CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 5 contracts
Samples: Cláusulas Administrativas Particulares, Cláusulas Administrativas Particulares, Contrato Mixto De Prestación De Servicios Y Acuerdo Marco De Obras Y/O Suministros
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula Carátula de este pliegoPliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 4 contracts
Samples: Contrato De Servicio, Contract for the Organization and Execution of Travel Services, Contrato De Servicios De Limpieza
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula Carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 2 contracts
Samples: Arrendamiento E Instalación De Infraestructuras, Contrato De Servicios
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por La contratista deberá entregar los trabajos realizados o prestar el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) servicio dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro plazo estipulado y de conformidad con lo dispuesto en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto apartado D) de las observacionesCondiciones Particulares del Contrato, el órgano de contratación resolverá. Si efectuándose por la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir persona responsable del contrato o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechounidad gestora, en su caso, un examen de la documentación presentada o de la prestación realizada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recuperación del precio satisfechorecepción. En todo caso, si Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable como consecuencia de vicios o defectos imputables a la Administracióncontratista, el órgano de contratación la Administración podrá rechazar la recepciónmisma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Si el contrato tiene por objeto la elaboración íntegra de un proyecto de obra para la subsanación de errores y corrección de deficiencias en el mismo que sean imputables a la persona contratista, se estará a lo previsto en el artículo 228 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos. La empresa contratista tendrá derecho recepción del contrato, se regularán según lo conforme a conocer lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos. En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro de los quince días naturales siguientes a la realización del objeto del contrato. Así mismo, podrán efectuarse recepciones parciales sobre aquellas partes del contrato susceptibles de ser oído sobre las observaciones que utilizadas de forma independiente. En caso de contratos cuya ejecución sea de tracto sucesivo, la recepción se formulen en relación con el cumplimiento realizará a la terminación de la prestación contratada. Liquidación contratada o al término del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultantecontractual.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Concesión De Servicios
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestaciónprestación contratada. Recepción. Su constatación requiere por parte de Una vez cumplidos los trámites señalados en la Administración de un cláusula anterior, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá mediante acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de a su recepción) , que tendrá lugar dentro del mes siguiente a de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro levantándose al efecto el acta correspondiente Hasta que tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la carátula de este pliego. En el caso circunstancia de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas responsable del contrato o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte los representantes de la empresa contratista respecto de las observacionesAdministración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración, el órgano de contratación resolveráo aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. Si la empresa prestación del contratista no reclamase reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito respecto a las observaciones, se entenderá instrucciones oportunas para que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar subsane los defectos observados. No procederá observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación El incumplimiento de las instrucciones sin haber sido debidamente realizadamotivo justificado será causa de resolución, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfechocon los efectos que legalmente procedan. En todo caso, si Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la recepciónmisma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen El servicio objeto del contrato será ejecutado en relación con el cumplimiento la sede de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mesFundación CIEN, a contar desde situada en la fecha del acta de recepción o conformidadXxxxx Xxxxxxxxxxxxx, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonárselexx 0, en su caso00000, el saldo resultanteXxxxxx.
Appears in 2 contracts
Samples: Servicio De Comunicación Online Y Community Manager, Service Agreement
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. (arts. 111.3 y 210 de la LCSP))
33.1.- El contrato se entenderá cumplido por el la contratista cuando éste ésta haya realizadorealizado la totalidad de su objeto, de acuerdo conformidad con los términos del mismo lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción de la Administración. Si los servicios se han ejecutado correctamente, la totalidad Administración contratante de hará constar de forma expresa su conformidad y llevará acabo la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto recepción formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) del servicio, dentro del mes siguiente a plazo de UN (1) MES de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, si .
33.2.- Si los servicios no se ha determinado otro hallan en condiciones de ser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas a la carátula contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de este pliegoconformidad con lo pactado. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado Si pese a ello, los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada, se dará por escrito como consecuencia de vicios o defectos imputables a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizadacontratista, la Administración rechazará la recepción podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago o pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfechosatisfecho hasta entonces.
33.3.- La contratista estará obligada, a requerimiento del órgano de contratación, a subsanar, en un plazo de dos meses, los defectos, insuficiencias técnicas y errores materiales del proyecto de obras, cuya elaboración es objeto del contrato, así como las omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan Transcurrido dicho plazo sin que la contratista hubiere llevado a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncabo tal subsanación, el órgano de contratación podrá rechazar la recepciónoptar por resolver el contrato, quedando exento con incautación de la obligación de pago o teniendo derechogarantía definitiva constituida, en su caso, y exigencia a la recuperación contratista de una indemnización equivalente al 25% del precio satisfecho. La empresa del contrato, o por conceder a la contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre un nuevo plazo improrrogable de un mes para subsanar las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación deficiencias no corregidas, imponiéndole, al mismo tiempo, una penalidad equivalente al 25% del precio del contrato. En el plazo de este último supuesto, si se produjera un mes, a contar desde nuevo incumplimiento procederá la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente resolución del contrato y abonárselela incautación de la garantía definitiva, debiendo la contratista, además, abonar a la Administración una indemnización equivalente al precio del contrato. Si la contratista, en su casocualquier momento anterior a la concesión del último plazo, el saldo resultanterenunciase a la realización del proyecto, deberá abonar a la Administración una indemnización equivalente al 50% del precio del contrato, con pérdida de la garantía depositada.
33.4.- Con independencia de lo previsto en los apartados anteriores, la contratista responderá de los daños y perjuicios que durante la ejecución o explotación de las obras se causen a la Administración o a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas del proyecto, o por los errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que haya incurrido y sean imputables al mismo.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Servicios
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestaciónsu objeto. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro Dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado, cuando resulte preceptivo, a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el responsable del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada o el representante designado por causa no imputable a la Administración, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al representante de la Administración, otro al director de la obra, el tercero al representante de la Intervención General y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el responsable del contrato o el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación contratación. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta, y el director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá rechazar la recepciónconcedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, quedando exento por causas imputables al contratista. En las obras de edificación a las que se refiere La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la obligación de pago o teniendo derechoEdificación, en su caso, a una vez finalizada la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su casoobra, el saldo resultantecontratista entregará al director de obra una copia del Libro de Subcontratación debidamente cumplimentado, para que lo incorpore al Libro del Edificio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 del Real Decreto 1109/2007.
Appears in 2 contracts
Samples: Construction Contract, Construction Contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El La ejecución del contrato se entenderá cumplido verificará a bordo del Buque Intermares en el Puerto Base de Operaciones de La Xxxxx y en casos puntuales, en cualquier otro puerto nacional o internacional en los que el buque realice la formación y sea requerida asistencia de forma excepcional. La mayor parte de los trabajos se realizarán con el buque atracado en el puerto base, ya que la puesta a punto se realizará previa a cada campaña y solo se realizarán fuera del puerto base las averías imprevistas que comprometan la formación. Los trabajos a bordo serán realizados bajo supervisión militar y del responsable técnico de Tragsatec. Tragsatec facilitará en todo momento el libre acceso al personal del Adjudicatario a bordo del buque para el correcto desarrollo de los trabajos a realizar. El adjudicatario se obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente con relación al objeto de su actividad, del contrato y en materia sanitaria, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos, y de calidad y cantidad, que se sean exigidos por Tragsatec y que se especifiquen en el contrato, en atención a lo establecido en estos pliegos y en lo ofertado por el contratista cuando éste haya realizadoadjudicatario. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones, Tragsatec podrá requerir al adjudicatario la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin. El CONTRATISTA en el desarrollo de su actividad deberá tomar las medidas de protección que, a juicio de Xxxxxxxxx, o de acuerdo con la legislación vigente a lo largo de la vigencia del contrato sean necesarias para salvaguardar: a sus trabajadores, a los términos del mismo de sus subcontratistas y a satisfacción los trabajadores de Tragsatec; de los efectos sobre la Administraciónsalud de los mismos que pudiera tener el COVID-19, la totalidad caso de la prestación. Recepción. Su constatación requiere no hacerlo se rescindirá automáticamente el contrato por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro culpa del mes siguiente contratista, derivándose las indemnizaciones a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliegoque hubiera lugar. En el caso de que hubiera alguna incidencia entre su personal o en las medidas adoptadas deberán comunicarla con CARÁCTER INMEDIATO a los responsables de Tragsatec para que éste tome las medidas oportunas. El adjudicatario responderá, en todo caso y directamente, de aquellos daños que puedan causarse a Tragsatec o a terceros como consecuencia de defectos o de cualquier otro vicio en la prestación realizada; aun cuando se estimase haya cumplido la reglamentación vigente, debiendo el adjudicatario proceder a la reparación o sustitución de las mismas, asumiendo todos los importes económicos que se deriven de las posibles actuaciones anteriormente citadas. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, salvo lo en lo establecido en el artículo 239 de la LCSP para el caso de fuerza mayor. El adjudicatario se obliga asimismo al cumplimiento de la legislación medioambiental vigente, así como con la normativa interna de Tragsatec en materia de medioambiente. Dicha normativa se encuentra a disposición en la página web de Tragsatec. Tragsatec podrá solicitar en cualquier momento desde el comienzo de la vigencia del contrato al adjudicatario que presente certificación de compañía o de correduría de seguros acreditativa de que la empresa cuenta con una póliza de seguros vigente que cubre la responsabilidad de la empresa por Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil General que cubra las actividades objeto del contrato, para cada tipo de responsabilidad como mínimo serán exigibles: o En la responsabilidad civil de explotación/profesional: quinientos mil euros por siniestro y anualidad. o En la responsabilidad civil patronal: sublímite de trescientos mil euros por víctima. o En la responsabilidad civil de producto: quinientos mil euros de daños materiales, personales y perjuicios patrimoniales consecutivos derivados del material defectuoso suministrado. El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de los salarios y cuotas de Seguridad social del personal que, dependiente de él, realice los trabajos objeto del contrato, y especialmente estar al corriente de pago en materia de seguridad laboral. Asimismo, deberá adoptar y cumplir las normas sobre prevención de riesgos laborales, no sólo las exigidas por los textos legales, sino las que sean precisas como consecuencia de la clase de trabajos que deban realizarse, dotando a su personal de los elementos de protección necesarios a tal efecto. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicará responsabilidad alguna para Tragsatec. La empresa adjudicataria contará con los recursos técnicos necesarios para la correcta ejecución del contrato y para mantener el nivel de servicio requerido. Dichos recursos dependerán exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto de los mismos, siendo Tragsatec del todo ajena a dichas relaciones laborales, así como a las responsabilidades que de tales relaciones puedan derivarse, que el trabajo efectuado no se adecua adjudicatario acepta expresamente de su cuenta y cargo. El personal que haya de efectuar los trabajos estará vinculado laboralmente al adjudicatario que, a todos los efectos, asume con respecto a los mismos, el carácter legal de empresario con todos los derechos y obligaciones inherentes a esta condición, con arreglo a la prestación contratadalegislación vigente, se dará por escrito sometiéndose en todo momento dicho personal a la empresa las instrucciones detalladas con y órdenes del adjudicatario. Tragsatec en modo alguno ni bajo ningún título ostentará la condición de empleador respecto de los trabajadores contratados por el fin adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para Tragsatec. El adjudicatario deberá asumir totalmente la organización de remediar sus propios recursos y de dirección y coordinación de las faltas actividades que lo componen, ejerciendo en exclusiva el poder organizativo y de dirección de sus recursos humanos que constituyan los equipos de trabajo, para el cumplimiento de los fines que se le encomiendan. La empresa contratista deberá designar un coordinador técnico o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: • Actuar como interlocutor de la empresa contratista respecto frente a Tragsatec, canalizando toda la información entre el adjudicatario y el personal integrante del equipo de las observacionestrabajo adscrito al contrato, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto un lado, y Tragsatec, de otro lado, en todo lo relativo a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta cuestiones derivadas de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación ejecución del precio satisfechocontrato. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, • Distribuir el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento trabajo entre el personal encargado de la obligación ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones trabajo que se formulen sean necesarias en relación con el cumplimiento de la prestación contratadadel servicio contratado. Liquidación • Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. • Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse el adjudicatario con Tragsatec, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. • Informar a Tragsatec acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. En el plazo de un mes, Corresponde a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al empresa contratista la liquidación correspondiente selección del contrato personal que, reuniendo los requisitos de titulación y abonárseleexperiencia exigidos en este pliego, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de Tragsatec del cumplimiento de dichos requisitos. El adjudicatario deberá remitir a Tragsatec una relación nominal del personal que vaya a prestar sus servicios. Los pedidos parciales y la confirmación de los mismos se realizarán por el Departamento de Compras ubicado en su casoMadrid, salvo excepcionalmente que se podrá realizar por el saldo resultanteJefe de estudios. El pedido que no sea autorizado por el Departamento de Compras o por el Jefe de estudios no se abonará.