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DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTA. 1.- El contratista deberá abonar el canon anual, en un solo pago, por anualidades anticipadas, dentro de los seis primeros meses de cada año. 2.- El contratista está obligado en todo momento a mantener con diligencia y en perfecto estado de conservación, higiene y ornato el Bar y sus instalaciones incluidas las de la terraza anexa, así como la maquinaria de hostelería, destinándolas exclusivamente al uso pactado ; y responderá de los deterioros y menoscabos que se causen por el uso indebido, y también por los que se debieran a una vigilancia negligente que permita que los deterioros y menoscabos los produzcan los usuarios; todo ello a fin de devolver el Bar, al terminar el contrato, en el mismo estado en que se recibió. 3.- En la terraza anexa al Bar el contratista podrá colocar sillas, mesas, veladores y otros elementos mobiliarios equivalentes, que en ningún caso podrán tener carácter de inmuebles. Y, al ser el espacio de la terraza parte integrante del objeto del contrato de servicio otorgado por el Ayuntamiento, la colocación de ese mobiliario no devengará ni precio público ni tasa alguna por ocupación del dominio público municipal; todo ello sin perjuicio de que se cumplan las normas mínimas de funcionalidad y estética que sobre mesas, sillas, veladores y otros elementos tenga establecidas el Ayuntamiento por Ordenanza o acuerdo general. 4.- Serán a cargo del contratista los gastos de luz, agua y demás consumos derivados de la actividad desarrollada. 5.- Durante los periodos que, en su caso, no se abra el Bar, el contratista deberá hacer visitas al menos quincenales para comprobar que subsisten las condiciones de adecuado mantenimiento, salubridad y ornato; e informando al Ayuntamiento de cualquier novedad que al efecto se observe o se detecte. 6.- Serán a cargo del contratista las reparaciones ordinarias de elementos del Bar o las instalaciones que se hayan deteriorado o menoscabado como consecuencia natural de su utilización o uso durante el transcurso del tiempo. Serán en cambio a cargo del Ayuntamiento las reparaciones extraordinarias causadas por fallos o deterioros de los elementos estructurales del edificio o las instalaciones, siempre que no concurra en su acaecimiento dolo, culpa ni negligencia del contratista ni del personal a su servicio. 7.- Durante los periodos que deba permanecer abierto el Bar, el contratista deberá prestar el servicio durante al menos siete horas al día, cuya distribución queda a su prudente arbitrio empresarial. No ob...
DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTA. Para la realización de los fines, los contratistas: 1o. Tendrán derecho a recibir oportunamente la remuneración pactada y a que el valor intrínseco de la misma no se altere o modifique durante la vigencia del contrato. En consecuencia, tendrán derecho, previa solicitud, a que la administración les restablezca el equilibrio de la ecuación económica del contrato a un punto de no pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a los contratistas. Si dicho equilibrio se rompe por incumplimiento de la entidad estatal contratante, tendrá que restablecerse la ecuación surgida al momento del nacimiento del contrato.
DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTAEl contratista tendrá derecho y deberá cumplir los deberes determinados en los Pliegos que rigen la contratación.
DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTA. Para la consecución de 1. Aceptar y recibir en el momento acordado la remuneración pactada y a que el valor pactado no sufra alteración o modificación durante la vigencia del contrato 2. Colaborar con la Empresa Social del Estado en lo necesario para que el objeto contratado se cumpla de manera satisfactoria y eficiente. 3. Obedecer y acatar las órdenes que durante el desarrollo del contrato se les impartan. 4. Asumir con lealtad y obrar de buena fe en las etapas contractuales, evitando cualquier tipo de entorpecimiento que pueda darse. 5. Acercarse a las autoridades competentes con el fin de que se le reconozcan y se le protejan los derechos que emanan de la actividad contractual y que se le reproche a quien los desconozca o trasgreda. 6. Garantizar la calidad de los bienes y servicios contratados y responder por ello. 7. Abstenerse de aceptar cualquier tipo de petición o amenaza que esté encaminada a lograr provecho ilícito o a entorpecer la ejecución contractual, a su vez, de presentarse este evento, el contratista deberá notificar a las autoridades competentes so pena de incurrir en omisión que amerita que la Empresa Social del Estado declare el incumplimiento del contrato
DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTA. Para la 1. Recibir la remuneración pactada y a que el valor pactado no sufra alteración o modificación alguna durante la vigencia del contrato. 2. Colaborar con ILDETECS.A.S. en lo que sea necesario para que le objeto contratado se cumpla y sea de la mejor calidad. 3. Acatar las órdenes que durante el desarrollo del contrato se les impartan. 4. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitado las dilaciones y entrabamientos que puedan presentarse. 5. Acudir a las autoridades con el fin de obtener la protección delos derechos derivados del contrato y la sanción para quienes los desconozcan o vulneren. 6. Garantizar la calidad de los bienes y servicios contratados y responder por ello. 7. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen per fuera de la ley. 8. Cuando se presenten peticiones o amenazas los contratistas deberán notificar de manera inmediata a las autoridades competentes, para que ella ejerza los derechos y garantías constitucionales. 9. El incumplimiento dela obligación anterior y celebración de pactos o acuerdos prohibidos dará lugar a que ILDETECS.A.S. le declare la caducidad administrativa.
DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTA. El contratista deberá abonar el canon anual en un solo pago, por anualidades anticipadas, dentro de los seis primeros meses de cada año. El contratista se compromete a prestar el servicio de Bar conforme al horario que tenga establecido al efecto el Hogar de Jubilados con carácter ordinario, y sin perjuicio del horario especial que en fiestas navideñas u otras acuerde el Ayuntamiento o los responsables del Hogar. Además, el contratista podrá cerrar un mes al año por vacaciones, normalmente en xxxxx x xxxxxx, previa comunicación al Ayuntamiento y Junta Directiva del Hogar. El cumplimiento del horario tendrá el carácter de obligación esencial del contrato. El Ayuntamiento o la contratista podrán proponer motivadamente, por escrito, una modificación del horario, que dará lugar a la tramitación de una pieza separada que, tras las oportunas informaciones y audiencias a interesados, resolverá con carácter definitivo el Ayuntamiento. La resolución municipal se dictará considerando el interés público del servicio de Bar que se presta en el Hogar, tras ponderar los diferentes intereses legítimos que concurrieren o se manifestaren. Si el horario de prestación del servicio de Bar coincidiere con el de apertura y/o cierre del Hogar, la administración ordinaria del Ayuntamiento en el Hogar podrá encomendarle al contratista del Bar que se encargue de la apertura y/o cierre del Hogar, a lo que la contratista deberá dar debido cumplimiento. El contratista deberá dispensar un trato educado, correcto y no discriminatorio a todas las personas que estén disfrutando del Hogar. La limpieza integral del Bar la realizará la empresa contratada con carácter general por el Ayuntamiento para los locales municipales. La contratista colaborará con esta limpieza mediante un correcto barrido diario y limpiezas puntuales si en un determinado momento fueran necesarias; además, la contratista realizará también una limpieza integral a la semana, el día que se determine. La contratista deberá mantener en un adecuado estado de conservación y limpieza el mobiliario afectado al Bar, como mesas, sillas, mobiliario xx xxxxx y cocina, y otro posible mobiliario afectado. La contratista deberá permitir, sin derecho a indemnización por ello, que el Ayuntamiento realice en el Bar actuaciones de desinfección, fumigación y otras posibles por razones de salubridad cuando se realicen en el Hogar, o cuando justificadamente así se lo indiquen Además de las obligaciones anteriores y con un carácter general, e...
DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTA. Serán los establecidos en el artículo 5º de la Ley 80 de 1993.
DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTADuración del contrato
DERECHOS Y DEBERES DEL CONTRATISTA. Son derechos del contratista: a) Percibir la contraprestación económica que se recoge en le presente Xxxxxx. b) Percibir la compensación económica correspondiente por las modificaciones que introduzca el Ayuntamiento en el contrato y que supongan una variación sustancial del mismo en los términos establecidos legalmente.

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  • DERECHOS DEL CONTRATISTA 7.1. Recibir una remuneración por la ejecución de la obra en los términos pactados en la Cláusula 4 del presente Contrato. 7.2. [Incluir cualquier otro derecho que considere la Entidad Estatal contratante].

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismo.

  • Riesgos del Contratista 12.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo)no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista

  • Riesgos del Contratante y del Contratista 10.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista.

  • DATOS DEL CONTRATISTA APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL:

  • Riesgos del Contratante 11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista.

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 22.1.- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato, y a ejecutar el contrato con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere por escrito el responsable del contrato designado por el órgano de contratación, quien podrá, asimismo, ajustar el ritmo de entrega de los bienes a suministrar. 22.2.- El contratista está obligado a cumplir el plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 8 de este Pliego. 22.3.- El contratista estará obligado a realizar todas las operaciones que resulten necesarias para la instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha de los bienes a suministrar, de conformidad con lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas, considerándose su coste incluido en el precio del contrato. 22.4.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, respondiendo 22.5.- El contratista será responsable de obtener las cesiones, permisos y autorizaciones de los titulares de las patentes, modelos y marcas de fabricación que, en su caso, resulten necesarias, corriendo por su cuenta el abono de las indemnizaciones que pudieran corresponder por tales conceptos. Asimismo, serán responsables de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, debiendo indemnizar, en su caso, a la Administración de todos los daños y perjuicios que para la misma pudieran derivarse con motivo de la interposición de reclamaciones. 22.6.- El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. Todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato. 22.7.- El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. 22.8.- En los supuestos en que proceda, la Administración podrá inspeccionar las diferentes fases de elaboración de los bienes a suministrar. Asimismo, el órgano de contratación podrá efectuar 22.9.- En los casos en que la naturaleza del objeto del contrato lo permita, la Administración adquirirá la propiedad intelectual del trabajo objeto del contrato desde su inicio, siendo responsabilidad del contratista los perjuicios que se puedan derivar contra tal derecho de propiedad por actuaciones a él imputables. 22.10.- En el supuesto en que el contrato tenga por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, la ejecución del contrato lleva aparejada la cesión a la Administración contratante del derecho de uso de dichos productos, pudiendo ésta, además, autorizar su uso a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 del TRLCSP. 22.11.- El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en la letra Y del Cuadro de características del contrato de este Pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que en dicho Cuadro o en el contrato se establezca un plazo mayor. 22.12.- Protección de datos de carácter personal. La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999.

  • OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA 1. Cumplir con el objeto del contrato y atender de forma oportuna los requerimientos que en desarrollo del mismo le efectúe la ANM, de conformidad con lo previsto en el Anexo ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS, el documento de estudios previos, la oferta y demás documentos que forman parte integral del contrato. 2. Entregar bajo su responsabilidad, los equipos de Cómputo y sus elementos, objeto del presente contrato, junto con los insumos necesarios para su instalación y puesta en funcionamiento, en los tiempos, lugares y demás condiciones establecidas en el Anexo ESPECIFICACIONES Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS, el pliego de condiciones, la oferta y demás documentos que forman parte integral del contrato. 3. Garantizar la calidad de los bienes que se adquieran objeto de este proceso por un mínimo de tres (3) años a partir del recibo a satisfacción emitido por el Supervisor del contrato directamente del fabricante, incluyendo mano de obra y repuestos sin costo adicional para la Entidad. Durante el plazo de garantía, el fabricante prestará el soporte técnico de hardware y software. 4. Realizar un (1) mantenimiento preventivo por cada año de garantía. Los mantenimientos constarán mínimo de: Actualización de Software de los equipos suministrados, limpieza interna y externa de los dispositivos que lo permitan y cambio de las piezas que estén presentando problemas, lo cual es un servicio post-venta. 5. Garantizar el reemplazo de partes o reemplazo total por fallas de funcionamiento, suministro e instalación de los respectivos repuestos y mano de obra en sitio. 7 x 24 x 6 (7 días a Ia semana, 24 horas, 6 horas de atención) por el mismo tiempo de Ia garantía y soporte en Sitio. 6. Entregar a la Entidad, una carta de garantía de fábrica que ampare la originalidad, la calidad y el buen funcionamiento de todos los equipos de cómputo y sus componentes, por mínimo tres (3) año contado a partir del recibo a satisfacción por parte de la Entidad.

  • OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA Con el fin efectuar la prueba piloto, EL CONTRATISTA, asume con la firma del presente documento contractual, las siguientes obligaciones, además de las mencionadas en otras cláusulas de este documento, las cuales serán cumplidas en su totalidad durante la vigencia del contrato: 4.1. Desarrollar completamente el objeto del contrato Prueba piloto. 4.2. Cumplir con las condiciones incluidas en el acuerdo de niveles de servicio. 4.3. Cumplir con los requerimientos y actividades descritos en el acuerdo de niveles de servicio, acuerdo operativo y cronogramas definidos para la prueba. 4.4. Entregar los informes requeridos por EL BANCO DAVIVIENDA que sean necesarios para adelantar los análisis de viabilidad a que hace referencia el presente Contrato. 4.5. Prestar soporte permanente durante la ejecución de la Prueba Piloto. 4.6. Contar con un plan de contingencia que garantice la continuidad de la Prueba Piloto ante fallas temporales que puedan afectar la prestación del servicio durante la ejecución de la Prueba Piloto. 4.7. Utilizar exclusivamente para los fines señalados en este Contrato, la información que EL BANCO DAVIVIENDA le suministre y guardar confidencialidad y reserva sobre la misma. 4.8. Utilizar exclusivamente para los fines señalados en este contrato, la información que EL BANCO DAVIVIENDA le suministre y guardar confidencialidad y reserva sobre la misma. 4.9. Atender todas las recomendaciones y sugerencias que EL BANCO DAVIVIENDA le presente, de forma inmediata y oportuna, creando oportunidades de mejora a sus procesos y garantizando ante todo la debida ejecución del contrato. 4.10. Dar inmediato aviso a EL BANCO DAVIVIENDA, sobre la ocurrencia de cualquier evento o circunstancia que altere el normal desarrollo y/o ejecución del contrato. 4.11. Todas las demás obligaciones contenidas en los documentos que forman parte integral del presente contrato o que se integren a él, durante su desarrollo y ejecución.

  • DECLARACIONES DEL CONTRATISTA El Contratista hace las siguientes declaraciones: 5.1 Xxxxxx y acepta los Documentos del Proceso. 5.2 Tuvo la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los Documentos del Proceso y recibió de [nombre Entidad Estatal contratante] respuesta oportuna a cada una de las solicitudes. 5.3 Se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente Contrato. 5.4 El Contratista al momento de la celebración del presente Contrato no se encuentra en ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad. 5.5 El Contratista está x xxx y salvo con sus obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral. 5.6 El valor del Contrato incluye todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones relacionados con el cumplimiento del objeto del presente contrato. 5.7 El Contratista durante la ejecución del presente Contrato realizará todas las actividades necesarias para la ejecución final de la obra, cumpliendo con el Cronograma establecido en la cláusula 6 del presente Contrato. 5.8 El Contratista al momento de la celebración del presente Contrato no se encuentra en ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses. 5.9 El Contratista manifiesta que los recursos que componen su patrimonio no provienen xx xxxxxx de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. 5.10 El Contratista se compromete a no contratar menores de edad para el ejercicio del objeto contractual, así como a no permitir que se subcontrate a menores de edad para tales efectos, dando aplicación a la Resolución 1677 de 2008 del Ministerio de la Protección Social y los Pactos, Convenios y Convenciones Internacionales ratificados por Colombia, sobre los derechos de los niños. 5.11 [Conoce que el presente contrato se enmarca dentro de un convenio plan suscrito por [incluir Entidad Estatal del orden nacional] con la Entidad Estatal contratante.]