que se mencionan en la Cláusula Octava del presente Contrato. (e) Por datos proporcionados por el Cliente al Proveedor, ya sea en el presente Contrato y que los datos proporcionados por el Cliente no pueden ser verificados en la investigación de crédito.
CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL SERVICIO. Podrán causar la suspensión del servicio y, por tanto, del contrato: 1) Que el Cliente se haya retrasado en el pago, según las condiciones dispuestas en este contrato. 2) Que el Cliente haya facilitado a PLAZATEL datos personales que no sean veraces, sean deliberadamente incorrectos o se usurpe la identidad de un tercero. 3) Que el Cliente pretenda utilizar los servicios contratados de manera no acorde con la legalidad y la buena fe. 4) Que el Cliente haya empleado un medio de pago fraudulentamente o exista riesgo razonable de fraude.