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El La ejecución del contrato se entenderá cumplido verificará en Madrid, calles Xxxxxxxxx, 58 y Xxxxxx Xxxxxxxxx, 6B. El adjudicatario será el responsable de emitir un albarán en el que se indicarán al menos los siguientes datos: Número de pedido del Grupo Tragsa, fecha de la activación y fecha fin del servicio de soporte por parte del fabricante y descripción de los elementos incluyendo el número de serie. Los albaranes deberán estar aceptados y firmados por personal del Grupo Tragsa. Este documento estará a disposición del Grupo Tragsa cuando así se solicite. Los gastos, accesorios o complementarios, necesarios para la realización del objeto de la presente licitación, tales como embalajes, portes, aduanas, etc., correspondientes a los productos suministrados correrán a cargo del proveedor. El adjudicatario se obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la Legislación vigente con relación al objeto de su actividad y del contrato, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos y de calidad y cantidad, que le sean exigidos por el contratista cuando éste haya realizadoGrupo Tragsa y que se especifiquen en el contrato, en atención a lo establecido en el presente pliego y en lo ofertado por el adjudicatario. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones, el Grupo Tragsa podrá requerir al adjudicatario la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin. El adjudicatario responderá, en todo caso y directamente, de acuerdo con aquellos daños que puedan causarse al Grupo Tragsa o a terceros como consecuencia de defectos o de cualquier otro vicio en la prestación realizada; aun cuando se haya cumplido la reglamentación vigente, debiendo el adjudicatario proceder a la reparación o sustitución de las mismas, asumiendo todos los términos importes económicos que se deriven de las posibles actuaciones anteriormente citadas. El cómputo del mismo y a satisfacción período de mantenimiento se iniciará desde la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo fecha de recepción o conformidad (Acta por parte del personal del Grupo Tragsa. Hasta que no tenga lugar la finalización del periodo de recepción) dentro mantenimiento, el adjudicatario responderá del mes siguiente correcto funcionamiento de los productos, sin que sea eximente ni le otorgue derecho alguno la circunstancia de que los representantes del Grupo Tragsa los hayan examinado o reconocido durante su ejecución o aceptado en comprobaciones, valoraciones, certificaciones o recepciones parciales, en previsión de la posible existencia de vicios o fallos ocultos. Una vez dados de alta los productos en el servicio de soporte del fabricante, las partes suscribirán el oportuno documento de conformidad, que se realizará en los 30 días siguientes a la entrega activación en el que constará la conformidad o realización disconformidad del Grupo Tragsa, si los servicios realizados son los previstos en el contrato, se darán por recibidos, comenzando el periodo de garantía. Si la ejecución del contrato no se ajustara a las condiciones estipuladas en contrato, se harán constar en el acta de conformidad las deficiencias observadas, con el fin de que sean subsanadas por el contratista o se proceda de nuevo a completa ejecución, en el plazo de cuatro semanas siempre que el Grupo Tragsa no opte por la resolución del contrato, de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx. Si la ejecución del contrato no se ajustara a las condiciones estipuladas, se harán constar en el dicho documento las deficiencias observadas, con el fin de que sean subsanadas por el adjudicatario o se proceda de nuevo a completa ejecución, si transcurrido dicho plazo el contratista no los hubiera efectuado, el Grupo Tragsa podrá optar por establecer nuevo plazo improrrogable o por la resolución del contrato, de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, salvo lo en lo establecido en el artículo 239 de la LCSP para el caso de fuerza mayor. El adjudicatario se obliga asimismo al cumplimiento de la legislación medioambiental vigente, así como con la normativa interna del Grupo Tragsa en materia de medioambiente. Dicha normativa se encuentra a disposición en la página web del Grupo Tragsa. El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de los salarios y cuotas de Seguridad social del personal que, dependiente de él, realice los trabajos objeto del contrato, si y especialmente estar al corriente de pago en materia de seguridad laboral. Asimismo, deberá adoptar y cumplir las normas sobre prevención de riesgos laborales, no se ha determinado otro sólo las exigidas por los textos legales, sino las que sean precisas como consecuencia de la clase de trabajos que deban realizarse, dotando a su personal de los elementos de protección necesarios a tal efecto. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicará responsabilidad alguna para el Grupo Tragsa. La empresa adjudicataria contará con los recursos técnicos necesarios para la correcta ejecución del contrato y para mantener el nivel de servicio requerido. Dichos recursos dependerán exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto de los mismos, siendo el Grupo Tragsa del todo ajena a dichas relaciones laborales, así como a las responsabilidades que de tales relaciones puedan derivarse, que el adjudicatario acepta expresamente de su cuenta y cargo. El personal que haya de efectuar los trabajos estará vinculado laboralmente al adjudicatario que, a todos los efectos, asume con respecto a los mismos, el carácter legal de empresario con todos los derechos y obligaciones inherentes a esta condición, con arreglo a la legislación vigente, sometiéndose en todo momento dicho personal a las instrucciones y órdenes del adjudicatario. El Grupo Tragsa en modo alguno ni bajo ningún título ostentará la carátula condición de este pliegoempleador respecto de los trabajadores contratados por el adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para el Grupo Tragsa. En El adjudicatario deberá asumir totalmente la organización de sus propios recursos y de dirección y coordinación de las actividades que lo componen, ejerciendo en exclusiva el caso poder organizativo y de dirección de sus recursos humanos que constituyan los equipos de trabajo, para el cumplimiento de los fines que se estimase le encomiendan. La empresa contratista deberá designar un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa tendrá entre sus obligaciones las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte siguientes: Actuar como interlocutor de la empresa contratista respecto frente al Grupo Tragsa, canalizando toda la información entre el adjudicatario y el personal integrante del equipo de las observacionestrabajo adscrito al contrato, de un lado, y el órgano Grupo Tragsa, de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto otro lado, en todo lo relativo a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta cuestiones derivadas de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación ejecución del precio satisfechocontrato. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, Distribuir el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento trabajo entre el personal encargado de la obligación ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones trabajo que se formulen sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse el adjudicatario con el Grupo Tragsa, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. Informar al Grupo Tragsa acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. Corresponde a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en este pliego, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del Grupo Tragsa del cumplimiento de dichos requisitos. El adjudicatario deberá remitir al Grupo Tragsa una relación nominal del personal que vaya a prestar sus servicios. El contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento al Grupo Tragsa. El adjudicatario reconoce el carácter confidencial de toda la documentación y/o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la prestación contratada. Liquidación de los trabajos objeto del contrato, comprometiéndose a mantener el carácter confidencial de todos los detalles relativos a la misma, y, por tanto, a no revelar a terceras partes, directa o indirectamente, total o parcialmente, cualquier dato y/o información del que haya tenido conocimiento por la ejecución de las prestaciones objeto del contrato. En Asimismo, el plazo adjudicatario se compromete a adoptar las medidas necesarias para evitar la divulgación de un mescualquier información y/o documento existente en las sedes del Grupo Tragsa o suministrada por ésta, garantizando su seguridad, y obligándose, en particular, a contar desde advertir a sus empleados del carácter confidencial de las informaciones que puedan conocer como consecuencia del ejercicio de sus funciones, y de la fecha imposibilidad de extraer de las sedes del acta Grupo Tragsa, y/o de recepción o conformidadponer en conocimiento de terceros, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente datos del contrato y abonárselemismo de cualquier naturaleza, incluidos en su casocualquier tipo de soporte. De igual manera, el saldo resultanteadjudicatario se compromete a devolver al Grupo Tragsa o a destruir la información confidencial en el momento en que termine la vigencia del contrato, sin que sea necesario requerimiento previo para ello. Asimismo, se compromete a destruir cuanta información haya podido generar con base de la que es objeto del contrato, buscando y haciendo desaparecer en los ordenadores cualquier referencia. El adjudicatario responderá directamente frente al Grupo Tragsa de la divulgación o uso ilegal que de la información confidencial puedan hacer las personas que hayan tenido acceso a ella.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestaciónprestación contratada. Recepción. Su constatación requiere por parte de Una vez cumplidos los trámites señalados en la Administración de un cláusula anterior, si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá mediante acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de a su recepción) , que tendrá lugar dentro del mes siguiente a de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro levantándose al efecto el acta correspondiente Hasta que tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la carátula de este pliego. En el caso circunstancia de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas responsable del contrato o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte los representantes de la empresa contratista respecto de las observacionesAdministración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración, el órgano de contratación resolveráo aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. Si la empresa prestación del contratista no reclamase reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito respecto a las observaciones, se entenderá instrucciones oportunas para que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar subsane los defectos observados. No procederá observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación El incumplimiento de las instrucciones sin haber sido debidamente realizadamotivo justificado será causa de resolución, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfechocon los efectos que legalmente procedan. En todo caso, si Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la recepciónmisma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen El servicio objeto del contrato será entregado en relación con el cumplimiento la sede de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mesFundación CIEN, a contar desde situada en la fecha del acta de recepción o conformidadXxxxx Xxxxxxxxxxxxx, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonárselexx 0, en su caso00000, el saldo resultanteXxxxxx.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Travel Agency Services
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula Carátula de este pliegoPliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.. [32]
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El La ejecución del contrato se entenderá verificará en el edificio CEOE-CEPYME en Xxxx. xx Xxxxxxxxxx, 2 de Miguelturra (Ciudad Real). El adjudicatario se obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente con relación al objeto de su actividad y del contrato, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos, y de calidad y cantidad, que se sean exigidos por Tragsa y que se especifiquen en el contrato, en atención a lo establecido en estos pliegos y en lo ofertado por el adjudicatario. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones, Tragsa podrá requerir al adjudicatario la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin. El adjudicatario responderá, en todo caso y directamente, de aquellos daños que puedan causarse a Tragsa o a terceros como consecuencia de defectos o de cualquier otro vicio en la prestación realizada; aun cuando se haya cumplido la reglamentación vigente, debiendo el adjudicatario proceder a la reparación o sustitución de las mismas, asumiendo todos los importes económicos que se deriven de las posibles actuaciones anteriormente citadas. Concluida la ejecución de la totalidad de las prestaciones que integran el contrato correspondiente, las partes suscribirán el acta de recepción, que se realizará en los 30 días siguientes a la certificación o liquidación de la obra en el que constará la conformidad o disconformidad de Tragsa, si los trabajos realizados son los previstos en el contrato, se darán por recibidos, comenzando el periodo de garantía. Si la ejecución del contrato no se ajustara a las condiciones estipuladas en contrato, se harán constar en el acta de recepción las deficiencias observadas, con el fin de que sean subsanadas por el contratista cuando éste haya realizadoo se proceda de nuevo a completa ejecución, en el plazo de una semana siempre que Tragsa no opte por la resolución del contrato, de acuerdo conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx. Si la ejecución del contrato no se ajustara a las condiciones estipuladas, se harán constar en el dicho documento las deficiencias observadas, con el fin de que sean subsanadas por el adjudicatario o se proceda de nuevo a completa ejecución, si transcurrido dicho plazo el contratista no los términos hubiera efectuado Tragsa podrá optar por establecer nuevo plazo improrrogable o por la resolución del mismo contrato, de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx. Una vez aceptadas la prestación por Tragsa comenzará el plazo de garantía. Sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente para los vicios o defectos ocultos. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y a satisfacción xxxxxxx del contratista, salvo lo en lo establecido en el artículo 239 de la Administración, la totalidad LCSP para el caso de fuerza mayor. El adjudicatario se obliga asimismo al cumplimiento de la prestaciónlegislación medioambiental vigente, así como con la normativa interna de Tragsa en materia de medioambiente. RecepciónDicha normativa se encuentra a disposición en la página web de Tragsa. Su constatación requiere por parte El adjudicatario deberá estar al corriente de la Administración pago de un acto formal los salarios y positivo cuotas de recepción o conformidad (Acta Seguridad social del personal que, dependiente de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del él, realice los trabajos objeto del contrato, si y especialmente estar al corriente de pago en materia de seguridad laboral. Asimismo, deberá adoptar y cumplir las normas sobre prevención de riesgos laborales, no se ha determinado otro sólo las exigidas por los textos legales, sino las que sean precisas como consecuencia de la clase de trabajos que deban realizarse, dotando a su personal de los elementos de protección necesarios a tal efecto. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicará responsabilidad alguna para Tragsa. La empresa adjudicataria contará con los recursos técnicos necesarios para la correcta ejecución del contrato y para mantener el nivel de servicio requerido. Dichos recursos dependerán exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto de los mismos, siendo Tragsa del todo ajena a dichas relaciones laborales, así como a las responsabilidades que de tales relaciones puedan derivarse, que el adjudicatario acepta expresamente de su cuenta y cargo. El personal que haya de efectuar los trabajos estará vinculado laboralmente al adjudicatario que, a todos los efectos, asume con respecto a los mismos, el carácter legal de empresario con todos los derechos y obligaciones inherentes a esta condición, con arreglo a la legislación vigente, sometiéndose en todo momento dicho personal a las instrucciones y órdenes del adjudicatario. Tragsa en modo alguno ni bajo ningún título ostentará la carátula condición de este pliegoempleador respecto de los trabajadores contratados por el adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para Tragsa. En El adjudicatario deberá asumir totalmente la organización de sus propios recursos y de dirección y coordinación de las actividades que lo componen, ejerciendo en exclusiva el caso poder organizativo y de dirección de sus recursos humanos que constituyan los equipos de trabajo, para el cumplimiento de los fines que se estimase le encomiendan. La empresa contratista deberá designar un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa tendrá entre sus obligaciones las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte siguientes: • Actuar como interlocutor de la empresa contratista respecto frente a Tragsa, canalizando toda la información entre el adjudicatario y el personal integrante del equipo de las observacionestrabajo adscrito al contrato, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto un lado, y Tragsa, de otro lado, en todo lo relativo a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta cuestiones derivadas de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación ejecución del precio satisfechocontrato. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, • Distribuir el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento trabajo entre el personal encargado de la obligación ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones trabajo que se formulen sean necesarias en relación con el cumplimiento de la prestación contratadadel servicio contratado. Liquidación • Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. • Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse el adjudicatario con Tragsa, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. • Informar a Tragsa acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. En el plazo de un mes, Corresponde a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al empresa contratista la liquidación correspondiente selección del contrato personal que, reuniendo los requisitos de titulación y abonárseleexperiencia exigidos en este pliego, en su casoformará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, el saldo resultantesin perjuicio de la verificación por parte de Tragsa del cumplimiento de dichos requisitos. El adjudicatario deberá remitir a Tragsa una relación nominal del personal que vaya a prestar sus servicios.
