CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. 1) Este contrato terminará:
CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. 11.1 Serán causas de terminación del Contrato, además de las legalmente establecidas y las previstas en este Contrato, las que se mencionan a continuación:
CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato podrá darse por terminado por las siguientes causas:
CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. I) EL INSTITUTO podrá, sin responsabilidad alguna, dar por terminado el derecho de EL CONTRATISTA para proseguir la ejecución del trabajo y dar por terminado el Contrato, por las causas siguientes: a) Si EL CONTRATISTA no inicia el trabajo dentro del plazo estipulado para el efecto; b) En caso de evidente negligencia de EL CONTRATISTA en la ejecución del trabajo, debido a insuficiente mano de obra, falta de equipo, materiales, fondos necesarios o cualquier otra causa imputable a EL CONTRATISTA, para cumplir con el Programa de Trabajo aprobado en su oportunidad para asegurar la conclusión de la obra en el plazo fijado en este Contrato; c) Si ejecuta los trabajos en forma inadecuada, si interrumpe la continuación de la obra sin que exista causa o razón que lo justifique, o si por otras causas no ejecuta el trabajo en forma aceptable y diligente. Estas causas se comprobarán con los informes y dictámenes del Supervisor, aprobados por la Coordinación del Programa de EL INFOM y LA MUNICIPALIDAD; d) Si fuere objeto de cualquier medida precautoria el equipo, maquinaria, fondos, implementos y materiales que EL CONTRATISTA utiliza en la obra o cualquier suma que deba pagársele por trabajo ejecutado, o si la medida precautoria decretada le impide cumplir con sus obligaciones; e) Si EL CONTRATISTA no presenta las fianzas y los seguros a que está obligado conforme a este Contrato y/o no mantiene al día el pago de las Primas correspondientes a los Seguros requeridos en este Contrato; f) Si EL CONTRATISTA comete actos dolosos en perjuicio de la Hacienda Pública o Municipal, o en perjuicio de la ejecución de los trabajos contratados, a juicio y calificación de EL INSTITUTO y LA MUNICIPALIDAD; g) Si EL CONTRATISTA deja de cumplir adecuadamente con cualquiera de las obligaciones contraídas y derivadas de este Contrato; h) Si EL CONTRATISTA rehúsa proseguir o deja de ejecutar el trabajo, parcial o totalmente, con la diligencia necesaria para cumplir con el Programa de Trabajo aprobado y asegurar su terminación dentro del plazo especificado en este Contrato o ampliación que se le conceda; en este caso, EL INFOM, adicionalmente podrá ejecutar acción civil y/o penal en contra de EL CONTRATISTA; y/o i) Si EL CONTRATISTA es declarado en quiebra. Cuando el CONTRATISTA incurra en cualesquiera de los casos previstos en este numeral, EL INSTITUTO le notificará a él y a la afianzadora las razones y causas de incumplimiento contractual, concediéndoles un plazo xx xxxx (10) días calenda...
CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El presente Contrato podrá ser dado por terminado por cualquiera de las siguientes causas: - Por terminación natural del mismo o de cualquiera de sus prórrogas en los plazos esta- blecidos. - Anticipadamente, por incumplimiento de cualquiera de las Condiciones Generales y Particu- lares, establecidas en el presente contrato. - Anticipadamente, por pérdida o cancelación definitiva de las garantías. BP podrá asimismo proceder al bloqueo temporal de las Tarjetas, e incluso resolver unilateralmente el contrato, en los supuestos de falta de constitución de tales garantías en un plazo no superior a quince (15) días desde el momento en que éstas hayan sido exigidas. - Anticipadamente, por uso indebido de las Tarjetas. - Anticipadamente, por la solicitud de declaración concursal del Titular, de acuerdo a lo esta- blecido en la legislación vigente a tal efecto. BP está facultado por la vigente Ley Concursal a exigir al Titular que acredite, en un plazo xx xxxx (10) días contados desde la recepción del requerimiento, que cuenta con los medios materiales, económicos y personales suficientes para cumplir las obligaciones de este contrato, en caso de no acreditarlas suficientemente, BP podrá resolver el contrato. - Anticipadamente, por duración estipulada de la suspensión temporal del Contrato, en los términos establecidos más adelante. Sin perjuicio de las causas de terminación del Contrato anteriormente citadas, BP podrá suspender temporalmente el uso de las Tarjetas del Titular, mediante el bloqueo de sus prestaciones, en caso de que existan indicios de que cualquiera de estos supuestos pudiera producirse. Esta suspensión temporal terminará en caso de que los mencionados indicios desaparezcan. Si en un plazo de un mes (1) desde la suspensión temporal, la causa que motivó la suspensión no ha sido resuelta, BP procederá a resolver unilateralmente el Contrato y a la baja definitiva de las Tarjetas del Titular.
CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. 27.1.- Xxxxxxx de Congresos 27.2.- Hotel
CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. 1. Extinción automática 9
CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El Banco y el Cliente, en este acto convienen que en cualquiera de ellas podrá solicitar a la otra la terminación del presente Contrato, sin necesidad de que medie explicación al respecto por ninguna de las Partes, siendo suficiente para tales efectos cumplir con lo siguiente: En caso de que el Banco quiera rescindir o bien terminar por cualquier causa el presente Contrato, únicamente deberá enviar al Cliente la notificación correspondiente con 30 (treinta) días de anticipación a la fecha efectiva de terminación. En caso de que el Cliente requiera llevar a cabo la terminación del Contrato, deberá presentar una solicitud por escrito en las oficinas del Banco, o bien utilizar medios automatizados, tales como el correo electrónico del Banco, o por cualquier otra tecnología cuando el Banco tenga a disposición estas últimas opciones. A partir de la entrega de la solicitud antes referida, el CLIENTE no podrá llevar a cabo alguna las Operaciones previstas en el presente Contrato. El Cliente sólo podrá requerir la terminación del Contrato siempre y cuando no tenga adeudo pendiente con el Banco y haya liquidado todas las Operaciones vigentes a la fecha. Contra la entrega de la solicitud de terminación del presente Contrato, el Banco entregará al Cliente una constancia que identifique la solicitud de terminación, debiendo cerciorarse de la autenticidad y veracidad de la identidad del Cliente que solicita la terminación, pudiendo efectuar lo anterior, personalmente, por vía telefónica o por cualquier otra tecnología o medio. Una vez que el Banco entregue al Cliente la mencionada constancia, se entenderá por cancelado el presente Contrato y por terminada la relación contractual con el Cliente.
CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El art. 394 X.Xxx. establece las causas de terminación del contrato consignatario, a saber: # I. La ejecución total de las obligaciones derivadas del contrato;
CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El contrato cesará en sus efectos por: 2.Terminación por incumplimiento: