Incidentes Cláusulas de Ejemplo

Incidentes. 3.5.1 Las Partes deberán informarse inmediatamente si son conocedores que existe el riesgo que un registro de datos se hay registrado de forma impropia o incorrecta (por ej. un registro o inscripción no autorizada en nombre de un tercero) y/o si el usuario ha revocado el consentimiento para recibir publicidad. El registro de datos en cuestión será bloqueado y ya no se usará en el futuro. 3.5.2 En el caso de un recurso legal por parte de un tercero que duda si una declaración de consentimiento es vigente, las Partes deberán informar oportunamente sobre los datos y coordinar 3.5.3 El Socio, también en referencia al punto 3.4.3 de este Contrato, es responsable del contenido y forma de la publicidad diseminada con el uso del conjunto de datos. Si un tercero busca hacer cumplir una demanda contra eGENTIC y/o toleadoo por el contenido o forma de la publicidad, el Socio deberá indemnizar a eGENTIC y/o toleadoo contra toda reclamación que pueda surgir y además asumir la responsabilidad por el pago de los gastos que correspondan para la defensa legal. Esta reglamentación no impide el derecho de tramitar una reclamación para la compensación de daños. 3.5.4 El Socio, en referencia al punto 3.4.5 de este Contrato, es también responsable del contenido, los documentos, (términos y condiciones y la política de privacidad) y la información esencial entregada a eGENTIC en casos para vender productos directamente a través del módulo de Coregistro y/o Pedido del producto. Si un tercero busca hacer cumplir una demanda contra eGENTIC y/o toleadoo por el contenido, documentos, (términos y condiciones y política de privacidad) y/o falta de información esencial para vender productos directamente, el Socio deberá indemnizar a eGENTIC y/o toleadoo contra toda reclamación que pueda surgir y además asumir la responsabilidad por el pago de los gastos que surjan derivados de la defensa legal. Esta reglamentación no impide el derecho de tramitar una reclamación para la compensación de daños.
Incidentes. El tribunal está facultado para resolver las dudas e incidentes que se presenten, así como para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo, en todo aquelo no previsto expresamente en estas bases. Asi incluso, la jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato será la jurisdicción social. Tocante al no previsto en las bases, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por lo que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1985, del 2 xx xxxxx, de bases del régimen local; el Real decreto legislativo 781/1986, del 18 xx xxxxx, por lo que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, la Ley 7/2007, del 12 xx xxxxx, del estatuto básico del empleo público, el Real decreto legislativo 1/1995, del 24 xx xxxxx, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y otra normativa concordante. D./ª…………………………………………………………………………………….proveído/la de D.N.I. nº……………………….. Con dirección en la R/……………………………………………………………..nº…………..piso………..C.Postal………………. Localidad……………………….……………Municipio…..…………………………..Provincia…………………………………… Teléfono…………………………… Enterado/la de la convocatoria pública realizada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx para la contratación como funcionario interino para la ejecución de programas de carácter temporal, al amparo del Programa de Fomento de Empleo del Plan Provincial Único de Cooperación con los ayuntamientos 2022, con base en el artículo 10.1.c del TRLEBEP, a jornada completa, para un puesto de un TRACTORISTA,
Incidentes. En el transcurso del trámite arbitral no tiene cabida la formación de incidentes.
Incidentes. El licitante adjudicado deberá entregar un reporte mensual de incidentes presentados en el que incluyan los detalles de su atención y solución al mismo. Consumo, capacidad y respaldos Informe mensual de los detalles de capacidad y/o almacenamiento de toda la infraestructura del SNDIF. Resumen ejecutivo de todos los tickets que fueron generados en el mes con los datos generales del ticket, fecha, hora, descripción, estatus y demás que se consideren necesarios. El licitante Adjudicado deberá entregar copia de los reportes de mantenimiento preventivo y correctivo generados en el mes de acuerdo con el calendario establecido (Mantenimiento preventivo) y para el caso del Mantenimiento correctivo el resumen soportado con la evidencia. El reporte deberá contener los generales del reporte xx xxxxx o mejora, el estado de los equipos (hardware y software), las acciones de mejora recomendadas, mediciones de tiempos de respuesta con su evidencia de cumplimiento de niveles de servicio.
Incidentes. 4.2.1. Cuando dentro del establecimiento de Siderca S.A.I.C. ocurran incidentes de cualquier índole, protagonizados, total o parcialmente, por personal vinculado al Transportista (o a sus Transportistas subcontratados), este último deberá emitir un informe de "incidente", que entregará en Seguridad (HISE/ SEGU), dentro de las 48 horas de ocurrido. Dicho informe deberá contener, asimismo, la indicación de las medidas adoptadas para prevenir toda secuela de alteración del normal desarrollo de las actividades del establecimiento, departamento o sección, así como para evitar su reiteración ulterior. 4.2.2. En caso de incidente de cualquier índole protagonizado, total o parcialmente, por personal vinculado al Transportista (o a sus Transportistas subcontratados), que provocase una alteración del normal desarrollo de las actividades del establecimiento, o de cualquier departamento o sector del mismo, el Transportista deberá considerarse automáticamente emplazado para que, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, provea lo necesario para el restablecimiento de la actividad normal, en las mismas condiciones en que se llevaba a cabo con anterioridad, hasta la ocurrencia del incidente.
Incidentes. Es condición indispensable que en el momento de la recepción del material, ya sea enviado por medios de CS Andalucía en virtud de acuerdo particular, ya sea por Agencia de Transportes, se indique en el albarán de entrega de material, al transportista, cualquier incidencia que pueda haber relativa al estado del mismo, del embalaje o del número de bultos o paquetes. También es imprescindible que se comunique dicha incidencia en un plazo máximo de 24 horas desde la recepción del material a CS Andalucía para que se proceda a la subsanación del incidente.
Incidentes. El Contratista deberá llevar un registro por bitácora de todos los incidentes que ocuuran en la carretera. La atención y remediación de estos Incidentes debe ser efectuada por el Contratista conforme se trata para los diferentes casos, en la Sección 4 anterior. Adicionalmente, el Contratista deberá cargar la información levantada de estos Incidentes en una base de datos, que permita ordenarla y procesarla estadísticamente, a efecto de analizar su recurrencia y posibles causas inductoras en algunos sitios de los Tramos Carreteros, para determinar si estos sitios constituyen Puntos de Conflicto por condiciones naturales o defectos en el diseño o estado de la infraestructura. Si los trabajos necesarios para reparar daños causados a la infraestructura del Paquete Carretero por un incidente están por debajo de las cantidades límite incluidas en la tabla siguiente, el Contratista llevará a cabo estos trabajos sin tener derecho a invocar la previsión del Contrato concerniente a actividades de emergencia, ya que se considera que podrá reparar los daños utilizando el equipo y personal asignado a las actividades de Conservación Rutinaria a su cargo, sin que represente una distracción de estas obligaciones y que sea significativa en el cumplimiento de sus Estándares de Desempeño. Tabla. Límites para reparaciones de incidentes por evento. Derrumbes de material sobre el camino y deslaves de taludes m3 200 Daño menor en alcantarillas Número 1 Concreto Asfáltico m3 20 Material de Base m3 40 Concreto hidráulico m3 5 Terraplenes m3 200 En estos casos la autorización del Representante de la Dependencia no es necesaria y el Contratista deberá llevar a cabo las actividades por su propia iniciativa. Sin embargo, deberá informar al Representante de la Dependencia de los daños ocurridos y de las medidas de remedio tomadas. Cuando el derrumbe o deslave afecte la corona del camino o sea inminente que tal cosa suceda, el Contratista deberá atender de inmediato el incidente hasta su total reparación considerándolo preferentemente sobre las labores regulares de conservación. El Contratista deberá asegurarse que cualquier desvío o interrupción del tránsito originada por incidentes sea reportada sin retraso al centro de control local o regional designado de la Policía Federal Preventiva (PFP) o aquel cuerpo policiaco que lo sustituya, policía estatal y/o municipal (dependiendo de la naturaleza del desvío o interrupción), al Centro SCT y al Representante de la Dependencia, de acuerdo co...
Incidentes. 5.2.1. Cuando dentro del establecimiento de Acindar S.A. ocurran incidentes de cualquier índole, protagonizados, total o parcialmente, por personal vinculado a la empresa contratista (o a sus subcontratistas), esta última deberá emitir un informe de "incidente", dentro de las 48 horas de ocurrido. Dicho informe deberá presentarse a la Gerencia de Seguridad de Acindar S.A. y contener, asimismo, la indicación de las medidas adoptadas para prevenir toda secuela de alteración del normal desarrollo de las actividades del establecimiento, departamento o sección, así como para evitar su reiteración ulterior. En caso de omisión en la presentación del informe dentro del plazo indicado, Acindar S.A. podrá aplicar, en concepto de cláusula penal, una multa equivalente al importe xx xxxx (10) salarios mínimos vitales vigentes en la fecha de ocurrencia del incidente. 5.2.2. En caso de incidente de cualquier índole protagonizado, total o parcialmente, por personal vinculado a la empresa contratista (o a sus subcontratistas), que provocase una alteración del normal desarrollo de las actividades del establecimiento, o de cualquier departamento o sector del mismo, el contratista deberá considerarse automáticamente emplazado para que, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, y bajo apercibimiento de la suspensión en el pago de las facturaciones pendientes y/o de la extinción de la nota de pedido/ contrato, provea lo necesario para el restablecimiento de la actividad normal, en las mismas condiciones en que se llevaban a cabo con anterioridad, hasta la ocurrencia del incidente.
Incidentes a) Restablecer la normalidad de las operaciones del servicio según los ANS propuestos.  Minimizar el impacto adverso sobre las operaciones del Ministerio. b) Asegurar que la calidad y disponibilidad de servicio sonmantenidos.

