Efectos de la rescisión Cláusulas de Ejemplo

Efectos de la rescisión. En todos los casos la rescisión traerá aparejada la pérdida de la garantía de cumpli- miento del contrato sin perjuicio de ser responsable el contratista de los daños y per- juicios que sufriere SBASE con motivo de la celebración de un nuevo contrato por el mismo objeto. Asimismo, la rescisión producirá todos los efectos que estipule el respectivo Pliego de Bases y Condiciones de la licitación o contratación respectiva.
Efectos de la rescisión. 61 17.3. RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL 62 17.4. RESARCIMIENTO INTEGRAL 62 17.5. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 62 17.6. REVOCACIÓN O RESCISIÓN SIN CULPA DEL CONTRATISTA 62 17.7. AVALÚO 62 17.8. LIQUIDACIÓN XX XXX XXXXXXXX 00
Efectos de la rescisión. En todos los casos la rescisión trae aparejada la pérdida de la garantía de cumplimien- to del contrato sin perjuicio de ser responsable el proveedor, por los daños y perjuicios que sufriere la CBAS con motivo de la celebración de un nuevo contrato por el mismo objeto. Asimismo, la rescisión producirá todos los efectos que estipule el respectivo Pliego de Bases y Condiciones de la licitación y/o contratación.
Efectos de la rescisión. Art. 41. La rescisión del contrato da derecho al asegurador:
Efectos de la rescisión. En el caso de producirse la rescisión por las causales mencionadas en el numeral anterior, se aplicarán las siguientes estipulaciones:
Efectos de la rescisión. La rescisión del contrato por culpa del contratista produce los siguientes efectos jurídicos:
Efectos de la rescisión a) La rescisión dispuesta por el Banco, producirá los siguientes efectos:
Efectos de la rescisión a. Si este acuerdo se rescinde: (i) los derechos obtenidos por Lookout con respecto al cliente cesarán inmediatamente (excepto por lo expuesto en esta sección); y (ii) los derechos obtenidos por Lookout con respecto al usuario final cesarán inmediatamente.
Efectos de la rescisión. En el caso de rescisión del acuerdo, los pagos de la Comisión se limitarán a los costes subvencionables efectivamente realizados por los beneficiarios hasta la fecha en que la rescisión tenga efecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo II.17. No se tendrán en cuenta los costes relacionados con los actuales compromisos que no hayan de ejecutarse hasta después de la rescisión del acuerdo. El coordinador tendrá 60 días desde la fecha en que tenga efecto la rescisión del acuerdo, de acuerdo con lo notificado por la Comisión, para elaborar una petición de pago final de conformidad con lo dispuesto en el artículo II.15.4. Si no se recibe petición de pago final dentro de este límite de tiempo, la Comisión no reembolsará los gastos realizados por los beneficiarios hasta la fecha de rescisión y recuperará todo importe, si su uso no se justifica mediante los informes técnicos de ejecución y los estados financieros aprobados por la Comisión. Cuando la rescisión afecte a la participación de un beneficiario, sólo los costes subvencionables efectivamente realizados por el beneficiario en cuestión hasta la fecha en que la rescisión de su participación tenga efecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo II.17, serán considerados subvencionables. No se tendrán en cuenta los costes relacionados con los compromisos actuales que no tenían fecha de ejecución hasta después de la rescisión. La petición de pago de los costes subvencionables realizados hasta la fecha en que tenga lugar la rescisión de la participación del beneficiario en cuestión se incluirá en la siguiente petición de pago debido, de conformidad con lo dispuesto en el calendario previsto en el artículo I.6. Como excepción, al final de período de preaviso al que hace referencia el párrafo 4, cuando la Comisión está rescindiendo su acuerdo debido a que el coordinador no ha elaborado el informe final de ejecución técnica y los estados financieros dentro de la fecha estipulada en el artículo I.5 y el coordinador todavía no ha cumplido con su obligación dentro del período de dos meses tras el recordatorio escrito enviado por la Comisión por correo certificado con acuso de recibo o equivalente, la Comisión no reembolsará el gasto realizado por los beneficiarios hasta la fecha en que terminó la acción y recuperará todo importe si no se justifica su uso a través de informes de ejecución técnica y estados financieros aprobados por la Comisión. Como excepción, en el caso de una rescisión irregular del a...
Efectos de la rescisión. Rescindido el Contrato por la UFI por alguna de las causales del artículo anterior se producirán los efectos previstos en el Art. 87 de la Ley N° 4.416. Además de ello, el Contratista deberá hacer entrega inmediata de las obras a AYSAM S.A. labrándose un Acta a tal efecto y renunciando el Contratista en forma expresa a ejercer el derecho de retención, conforme las disposiciones de los artículos N° 2587, 2588, 2589, 2590, 2591, 2592 y 2593 del Código Civil y Comercial de la Nación, aún en el supuesto de pagos pendientes o cuestiones controvertidas entre las Partes, todo ello en razón de las especiales características de salubridad de las obras destinadas a proveer el servicio de agua potable y/o desagües cloacales a los habitantes de la Provincia xx Xxxxxxx. Ante el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del Contratista, de las obligaciones a su cargo, AYSAM S.A. y/o la UFI tendrán el derecho de hacer efectuar el trabajo por un tercero, x xxxxx del Contratista sin necesidad de autorización judicial (Artículo 730 inciso 2° del Código Civil y Comercial de la Nación), previo elaboración de informe fundado de las razones técnicas y jurídicas que sustenten tal decisión, salvo en caso de que los trabajos sean requeridos de manera urgente, o que la demora importe interrupción de la prestación del servicio público concesionado. En cualquiera de estos casos, AYSAM S.A. o el tercero que AYSAM S.A. contrate al efecto, podrá utilizar la maquinaria y materiales del Contratista en las obras, en la medida que estime conveniente para la terminación de las mismas y siempre que las normas legales aplicables al caso así lo permitan.