Intereses Punitorios Cláusulas de Ejemplo

Intereses Punitorios. En caso de incumplimiento en tiempo y forma del pago de los servicios de amortización y/o intereses, LA JURISDICCIÓN deberá abonar a partir de la xxxx y hasta el efectivo pago y en adición a los intereses compensatorios pactados, un interés punitorio equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la tasa de interés compensatorio.
Intereses Punitorios. Todo importe adeudado bajo las Obligaciones Negociables que no sea abonado en la correspondiente fecha y forma, cualquiera sea la causa o motivo de ello, devengará sobre los importes impagos desde la fecha en que dicho importe debería haber sido abonado inclusive, y hasta la fecha de su efectivo pago exclusive, intereses punitorios a una tasa nominal anual equivalente a una tasa nominal anual igual a la suma de (i) el 25% de la Tasa Badlar Privada aplicada a cada Período de Devengamiento de Intereses, más (ii) el 25% del Margen Aplicable, a ser calculados por el Agente de Cálculo. Tales intereses punitorios serán adicionales a los intereses compensatorios que se devenguen a la tasa de interés aplicable a cada uno de los Períodos de Devengamiento de Intereses correspondiente. Montos Adicionales: En ciertos casos, la Emisora estará obligada a pagar ciertos montos adicionales en caso que sea necesario efectuar ciertas deducciones y/o retenciones respecto de los pagos bajo las Obligaciones Negociables. Ver “De la Oferta y la Negociación - Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Montos Adicionales” del Prospecto. Día Hábil: Se considerará “Día Hábil” a cualquier día que no sea xxxxxx, xxxxxxx o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estuvieran autorizados o requeridos por las normas vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar. Forma: Un certificado global a ser depositado en Caja de Valores S.A. (“CVSA”), representativo de las Obligaciones Negociables que efectivamente sean emitidas. Los tenedores renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley N° 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose CVSA habilitada para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores. Cualquier tenedor podrá elegir mantener una participación en las Obligaciones Negociables mediante depósito en cuentas de Euroclear Bank S.A./N.B. y/o Clearstream Banking societé anonyme a través de CVSA. Rango: Las Obligaciones Negociables serán obligaciones directas e incondicionales de la Emisora, con garantía común sobre su patrimonio y gozarán del mismo grado de privilegio sin ninguna preferencia entre sí. Las obligaciones de pago de la Emisora respecto de las Obligaciones Negociables, salvo lo dispuesto o lo que pudiera ser contemplado por la ley...
Intereses Punitorios. Se aplicarán a partir del incumplimiento del pago mínimo. La tasa de interés punitorio será del 50% de la tasa de interés de financiación o compensatorio.
Intereses Punitorios. En caso de falta de pago en término de cualquier suma adeudada bajo el Contrato la Parte Deudora deberá pagar a la Parte Acreedora intereses punitorios equivalente a la tasa activa promedio del Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento de documentos comerciales, excepto que las partes establezcan otra tasa punitoria en cada Confirmación, capitalizables semestralmente. Dichos intereses punitorios se computarán sobre la totalidad de las sumas impagas, cualquiera fuere su naturaleza y/o concepto a partir de la fecha en que tales sumas impagas debieron de haber sido abonadas conforme a la Confirmación que corresponda hasta la fecha en que la Parte Acreedora reciba íntegra y efectivamente tales sumas impagas, así como los intereses punitorios devengados que correspondiesen, sobre el número real de días que haya durado la situación xx xxxx o incumplimiento, excluyendo el día en el cual se haya producido la situación xx xxxx e incluyendo el día en el cual se realice el pago. A estos intereses se le deberá adicionar el Impuesto al Valor Agregado de corresponder.
Intereses Punitorios. En caso de falta de pago del capital, intereses, cargos, comisiones o cualquier otro monto debido, con relación al Préstamo, además del pago de los intereses compensatorios, el Deudor Xxxxxxxxx deberá pagar intereses punitorios, a una tasa de interés equivalente al 50% de la tasa de interés compensatorio, calculado sobre el monto de las cuotas vencidas e impagas, por todo el período que dure la xxxx. Si la tasa de interés compensatorio pactada en el presente Contrato de Xxxxxx fuese 0%, se pacta que los intereses punitorios serán del ............................ %, calculado sobre el monto de las cuotas vencidas e impagas.
Intereses Punitorios. Artículo 66 bis: Cuando sea necesario recurrir a la vía judicial para hacer efectivos los créditos y multas ejecutoriadas, los importes respectivos devengarán un interés punitorio computable desde la interposición de la demanda, cuya tasa será fijada por la Ley Tarifaria Provincial, no pudiendo el tipo de interés exceder en más de la mitad la tasa que deba aplicarse conforme a las previsiones del artículo 65.
Intereses Punitorios. PERIODOS UTILIZADOS PARA EL CÁLCULO DE INTERESES
Intereses Punitorios. Exigencia Mínima de Pago no Cancelado: desde la fecha de vencimiento del resumen anterior hasta la fecha de cierre del resumen posterior.
Intereses Punitorios. Si el CLIENTE no realiza el pago mínimo informado en su resumen de cuenta, el BANCO le cobrará un interés punitorio equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la tasa de interés compensatorio que rija en cada momento, establecida por el BANCO. Estos se calcularán teniendo en cuenta la diferencia entre el pago mínimo y el momento efectivamente pagado durante todo el periodo que dure la xxxx. Los intereses punitorios no se capitalizarán y serán adicionales a los intereses compensatorios pactados. El BANCO cobrara los intereses compensatorios descriptos antes, más los intereses punitorios. ------------------------------------------
Intereses Punitorios. Los pagos fuera de término devengarán intereses hasta la fecha de la efectiva cancelación, aplicándose la tasa correspondiente al Préstamo. Asimismo, se aplicará un interés punitorio equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de la tasa prevista como interés resarcitorio. Tanto los intereses resarcitorios como los punitorios se capitalizarán semestralmente.