Appears in 1 contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Technical Advisory Services in Urban Planning
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 33.1.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizadorealizado la totalidad de su objeto, de acuerdo conformidad con los términos del mismo lo establecido en este Pliego, en el Pliego de prescripciones técnicas y en el proyecto y a satisfacción de la Administración, cuya conformidad se hará constar de forma expresa mediante la totalidad recepción de las obras dentro del plazo de un mes desde la finalización de la prestaciónobra. Recepción. Su constatación requiere por parte En su caso, se comunicará a la Intervención Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxx Xxxxxxx el día de la Administración recepción de un acto formal y positivo las obras, para su asistencia en sus funciones de recepción o conformidad (Acta comprobación de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contratoinversión.
33.2.- El contratista, si no se ha determinado otro en con la carátula antelación exigida por las normas de este pliego. En el caso desarrollo de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratadaLCSP, se dará comunicará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte dirección de la empresa contratista respecto obra la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme pueda realizar su recepción. Al acto de la recepción, que deberá llevarse a cabo de acuerdo con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadaslo preceptuado en dicha normativa, levantándose entonces deberán concurrir el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, designado por la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechocomo responsable del contrato, en su caso, a o un facultativo designado por la recuperación del precio satisfecho. En todo casoAdministración al efecto, así como un representante de la Intervención General, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administraciónprocede, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento facultativo encargado de la obligación dirección de pago o teniendo derecholas obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Si se encuentran las obras en su casobuen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento representante de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En Administración las dará por recibidas, levantándose el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse correspondiente y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonárselecomenzando, en su caso, el saldo resultanteplazo de garantía. Por el contrario, cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta, y el director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquéllos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato.
33.3.- Podrán ser objeto de recepción parcial aquellas partes de obra susceptibles de ser ejecutadas por fases que puedan ser entregadas al uso público, según lo establecido en el contrato.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Obras
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administraciónadministración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa El contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 1 contract
Samples: Contratación De Servicios
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del contrato, aquél haya realizado, sido realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, Administración la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliegosu objeto. En el caso de que se el responsable del contrato estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratadaincumplidas las prescripciones técnicas del contrato, se dará por escrito a la empresa al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En , haciendo constar en dicho escrito se fijará el plazo que para subsanarello fije y las observaciones que estime oportunas. Si existiese reclamación por parte de la empresa del contratista respecto de las observaciones, observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación resolverácontratación, éste la elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular. Si la empresa el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones, observaciones del representante del órgano de contratación se entenderá que se encuentra conforme con ellas las mismas y obligada obligado a corregir o remediar los defectos observados. No procederá Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación El incumplimiento de las instrucciones sin haber sido debidamente realizadamotivo justificado será causa de resolución, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfechocon los efectos que legalmente procedan. En todo caso, si Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la recepciónmisma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Cód. Validación: 5D59YF9PJWZFQT3YQ5YPYE2QD | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 37 La empresa contratista tendrá derecho queda obligada al cumplimiento de los plazos establecidos en el presente pliego. El cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato, el incumplimiento del compromiso de adscribir a conocer y a ser oído sobre la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, o de las observaciones condiciones especiales de ejecución del contrato que se formulen hubiesen establecido conforme al apartado 1 del artículo 202 LCSP darán lugar a la imposición de las penalidades. Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución del contrato, la Entidad Local podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por su resolución o por la imposición de las penalidades. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. La constitución en relación xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en xxxx respecto al cumplimiento del plazo total, la Entidad Local podrá optar, atendidas las circunstancias del caso, por la resolución del contrato o por la imposición las penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido, atendiendo a las especiales características del contrato, para su correcta ejecución y así se justifique en el expediente. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, IVA excluido, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. La Entidad Local tendrá las mismas facultades respecto al incumplimiento por parte del contratista de los plazos parciales, cuando la demora en el cumplimiento de aquellos haga presumir razonablemente la prestación contratadaimposibilidad de cumplir el plazo total. Liquidación En caso de cumplimiento defectuoso de la ejecución del contrato. En el plazo , o en su caso, incumplimiento del compromiso de un mesdedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada Administración podrá imponer al contratista las penalidades cuyo importe máximo será equivalente a la liquidación correspondiente cuantificación del presupuesto base de licitación. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y abonárselese harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de los mencionados pagos. No obstante lo anterior, en caso de incumplimiento parcial o total imputable al contratista, provoque la pérdida parcial o total de una subvención concedida para la realización de la instalación y configuración de referencia. En aplicación del art. 194 LCSP el saldo resultantecontratista responsable deberá indemnizar al Ayuntamiento por cantidad equivalente al importe de la subvención que deje de percibir. Entre los motivos se incluirán todos aquellos que estén relacionados directamente con la ejecución del objeto del contrato, como aquellos otros relacionados con la documentación exigible que el contratista deba entregar o gestionar ante el Ayuntamiento o cualquier otra entidad u organismo. En el caso de que el contratista realizará defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera los compromisos adquiridos en virtud del presente contrato, o las condiciones especiales de ejecución establecidas en el presente pliego, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica por importe del máximo 10 % del precio del contrato, IVA excluido.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Legal Services
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, realizado la totalidad de la prestación. Recepciónlos suministros, de conformidad con lo establecido en el presente pliego y el Pliego de Prescripciones Técnicas, y dichos suministros hayan sido recibidos de conformidad por parte del Ayuntamiento, sin que éste haya formulado queja ninguna. Su constatación requiere exigirá por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, si no se ha determinado otro disponiendo para tal fin de las prerrogativas establecidas en la carátula los artículos 304 y 305 de este pliegoLCSP. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado los bienes no se adecua hallen en condiciones de ser recibidos o el Ayuntamiento haya realizado alguna queja en caso de cualquier incumplimiento por parte del contratista, deberá dejarse constancia expresa y el Consorcio dará instrucciones al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro conformidad con lo pactado. Si aun así se incumple o se da un cumplimiento defectuoso de la prestación contratadaobjeto del contrato, o se da un incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido, así como cuando el contratista, por causas imputables al mismo, incumpla la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas podrá establecer penalidades, de conformidad con lo recogido en el fin apartado 14 de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanareste Pliego. Si existiese reclamación aún así los suministros no se adecúan a lo contratado por parte de la empresa contratista respecto de las observacionescausas imputables al contratista, el órgano Ayuntamiento de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación Ermua podrá rechazar la recepción, quedando dicha prestación y quedar exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación de los mismos. Dentro del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidadrecepción, deberá deberá, en su caso, acordarse y ser notificada al a la empresa contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, abonársele el saldo resultante.
Appears in 1 contract
Samples: Suministro/Hornidura
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula Carátula de este pliegoPliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Organization and Execution of Travel Services
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido Conforme a lo dispuesto por el contratista cuando éste haya realizadoArt. 52 del TRLCSP, el órgano de contratación podrá designar a un responsable del contrato con las atribuciones recogidas por esta disposición. En la letra Q del Cuadro de Características se indican, de acuerdo conformidad con los términos lo dispuesto en el Art. 118 del mismo y a satisfacción TRLCSP, las condiciones especiales de la Administración, la totalidad ejecución del contrato. El contratista deberá entregar o ejecutar el objeto de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) contratación dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto plazo de ejecución del contrato, si no se ha determinado otro y en su caso, dentro de los plazos parciales establecidos en la carátula letra E del cuadro de este pliegocaracterísticas, efectuándose por el representante del órgano de contratación, en su caso, un examen de la documentación presentada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción. En el caso de que se la Administración estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratadaincumplidas las prescripciones técnicas del contrato, se dará por escrito a la empresa las al contratista instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En observados haciendo constar en dicho escrito se fijará el plazo que para subsanarello se fije y las observaciones que estime oportunas. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen. Si existiese reclamación por parte de la empresa el contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observacionesobservaciones formuladas, se entenderá que se encuentra conforme con ellas las mismas y obligada obligado a corregir o remediar los defectos observados. No procederá Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación, éste las elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular. Si los trabajos efectuados no se adecuasen a la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadasprestación contratada como consecuencia de los vicios o defectos observados, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizadaimputables al contratista, la Administración rechazará podrá optar por rechazar la recepción misma, quedando exenta de la obligación de pago o pago, teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan satisfecho o bien imponer penalidades por cumplimiento defectuoso que deberán ser proporcionales a la prestación contratada gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación ciento del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación presupuesto del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 1 contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 33.1.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizadorealizado la totalidad de su objeto, de acuerdo conformidad con los términos del mismo lo establecido en este Pliego, en el Pliego de prescripciones técnicas y en el proyecto y a satisfacción de la Administración, cuya conformidad se hará constar de forma expresa mediante la totalidad recepción de las obras dentro del plazo de un mes desde la finalización de la prestaciónobra, o en el plazo que se determine en la letra X del Cuadro de características del contrato. Recepción. Su constatación requiere por parte En su caso, se comunicará a la Intervención General el día de la Administración recepción de un acto formal y positivo las obras, para su asistencia en sus funciones de recepción o conformidad (Acta comprobación de recepción) dentro la inversión.
33.2.- El contratista, con la antelación exigida por las normas de desarrollo del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contratoTRLCSP, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará comunicará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte dirección de la empresa contratista respecto obra la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme pueda realizar su recepción. Al acto de la recepción, que deberá llevarse a cabo de acuerdo con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadaslo preceptuado en dicha normativa, levantándose entonces deberán concurrir el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, designado por la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechocomo responsable del contrato, en su caso, a o un facultativo designado por la recuperación del precio satisfecho. En todo casoAdministración al efecto, así como un representante de la Intervención General, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administraciónprocede, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento facultativo encargado de la obligación dirección de pago o teniendo derecholas obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Si se encuentran las obras en su casobuen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento representante de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En Administración las dará por recibidas, levantándose el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse correspondiente y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonárselecomenzando, en su caso, el saldo resultanteplazo de garantía. Por el contrario, cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta, y el director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquéllos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato.
33.3.- Podrán ser objeto de recepción parcial aquellas partes de obra susceptibles de ser ejecutadas por fases que puedan ser entregadas al uso público, según lo establecido en el contrato.
33.4.- Cuando el objeto del contrato incluya la redacción del proyecto, será de aplicación lo previsto en el artículo 124.3 del TRLCSP.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Obras
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El Los trabajos de gabinete se realizarán en las dependías propias del ADJUDICATARIO y el trabajo de campo para el servicio objeto de este contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción abarca las zonas forestales de la Administraciónisla de Tenerife. Se realizarán los trabajos objeto de encargo en los siguientes ámbitos dentro de los ENP del Parque Natural xx Xxxxxx Forestal, la totalidad Paisaje Protegido de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte Las Lagunetas y Reserva Natural Especial de la Administración Chinyero: - Zonas de un acto formal xxxxx xxxxxxx de repoblación - Zonas xx xxxxxxxxxx - Zonas de mantenimiento de repoblaciones - Zonas de nueva repoblación y positivo reposición de recepción marras - Zonas incendiadas - Márgenes de pistas forestales - También se podrán definir otras áreas zonas a definir durante el desarrollo de los tratamientos selvícolas o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliegozonas donde éstos deban ejecutarse. En el caso de que hubiera alguna incidencia entre su personal o en las medidas adoptadas deberán comunicarla con CARÁCTER INMEDIATO a los responsables de Tragsatec para que este tome las medidas oportunas. El adjudicatario se estimase obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente con relación al objeto de su actividad y del contrato, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos, y de calidad y cantidad, que se sean exigidos por Tragsatec y que se especifiquen en el trabajo efectuado no contrato, en atención a lo establecido en estos pliegos y en lo ofertado por el adjudicatario. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones, Tragsatec podrá requerir al adjudicatario la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin. El adjudicatario responderá, en todo caso y directamente, de aquellos daños que puedan causarse a Tragsatec o a terceros como consecuencia de defectos o de cualquier otro vicio en la prestación realizada; aun cuando se adecua haya cumplido la reglamentación vigente, debiendo el adjudicatario proceder a la reparación o sustitución de las mismas, asumiendo todos los importes económicos que se deriven de las posibles actuaciones anteriormente citadas. Concluida la ejecución de la totalidad de las prestaciones que integran el contrato correspondiente, las partes suscribirán el oportuno documento de conformidad, que se realizará en los 30 días siguientes a la prestación contratadadel servicio en el que constará la conformidad o disconformidad de Tragsatec, si los trabajos realizados son los previstos en el contrato, se dará darán por escrito recibidos, comenzando el periodo de garantía. Si la ejecución del contrato no se ajustara a la empresa las instrucciones detalladas condiciones estipuladas en contrato, se harán constar en el acta de conformidad las deficiencias observadas, con el fin de remediar que sean subsanadas por el contratista o se proceda de nuevo a completa ejecución, en el plazo de una semana siempre que Tragsatec no opte por la resolución del contrato, de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx. Si la ejecución del contrato no se ajustara a las faltas condiciones estipuladas, se harán constar en el dicho documento las deficiencias observadas, con el fin de que sean subsanadas por el adjudicatario o se proceda de nuevo a completa ejecución, si transcurrido dicho plazo el contratista no los hubiera efectuado Tragsatec podrá optar por establecer nuevo plazo improrrogable o por la resolución del contrato, de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx. Una vez aceptadas la prestación por Tragsatec comenzará el plazo de garantía. Sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente para los vicios o defectos observadosocultos. En dicho escrito La ejecución del contrato se fijará realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, salvo lo en lo establecido en el plazo artículo 239 de la LCSP para subsanarel caso de fuerza mayor. Si existiese reclamación El adjudicatario se obliga asimismo al cumplimiento de la legislación medioambiental vigente, así como con la normativa interna de Tragsatec en materia de medioambiente. Dicha normativa se encuentra a disposición en la página web de Tragsa. El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de los salarios y cuotas de Seguridad social del personal que, dependiente de él, realice los trabajos objeto del contrato, y especialmente estar al corriente de pago en materia de seguridad laboral. Asimismo, deberá adoptar y cumplir las normas sobre prevención de riesgos laborales, no sólo las exigidas por los textos legales, sino las que sean precisas como consecuencia de la clase de trabajos que deban realizarse, dotando a su personal de los elementos de protección necesarios a tal efecto. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicará responsabilidad alguna para Tragsatec. La empresa adjudicataria contará con los recursos técnicos necesarios para la correcta ejecución del contrato y para mantener el nivel de servicio requerido. Dichos recursos dependerán exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto de los mismos, siendo Tragsatec del todo ajena a dichas relaciones laborales, así como a las responsabilidades que de tales relaciones puedan derivarse, que el adjudicatario acepta expresamente de su cuenta y cargo. El personal que haya de efectuar los trabajos estará vinculado laboralmente al adjudicatario que, a todos los efectos, asume con respecto a los mismos, el carácter legal de empresario con todos los derechos y obligaciones inherentes a esta condición, con arreglo a la legislación vigente, sometiéndose en todo momento dicho personal a las instrucciones y órdenes del adjudicatario. Tragsatec en modo alguno ni bajo ningún título ostentará la condición de empleador respecto de los trabajadores contratados por el adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para Tragsatec. El adjudicatario deberá asumir totalmente la organización de sus propios recursos y de dirección y coordinación de las actividades que lo componen, ejerciendo en exclusiva el poder organizativo y de dirección de sus recursos humanos que constituyan los equipos de trabajo, para el cumplimiento de los fines que se le encomiendan. La empresa contratista deberá designar un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: • Actuar como interlocutor de la empresa contratista respecto frente a Tragsatec, canalizando toda la información entre el adjudicatario y el personal integrante del equipo de las observacionestrabajo adscrito al contrato, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto un lado, y Tragsatec, de otro lado, en todo lo relativo a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta cuestiones derivadas de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación ejecución del precio satisfechocontrato. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, • Distribuir el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento trabajo entre el personal encargado de la obligación ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones trabajo que se formulen sean necesarias en relación con el cumplimiento de la prestación contratadadel servicio contratado. Liquidación • Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. • Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse el adjudicatario con Tragsatec, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. • Informar a Tragsatec acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. En el plazo de un mes, Corresponde a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al empresa contratista la liquidación correspondiente selección del contrato personal que, reuniendo los requisitos de titulación y abonárseleexperiencia exigidos en este pliego, en su casoformará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, el saldo resultantesin perjuicio de la verificación por parte de Tragsatec del cumplimiento de dichos requisitos. El adjudicatario deberá remitir a Tragsatec una relación nominal del personal que vaya a prestar sus servicios.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Environmental Monitoring and Avifauna Inventory Services
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El presente contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizadorealizado la totalidad de su objeto, de acuerdo conformidad con los términos del mismo lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción de la Administración, la totalidad cuya conformidad se hará constar de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración forma expresa dentro del plazo de un acto formal y positivo mes de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización final del objeto del contrato, si . Si los servicios no se ha determinado otro hallan en la carátula condiciones de este pliegoser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado Si pese a ello, los trabajos efectuados no se adecua adecuan a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin como consecuencia de remediar las faltas vicios o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizadaimputables al contratista, la Administración rechazará la recepción podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago o pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfechosatisfecho hasta entonces. En todo casocaso de incumplimiento se establecen las siguientes penalidades: — Cuando el contratista, si los trabajos efectuados no se adecuan a por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la prestación contratada Administración podrá optar indistintamente por causa no imputable a la Administraciónresolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. — Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, la Administración podrá rechazar optar, indistintamente, por su resolución o por la recepciónimposición de las penalidades establecidas anteriormente. — Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, quedando exento se impondrán penalidades en la proporción de la obligación 10% del presupuesto del contrato. Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o teniendo derechoparcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultantemencionadas certificaciones.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Administrative Services
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato 21.1. Los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se entenderá cumplido por hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado, según establece el artículo 297 del RD Legislativo 3/2011.
21.2. Si durante el plazo de garantía de al menos tres meses, desde la recepción del suministro, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista cuando éste haya realizado, a conocer y ser oído sobre la aplicación de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanarbienes suministrados.
21.3. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observacionesestimase, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido durante el plazo concedido de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la subsanación sin haber sido debidamente realizadapresunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, la Administración rechazará la recepción quedando exenta podrá, antes de la obligación expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación cuenta del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En Terminado el plazo de un mes, a contar desde garantía sin que la fecha del acta de recepción Administración haya formalizado reparo o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su casodenuncia, el saldo resultantecontratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
Appears in 1 contract
Samples: Suministro De Agua Embotellada
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del Instituto de la Administración, las Mujeres la totalidad de la prestaciónprestación contratada. RecepciónA tal efecto, el contratista deberá realizar y entregar, en su caso, los trabajos especificados en la cláusula segunda de este pliego, los cuales se concretan en el apartado (1) de la Hoja-Resumen, dentro del plazo estipulado en el mismo; efectuándose por los representantes del órgano de contratación, cuando proceda, un examen de la documentación presentada o de los trabajos realizados. Su constatación requiere por parte La recepción del objeto del contrato se realizará en el plazo de un mes, contado desde la entrega de los servicios, siempre y cuando éstos sean susceptibles de recepción. En el supuesto de que proceda establecer un plazo especial de recepción, o de que sea necesaria una forma particular de recepción, éstos se determinarán en el apartado (22) de la Hoja-Resumen. A estos efectos, el representante de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, determinará si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratadarealizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, se dará por escrito a requiriendo, en su caso, la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto realización de las observaciones, el órgano prestaciones contratadas y la subsanación de contratación resolverálos defectos observados con ocasión de su recepción. Si la empresa Administración considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, procederá a su recepción, levantando, a tal efecto, el acta correspondiente. Si, por el contrario, la prestación no reclamase por escrito respecto reuniese las condiciones necesaria para proceder a las observacionessu recepción, se entenderá dictarán, por escrito, las instrucciones oportunas para que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar el contratista subsane los defectos observados. No procederá observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones se hayan sido cumplimentadascumplimentado por el contratista, levantándose entonces levantándose, entonces, el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para Si los trabajos efectuados no se adecuan a la subsanación sin haber sido debidamente realizadaprestación contratada como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración rechazará podrá rechazar la recepción misma, quedando exenta de la obligación de pago pagar o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Servicio
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El 18.1 En los contratos derivados, el responsable del contrato velará a fin de que el suministro se entenderá cumplido por entregue adecuadamente durante todo el periodo previsto. En todo caso el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere expondrá por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contratoescrito, si procede, las razones por las cuales se haya producido algún incumplimiento puntual que, en ningún caso podrá ser facturado.
18.2 Será considerada infracción grave y se sancionará hasta el 10% del precio del contrato la facturación de suministros no se ha determinado otro en efectuados o sobre la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, cual el órgano de contratación resolveráesté tramitando un expediente al amparo de lo que prevé esta cláusula. Si En ningún caso se tramitará el pago de estas facturas y si ya se hubiera tramitado, el contratista estará obligado a presentar el abono correspondiente por los suministros no efectuados. Las sanciones impuestas se podrán hacer efectivas con retención sobre los pagos pendientes o, si procede,sobre la empresa no reclamase garantía definitiva.
18.3 El responsable del contrato tendrá que efectuar el seguimiento de los suministros a fin de que se dé cumplimiento al plazo previsto; en caso de que el contratista retrase las entregas solicitadas, el responsable del contrato requerirá al contratista a fin de que adopte las medidas necesarias para alcanzar el cumplimiento dentro del plazo. Se considerará infracción grave el incumplimiento del plazo a pesar del requerimiento efectuado por el responsable del contrato.
18.4 Cualquier otro incumplimiento de las condiciones de ejecución del contrato hará falta que el responsable del contrato lo comunique por escrito respecto al contratista a fin de que adopte las observacionesmedidas necesarias para dar satisfacción al requerimiento. En caso de disconformidad por parte del contratista lo comunicará en el órgano de contratación que resolverá previa la tramitacióndel expediente correspondiente.
18.5 En caso de que el contratista se opusiera a dar cumplimiento a esta resolución e interpusiera el recurso administrativo correspondiente, se entenderá podrá suspender la ejecución del contrato hasta que no sehaya resuelto este recurso. En este caso, en el plazo de cinco días siguientes a la interposición del recurso se formalizará un acta, firmada por el contratista y por el responsable del contrato, en el que se encuentra conforme con ellas reflejará el estado de ejecución del/los suministro/s en base al cual se hará efectiva la liquidación del contrato en caso de que sea necesario.
18.6 En caso de que el otorgamiento de esta ampliación del plazo impidiera que el órgano de contratación certificara el suministro correspondiente antes del cierre del ejercicio, se requerirá el contratista a fin de que garantice la prestación mediante la presentación de un aval bancario a favor del Departamento de Acción Climática, Alimentación y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá Agenda Rural de la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces Generalitat de Catalunya por el acta importe correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para Previa la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta presentación de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, esta garantía el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derechoampliar el plazo del contrato que, en su casoningún caso podrá ser por un periodo superior a treinta días y, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con autorizar el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación pago del contrato. En .
18.7 Las ampliaciones de plazo que afecten ejercicios posteriores y que no se amparen en las garantías previstas en el plazo de un mes, a contar desde número anterior requerirán la fecha previa aprobación del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, gasto anticipado por el saldo resultanteimporte correspondiente.
