Forma de pago y justificación Cláusulas de Ejemplo

Forma de pago y justificación. La aportación económica de la Junta de Extremadura, será abonada en los términos que se citan a continuación: APORTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2014: — Un 50 % de la cantidad total, señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, se efec- tuará tras la entrada en vigor del presente convenio, previo cumplimiento de lo dispues- to en la cláusula Undécima. — Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, una vez acreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 50 % de la cuantía que para esta anualidad se establece en la citada cláusula. — El 25 % restante o el importe restante que corresponda liquidar para esta anualidad, de conformidad con lo establecido en las cláusulas segunda y tercera, una vez acreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 75 % de la cuantía que para es- ta anualidad se establece en la cláusula tercera del presente convenio. APORTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2015: — Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, una vez acreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 100 % de la cuan- tía que para la anualidad de 2014 se establece en la citada cláusula o de la cuantía que resulte de la liquidación correspondiente de conformidad con lo dispuesto en las cláusu- las segunda y tercera. — Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad una vez acreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 25 % de la cuantía que se establece para esta anualidad en la citada cláusula. — Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad una vez acreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 50 % de la cuantía que se establece para esta anualidad en la citada cláusula. — El 25 % restante o el importe restante que corresponda liquidar para esta anualidad, de conformidad con lo establecido en las cláusulas segunda y tercera, una vez acreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 75 % de la cuantía que para es- ta anualidad se establece en la cláusula tercera del presente convenio. APORTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA ANUALIDAD 2016: — Un 25 % de la cantidad total señalada en la cláusula tercera para esta anualidad, una vez acreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 100 % de la cuan- tía que para la anualidad de 2015 se establece en la citada cláusula o de l...
Forma de pago y justificación. 7. Criterios de valoración
Forma de pago y justificación. 1. El cumplimiento de los requisitos se acreditará en la solicitud mediante la declaración responsable de la persona beneficiaria, emitida bajo su responsabilidad y sin perjuicio de la comprobación de su cumplimiento con posterioridad a la resolución de concesión; en fun- ción de esa declaración responsable se resolverá la concesión de la ayuda y se procederá a su pago, en el número de cuenta, con inclusión del IBAN, indicado en la solicitud.
Forma de pago y justificación. 8. Horario de atención
Forma de pago y justificación. Todos los servicios / suministros serán facturados a la AETIB por proyecto una vez realizado / entregado, adjuntando la documentación justificativa que se solicite por parte de los técnicos de la AETIB, además de la orden de trabajo (OT) previamente firmada por los técnicos de la AETIB. Sin este documento el técnico no podrá dar conformidad al pago del servicio / suministro. El pago del precio se hará contra presentación y conformidad de las facturas por parte de la AETIB; previo presupuesto y justificación acordada a cada proyecto. Las especificaciones correspondientes a cada lote se detallan en el apartado P de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares.
Forma de pago y justificación. La aportación económica fijada en la cláusula anterior estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2018, y se hará efectiva en el plazo que resulte del sistema conta- ble de la Junta de Extremadura, de acuerdo con el siguiente procedimiento: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 xx xxxxx, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el pago de la subvención se hará efectivo de forma fraccionada, con un primer pago anticipado del 50 % del importe total de la subvención con la certificación del Ayuntamiento del inicio de las labores de dinamización. El 50 % restante se abonará una vez presentada la documentación justificativa del cumpli- miento del destino dado al objeto de la presente subvención, en una cantidad, al menos, igual al importe anticipado. Esta documentación justificativa correspondiente al primer 50 % deberá presentarse con anterioridad al 15 de noviembre de 2018, en la forma establecida en el presente convenio. La justificación de la subvención se realizará mediante la presentación ante el Instituto de la Juventud de Extremadura de certificado expedido por el Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Olivenza, acreditando que la subvención ha sido destinada a los fines específicos para los que fue concedida, haciendo constar la acción realizada y su coste, así como que se refieren a gastos previstos en el convenio, efectivamente realizados y abonados, acompañándose de la documentación acreditativa de los extremos reflejados en los mismos, justificativa de los gastos y del pago correspondiente. Así mismo en el caso de que la actividad haya sido financiada, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas. El plazo máximo de presentación de la justificación documental de la totalidad de los gastos y pagos realizados correspondientes a la subvención en el Instituto de la Juventud de Extre- madura será el 31 de enero de 2019, debiendo quedar justificada a esa fecha el importe total al que asciende el proyecto subvencionado. El Ayuntamiento de Olivenza queda exento de la obligación de prestar garantía de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional cuarta, apartado b), de la Ley 5/2007, de 19 xx xxxxx, de General de Hacienda Públ...