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  • INCIDENCIAS Cuantas incidencias surjan entre la Administración y el contratista en la ejecución del contrato derivado de este Pliego por diferencias en la interpretación de lo convenido o de cualquier otra causa, se tramitarán mediante expediente administrativo, con audiencia del contratista, que será resuelto por la Junta de gobierno Municipal. A este efecto, el director del servicio y el contratista pondrán en conocimiento de la Administración Municipal, por escrito, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.

  • ACTIVIDADES Bajo la supervisión del Oficial Nacional de Programas y de la Representante del PMA, la persona será responsable de asistir a la Unidad de Programa en las tareas que se han establecido en el documento del Proyecto PROSAN encargándose de: 1. Planificar, Organizar, Coordinar la ejecución del proyecto de acuerdo a lo establecido en el Convenio entre PMA y FOSPIBAY, el documento del proyecto PROSAN y su plan de trabajo anual; 2. Dirigir la implementación del proyecto considerando los componentes de actividades siguientes: i) Familias - Comunidades - Escuelas Saludables; ii) Capacidades Institucionales Fortalecidas sobre Alimentación y Nutrición; iii) Gestión de Riesgos de Inseguridad Alimentaria y Nutricional y iv) Promoción del uso de alimentos fortificados a nivel local; 3. Desempeñar sus funciones en estrecha colaboración con FOSPIBAY y las instituciones del gobierno a nivel local; 4. Dirigir un equipo de trabajo del PMA constituido especialmente para la ejecución del proyecto en Sechura – Piura, supervisando sus desempeños y garantizando su seguridad y un adecuado trabajo de equipo; 5. Apoyar en la implementación de estudios entre ellos el estudio de evaluación final del proyecto; 6. Facilitar el registro de información de las actividades para el documento de sistematización del proyecto (informes de monitoreo, testimonios, reportes varios); 7. Elaborar informes mensuales, trimestrales y anuales de resultados con el apoyo del equipo técnico del proyecto y según especificaciones que brinde el PMA; 8. Monitorear las actividades del proyecto según el Plan de Monitoreo aprobado por el PMA y en coordinación con especialistas de monitoreo del PMA, que incluye visitas de campo, formulación de reportes, etc.; 9. Establecer una relación de colaboración con el resto del equipo del PMA, el FOSPIBAY, con las contrapartes del gobierno, sociedad civil, agencias de cooperación multi y bilaterales relacionadas a los temas de interés en el departamento de Piura, dentro del marco del proyecto; 10.Participar en instancias de decisión del proyecto, ejercer el rol de líder del Equipo Técnico del Proyecto; y 11.Otras actividades afines que el Coordinador del Proyecto le asigne. • Título profesional universitario en Agronomía, Nutrición y/o Ciencias Sociales, Ciencias Económicas; y • Deseable maestría en áreas relacionadas a Nutrición, Seguridad Alimentaria, Desarrollo Social y/o Gestión de Riesgos de Desastres, entre otros.