Appears in 1 contract
Samples: Acuerdo Marco De Suministro
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. La recepción del contrato se regirá por lo establecido en el artículo 218 de la Ley de Contratos del Sector Público y en los artículos 163 y siguientes del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizadorealizado la totalidad de su objeto, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del Ayuntamiento. El contratista, con una antelación de la Administración20 días hábiles, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará comunicará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte dirección de la empresa contratista respecto obra la fecha prevista para la terminación o ejecución del contrato, a efectos de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme pueda realizar su recepción. Al acto de la recepción, que deberá llevarse a cabo de acuerdo con ellas lo preceptuado en los artículos 163 y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá 164 del Reglamento General de la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadasLCAP, levantándose entonces deberán concurrir el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, designado por la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechocomo responsable del contrato, en su caso, a o un facultativo designado por el Ayuntamiento al efecto; así como un representante de la recuperación del precio satisfecho. En todo casoIntervención General, si los trabajos efectuados no procede; el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Si se adecuan encuentran las obras en buen estado y con arreglo a la prestación contratada por causa no imputable a la Administraciónlas prescripciones previstas, el órgano de contratación podrá rechazar representante del Ayuntamiento las dará por recibidas, levantándose la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer correspondiente acta y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonárselecomenzando, en su caso, el saldo resultante.plazo de garantía. Por el contrario, cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta, y el director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el Pliego de clausulas administrativas particulares para la contratación de las obras de ejecución del proyecto de acondicionamiento de sendero peatonal en el tramo comprendido entre Laga e Ibarrangelu 32 contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato. Al tiempo de la recepción se comprobará en particular el cumplimiento por el contratista de las siguientes obligaciones:
Appears in 1 contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido Conforme a lo dispuesto por el contratista cuando éste haya realizadoArt. 52 del TRLCSP, el órgano de contratación podrá designar a un responsable del contrato con las atribuciones recogidas por esta disposición. C/C/ TToorrecirrecilllla,a, 55 4700347003 VValallladadoolliidd TTelel 983-426246983-426246 FFaxax 983983 426254426254 e-e-maimaill ffmmccvvaa@fm@fmccvvaa..oorrgg En la letra Q del Cuadro de Características se indican, de acuerdo conformidad con los términos lo dispuesto en el Art. 118 del mismo y a satisfacción TRLCSP, las condiciones especiales de la Administración, la totalidad ejecución del contrato. El contratista deberá entregar o ejecutar el objeto de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) contratación dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto plazo de ejecución del contrato, si no se ha determinado otro y en su caso, dentro de los plazos parciales establecidos en la carátula letra E del cuadro de este pliegocaracterísticas, efectuándose por el representante del órgano de contratación, en su caso, un examen de la documentación presentada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción. En el caso de que se la Administración estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratadaincumplidas las prescripciones técnicas del contrato, se dará por escrito a la empresa las al contratista instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En observados haciendo constar en dicho escrito se fijará el plazo que para subsanarello se fije y las observaciones que estime oportunas. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen. Si existiese reclamación por parte de la empresa el contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observacionesobservaciones formuladas, se entenderá que se encuentra conforme con ellas las mismas y obligada obligado a corregir o remediar los defectos observados. No procederá Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación, éste las elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular. Si los trabajos efectuados no se adecuasen a la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadasprestación contratada como consecuencia de los vicios o defectos observados, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizadaimputables al contratista, la Administración rechazará podrá optar por rechazar la recepción misma, quedando exenta de la obligación de pago o pago, teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan satisfecho o bien imponer penalidades por cumplimiento defectuoso que deberán ser proporcionales a la prestación contratada gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación ciento del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación presupuesto del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 1 contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas que sirve de base al contrato. El suministro deberá realizarlo el adjudicatario para las instalaciones o puntos de suministros recogidos en el anexo I, atendiendo a las condiciones particulares de cada uno de ellos. www. diputacionavila . es 14 Los puntos de entrega o suministro de la energía eléctrica serán los correspondientes a los puntos en que se efectúa la medida del consumo de la instalación. La entrega de la energía eléctrica se entenderá cumplido por efectuada cuando ésta sea puesta a disposición de la Diputación xx Xxxxx en los citados puntos de consumo. La empresa Adjudicataria queda obligada a prestar el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo servicio y a satisfacción de la Administración, suministrar la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del energía eléctrica que, en cada momento, precisen las instalaciones objeto del contrato, si no incluso en situaciones especiales de demanda, tanto respecto de la potencia como de la cantidad, continuidad y calidad de las características exigibles a la energía, según la normativa legal vigente o, caso de ser superiores, la que resulte del contrato, con el único límite que venga impuesto por razones técnicas de admisibilidad del suministro por parte de las Instalaciones de la Diputación xx Xxxxx o de la empresa Distribuidora. A los efectos de valoración de la calidad del suministro se ha determinado otro atenderá a las exigencias del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y la orden ECO/797/2002, de 22 xx xxxxx, por la que se aprueba el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro eléctrico, o cualquier otra legislación que las complemente o sustituya. El comercializador se compromete con la aceptación de este Pliego a informar con la suficiente anticipación de aquellos cortes planificados en la carátula red por motivos técnicos y de este pliego. En el solicitar autorización a la parte contratante previamente a los mismos en caso de que se estimase que estos fueran planificados. Todas las referencias legales incluidas en el trabajo efectuado no se adecua presente pliego están referidas a la prestación contratadafecha de publicación del mismo, se dará por escrito debiendo ser actualizadas en función a la empresa las instrucciones detalladas con el fin existencia de remediar las faltas normativa que la sustituya. Será obligación del Adjudicatario, instalar, adaptar, ceder en arrendamiento a la Diputación xx Xxxxx, verificar, mantener, modificar o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de sustituir cuando sea necesario, durante toda la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas vigencia del contrato y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechoretirar, en su caso, a la recuperación finalización del precio satisfechomismo, los equipos de medida y comunicación que permitan obtener la información necesaria para la correcta administración del contrato, en relación a las instalaciones o punto de suministro que posea el contrato, todo ello de acuerdo al RD 1955/2000, de 1 de diciembre, así como el RD 1110/2007, de 24 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Unificado de Puntos de Medida o cualquier otra legislación que sustituya o complemente a las anteriores. En todo casoTambién será obligación del Adjudicatario gestionar y obtener la baja del servicio del suministro actual, si los trabajos efectuados sin cargo alguno para la Diputación xx Xxxxx. Todo ello, tendrá que realizarse de forma que no se adecuan interrumpa en ningún momento el suministro normal de energía eléctrica. La justificación del porcentaje de suministro de energía renovable se realizará mediante certificado de garantía de origen emitido por la Comisión Nacional de www. diputacionavila . es 15 la Energía en el que aparezca la disposición de los kWh objeto de este contrato (anexo I) bajo la denominación de “energía verde” o “energía renovable”. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer naturaleza y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación circunstancias del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultanteno lo estime aconsejable.
Appears in 1 contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 29.1.- La recepción del material adjudicado se efectuará por el Director del Instituto, el Investigador Principal, el Director de Control Interno de la Universidad, en sus funciones de fiscalización de la inversión, y el contratista, que podrá concurrir asistido de técnico especialista. El lugar de recepción será el “INSTITUTO DE TECNOLOGÍA QUÍMICA Y MEDIOAMBIENTAL DEL CAMPUS DE CIUDAD REAL. La no asistencia del adjudicatario al acto de la comprobación de la inversión no impedirá éste; en el caso de que estuviese presente firmará el acta de recepción. La Comisión realizará el examen del material conforme a la oferta adjudicada, y lo someterá a las pruebas, comprobaciones y análisis que considere oportunos, de acuerdo con su naturaleza, extendiéndose acta de recepción positiva o negativa, y, en este caso, los fundamentos para la resolución que proceda. Caso de ser el acta negativa, el adjudicatario deberá retirar el material objeto de rechazo y volver a presentarlo plenamente adaptado a los requisitos técnicos exigidos, en el plazo improrrogable que, a juicio de la Comisión Receptora, sea racionalmente justo, dada la naturaleza del bien o bienes rechazados. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al sistema de penalidades previsto en el artículo 196 de la Ley de Contratos del Sector, y, en su caso, el nuevo rechazo del material presentado, dará lugar a la resolución del contrato.
29.2.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizadorealizado la totalidad de su objeto, de acuerdo conformidad con los términos del mismo lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción de la Administración, la totalidad cuya conformidad se hará constar de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración forma expresa dentro del plazo de un acto formal y positivo mes de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, si de acuerdo con lo establecido en el artículo 204.1 del Reglamento General de la LCAP.
29.3.- Si el objeto del contrato no se ha determinado otro hallara en condiciones de ser recibido, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si pese a ello, la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado prestación efectuada no se adecua a la prestación contratadalo contratado, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin como consecuencia de remediar las faltas vicios o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizadaimputables al contratista, la Administración rechazará la recepción podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago o pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano satisfecho hasta entonces.
29.4.- Podrá realizarse recepción parcial de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación aquéllas partes del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente objeto del contrato susceptibles de ser entregada por fases y abonársele, en su caso, el saldo resultantede ser utilizadas de forma separada o independiente.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Supply and Installation of Energy Recovery System for Biomass
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. El Responsable del contrato comunicará a la Intervención la fecha y lugar del acto de recepción para su eventual asistencia en ejercicio de sus funciones de comprobación de la inversión. El órgano interventor asistirá a la recepción material de todos los contratos, en ejercicio de la función de fiscalización material de las inversiones que exige el art. 214.2.d) del Real Resolución Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx por el que se aprueba el TRLHL. Podrá estar asistido en la recepción por un técnico especializado en el objeto del contrato, que deberá ser diferente del director de la obra y del responsable del contrato (Disposición Adicional Tercera de la Ley 9/2017). En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes30 días, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse en su caso y cuando la naturaleza del contrato lo exija y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante. No obstante, si la Administración recibe la factura con posterioridad a la fecha en que tiene lugar dicha recepción, el plazo de treinta días se contará desde su correcta presentación por el contratista en el registro correspondiente. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos 2.1 Sujeto a la aprobación del mismo y a satisfacción titular de la Administraciónpropiedad, la totalidad los agentes autorizados de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte Unión tendrán acceso a los centros de la Administración trabajo del Empleador en áreas seguras y no seguras, incluidos los salones/áreas de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contratodescanso, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar hacer cumplir este Acuerdo, siempre y cuando el representante de la Unión avise al Empleador con razonable anticipación, pero nunca con menos xx xxxx (10) días de aviso. El Empleador hará todo su esfuerzo por escoltar a los representantes de la Unión a las faltas o defectos observadosáreas seguras, incluido el acceso a todos los salones de descanso. En dicho escrito se fijará La Unión no habrá de demorar ni obstaculizar a los empleados de hacer su trabajo cuando visiten el plazo para subsanarsalón de descanso. Si existiese reclamación por parte Las visitas de la Unión no deberán interferir con el manejo de la empresa contratista respecto del Empleador ni con los empleados que estén trabajando. La Unión mantendrá libre de perjuicios e indemnizará y reembolsará rápidamente al Empleador, sus afiliados y cesionarios, directores, funcionarios y empleados (las "Partes indemnizadas") de y contra cualquier responsabilidad, daños, pérdidas, reclamaciones, multas, sanciones, evaluaciones, y demandas, incluidos todos las aranceles, costos y gastos inherentes a los mismos, que puedan ser cargados a su cuenta, declarados o incurridos por las Partes indemnizadas por cualquier pérdida, daño o lesión derivado de actividades y/o acciones de la Unión o cualquier Representante de la misma que constituya una violación a la seguridad.
2.2 El Empleador deberá proporcionar una (1) hora cada seis (6) meses para que los empleados se reúnan con la Unión dentro de un horario no laboral para asegurar la correcta implementación del contrato.
2.3 El Empleador deberá reconocer a los Delegados unionistas designados por la Unión. La Unión proporcionará al Empleador una lista de los Delegados unionistas designados por la Unión. El Empleador deberá reconocer hasta quince (15) Delegados unionistas, y al mismo número de suplentes. Los Delegados unionistas no tienen autoridad para emprender acciones de huelga ni ninguna otra acción que interrumpa el negocio del Empleador.
2.4 El Delegado unionista podrá llevar a cabo asuntos de la Unión y/o comunicarse con los empleados acerca de los asuntos de la Unión en horas laborables solo con la autorización del Empleador.
2.5 A los Delegados unionistas se les dará una oportunidad antes o después de las observacioneshoras de trabajo para reunirse con los empleados nuevos a fin de proporcionarles información sobre la Unión, y las partes acuerdan que este será un tiempo sin goce xx xxxxxx.
2.6 El Empleador proporcionará un tablero de anuncios en un lugar visible en cada uno de los sitios donde el órgano tablero sea práctico y permitido por el cliente y, en tales circunstancias, permitirá que los representantes de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observacionesUnión, se entenderá que se encuentra conforme incluidos los Delegados unionistas, publiquen avisos relacionados con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observadosla Unión en el tablero de anuncios. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadasse permitirá publicar nada de carácter despectivo hacia el Empleador u otras personas en los tableros de anuncios.
2.7 La Unión tendrá el derecho de inspeccionar los expedientes del personal, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido así como las medidas disciplinarias y los archivos de empleos del Empleador para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con determinar el cumplimiento de este Acuerdo, siempre y cuando se le notifique con anticipación, describiendo con especificidad los expedientes que la prestación contratada. Liquidación del contrato. En Unión desea examinar, el plazo motivo de un mesla solicitud, y que dicha inspección se llevará a contar desde cabo en una hora acordada mutuamente durante el horario laborable normal.
2.8 A los Delegados de la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente Unión se les concederán dos (2) días libres sin goce xx xxxxxx en cada año del contrato para capacitación, siempre y abonársele, cuando no haya dos delegados de la misma clasificación en su caso, la misma terminal en el saldo resultantemismo turno que estén fuera para sesiones de capacitación en los mismos días. La Unión habrá de notificar al Empleador al menos catorce (14) días calendario antes de la sesión de capacitación.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Negociación Colectiva
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizadorealizado la totalidad de su objeto, de acuerdo conformidad con los términos del mismo lo establecido en el Contrato, en el presente en el Pliego de Condiciones Particulares y en el de Condiciones Técnicas y a satisfacción de la Administración, la totalidad Consorcio El Rincón. Treinta días después de la prestaciónterminación de las obras, el contratista solicitará de Consorcio El Rincón que se lleve a cabo la recepción. RecepciónConsorcio El Rincón designará la persona que en su nombre ha de efectuar tal recepción junto al representante del contratista con plenos poderes. Su constatación requiere por parte Se realizará la inspección directa de la Administración de un acto formal las obras ejecutadas y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a la entrega o realización del objeto las condiciones del contrato, si se darán por recibidas, haciéndose cargo Consorcio El Rincón de las mismas con derecho a entregarlas a uso público. Desde la fecha de la recepción, de la que se levantará Acta firmada por ambas partes, empezará a contar el plazo de garantía. Cuando las obras no se ha determinado otro hallen en buen estado o no haya sido realizadas conforme a las condiciones del contrato, se hará constar así en el Acta, y la persona designada por Consorcio El Rincón para dicho acto señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para terminarlas y remediar los correspondientes defectos, plazo que no le eximirá de ninguna de las obligaciones que deriven del cumplimiento de los plazos del contrato. Si pasado este plazo y reconocidas de nuevo las obras no se hallaren conformes, Consorcio El Rincón podrá resolver el contrato o procederá a la terminación y subsanación en la carátula de este pliego. En el caso de forma que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua estime oportuna, a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte cuenta y riesgo del contratista deduciendo de la empresa contratista respecto liquidación final el coste de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido perjuicio de exigirle el pago de la cantidad restante, en el supuesto de que resulte insuficiente el importe pendiente de la liquidación final. El contratista, bien personalmente o bien debidamente realizadarepresentado, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de tiene la obligación de pago o teniendo derechoasistir a las recepciones de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esa obligación no podrá ejercer derecho alguno que pudiese derivar de su asistencia, y en su casoespecial, la posibilidad de hacer constar en el acta reclamación alguna en orden al estado de la obra y a las previsiones que la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si misma establezca acerca de los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano que ha de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, realizar en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mesgarantía, a contar desde la fecha del acta sino solamente con posterioridad. Podrán ser objeto de recepción o conformidadparcial, deberá acordarse y si así se estima oportuno, aquellas partes de obra susceptibles de ser notificada ejecutadas por fases que puedan ser entregadas al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultanteuso público.
