CUMPLIMIENTO DE NORMAS. Sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas en este contrato, el Contratista nacional o extranjero que se encuentre en el territorio de la República de Panamá, está obligado a cumplir con la Constitución y las leyes de la República de Panamá que le sean aplicables, incluyendo la legislación nacional vigente que le sea aplicable en los temas de salud, seguridad e higiene ocupacional. Aquellos contratistas que no se encuentren en el territorio de la República de Panamá, deberán cumplir con las leyes que le sean aplicables en su país de origen o en el país donde realiza la actividad relacionada a la ejecución de este contrato. El Contratista será el único responsable por cualquier incumplimiento de dichas normas y de obtener y mantener vigentes todas las licencias, permisos y autorizaciones que le sean requeridos para ejercer las actividades necesarias para la ejecución del presente contrato. Cualquier incumplimiento total o parcial de este contrato, o su ejecución defectuosa, como consecuencia del incumplimiento de dichas normas, le serán imputables al Contratista.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS. 12.1 El Comprador cumplirá (i) las leyes en vigor relativas al suministro, aplicación, el funcionamiento, el uso y la eliminación de los Productos (ii) las leyes en vigor relativas a la prestación de los Servicios.
12.2 El Comprador obtendrá, realizará y mantendrá en vigor puntualmente y a su cargo, todos los permisos, licencias, exenciones, presentaciones de documentación, registros y otras autorizaciones que se requieran para el suministro de los Productos y/o prestación de los Servicios.
12.3 El Comprador garantiza al Vendedor que (i) el lugar donde se realizará la prestación de los Servicios no es atravesado por ninguna líneas de suministro público o privado, tales como, a modo enunciativo pero no limitativo, suministro de agua, de luz, de telefonía, comunicaciones, gas (ii) que no existe ninguna ley en vigor que prohíba la prestación de los Servicios, a modo enunciativo, pero no limitativo, cualquier norma, reglamento, directiva x xxx medioambiental, o catalogación medioambiental del Emplazamiento.
12.4 El Comprador se hará cargo de la recogida y tratamiento de los residuos tanto peligrosos como no peligrosos, desechos, vertido de pluviales, drenajes de cultivo hidropónico, salmuera, que se generen como consecuencia de la prestación de los Servicios, y durante la vida útil de los Productos.
12.5 El Comprador adoptará las medidas necesarias para que el personal del Vendedor reciba la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el lugar de prestación de los Servicios, y en relación con las medidas de protección y prevención de riesgos laborales, así como sobre las medidas a aplicar para el traslado del personal del Vendedor en casos de emergencia.
12.6 Las obligaciones del Vendedor están condicionadas al cumplimiento por parte del Comprador de todas las leyes y normas aplicables a la entrega de los Productos y/o prestación de los Servicios, así como al resto de requisitos establecidos en la presente cláusula 12. En ningún caso el Vendedor será responsable por los retrasos en la entrega de los Productos o la prestación de los Servicios, causados por un incumplimiento del Comprador de lo establecido en la presente cláusula 12.
12.7 El Comprador mantendrá indemne al Vendedor, de cualquier cantidad que esté último se viera obligado a pagar por cualquier concepto (incluidas las costas procesales) como consecuencia del incumplimiento de las leyes aplicables al suministro de los Productos y/o prestación de los Servicios...
CUMPLIMIENTO DE NORMAS. El Contratista queda obligado a dar cumplimiento a toda normativa vigente aplicable a la presente contratación.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS. Las Partes acuerdan cumplir con todas las normas vigentes de la República de Panamá, en especial, pero sin limitar, todas las normas relacionadas con las Casas de Valores y Operaciones afines y específicamente con lo contenido en el Acuerdo No. 5-2003 y Acuerdo No. 5-2006 de la Comisión Nacional de Valores (actualmente Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores). Ultimus Financial, S.A., se compromete a comunicar de toda transacción sospechosa a la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Delito de Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo del Acuerdo No. 5-2006, de la Comisión Nacional de Valores (actualmente Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores).
CUMPLIMIENTO DE NORMAS. La Caja se ajustará en el cumplimiento de sus obligaciones bajo el presente a lo que resulte aplicable de la legislación vigente sobre la materia y a la interpretación que de buena fe pueda otorgar la Caja a dichas normas, quedando facultada en caso de duda a atenerse al consejo legal recibido de los asesores jurídicos que ella determine a su sólo juicio.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS. Para acreditar el cumplimiento de las normas mencionadas, EL LICITANTE como parte de su propuesta técnica deberá presentar MANIFIESTO DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS conforme a lo siguiente:
A) Deberá establecer que los bienes ofertados cumplen con lo establecido en la Ley General de Salud, en los artículos aplicables, en las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales, señalando cuáles le resultan aplicables y a falta de éstas, de acuerdo a las especificaciones técnicas del fabricante, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 y 61 de la Ley de Infraestructura de la Calidad; o bien, deberán cumplir con las características y especificaciones requeridas en la presente Convocatoria, por la(s) partida(s) en la(s) que se participe; y
B) El documento será presentado y suscrito en papel membretado. Se integra en la presente, Formato de Manifiesto de cumplimiento de Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales, Normas de Referencia o Especificaciones, el cual podrá ser utilizado para dar cumplimiento al presente numeral, o bien presentar escrito libre, que cumpla con la totalidad del requisito. La falta de presentación de documentos y requisitos a que se refiere el presente numeral será causal de desechamiento.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS. 13.1 El Comprador cumplirá las leyes en vigor relativas a la aplicación, el funcionamiento, el uso y la eliminación de los Productos.
13.2 Las obligaciones del Vendedor están condicionadas al cumplimiento por parte del Comprador de todas las leyes y normas de control de transacciones comerciales y otras normas aplicables. El Comprador no transbordará, reexportará, desviará ni dirigirá Productos salvo en y al país de destino final declarado por el Comprador y especificado como el país de destino final en la factura del Vendedor.
13.3 No obstante cualquier otra disposición, el Comprador obtendrá, realizará y mantendrá en vigor puntualmente todos los permisos, licencias, exenciones, presentaciones de documentación, registros y otras autorizaciones que se requieran para la venta de los Productos.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS. Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS. El Contratista, su personal y las empresas con las que contrate, serán responsables de cumplir cuidadosamente las disposiciones, ordenanzas y reglamentos vigentes en los servicios a cumplir. La Administración queda liberada de toda obligación emergente del eventual incumplimiento por el Contratista, su personal y las empresas con las que contrate, de disposiciones, ordenanzas o reglamentos que fueran de aplicación.
CUMPLIMIENTO DE NORMAS. Para acreditar el cumplimiento de las normas mencionadas, EL LICITANTE como parte de su propuesta técnica deberá presentar:
4.4.1 MANIFIESTO DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS, en hoja membretada suscrito por el Titular del Registro Sanitario o su representante legal en México, de que los MEDICAMENTOS DE PATENTE Y FUENTE ÚNICA ofertados cumplen con lo establecido en la Ley General de Salud, en los artículos aplicables, en las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales, señalando cuales le resultan aplicables y a falta de éstas, de acuerdo a las especificaciones técnicas del fabricante, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53, 55 y 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; o bien, deberán cumplir con las características y especificaciones requeridas en el presente Anexo Técnico, por la(s) clave(s) en la(s) que participe. Se integra al Anexo Técnico el “Formato de Manifiesto de cumplimiento de Normas”, el cual podrá ser utilizado por EL LICITANTE para dar cumplimiento al presente numeral, o bien presentar escrito libre, que cumpla con la totalidad de requisitos.