Gratificaciones Cláusulas de Ejemplo

Gratificaciones. 1. Las gratificaciones, que en ningún caso podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo, habrán de responder a servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo.
Gratificaciones. Gratificación por trabajo continuado en 4 ó 5 turnos. Consiste en una cantidad de 91,77 euros para 2009 (incluidas las partes proporcionales de complementos, pagas extraordinarias, vacaciones, etc.) que se abonará a cada trabajador cualquiera que sea su categoría profesional por xxxxxx, xxxxxxx o festivo trabajados en los sistemas de producción continuado de 4 ó 5 turnos ya establecidos en la Fábrica de Papel xx Xxxxxx. Las gratificaciones fijadas en el presente artículo se aplicarán sin criterios económicos discriminatorios para cualquier trabajador de la FNMT-RCM afectado por dichas condiciones.
Gratificaciones. El Vendedor no ha ofrecido ni ofrecerá ni dará a ningún empleado, agente o representante del Comprador ninguna gratificación con el fin de asegurar un negocio del Comprador influenciando a dicha persona con respecto a los términos, condiciones o al cumplimiento de cualquier contrato o pedido del Comprador. Todo incumplimiento de esta garantía será un incumplimiento sustancial de todos y cada uno de los contratos formalizados entre el Comprador y el Vendedor. Asimismo, el Vendedor se compromete a no pagar, ofrecer, prometer ningún dinero ni nada de valor directa o indirectamente a:
Gratificaciones. Las gratificaciones se pagan normalmente con cargo a las utilidades. Puesto que el Contratante no quiere hacer pagos dobles por el mismo rubro, las gratificaciones del personal no se incluirán normalmente en la remuneración. Cuando el sistema de contabilidad del consultor sea tal que los porcentajes de las cargas sociales y los gastos generales se basen en los ingresos totales, incluidas las gratificaciones, esos porcentajes se reducirán descontando las gratificaciones. En los casos en que las políticas nacionales exigen el pago de 13 meses por 12 meses de trabajo, el elemento componente de utilidad no debe reducirse. Toda consideración relativa a gratificaciones deberá apoyarse comprobarse con documentación auditada, la que se tratará de manera confidencial. Las cargas sociales son los gastos en que incurre la firma por concepto de prestaciones no monetarias al personal. Incluyen, entre otras cosas, los costos del fondo de pensiones, gastos de seguro médico y seguro de vida y los costos por licencias de enfermedad y vacaciones. A este respecto, el costo de los feriados oficiales no es una carga social aceptable, como tampoco lo es el costo de los permisos durante la ejecución de un trabajo si no se proporciona personal adicional de reemplazo. Las licencias adicionales al final de un trabajo de conformidad con la política pertinente de la firma constituyen una carga social aceptable. Los principios para calcular el costo del total de días de licencia por año como porcentaje xxx xxxxxx básico serán normalmente como sigue: Costo del día de licencia como porcentaje del sueldo5 = número de días de licencia x 100 Es importante señalar que los días de licencia se pueden considerar una carga social solamente si no se cobra al Contratante por esos días. Los gastos generales son los gastos en que incurre la firma que no guardan relación directa con la ejecución del trabajo y no se reembolsarán como rubros separados en el contrato. Son rubros típicos los gastos de la oficina central (tiempo de los socios, tiempo no cobrable, tiempo del personal de nivel superior que supervisa el proyecto, alquileres, personal de apoyo, investigación, capacitación del personal, comercialización, etc.), el costo del personal no empleado en proyectos generadores de ingresos y los gastos de promoción del negocio. Durante las negociaciones, deberán estar disponibles para su examen los estados financieros auditados, certificados como correctos por un auditor independiente, que apoyen los ...
Gratificaciones. Los/as empleados/as públicos/as podrán percibir, con carácter excepcional, gratificaciones por servicios extraordinarios realizados fuera de su jornada normal de trabajo. Estas gratificaciones no podrán ser de carácter fijo en su cuantía ni periódicas en su devengo; con carácter general las primeras 80 horas serán compensadas económicamente.
Gratificaciones. Las gratificaciones xx xxxxxx y navidad se abonarán a todos los empleados de la empresa, de acuerdo con los importes que, para cada categoría, figuran en el anexo n.º 1 y n.º 2, para 2010 dichas gratificaciones se satisfarán, como máximo, el 16 de julio y el 22 de diciembre respectivamente. El personal que cause alta o baja a lo largo del año, percibirá la parte proporcional correspondiente, prorrateándose las gratificaciones de acuerdo con el tiempo trabajado en el primer semestre para la xx xxxxxx, y en el segundo semestre para la xx xxxxxxx. Los incrementos de las gratificaciones para los años 2011, 2012 y 2013 se calcularán con la misma proporción que la establecida en el art. 12.º para la retribución.
Gratificaciones. Retribuyen servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal. En ningún caso podrán ser fijas en su cuantía y periódicas en su devengo. La asignación individual al funcionario se efectuará, previo informe de una Comisión Paritaria, (compuesta por un miembro del Comité de Empresa y un miembro de la Corporación ) por la Alcaldía-presidencia, con sujeción a criterios que establezca el Pleno de la Corporación.
Gratificaciones. Se concederán dos gratificaciones con motivo de las festividades de 15 de julio y Navidad, el 20 de diciembre, en cuantía igual a una mensualidad cada una de ellas, más “ad personam”. Estas gratificaciones podrán prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre empresa y trabajador/a.
Gratificaciones. La Empresa abonará a los trabajadores/as una paga extraordinaria de nupcialidad por importe de 241,21 euros en 2005 y 2006 y otra paga de natalidad por el importe de 333,81 euros por cada hijo nacido.
Gratificaciones. Las Gratificaciones retribuyen servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal, en ningún caso podrán ser fijas en sus cuantías ni periódicas en su devengo, y no podrá utilizarse para retribuir cualquier situación recogida en los anteriores complementos. Sólo podrán realizarse servicios extraordinarios en casos de urgencia o de fuerza mayor para prevenir siniestros u otros daños extraordinarios o urgentes, y cuyo cómputo será independiente de las horas realizadas en concepto de guardias localizadas. Si por circunstancias excepcionales se debieran realizar horas extraordinarias, se retribuirán en una cuantía igual al precio hora incrementado en un 50%. Las horas extraordinarias se compensarán con descanso cuando así lo solicite el funcionario computándose a razón de 2 horas por hora extraordinaria prestada, y serán susceptibles de ser acumuladas para el disfrute de uno o varios días de descanso conforme a la formula anterior, y siempre a instancia del funcionario/a, cuando las necesidades del servicio lo permitan. La Corporación procederá con la participación de los representantes al análisis de las horas extraordinarias efectuadas a lo largo de cada año, con el fin de considerar, en su caso, la ampliación de la plantilla o redistribución de efectivos en aquellas unidades en que así se considere necesario. El devengo económico del mismo se hará efectivo al mes siguiente de su realización.