EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. 25.1.- Sujeción a los documentos contractuales e instrucciones.
25.2.- Programa de trabajo.
25.3.- Autorizaciones.
25.4.- Seguros.
25.5.- Colaboración.
25.6.- Responsabilidad de la contratista.
25.7.- Indemnización en contratos de elaboración de proyectos de obras.
EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. “El prestador de servicios” se obliga a proporcionar los servicios que se deriven del presente contrato, empleando su máximo esfuerzo, experiencia, organización y personal especializado, asimismo se obliga a que la prestación de dichos servicios sea de la mejor calidad.
EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SE OBLIGA A QUE LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO SE REALICEN EN (ESTABLECER EL LUGAR PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS) _________________ Y CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA, LO ACORDADO EN LA JUNTA DE ACLARACIONES, A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, PROGRAMA DE TRABAJO Y ESPECIFICACIONES QUE COMO ANEXOS NÚMEROS 1, 2, 3 Y 4 FORMAN PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO.
EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” SE OBLIGA A QUE LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, SE LLEVEN A CABO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, PROGRAMA DE TRABAJO Y ESPECIFICACIONES QUE COMO ANEXOS NÚMEROS 1, 2 Y 3 FORMAN PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO.
EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. 1. El contratista estará obligado a realizar los servicios con el debido cuidado y diligencia, respetando los plazos de ejecución comprometidos y en estricta observancia de las estipulaciones contenidas en la documentación contractual y en el Programa de Trabajo, así como de las instrucciones que, en interpretación técnica del contrato, diere a aquél GHK.
2. Para la supervisión de la prestación de los servicios, el contratista deberá contar, como mínimo, con los elementos personales y materiales propuestos en la oferta. La obligación anterior no excluye la de prever a su cargo y aportar todos los medios, personales y materiales adicionales que resulten necesarios para el cumplimiento del contrato en los términos y plazos pactados, ajustándose a las condiciones de calidad exigidas.
EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. 29 25.1. Sujeción a los documentos contractuales e instrucciones. 29 25.2. Programa de trabajo. 29 25.3. Autorizaciones. 29 25.4. Seguros. 30 25.5. Colaboración. 30
EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. 13.1. Los servicios generales de atención, administración y limpieza en el Museo de la Verdura de Calahorra y en el Centro de Interpretación “Casa Santa”, se prestarán en los horarios y forma indicada en la cláusula segunda, y para ello se deberá emplear los medios personales y materiales adecuados para los expresados fines. En este sentido se empleará personal cualificado, que deberá ir perfectamente uniformado e identificado según las determinaciones que establezca el Ayuntamiento siendo visible en el uniforme que se utilice el logotipo de imagen corporativa del Excmo. Ayuntamiento de Calahorra, además del propio de la empresa contratista.
13.2. El contratista contará con el personal para la correcta prestación del servicio, que dependerá laboralmente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador, siendo la Administración Municipal contratante totalmente ajena a dichas relaciones laborales. El contratista procederá inmediatamente, si fuese necesario, a la sustitución del personal, de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada.
13.3. El contratista designará a un coordinador del servicio, que estará debidamente cualificado para la función de dirigir y controlar los servicios a prestados, así como para disponer de información inmediata, caso de requerimiento de éste por el responsable del contrato. El coordinador deberá disponer de un sistema comunicaciones con la Administración Municipal que permita atender adecuadamente las incidencias que pudieran surgir con el Servicio de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Calahorra.
13.4. El contratista tendrá en todo momento la obligación de obedecer las órdenes e instrucciones que, por escrito, le sean dictadas por el Concejal Delegado de Cultura o por el funcionario responsable del contrato designado para el seguimiento de este contrato, tanto en la realización de los mismos, como en la forma de ejecución. El Ayuntamiento de Calahorra por medio del señalado personal, llevará a cabo la comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta ejecución de la prestación y emitirá un certificado de recepción de conformidad, siempre que el mismo se acomode a las cláusulas contractuales, que será requisito necesario para tramitar el pago, y ejercerá en general el control de los
EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. 25.1.- Sujeción a los documentos contractuales e instrucciones. Los servicios se ejecutarán con estricta sujeción a lo dispuesto en los documentos contractuales, a la oferta de la contratista y a las instrucciones que, en su ejecución o interpretación, dicte por escrito el responsable del contrato.
25.2.- Programa de trabajo. En el caso de que se exija en la cláusula 18.1 de cláusulas específicas del contrato, la contratista deberá entregar al responsable del contrato, en el plazo de siete (7) días hábiles a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato, un programa de trabajo que incluya los datos e informaciones especificados en la cláusula correspondiente del PPTP. El programa de trabajo, que se ajustará a los plazos fijados en el PCAP y, en su caso, en la oferta, será aprobado por el órgano de contratación en el plazo de quince (15) días hábiles.
25.3.- Autorizaciones. La obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto públicas como privadas, que se requieran para la realización de la prestación y el abono de los gastos que generen corresponde a la contratista.
25.4.- Seguros. La contratista está obligada a contratar los seguros obligatorios, así como, mantener contratados los que, en su caso, se establezcan en la cláusula 9 de cláusulas específicas del contrato.
25.5.- Colaboración. La contratista ha de facilitar al poder adjudicador sin ningún coste adicional, cuantos servicios profesionales resulten necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del contrato, como asistencia a reuniones explicativas, información al público…, así como el libre acceso al responsable del contrato a los lugares donde se ejecute la prestación.
25.6.- Responsabilidad de la contratista. La contratista es la responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el poder adjudicador o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
25.7.- Indemnización en contratos de elaboración de proyectos de obras. Para los casos en que el presupuesto de ejecución de la obra prevista en el proyecto se desviare en más de un 20%, tanto por exceso como por defecto, de su coste real como consecuencia de errores u omisiones imputables a la contratista consultora, esta última indemnizará al poder adjudicador con arreglo al baremo previsto en el art. 315 LCSP.
EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. 25.1.- Sujeción a los documentos contractuales e instrucciones:
25.2.- Programa de trabajo:
25.3.- Autorizaciones:
25.4.- Seguros:
25.5.- Colaboración:
25.6.- Responsabilidad de la contratista:
EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. 33
25.1.- Sujeción a los documentos contractuales e instrucciones 33
25.2.- Programa de trabajo 33
25.3.- Autorizaciones 34 25.4.- Seguros 34