  • COMPARECIENTES Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte, en calidad de EMPLEADOR, ${Nombre Empleador}, y como tal Representante Legal de la compañía, ${Nombre Compañia Empleador}, con Registro Único de Contribuyentes N° ${Registro Único Empleador} domiciliada en ${Dirección Empleador}, barrio ${Barrio Empleador}, parroquia ${Parroquia Empleador}, ciudad ${Ciudad Empleador}, con número de teléfono ${Teléfono Empleador} y correo electrónico: ${Correo Electrónico Empleador}, y, por otra parte, en calidad de TRABAJADOR/A ${Nombre Trabajador}, nacionalidad ${Nacionalidad Trabajador}, estado civil ${Estado Civil Trabajador}, con ${Tipo de Documento Trabajador} número ${Número de Documento Trabajador}, domiciliado en ${Dirección Trabajador} de la parroquia de ${Parroquia Trabajador}, cantón ${Cantón Trabajador}, provincia de ${Provincia Trabajador}, con número telefónico ${Teléfono Trabajador}, y correo electrónico: ${Correo Electrónico Trabajador}, por sus propios derechos. Las partes contratantes declaran tener capacidad legal para contratar y obligarse, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo Eventual Discontinuo, contenido al tenor de las siguientes cláusulas:

  • Seguro de accidentes Las empresas concertarán una póliza de seguro individual o colectivo que garantizará a sus trabajadores/as, a partir del momento de alta en las empresas, la percepción de dieciséis mil quinientos euros (16.500 euros) para sí o para sus beneficiarios, que cubra los riesgos de fallecimiento o invalidez permanente en los grados de absoluta y total para la profesión habitual ocurridos por accidente de trabajo. Se establece un plazo de carencia de 45 (cuarenta y cinco) días a partir de la firma del presente Convenio a fin de que se pueda proceder a concertar la pertinente póliza.

  • Privacidad Para acceder a nuestro sitio web y/o servicios, es posible que se le pida que proporcione cierta información sobre usted como parte del proceso de registro. Usted se compromete a que toda la información que proporcione sea siempre precisa, correcta y actualizada. Hemos desarrollado una política para abordar cualquier preocupación sobre la privacidad que pueda tener. Para más información, consulte nuestra Declaración de privacidad y nuestra Política de cookies.

  • VIGENCIA La fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento a la o las obligaciones que garantice y continuará vigente en caso de que “la Contratante” otorgue prórroga o espera al cumplimiento del contrato. Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o las obligaciones contractuales.

  • PUBLICIDAD El prestador del servicio deberá publicar de forma sistemática y permanente, en su página web, en los centros de atención al usuario y en las oficinas de peticiones, quejas y recursos, la siguiente información para conocimiento del suscriptor y/o usuario: 1. El contrato de condiciones uniformes, cuyas copias deberán ser enviadas al suscriptor y/o usuario, una vez el prestador se acoja al presente formato de contrato de condiciones uniformes, así como cuando se pretenda la modificación del mismo. 2. El mapa del Área de Prestación del Servicio –APS- dentro de la cual se compromete a cumplir los estándares de servicio establecidos en el estudio de costos vigente, producto de la aplicación de la metodología tarifaria prevista en la Resolución CRA 720 de 2015, o la que la modifique, adicione o aclare. En dicho mapa se deberán delimitar de forma clara las macrorrutas y microrrutas en las que dividió el APS, para la prestación del servicio público de aseo. 3. Las metas anuales de los estándares de servicio y de eficiencia establecidas por la persona prestadora, así como el avance en el cumplimiento de las mismas. 4. Línea de Atención y servicio al cliente. 5. Oficina de atención de Peticiones quejas y Reclamos. 6. Las tarifas vigentes. 7. Rutas, horarios y frecuencias de Recolección de residuos y Barrido para cada macrorruta. 8. Sitio, horario y la forma en la que los suscriptores y/o usuarios deben presentar los residuos sólidos para su recolección. 9. Frecuencias de limpieza de playas y lavado de áreas públicas para cada macrorruta. 10. Fechas de ejecución de las actividades de corte de césped y poda de árboles para cada macrorruta. 11. Localización de Estaciones de Transferencia. 12. Sitio de disposición final de los residuos. 13. Localización del sitio de tratamiento.