Forma de pago y justificación. La aportación económica de la Junta de Extremadura, será abonada en los términos que se citan a continuación: — Un 50 % de la cantidad total, señalada en la cláusula tercera, se efectuará tras la entra- da en vigor del presente convenio, previo cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula Undécima. — Un 25 %, una vez acreditados gastos y pagos realizados por importe igual o superior al 50 % de la cuantía que se establece en la citada cláusula. — El 25 % restante o el importe restante que corresponda liquidar, de conformidad con lo establecido en las cláusulas segunda y tercera, una vez acreditados gastos y pagos reali- zados por importe igual o superior al 75 % de la cuantía que se establece en la cláusula tercera del presente convenio. Conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 xx xxxxx, el Ayunta- miento está exento de presentar garantías. La acreditación de gastos y pagos realizados a que se refieren lo párrafos anteriores, se efec- tuará mediante certificaciones expedidas por el Secretario-Interventor del Ayuntamiento con el V.º B.º xxx Xxxxxxx. El Ayuntamiento gestor conservará las facturas originales acreditativas de los gastos y pagos realizados a disposición de la Consejería de Salud y Política Social y de la Intervención General de la Junta de Extremadura. En el plazo de quince días desde la recepción de los anteriores fondos, el Ayuntamiento de- berá remitir a la Consejería de Salud y Política Social Certificado expedido por el Secretario- Interventor acreditativo de haber incluido en su contabilidad el ingreso de su importe con des- tino a la finalidad para la que ha sido concedida. Las justificaciones deberán aportarse a la Consejería de Salud y Política Social con antelación suficiente para que se efectúen los abonos dentro del ejercicio económico en curso, debien- do presentarse los justificantes y resto de documentación para el abono del último 25 % de la subvención a conceder antes del 30 de noviembre de 2014. Asimismo, el Ayuntamiento gestor presentará en la citada Dirección Gerencia, antes del 31 xx xxxxx de 2015, certificación anual expedida por el Secretario-Interventor de la Entidad de la totalidad de los gastos y pagos así como una memoria comprensiva de la gestión y funcio- namiento del Centro durante la anualidad 2014. El importe de las subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la ac- tivida...
Forma de pago y justificación. Todos los servicios serán facturados a la ATB una vez realizado el servicio, adjuntando la documentación justificativa detallada que se solicite por los técnicos de la ATB, a excepción de los depósitos de reserva indicados en el apartado 2.10 de estos pliegos. Asimismo, será de obligatorio cumplimiento indicar en cada una de las facturas los gastos de emisión así como los descuentos aplicados por servicio en relación con la oferta presentada. Todas las obligaciones relativas a este punto están descritas en el apartado B14. "Pago de los precios" de los pliegos de cláusulas administrativas.
Forma de pago y justificación. Todos los servicios serán facturados mensualmente a la ATB por evento una vez ya realizado el mismo, adjuntando la documentación justificativa detallada. Asimismo, será de obligatorio cumplimiento indicar en cada una de las facturas la clasificación del envío en relación a al apartado 2.6 de estos pliegos. En relación a los servicios prestados a beneficiarios de las subvenciones en especie, la facturación se realizará de manera mensual por expediente de subvenciones una vez realizado y ejecutado el servicio, no siendo necesaria la facturación única por beneficiario. El pago está condicionado a la presentación de la documentación acreditativa del servicio descrita en el "Manual de Justificación" de cada subvención y que será entregado al adjudicatario a la firma del contrato. Así mismo, una vez concedidas las subvenciones desde la ATB se le entregará un listado con los importes máximos por expediente concedidos. El adjudicatario deberá supervisar la ejecución de los servicios prestados para cada expediente a fin de que no supere los importes máximos concedidos por expediente. Los beneficiarios tendrán las mismas ventajas y condiciones que la ATB por lo que será de obligado cumplimiento la aplicación de las tarifas ofertadas. Todas las obligaciones relativas a este punto están descritas en el apartado B14. "Pago de los precios" de los pliegos de cláusulas administrativas.
Forma de pago y justificación forma de pago: