MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento técnico legal será un trabajo preventivo específico exigido por la normativa técnica vigente en cada momento. Las actuaciones a realizar serán las descritas en los distintos reglamentos industriales de aplicación y/o la normativa vigente, así como las que pudieran promulgarse durante el período de vigencia del contrato, sobre las diferentes instalaciones, tanto de tipo preventivo, como las revisiones periódicas establecidas por los mismos con carácter obligatorio. El adjudicatario será responsable de la gestión y control de las revisiones obligatorias de aquellos elementos e instalaciones que deben someterse a las mismas en los plazos establecidos por la Reglamentación vigente. Si durante el período de vigencia del contrato se produjera un cambio en la legislación que obligara a la modificación total o parcial de alguna de las instalaciones existentes, el responsable de la empresa adjudicataria propondrá por escrito a la OCSSCT, las modificaciones necesarias para adecuar la misma. Los gastos ocasionados por dicha modificación o reforma serían por cuenta del adjudicatario y por tanto, fuera del presupuesto de este contrato. La empresa adjudicataria ostentará la titularidad de los "Libros de Mantenimiento" oficiales exigidos por las distintas normativas en vigor por las instalaciones que lo necesiten, tomando para sí las responsabilidades que se deriven del incumplimiento de las mismas. En los casos en que por imperativo legal las revisiones periódicas, tengan que ser realizadas necesariamente por una Entidad Colaboradora de la Administración debidamente autorizada por el Órgano Competente de la Comunidad Valenciana en la materia, el responsable de la empresa adjudicataria notificará a la OCSSCT con la debida antelación, la necesidad de realizar la revisión, incluso adjuntando información sobre la empresa que pueda llevarla a cabo, supervisará su realización y controlará su efectividad y corrección. El coste de dichas revisiones y acompañamiento por el personal de la empresa adjudicataria será a cargo de la empresa adjudicataria.
MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento técnico legal será realizado de acuerdo a las especificaciones de los Reglamentos y Normas de aplicación, tanto de carácter general, comunitario, nacional, autonómico o local de obligado cumplimiento. Se velará por el cumplimiento de la normativa legal aplicable a instalaciones y equipamiento en general, así como gestionar todos los libros de obligado cumplimiento, así como los informes reglamentarios. Será responsabilidad y a cargo del adjudicatario el control, conducción y ejecución del mantenimiento legal y la revisión de los circuitos de los equipos con gases refrigerantes según Reglamento (CE) 1005/2009 y RD 115/2017. Los técnicos de la empresa adjudicataria presentarán los oportunos informes para el asesoramiento de la Administración, a efectos del cumplimiento de la legislación actual, así como de los cambios en la misma que afecten a las instalaciones y que se deban tener en cuenta. Será la GAAP quien contratará los Organismos de Control Autorizado para llevar a cabo las inspecciones, siendo obligación de la empresa adjudicataria su acompañamiento y apoyo en las visitas reglamentarias para realizar las distintas maniobras y trabajos necesarios, ocupándose de mantener las instalaciones en perfecto estado y dar aviso a la DTOMyS de posibles averías o desperfectos en cuanto se detecten, con el fin de que dichas inspecciones tengan resultado positivo. La empresa mantenedora deberá llevar el control del calendario de revisiones a realizar por OCA y/o empresas suministradoras, informando con la suficiente antelación a la GAAP de las próximas inspecciones.
MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. 6.1. El mantenimiento técnico-legal será realizado en aquellas instalaciones que, de acuerdo a las especificaciones de los reglamentos industriales, tanto de carácter general, comunitario, nacional o autonómico, de obligado cumplimiento, lo requieran.
6.2. A efectos de planificación, la operativa será la misma que la indicada para el Mantenimiento Preventivo.
6.3. La empresa adjudicataria será la encargada, en coordinación con la UA, de la legalización y actualización de los Libros Oficiales de Mantenimiento, cuya información estará igualmente actualizada en las bases de datos correspondientes.
6.4. Se incluye en el mantenimiento técnico-legal, la planificación de las inspecciones periódicas a realizar por los organismos de control autorizado, en orden al cumplimiento de la normativa vigente. La empresa adjudicataria asumirá la responsabilidad de organizar dichas inspecciones, estando coordinados en todo momento con los técnicos de la UA.
6.5. La empresa adjudicataria deberá preparar los equipos, cuando sea requerida, para permitir la inspección.
6.6. La empresa adjudicataria será responsable de todas las acciones correctivas que surjan de esas inspecciones y se encargará de aquellos trabajos que aseguren que las plantas y los equipos alcanzan y mantienen los estándares requeridos para satisfacer los requerimientos de las pruebas reglamentarias
6.7. La empresa adjudicataria está obligada a realizar las propuestas justificadas, por escrito y previamente consensuadas con la UA, de cualquier modificación total o parcial de las instalaciones derivadas de cualquier cambio de la legislación, durante la vigencia del contrato.
6.8. La empresa adjudicataria será responsable de las pruebas regulares y rutinarias de los generadores, las tuberías, alarmas de incendios, sistemas de alumbrado de emergencia, señales de salida y sistemas de distribución eléctrica; las pruebas y revisiones de los extintores y las pruebas de legionela, como mantenedor autorizado.
6.9. La empresa adjudicataria será responsable de probar, etiquetar y verificar todos los equipos de medida, según exige la normativa correspondiente. Esto incluye lo siguiente, aunque sin limitarse a ello: ▪ Probar y certificar todos los equipos portátiles, manómetros y equipos de medidas. ▪ Probar y certificar todos los instrumentos fijos y llevar a cabo las reparaciones, recambios y ajustes necesarios. ▪ Asegurar que todos los equipos han sido probados y tiene la correspondiente certificación.
6.10. La empresa a...
MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. Se incluye en el mantenimiento Técnico-legal, las inspecciones periódicas a realizar por las empresas colaboradoras de la Administración competente, en orden al cumplimiento de la normativa vigente, los reglamentos industriales o sanitarios, tanto de carácter general, comunitario, nacional o autonómico, de obligado cumplimiento, por lo que de no serlo la adjudicataria, deberá contratar con las mismas a efectos del riguroso cumplimiento de las normas y sin que ello suponga gasto adicional para el Hospital. Se realizarán también los tests de seguridad técnico-legales que dispongan y recomienden las normas IS0 y UNE, así como por el resto de disposiciones legales vigentes, incluidas las Directivas Comunitarias, y demás reglamentación en vigor. Será igualmente de obligado cumplimiento, la normativa que dicte el Servicio Murciano de Salud. Será responsabilidad del adjudicatario la notificación a la Gerencia de Área de cualquier cambio de la legislación, durante la vigencia del contrato, que obligara a la modificación total o parcial de las instalaciones o de los equipos. Si no realizase esta notificación y la Gerencia de Área fuera como consecuencia objeto de sanción administrativa, el importe de la misma le sería descontado de la facturación al adjudicatario.
MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. Este mantenimiento será realizado sobre aquellas instalaciones que así lo requieran los diferentes Reglamentos y Normas vigentes, tanto de las administraciones nacionales como de las autonómicas o locales, y de acuerdo a los procedimientos y frecuencias previstas en las mismas. Dichas actuaciones podrán ser realizadas por la empresa adjudicataria o por empresa autorizada, debiendo en todo caso presentar a SEPIDES la documentación acreditat iva con los correspondientes certificados oficiales. Del mismo modo, el adjudicatario estará obligado a estar presente en las revisiones periódicas obligatorias y dar apoyo a los Organismos de Control Autorizados.
MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento técnico-legal será realizado sobre aquellos equipos que, de acuerdo a las especificaciones de los reglamentos industriales o sanitarios, tanto de carácter general, comunitario, nacional o autonómico, que de obligado cumplimiento, lo requieran. Será igualmente de obligado cumplimiento la normativa que dicte la Comunidad de Madrid. A estos efectos el adjudicatario elaborará, en un plazo de seis meses, un "Manual de Mantenimiento Técnico-Legal de Equipos Electromédicos" que recoja los equipos afectados y el sistema operativo a desarrollar desde el punto de vista de tareas y de documentación para llevarlas a cabo. Propondrá en su oferta el programa de actuación de mantenimiento legal que estime adecuado. Como responsable del mantenimiento Integral de los equipos electromédicos y de las revisiones de quirófanos y UVIs, emitirá las preceptivas certificaciones de inspección y control reglamentario y será el titular de los Libros Oficiales de Mantenimiento y en consecuencia de su legalización, actualización y correcta cumplimentación. Será responsabilidad de la adjudicataria la notificación al Centro de cualquier cambio de la legislación, durante la vigencia del contrato, que obligara a la modificación total o parcial de las instalaciones o de los equipos. Si no realizase esta notificación y el Centro fuera como consecuencia objeto de sanción administrativa, el importe de la misma le seria descontado de la facturación al adjudicatario.
MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento técnico-legal será realizado de acuerdo a las especificaciones de los reglamentos, directrices, normas o recomendaciones industriales, tanto de carácter general, comunitario, nacional o autónomo que lo requieran. El adjudicatario colaborará con la dirección del centro en la legalización de los equipos o instalaciones relacionadas con el objeto del contrato y que sean propiedad del centro. La empresa adjudicataria del contrato pondrá a disposición del Área del Servicio Técnico, Ingeniería y Mantenimiento del Hospital un documento o archivos de la normativa aplicable en las dos primeras semanas de ejecución del contrato. Será responsabilidad del adjudicatario la notificación al Centro de cualquier cambio de legislación, durante la vigencia del contrato, que obligará a la modificación total o parcial de los equipos/instalaciones. Si no realizase esta notificación y el Centro fuera como consecuencia objeto de sanción administrativa, el importe de la misma sería satisfecho por el adjudicatario.
MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento Técnico-Legal será realizado sobre aquellos equipos ó instalaciones objeto del contrato que lo requieran, según los reglamentos Industriales de obligado cumplimiento en vigor ó que puedan promulgarse durante el período de vigencia del contrato, quedando obligado el adjudicatario, a informar en forma y plazo de cualquier cambio en la Legislación aplicable, así como de las modificaciones necesarias a realizar para adecuar las instalaciones a la normativa. El adjudicatario ostentará la titularidad de todos los documentos oficiales exigidos en las distintas normativas en vigor para aquellas instalaciones ó aparatos que lo necesiten, tomando para sí las responsabilidades que se deriven de las mismas. Cumplimentará los libros de mantenimiento en los apartados siguientes: − Titularidad del Libro de Mantenimiento y de la Dirección Técnica en los casos que se necesite. − Anotación de los resultados de las operaciones periódicas de mantenimiento. − Relación de las revisiones periódicas de mantenimiento para las que esté autorizado.
MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. Para el cálculo del coste del mantenimiento preventivo se ha tenido en cuenta las revisiones realizadas durante el año 2009 con el siguiente desglose, el total de gastos por este concepto sería de 8.310,00 € Importe Total Cantidad Revisiones anuales Importe Revisión Mitsubishi PUHZ-RP140 YHAZ 880,00 € 1 4 220,00 € Climaveneta WRAN 1202 1.120,00 € 1 4 280,00 € Bomba Doble GRUNDFOS LMD-100/200 200,00 € 1 4 50,00 € Climatizador interior TERMOVEN CL 1.1 400,00 € 1 4 100,00 € Climatizador interior TERMOVEN CL 1.2 400,00 € 1 4 100,00 € Climatizador interior TERMOVEN CL 2.1 400,00 € 1 4 100,00 € Climatizador interior TERMOVEN CL 2.2 400,00 € 1 4 100,00 € Split conductos Mitsubishi PEH-20MYA 680,00 € 2 4 85,00 € Split conductos Mitsubishi PEH-15MYA 340,00 € 1 4 85,00 € Limpieza conductos 2.542,00 € 2542 2 0,50 € Limpieza difusión 948,00 € 237 2 2,00 € TOTAL 8.310,00 €
MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL. El mantenimiento Técnico-Legal será realizado sobre aquellos equipos ó instalaciones objeto del contrato que lo requieran, según los reglamentos Industriales de obligado cumplimiento en vigor del REGLAMENTO ELECTROTECNICO DE BAJA TENSION, así como el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, subestaciones y centros de Transformación, o que puedan promulgarse durante el período de vigencia del contrato, quedando obligado el adjudicatario, a informar en forma y plazo de cualquier cambio en la Legislación aplicable, así como de las modificaciones necesarias a realizar para adecuar las instalaciones a la normativa. El adjudicatario ostentará la titularidad de todos los documentos oficiales exigidos en las distintas normativas en vigor para aquellas instalaciones ó aparatos que lo necesiten, tomando para sí las responsabilidades que se deriven de las mismas.