Appears in 1 contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido La Administración determinará si la prestación realizada por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto ajusta a las observacionesprescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechorequiriendo, en su caso, a la recuperación del precio satisfechorealización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. En todo caso, si Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. El contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación Se impondrán penalidades al contratista cuando incurra en alguna de las causas previstas a continuación:
a) Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución.- El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de ejecución establecidas en este pliego dará lugar a la imposición al contratista de las siguientes penalidades: Como regla general, su cuantía será un 1% del importe de adjudicación del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. En La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad. Se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista, o sobre la garantía, conforme al artículo 196.8 de la Ley de Contratos del Sector Público. El cumplimiento por el adjudicatario de las condiciones especiales de ejecución podrá verificarse por el órgano de contratación en cualquier momento durante la ejecución del contrato y, en todo caso, se comprobará a su recepción.
b) Por incumplir criterios de adjudicación.- Se impondrán al contratista penalidades por incumplir los criterios de adjudicación en los siguientes términos: SECRETARIA GENERAL CASS1C8q2Euu7KI6tzWaic46DjFEphFW 15 / 21 PÁGINA MBCO-8D4ECR Firmado por DILIGENCIA para hacer constar que este asunto ha sido aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 25/01/2011, nº de acuerdo 2011PL00006 CÓDIGO REFERENCIA Para verificar la integridad de este documento electrónico introduzca el siguiente código en la dirección xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx 26/01/2011 11:36:13 FECHA/HORA VALDEPEÑAS LUGAR AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXXX CENTRO DIRECTIVO Xxxxx xx Xxxxxx, 0 00000 XXXXXXXXXX (Xxxxxx Xxxx) Tel.000000000 Fax.000000000 xxx.xxxxxxxxxx.xx Exp: 2011CON00002 Ref: MBCO-8D4ECR CONTRATACION Si, durante la ejecución del contrato o al tiempo de su recepción, se aprecia que, por causas imputables al contratista, se ha incumplido alguno o algunos de los compromisos asumidos en su oferta. Para considerar que el incumplimiento afecta a un criterio de adjudicación será preciso que al descontarse un 25 por 100 de la puntuación obtenida por el contratista en el criterio de adjudicación incumplido, resultara que su oferta no habría sido la mejor valorada. Como regla general, su cuantía será un 1% del presupuesto del contrato, salvo que, motivadamente, el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrán alcanzar hasta un 5% o hasta el máximo legal del 10%, respectivamente. La reiteración en el incumplimiento podrá tenerse en cuenta para valorar la gravedad.
c) Por demora.- Cuando el contratista, por causas que le fueran imputables, hubiera incurrido en demora, tanto en relación con el plazo total como con los plazos parciales establecidos, se estará a lo dispuesto en el artículo 196 de un mesla Ley de Contratos del Sector Público en cuanto a la imposición de estas penalidades.
d) Por incumplimiento de las normas sobre subcontratación, se estará a contar desde lo dipuesto en los artículos 210 y ss del la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultanteLCSP.
Appears in 1 contract
Samples: Consultancy Agreement
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato Contrato se entenderá cumplido por el contratista adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la AdministraciónCZFB, la totalidad de su objeto. A partir de este momento empezará el cómputo del periodo de garantía del contrato siempre que así se determine dicho periodo en la prestaciónsección H del cuadro de características. Recepción. Su constatación requiere Así mismo, ante cualquier incumplimiento del Contrato por parte del adjudicatario que afecte al normal desarrollo de la Administración actividad de un acto formal y positivo CZFB, ésta estará facultada para contratar con otro proveedor aquella parte del Contrato que resulte afectada, pudiendo repercutir sobre el adjudicatario el importe de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechomás que, en su caso, a la recuperación del precio satisfechoCZFB tuviera que abonar, respecto de lo pactado en el Contrato con el adjudicatario. En todo casoel momento de ejecución de la prestación, si los trabajos efectuados CZFB podrá firmar el oportuno recibí, parte de trabajo, acuse de recibo o similar. Este recibí, parte de trabajo, acuse de recibo o similar no supone la aceptación definitiva de la prestación realizada, ya que será necesaria la comprobación por parte de CZFB de que las prestaciones se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, lo recogido en el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento contrato. La aprobación de la obligación correcta ejecución del contrato total o parcial, y su pago, se realizará por parte de pago o teniendo derechoCZFB dentro del plazo de 30 días naturales a contar desde que el adjudicatario entregue su factura a CZFB, debiendo aquél entregarla en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo máximo de un mes, 30 días naturales a contar desde la fecha completa ejecución total o parcial del acta contrato. No obstante lo anterior, CZFB se reserva la posibilidad de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista modificar durante la liquidación correspondiente ejecución del contrato y abonárseleel modo de computar estos plazos, pudiendo hacerlo de la siguiente forma: computar el plazo de 30 días naturales para validación de la prestación del contrato, no desde la presentación de la factura (que deberá hacerlo el adjudicatario en su casoel plazo máximo de 30 días naturales desde la ejecución del contrato), sino desde el saldo resultantemomento de presentación de los partes de trabajo o similar, procediéndose al pago en el plazo máximo de 30 días naturales desde el momento de dicha validación. Esta modificación no tendrá repercusión económica.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El 1. La extinción del contrato se entenderá cumplido producirá como regla general por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de su cumplimiento que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas produce con el fin del plazo de remediar las faltas duración o defectos observadosvigencia, o por su resolución. 2. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte los contratos que impliquen la realización de la empresa contratista respecto de las observacionesuna actividad, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase determinará si los trabajos realizados por escrito respecto el contratista se ajustan a las observacionesprescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechorequiriendo, en su caso, a la recuperación del precio satisfechorealización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. En todo caso, si Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, el órgano como consecuencia de contratación vicios o defectos imputables al contratista, podrá rechazar la recepción, misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa El contrato se entenderá cumplido por el contratista tendrá derecho a conocer cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a ser oído sobre satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. En todo caso, de conformidad con el artículo 210.2 de la LCSP, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción mediante la formalización de la correspondiente Acta suscrita por el Director técnico o Responsable del Contrato, el contratista y por la Intervención General, cuando ésta haya optado por la asistencia. Dicho Acta se formalizará dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato.
3.- En los contratos que conlleven el uso de bienes municipales, extinguido el contrato revertirán al Ayuntamiento, sin cargo ni carga alguna, todos los inmuebles, instalaciones y equipamiento afectos al contrato, debiendo entregarlos la empresa en correcto estado de uso, y de acuerdo con las observaciones amortizaciones y dotaciones para reinversión que se formulen establezcan, todo lo cual quedará reflejado en relación con el acta de recepción. Las reparaciones y mejoras, incluso reconstrucciones y sustituciones, que sean precisas para el cumplimiento de esta condición serán a cargo exclusivo de la prestación contratadaempresa contratista, con cargo a las dotaciones previstas para este fin. Liquidación Al extinguirse el contratista queda obligado a dejar libre y a disposición del contrato. En Ayuntamiento todos los inmuebles y elementos indicados en el plazo máximo de un mes, mes y sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones respecto a contar desde la fecha del acta continuidad de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultanteexplotación. 27.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for the Operation of a Bar
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por CONTRATISTA en el contratista cuando éste haya realizadodesarrollo de su actividad deberá tomar las medidas de protección que, a juicio de Xxxxxx o de acuerdo con la legislación vigente a lo largo de la vigencia del contrato sean necesarias para salvaguardar: a sus trabajadores, a los términos del mismo de sus subcontratistas y a satisfacción los trabajadores de Tragsa; de los efectos sobre la Administraciónsalud de los mismos que pudiera tener el COVID-19, la totalidad caso de la prestación. Recepción. Su constatación requiere no hacerlo se rescindirá automáticamente el contrato por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro culpa del mes siguiente contratista, derivándose las indemnizaciones a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliegoque hubiera lugar. En el caso de que hubiera alguna incidencia entre su personal o en las medidas adoptadas deberán comunicarla con CARÁCTER INMEDIATO a los responsables de Tragsa para que éste tome las medidas oportunas. El adjudicatario se estimase obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente con relación al objeto de su actividad y del contrato, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos, y de calidad y cantidad, que se sean exigidos por Xxxxxx y que se especifiquen en el trabajo efectuado no contrato, en atención a lo establecido en estos pliegos y en lo ofertado por el adjudicatario. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones, Xxxxxx podrá requerir al adjudicatario la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin. El adjudicatario responderá, en todo caso y directamente, de aquellos daños que puedan causarse a Tragsa o a terceros como consecuencia de defectos o de cualquier otro vicio en la prestación realizada; aun cuando se adecua haya cumplido la reglamentación vigente, debiendo el adjudicatario proceder a la prestación contratadareparación o sustitución de las mismas, asumiendo todos los importes económicos que se deriven de las posibles actuaciones anteriormente citadas. Concluida la ejecución de la totalidad de las prestaciones que integran el contrato correspondiente, las partes suscribirán la oportuna acta de recepción, que se realizará como máximo en los 30 días siguientes al término del suministro en el que constará la conformidad o disconformidad de Tragsa, si el suministro realizado es el previsto en el contrato, se dará por escrito recibido, comenzando el periodo de garantía. Si la ejecución del contrato no se ajustara a la empresa las instrucciones detalladas condiciones estipuladas, se hará constar en el acta de recepción las deficiencias observadas, con el fin de remediar las faltas que sean subsanadas por el contratista o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte proceda de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto nuevo a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechocompleta ejecución, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes. Tragsa podrá optar por establecer nuevo plazo improrrogable o por la resolución del contrato, de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx. Una vez aceptadas la prestación por Tragsa comenzará el plazo de garantía. ³6LQ SHUMXLFLR GH OR HVWDE YLJHQWH SDUD ORV YLFLRV R GHIHFWRV RFXOWRV´ La ejecución del contrato se realizará a contar desde riesgo y xxxxxxx del contratista, salvo lo en lo establecido en el artículo 239 de la fecha LCSP para el caso de fuerza mayor. El adjudicatario se obliga asimismo al cumplimiento de la legislación medioambiental vigente, así como con la normativa interna de Tragsa en materia de medioambiente. Dicha normativa se encuentra a disposición en la página web de Tragsa. El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de los salarios y cuotas de Seguridad social del acta personal que, dependiente de recepción o conformidadél, realice los trabajos objeto del contrato, y especialmente estar al corriente de pago en materia de seguridad laboral. Asimismo, deberá acordarse adoptar y ser notificada al contratista cumplir las normas sobre prevención de riesgos laborales, no sólo las exigidas por los textos legales, sino las que sean precisas como consecuencia de la liquidación correspondiente clase de trabajos que deban realizarse, dotando a su personal de los elementos de protección necesarios a tal efecto. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicará responsabilidad alguna para Tragsa. La empresa adjudicataria contará con los recursos técnicos necesarios para la correcta ejecución del contrato y abonársele, en su casopara mantener el nivel de servicio requerido. Dichos recursos dependerán exclusivamente del adjudicatario, el saldo resultantecual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto de los mismos, siendo Tragsa del todo ajena a dichas relaciones laborales, así como a las responsabilidades que de tales relaciones puedan derivarse, que el adjudicatario acepta expresamente de su cuenta y cargo.
Appears in 1 contract
Samples: Suministro De Pulpas
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. El Responsable del contrato comunicará a la Intervención la fecha y lugar del acto de recepción para su eventual asistencia en ejercicio de sus funciones de comprobación de la inversión. El órgano interventor asistirá a la recepción material de todos los contratos, en ejercicio de la función de fiscalización material de las inversiones que exige el art. 214.2.d) del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx por el que se aprueba el TRLHL. Podrá estar asistido en la recepción por un técnico especializado en el objeto del contrato, que deberá ser diferente del director de la obra y del responsable del contrato (Disposición Adicional Tercera de la Ley 9/2017). En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes30 días, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse en su caso y cuando la naturaleza del contrato lo exija y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.. No obstante, si la Administración recibe la factura con posterioridad a la fecha en que tiene lugar dicha recepción, el plazo de treinta días se contará desde su correcta presentación por el contratista en el registro correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente en materia de factura electrónica. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Servicios
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste concesionario cuado ésta haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administracióndel IMD- Ayuntamiento, la totalidad de su objeto en el plazo convenido, de acuerdo con lo establecido en la prestacióncláusula 6 (Plazo de ejecución) Cuando finalice el plazo contractual, incluido el plazo de prórroga si fuere el caso, los locales e instalaciones objeto del negocio de restauración revertirán al IMD-Ayuntamiento, debiendo el concesionario entregar las instalaciones en estado de conservación y funcionamiento adecuados a su uso. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro Dentro del mes siguiente anterior a la entrega o realización del objeto finalización del contrato, si no el IMD- Ayuntamiento procederá a constatar que la entrega del inmueble, instalaciones y sus posibles accesiones se ha determinado otro realice en las condiciones convenidas, debiéndose formalizar por las partes la carátula correspondiente Acta de este pliegorecepción del inmueble el día de la finalización del contrato. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratadaIMD-Ayuntamiento observara desperfectos en las instalaciones, se dará por escrito concederá a la empresa las instrucciones detalladas concesionaria un plazo para su preparación por el tiempo que el IMD-Ayuntamiento estime necesario, debiendo reparase x xxxxx del concesionario o con cargo a la fianza definitiva constituida. El plazo de garantía empezará a contar desde la fecha de finalización del contrato, determinada por el fin Acta de remediar las faltas o defectos observadosrecepción del restaurante-cafetería, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior respecto a la reparación de posibles desperfectos. En dicho escrito se fijará Una vez finalizado el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observacionesgarantía, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada procederá a corregir la liquidación definitiva del contrato, devolviéndose o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechocancelándose, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada fianza constituida por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultanteconcesionario.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Para La Concesion
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 1. Los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista.
2. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
3. El plazo de garantía será de seis meses contados desde la terminación del contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizadoy la recepción del total del suministro, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, . Si durante el plazo de garantía se acreditase la totalidad existencia de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de un acto formal los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y positivo ser oído sobre la aplicación de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanarlos bienes suministrados.
4. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observacionesestimase, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido durante el plazo concedido de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la subsanación sin haber sido debidamente realizadapresunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, la Administración rechazará la recepción quedando exenta podrá, antes de la obligación expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación cuenta del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
5. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En Terminado el plazo de un mes, garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su casoque se refieren los apartados anteriores, el saldo resultantecontratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
Appears in 1 contract
Samples: Suministro De Equipos De Protección Laboral Y Ropa De Trabajo
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato Contrato se entenderá cumplido por el contratista adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los lo términos del mismo y a satisfacción de la AdministraciónCZFB, la totalidad de su objeto. A partir de este momento empezará el cómputo del periodo de garantía del contrato siempre que así se determine dicho periodo en la prestaciónsección G del cuadro de características. Recepción. Su constatación requiere Así mismo, ante cualquier incumplimiento del Contrato por parte del adjudicatario que afecte al normal desarrollo de la Administración actividad de un acto formal y positivo CZFB, ésta estará facultada para contratar con otro proveedor aquella parte del Contrato que resulte afectada, pudiendo repercutir sobre el adjudicatario el importe de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechomás que, en su caso, a la recuperación del precio satisfechoCZFB tuviera que abonar, respecto de lo pactado en el Contrato con el adjudicatario. En todo casoel momento de ejecución de la prestación, si los trabajos efectuados CZFB podrá firmar el oportuno recibí, parte de trabajo, acuse de recibo o similar. Este recibí, parte de trabajo, acuse de recibo o similar no supone la aceptación definitiva de la prestación realizada, ya que será necesaria la comprobación por parte de CZFB de que las prestaciones se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, lo recogido en el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento contrato. La aprobación de la obligación correcta ejecución del contrato total o parcial, y su pago, se realizará por parte de pago o teniendo derechoCZFB dentro del plazo de 30 días naturales a contar desde que el adjudicatario entregue su factura a CZFB, debiendo aquél entregarla en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo máximo de un mes, 30 días naturales a contar desde la fecha completa ejecución total o parcial del acta contrato. No obstante lo anterior, CZFB se reserva la posibilidad de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista modificar durante la liquidación correspondiente ejecución del contrato y abonárseleel modo de computar estos plazos, pudiendo hacerlo de la siguiente forma: computar el plazo de 30 días naturales para validación de la prestación del contrato, no desde la presentación de la factura (que deberá hacerlo el adjudicatario en su casoel plazo máximo de 30 días naturales desde la ejecución del contrato), sino desde el saldo resultantemomento de presentación de los partes de trabajo o similar, procediéndose al pago en el plazo máximo de 30 días naturales desde el momento de dicha validación. Esta modificación no tendrá repercusión económica.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Works
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con a los términos del mismo y a satisfacción de la AdministraciónABANTO-ZIERBENA ZERBITZUAK, S.L., la totalidad de la prestación. Recepción. Recepción Su constatación requiere por parte de la Administración ABANTO-ZIERBENA ZERBITZUAK, S.L. de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración XXXXXX- ZIERBENA ZERBITZUAK, S.L. rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administraciónx XXXXXX-ZIERBENA ZERBITZUAK, S.L., el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. contrato En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 1 contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administracióndel Ministerio, la totalidad de la prestaciónprestación contratada. RecepciónA tal efecto, el contratista deberá realizar y entregar, en su caso, los trabajos especificados en la cláusula segunda de este pliego, los cuales se concretan en el apartado (1) de la Hoja-Resumen, dentro del plazo estipulado en el mismo; efectuándose por los representantes del órgano de contratación, cuando proceda, un examen de la documentación presentada o de los trabajos realizados. Su constatación requiere por parte La recepción del objeto del contrato se realizará en el plazo de un mes, contado desde la entrega de los servicios, siempre y cuando éstos sean susceptibles de recepción. En el supuesto de que proceda establecer un plazo especial de recepción, o de que sea necesaria una forma particular de recepción, éstos se determinarán en el apartado (21) de la Hoja-Resumen. A estos efectos, el representante de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, determinará si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratadarealizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, se dará por escrito a requiriendo, en su caso, la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto realización de las observaciones, el órgano prestaciones contratadas y la subsanación de contratación resolverálos defectos observados con ocasión de su recepción. Si la empresa Administración considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, procederá a su recepción, levantando, a tal efecto, el acta correspondiente. Si, por el contrario, la prestación no reclamase por escrito respecto reuniese las condiciones necesaria para proceder a las observacionessu recepción, se entenderá dictarán, por escrito, las instrucciones oportunas para que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar el contratista subsane los defectos observados. No procederá observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones se hayan sido cumplimentadascumplimentado por el contratista, levantándose entonces levantándose, entonces, el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para Si los trabajos efectuados no se adecuan a la subsanación sin haber sido debidamente realizadaprestación contratada como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración rechazará podrá rechazar la recepción misma, quedando exenta de la obligación de pago pagar o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 1 contract
Samples: Modelo De Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en el clausulado del presente pliego y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación. Las instalaciones deberán estar totalmente montadas en las localizaciones establecidas y listas para su funcionamiento el 1 de Diciembre de 2020. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo. Los gastos de entrega y transporte de los bienes objeto del contrato serán de cuenta del contratista. El adjudicatario está obligado a disponer durante el periodo de duración del contrato de un servicio técnico con cobertura de 24 horas, que cubra todos aquellos problemas e incidencias que pudieran surgir en el montaje, funcionamiento y desmontaje de las instalaciones, debiendo indicar en la oferta el tiempo máximo de respuesta a dichas incidencias. El adjudicatario está obligado a retirar la totalidad de las instalaciones montadas de iluminación objeto del contrato en un plazo máximo de 15 días, contados a partir del día siguiente de la fecha establecida como finalización del plazo de duración del contrato (6 de Enero de 2021). La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte del Ayuntamiento. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, el Ayuntamiento deberá resolver el contrato, al ser un criterio de adjudicación el plazo de entrega de los elementos del contrato. El contratista deberá haber realizado la entrega de los elementos objeto del presente contrato dentro del plazo estipulado, efectuándose por el responsable del contrato, en su caso, un examen de la documentación presentada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción. En el caso de que estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, dará por escrito al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas. Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el responsable del contrato, éste la elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular. Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del responsable del contrato, se entenderá que se encuentra conforme con las mismas y obligado a corregir o remediar los defectos observados. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Una vez cumplidos los trámites señalados en la prestacióncláusula anterior, y a efectos de lo previsto en el artículo 204.3 del RGLCAP si se considera que la prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá a su recepción. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un El acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro se efectuará por parte del mes siguiente Ayuntamiento una vez se haya producido la entrega. Dicho acto será comunicado a la entrega o Intervención General, a efectos de su asistencia al mismo en el ejercicio de sus funciones de intervención de la comprobación material de la inversión. Hasta que tenga lugar la finalización del plazo de garantía, el adjudicatario responderá de la correcta realización del de la prestación objeto del contratocontrato y de los defectos que en ella hubiera, si no se ha determinado otro en sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la carátula de este pliego. En el caso circunstancia de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratadalos representantes del Ayuntamiento los hayan examinado o reconocido durante su elaboración, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanaraceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la recepciónmisma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación Dentro del contrato. En el plazo de un mestreinta días, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse en su caso y cuando la naturaleza del contrato lo exija y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante. No obstante, si se recibe la factura con posterioridad a la fecha en que tiene lugar dicha recepción, este plazo de treinta días se contará desde su correcta presentación por el contratista en el registro correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente en materia de factura electrónica. Si se produjese demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/ 2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de la recepción o conformidad. Durante dicho plazo, la garantía definitiva responderá de los conceptos señalados en el artículo 110 LCSP, que resulten de aplicación. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos de los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que el Ayuntamiento haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refiere los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada El adjudicatario deberá designar, al menos, un interlocutor que estará en permanente contacto con el responsable designado por el Ayuntamiento.
Appears in 1 contract
Samples: Contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato 1. Los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista.
2. Si los bienes no se entenderá cumplido por hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
3. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente. Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista cuando éste haya realizado, a conocer y ser oído sobre la aplicación de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanarbienes suministrados.
4. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observacionesestimase, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido durante el plazo concedido de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la subsanación sin haber sido debidamente realizadapresunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, la Administración rechazará la recepción quedando exenta podrá, antes de la obligación expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación cuenta del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
5. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En Terminado el plazo de un mes, garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su casoque se refieren los apartados anteriores, el saldo resultantecontratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
Appears in 1 contract
Samples: Suministro De Manta Térmica
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contratista está sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones: El contrato se entenderá cumplido por ejecutará con sujeción a las cláusulas del presente Pliego de Cláusulas Administrativas y el contratista cuando éste haya realizadoPliego de Prescripciones Técnicas, y Anexos, y a las condiciones de su oferta. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, de acuerdo con a lo establecido en el artículo 215 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LCSP. Será obligación del contratista indemnizar todos los términos daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del mismo contrato, salvo cuando tales perjuicios fueran ocasionados como consecuencia inmediata y a satisfacción directa de una orden de la Administración. Cumplir todo lo dispuesto en la legislación en todos sus aspectos, la totalidad incluidos de Previsión, Seguridad Social, Seguridad y Salud en el Trabajo. Presentar al Responsable del Contrato el Plan de Emergencia de Riesgos y demás documentación exigida por el art. 10 del Real Decreto 171/2004 de 30 de enero, que desarrolla el art. 24 de la prestaciónLey 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, presentando la documentación que se indica en el Anexo Nº VI de este Pliego. Recepción. Su constatación requiere El incumplimiento por su parte de dichas obligaciones implique responsabilidad alguna para la Administración Administración, así como de un acto formal y positivo las que promulguen durante la ejecución del mismo. Cumplir con las obligaciones sobre protección de recepción datos de carácter personal previstos por la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre. La obtención de cuantas licencias o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente autorizaciones administrativas sean precisas relativas a la entrega o realización del las prestaciones objeto del contrato, si no así como el pago de tasas, cánones, arbitrios, impuestos y recargos que procedan, la elaboración de toda la documentación necesaria para tramitar dichas autorizaciones y licencias, y la realización de proyectos técnicos que sean de aplicación, correrá siempre a cargo del adjudicatario, quien deberá pedir dichas autorizaciones o licencias en su propio nombre. El adjudicatario se ha determinado otro responsabiliza del cumplimiento de toda la normativa y reglamentación técnica, ambiental, de seguridad e higiene y de prevención de riesgos laborales o cualquiera otra que pueda ser de aplicación en las instalaciones y equipos incluidos en el alcance del PPT durante toda la carátula duración del contrato. Los bienes a entregar por el empresario deberán cumplir cuantas normas de este pliegocarácter general sobre los mismos hayan sido dictadas por la Administración del Estado, Autonómica o Local, sin perjuicio de las específicas que hayan podido establecerse en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas. En el caso El empresario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial de los suministros que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua efectúe por un tercero, y deberá indemnizar a la prestación contratadaAdministración todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, se dará por escrito a incluidos todos los gastos derivados de las mismas. El empresario responderá de la empresa las instrucciones detalladas con el fin calidad de remediar los bienes y de los servicios suministrados y de las faltas o defectos observadosque hubiere. En dicho escrito Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte observen sean consecuencia directa de una orden de la empresa contratista respecto Administración o de las observaciones, el órgano de contratación resolverácondiciones impuestas por ella. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de El empresario asume la obligación de pago o teniendo derechomantener en buen estado, en su casodurante toda la vigencia del contrato, a la recuperación del precio satisfecho. En todo casolas instalaciones, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administraciónbienes y medios que componen el alumbrado público y ornamental, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con ponen a su disposición, para el cumplimiento del objeto de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del este contrato y abonárselede las instalaciones de mejora de eficiencia energética que realizara en estas instalaciones, en su caso, el saldo resultantesegún las obligaciones establecidas.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Suministro Y Servicios