  • PRIVILEGIOS E INMUNIDADES Nada que estuviere estipulado en el presente Contrato o que con el mismo se relacionare, se considerará como renuncia, expresa o implícita, a los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas incluyendo a sus órganos subsidiarios.

  • Definiciones e Interpretaciones A los efectos de este Pliego de Condiciones Específicas, las palabras y expresiones que se inician con letra mayúscula y que se citan a continuación tienen el siguiente significado:

  • DISPOSICIONES ESPECIALES Las siguientes disposiciones serán de aplicación a todos los trabajadores de esta rama. a) La dotación de cada vehículo de reparto estará compuesta por un chofer y dos operarios especializados. En aquellos servicios que, por sus características requieran excepcionalmente de una menor o mayor cantidad de personal que el establecido como regla general, dicha reducción o incremento quedará sujeto a los acuerdos individuales que al respecto se celebren entre el sindicato local, federación y empresas. En aquellos casos en que actualmente las dotaciones de los camiones se conformen con menos o más de dos operarios especializados, se mantendrá esta asignación, la que podrá modificarse por acuerdo entre los sindicatos locales, la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y la empresa cuando se alteren las condiciones de trabajo existentes. b) Los choferes y operarios especializados que concurran a sus puestos de trabajo y el empleador no tenga tareas para asignarles, cobrarán el básico, la comida (4.1.12) y el viático especial (item 4.1.13), así como los respectivos adicionales remunerativos de su categoría laboral. c) Cuando se den situaciones de traslado de mercaderías en escaleras, sótanos, rampas, entrepisos, estibas de más de cinco bultos y/o en caso de que la distribución ofrezca dificultades como las mencionadas, el empleador deberá proveer los medios mecánicos y/o humanos como para superar dicha dificultad. Las empresas prestadoras y dadoras de trabajo deberán avisarles a sus respectivos clientes las condiciones de preparación y clasificación de los bultos vacíos, de acuerdo a las marcas y tamaños de los envases, no teniendo el chofer y los operarios especializados ninguna responsabilidad en ese tema. Todos los integrantes de la tripulación deberán contar con todos los elementos que hagan a la seguridad y al confort de las tareas. d)Jornalización de la actividad. Jornada de trabajo. d.1) Se deja establecida la jornalización para la actividad, asegurándose a todo el personal comprendido en la presente rama, veinticuatro (24) días de trabajo mensuales y pagos. Por las características propias de la liquidación quedan exceptuados de la liquidación jornalizada los choferes de larga distancia. Las empresas podrán abonar los jornales en forma mensualizada, para lo cual acordarán con la representación sindical el pago de un adelanto que deberán entregar el día 20 de cada mes o el subsiguiente día hábil. Las partes consideran cumplida la habilitación para el pago mensual con el pago del adelanto indicado en las condiciones que se acuerden en las empresas. d.2) Atento a las características de la actividad se establece que la misma podrá realizarse en forma normal y habitual durante seis (6) días por semana. A tales efectos las empresas podrán ampliar la semana laboral convencional de 44 horas efectivas de trabajo, hasta el límite máximo establecido por la legislación vigente (48 horas semanales). En éste supuesto las empresas quedarán obligadas a abonar estas cuatro (4) horas de ampliación de la semana laboral convencional en los días sábados, mediante el pago de un recargo del cien (100%) por ciento, siendo éste recargo comprensivo de lo establecido en el Artículo 201 in fine de la Ley de Contrato de Trabajo.