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido Conforme a lo dispuesto por el contratista cuando éste haya realizadoart. 41 LCSP, el órgano de contratación podrá designar a un responsable del contrato con las atribuciones recogidas por esta disposición. En la letra Q del Cuadro de Características se indican, de acuerdo conformidad con los términos del mismo y a satisfacción lo dispuesto en el art. 102 de la AdministraciónLCSP, la totalidad las condiciones especiales de la prestaciónejecución del contrato. Recepción. Su constatación requiere por parte El contratista deberá entregar o ejecutar el objeto de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) contratación dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto plazo de ejecución del contrato, si no se ha determinado otro y en su caso dentro de los plazos parciales establecidos en la carátula letra E del cuadro de este pliegocaracterísticas, efectuándose por el representante del órgano de contratación, en su caso, un examen de la documentación presentada y si estimase cumplidas las prescripciones técnicas propondrá que se lleve a cabo la recepción. En el caso de que se la Administración estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratadaincumplidas las prescripciones técnicas del contrato, se dará por escrito a la empresa las al contratista instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En , haciendo constar en dicho escrito se fijará el plazo que para subsanarello se fije y las observaciones que estime oportunas. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen. Si existiese reclamación por parte de la empresa el contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observacionesobservaciones formuladas, se entenderá que se encuentra conforme con ellas las mismas y obligada obligado a corregir o remediar los defectos observados. No procederá Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación, éste las elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular. Si los trabajos efectuados no se adecuasen a la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadasprestación contratada como consecuencia de los vicios o defectos observados, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizadaimputables al contratista, la Administración rechazará podrá optar por rechazar la recepción misma, quedando exenta de la obligación de pago o pago, teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan satisfecho o bien imponer penalidades por cumplimiento defectuoso que deberán ser proporcionales a la prestación contratada gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación ciento del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación presupuesto del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 1 contract
Samples: Concesión De Obra Pública
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. En el caso de que estimase incumplidas las prescripciones técnicas del contrato, el Ayuntamiento o responsable del contrato dará por escrito al contratista las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, haciendo constar en dicho escrito el plazo que para ello fije y las observaciones que estime oportunas. Si existiese reclamación por parte del contratista respecto de las observaciones formuladas por el representante del órgano de contratación, éste la elevará, con su informe, al órgano de contratación, que resolverá sobre el particular. Si el contratista no reclamase por escrito respecto a las observaciones del representante del órgano de contratación se entenderá que se encuentra conforme con las mismas y obligado a corregir o remediar los defectos observados. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del contrato, aquél haya realizado, realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, Administración la totalidad de su objeto. Una vez cumplidos los trámites señalados en la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de cláusula anterior, si se considera que la Administración de un prestación objeto del contrato reúne las condiciones debidas, se procederá mediante acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de a su recepción) , que tendrá lugar dentro del mes siguiente a de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro levantándose al efecto el acta correspondiente. Hasta que tenga lugar la recepción, el adjudicatario responderá de la correcta realización de la prestación objeto del contrato y de los defectos que en ella hubiera, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la carátula de este pliego. En el caso circunstancia de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas responsable del contrato o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte los representantes de la empresa contratista respecto de las observacionesAdministración los hayan examinado o reconocido durante su elaboración, el órgano de contratación resolveráo aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. Si la empresa prestación del contratista no reclamase reuniere las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito respecto a las observaciones, se entenderá instrucciones oportunas para que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar subsane los defectos observados. No procederá observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación El incumplimiento de las instrucciones sin haber sido debidamente realizadamotivo justificado será causa de resolución, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfechocon los efectos que legalmente procedan. En todo caso, si Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administracióncontratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la recepciónmisma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el es responsable del exacto cumplimiento de la prestación contratadatotalidad de los servicios contratados, así como de la detección de cualquier circunstancia que perjudique, implique riesgo o desmerezca el buen estado del alumbrado exterior público del municipio. Liquidación del contratoNo detectar estas circunstancias o no notificarlas a la Concejalía Responsable, será motivo de sanción. En La Empresa Adjudicataria es responsable de los daños, perjuicios o molestias ocasionadas a bienes o terceras personas con motivo de los trabajos en vía pública, que deberán señalizarse adecuadamente y cuidar de su realización con el plazo de un mes, respeto debido a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultantelos usuarios.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Privado De Servicios
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
Appears in 1 contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El objeto del contrato deberá cumplirse conforme a lo señalado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y el suministro se realizarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego y en el de prescripciones técnicas que sirve de base al contrato. El suministro deberá realizarlo el adjudicatario para las instalaciones o puntos de suministros recogidos en el anexo I, atendiendo a las condiciones particulares de cada uno de ellos. Los puntos de entrega o suministro de la energía eléctrica serán los correspondientes a los puntos en que se efectúa la medida del consumo de la instalación. La entrega de la energía eléctrica se entenderá cumplido por efectuada cuando ésta sea puesta a disposición de la Diputación xx Xxxxx en los citados puntos de consumo. La empresa Adjudicataria queda obligada a prestar el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo servicio y a satisfacción de la Administración, suministrar la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del energía eléctrica que, en cada momento, precisen las instalaciones objeto del contrato, si no incluso en situaciones especiales de demanda, tanto respecto de la potencia como de la cantidad, continuidad y calidad de las características exigibles a la energía, según la normativa legal vigente o, caso de ser superiores, la que resulte del contrato, con el único límite que venga impuesto por razones técnicas de admisibilidad del suministro por parte de las Instalaciones de la Diputación xx Xxxxx o de la empresa Distribuidora. A los efectos de valoración de la calidad del suministro se ha determinado otro atenderá a las exigencias del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y la orden ECO/797/2002, de 22 xx xxxxx, por la que se aprueba el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro eléctrico, o cualquier otra legislación que las complemente o sustituya. www. diputacionavila .es 13 El comercializador se compromete con la aceptación de este Pliego a informar con la suficiente anticipación de aquellos cortes planificados en la carátula red por motivos técnicos y de este pliego. En el solicitar autorización a la parte contratante previamente a los mismos en caso de que se estimase que estos fueran planificados. Todas las referencias legales incluidas en el trabajo efectuado no se adecua presente pliego están referidas a la prestación contratadafecha de publicación del mismo, se dará por escrito debiendo ser actualizadas en función a la empresa las instrucciones detalladas con el fin existencia de remediar las faltas normativa que la sustituya. Será obligación del Adjudicatario, instalar, adaptar, ceder en arrendamiento a la Diputación xx Xxxxx, verificar, mantener, modificar o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de sustituir cuando sea necesario, durante toda la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas vigencia del contrato y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechoretirar, en su caso, a la recuperación finalización del precio satisfechomismo, los equipos de medida y comunicación que permitan obtener la información necesaria para la correcta administración del contrato, en relación a las instalaciones o punto de suministro que posea el contrato, todo ello de acuerdo al RD 1955/2000, de 1 de diciembre, así como el RD 1110/200, de 24 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Unificado de Puntos de Medida o cualquier otra legislación que sustituya o complemente a las anteriores. En todo casoTambién será obligación del Adjudicatario gestionar y obtener la baja del servicio del suministro actual, si los trabajos efectuados sin cargo alguno para la Diputación xx Xxxxx. Todo ello, tendrá que realizarse de forma que no se adecuan interrumpa en ningún momento el suministro normal de energía eléctrica. El contratista quedará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, ni siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación, atendiendo a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer naturaleza y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación circunstancias del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultanteno lo estime aconsejable.
Appears in 1 contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. El Responsable del contrato comunicará a la Intervención la fecha y lugar del acto de recepción para su eventual asistencia en ejercicio de sus funciones de comprobación de la inversión. El órgano interventor asistirá a la recepción material de todos los contratos, en ejercicio de la función de fiscalización material de las inversiones que exige el art. 214.2.d) del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx por el que se aprueba el TRLHL. Podrá estar asistido en la recepción por un técnico especializado en el objeto del contrato, que deberá ser diferente del director de la obra y del responsable del contrato (Disposición Adicional Tercera de la Ley 9/2017). En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes30 días, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse en su caso y cuando la naturaleza del contrato lo exija y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante. No obstante, si la Administración recibe la factura con posterioridad a la fecha en que tiene lugar dicha recepción, el plazo de treinta días se contará desde su correcta presentación por el contratista en el registro correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente en materia de factura electrónica. Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
Appears in 1 contract
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 30.1.- La recepción del material adjudicado se efectuará por, Director del área TIC de la Universidad , el Director de Control Interno de la Universidad, en sus funciones de fiscalización de la inversión, y el contratista, que podrá concurrir asistido de técnico especialista. El lugar de recepción será “EDIFICIO CTIC”. La no asistencia del adjudicatario al acto de la comprobación de la inversión no impedirá éste; en el caso de que estuviese presente firmará el acta de recepción. La Comisión realizará el examen del material conforme a la oferta adjudicada, y lo someterá a las pruebas, comprobaciones y análisis que considere oportunos, de acuerdo con su naturaleza, extendiéndose acta de recepción positiva o negativa, y, en este caso, los fundamentos para la resolución que proceda. Caso de ser el acta negativa, el adjudicatario deberá retirar el material objeto de rechazo y volver a presentarlo plenamente adaptado a los requisitos técnicos exigidos, en el plazo improrrogable que, a juicio de la Comisión receptora, sea racionalmente justo, dada la naturaleza del bien o bienes rechazados. El incumplimiento de esta obligación dará lugar al sistema de penalidades previsto en el artículo 196 de la Ley de Contratos del Sector Público, y, en su caso, el nuevo rechazo del material presentado, dará lugar a la resolución del contrato.
30.2.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizadorealizado la totalidad de su objeto, de acuerdo conformidad con los términos del mismo lo establecido en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción de la Administración, la totalidad cuya conformidad se hará constar de la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración forma expresa dentro del plazo de un acto formal y positivo mes de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, si de acuerdo con lo establecido en el artículo 204.1 del Reglamento General de la LCAP.
30.3.- Si el objeto del contrato no se ha determinado otro hallara en condiciones de ser recibido, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista par que subsane los defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Si pese a ello, la carátula de este pliego. En el caso de que se estimase que el trabajo efectuado prestación efectuada no se adecua a la prestación contratadalo contratado, se dará por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin como consecuencia de remediar las faltas vicios o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizadaimputables al contratista, la Administración rechazará la recepción podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago o pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. En todo caso, si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada por causa no imputable a la Administración, el órgano satisfecho hasta entonces.
30.4.- Podrá realizarse recepción parcial de contratación podrá rechazar la recepción, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación aquellas partes del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente objeto del contrato susceptibles de ser entregadas por fases y abonársele, en su caso, el saldo resultantede ser utilizadas de forma separada o independiente.
Appears in 1 contract
Samples: Supply Agreement
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizadorealizado la totalidad de su objeto, de acuerdo con los términos del mismo lo establecido en este pliego, en el de prescripciones técnicas y en todos aquellos documentos con relación contractual a efectos de la presente licitación, a satisfacción de la AdministraciónSALOSA.
30.1.- El contratista, con una antelación de treinta (30) días hábiles, comunicará por escrito al Responsable del Contrato, la totalidad de fecha prevista para la prestación. Recepción. Su constatación requiere por parte de la Administración de un acto formal y positivo de recepción terminación o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto ejecución del contrato, si no se ha determinado otro en la carátula de este pliego. En el caso a efectos que de que se estimase que pueda realizar su recepción. El acto de recepción se llevará a cabo conforme los estipulados en los artículos 163 y 164 del RGLCAP, y a él deberá concurrir el trabajo efectuado no se adecua a la prestación contratada, se dará designado por escrito a la empresa las instrucciones detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados. En dicho escrito se fijará el plazo para subsanar. Si existiese reclamación por parte de la empresa contratista respecto de las observaciones, el órgano de contratación resolverá. Si la empresa no reclamase por escrito respecto a las observaciones, se entenderá que se encuentra conforme con ellas y obligada a corregir o remediar los defectos observados. No procederá la recepción hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. Transcurrido el plazo concedido para la subsanación sin haber sido debidamente realizada, la Administración rechazará la recepción quedando exenta de la obligación de pago o teniendo derechoSALOSA como Responsable del Contrato, en su caso, a además de un facultativo designado por la recuperación del precio satisfecho. En todo casoAdministración (si se estimase oportuno), la Dirección de Obra y el contratista, acompañado, si los trabajos efectuados no lo estima oportuno, de su facultativo. Si las obras se adecuan encuentran en buen estado y con arreglo a la prestación contratada por causa no imputable a la Administraciónlas prescripciones previstas, el órgano representante de contratación podrá rechazar la recepciónSALOSA las dará por recibidas, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. La empresa contratista tendrá derecho a conocer levantándose al efecto el correspondiente acta y a ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Liquidación del contrato. En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonárselecomenzando, en su caso, el saldo resultanteplazo de garantía. Por el contrario, cuando las obras no se hallen en estado de ser recepcionadas, se dejará constancia expresa de ello en el acta y el Responsable de las mismas señalará los defectos observados, detallando las instrucciones precisas, fijando un único plazo para remediar aquellos. El plazo que se otorgue no podrá exceder del periodo máximo para poder acogerse a la subvención que garantiza la viabilidad de este proyecto.
30.2.- Siempre que, por razones excepcionales de interés público, debidamente motivadas en el expediente, el Órgano de Contratación acuerde la ocupación efectiva de las obras o su puesta en servicio para uso público, aún sin el cumplimiento del actos formal de recepción, desde que se produzca dicha ocupación efectiva o puesta en servicio se producirán los efectos y consecuencias de un acto de Recepción, de acuerdo con los previsto en el artículo 168 del RGLCAP.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Obras