MEDIOS DE COMUNICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Se entiende en forma enunciativa: el estado de cuenta, la Carátula, cartas, carteles, listas, folletos, tableros, pizarrones visibles de forma ostensibles en las Sucursales, los Medios Electrónicos como el teléfono, SMS, los cajeros automáticos, el Internet o el correo electrónico del Cliente, Banca por Internet o cualquier otro que en lo futuro sea adicionado e informado previamente por el Banco al Cliente para este fin. Medios de Disposición. Se entiende la Tarjeta de Débito o Tarjeta de Crédito (según corresponda), los cheques, el OTP.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Las modificaciones a las tasas de interés compensatorio, interés moratorio, TCEA (Tasa de Costo Efectivo Anual) en los casos que corresponda; comisiones y gastos, cuando éstas supongan un perjuicio al CLIENTE; así como su fecha de entrada en vigencia, serán informadas al CLIENTE, a elección de RAÍZ, por cualquiera de los medios de comunicación que se señalan a continuación: (i) comunicaciones escritas a la dirección domiciliaria del CLIENTE; (ii) comunicaciones a la dirección electrónica proporcionada por el CLIENTE; (iii) estados de cuenta; (iv) comunicaciones telefónicas al domicilio del CLIENTE, o al teléfono móvil declarado por el CLIENTE, que puedan ser acreditadas fehacientemente; y, (v) mensajes de texto al teléfono móvil declarado por el CLIENTE, con una anticipación no menor a cuarenta y cinco días. Las modificaciones contractuales referidas a: (i) la resolución del contrato por causal distinta al incumplimiento; (ii) la limitación o exoneración de responsabilidad por parte de RAÍZ; y (iii) la incorporación de servicios que no se encuentren relacionados al préstamo; deberán ser comunicados al CLIENTE, a elección de RAÍZ, por cualquiera de los medios de comunicación señalados en el párrafo precedente de la presente Cláusula, de igual manera, con una anticipación no menor a cuarenta y cinco días. Para comunicaciones sobre modificaciones contractuales de aspectos distintos a los precedentemente indicados en esta cláusula, RAÍZ difundirá con posterioridad los anuncios correspondientes en sus oficinas de atención al público así como en la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx. Cuando las modificaciones a las tasas de interés compensatorio, interés moratorio, en los casos que corresponda; comisiones y gastos impliquen condiciones más favorables para el CLIENTE, éstas serán comunicadas posteriormente por RAÍZ a través de anuncios en sus oficinas de atención al público, en la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx y, a sólo criterio de RAÍZ, a través de anuncios en medios de comunicación masivos. Siempre que las modificaciones a las tasas de interés, comisiones y gastos modifiquen lo informado en el cronograma de pagos, RAÍZ queda obligada a recalcular y remitir al CLIENTE, por medios de comunicación directos, un nuevo cronograma de pagos, conjuntamente con el pre aviso de las modificaciones contractuales, indicando también la tasa de costo efectivo anual remanente (TCEA remanente) que corresponde al saldo remanente xxx xxxxxxxx. De no estar conforme con tales modificac...
MEDIOS DE COMUNICACIÓN. El BANCO se comunicará con el CLIENTE a través de medios de comunicación directos o indirectos. Son medios de comunicación directa: (i) comunicaciones al domicilio del Cliente; (ii) correos electrónicos; (iii) mensajes en estados de cuenta; (iv) llamadas telefónicas; (v) mensajes de texto (SMS); y son medios de comunicación indirectos otros medios de comunicación que le permitan al Cliente tomar conocimiento de cualquier información, como: (i) avisos en cualquiera de las Oficinas del Banco; (ii) página Web del Banco;
MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Las comunicaciones del Asegurado a la Compañía que se refieran a esta póliza, cualquiera que estas sean, para que surtan efecto deberán ser por escrito y recibidas en sus oficinas principales en la ciudad de San Xxxx Xxxxx Rica, ubicada en el Distrito xx Xxxx Redonda, Sabana Norte, Avenida Las Américas, edificio Torre La Sabana, primer nivel, o a través del intermediario de Seguros respectivo. En caso de ser el intermediario una Agencia o Agente de Seguros, la comunicación se considerará realizada directamente a la Compañía. En caso de ser una Sociedad Corredora de Seguros, la comunicación deberá ser entregada dentro del plazo de 5 días hábiles que corren a partir de recibido por parte de la Sociedad Corredora de Seguros. Cualquier notificación o aviso que la Compañía deba hacer al Asegurado o Tomador, se hará a través del medio que el propio Asegurado haya establecido en la solicitud de seguro con acuse de recibo, o bien, en caso de no haber sido indicado este, por cualquier medio escrito o electrónico, en el que haya evidencia de acuse de recibo, tales como fax, correo electrónico o correo certificado, este último dirigido al domicilio consignado en las Condiciones Particulares de póliza y/o en el asentado por el Asegurado en la solicitud de seguro que entregue a la Compañía.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Los encargados y supervisores deberán contar con un equipo de comunicación cada uno. Al menos con una semana de anticipación al inicio del servicio, el prestador deberá presentar la lista de equipos asignados al servicio incluyendo marca, modelo, IMEI y número telefónico. Todo cambio de equipo deberá ser informado inmediatamente a INTERCARGO S.A.U., enviando la misma información. En caso de optar por un equipo tipo Nextel/radio/Handy, el prestador deberá ceder UN (1) equipo de iguales características al personal de INTERCARGO S.A.U. para mantener contacto radial permanente. Los mismos deberán contar con frecuencias habilitadas para el aeropuerto y contar con todas las autorizaciones correspondientes de los entes de control (ENACOM, ANAC y todo otro organismo que correspondiera).
MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Todos los avisos y además todas las notificaciones que tenga que hacer el Banco al Cliente en relación a este contrato y/o respecto a modificaciones en los términos y condiciones o versiones del contrato los hará mediante aviso escrito a través de los Medios de Comunicación.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Todos los avisos, confirmaciones y demás notificaciones que tenga que hacer el Banco al Cliente en relación con este Contrato y/o respecto a modificaciones en los términos y condiciones o versiones del Contrato los hará mediante la inserción del aviso por escrito en el estado de cuenta, a través de BPI, en caso de que el Cliente contara con dicho servicio contratado, o bien, mediante aviso por escrito en cualquier otro de los Medios de Comunicación autorizados e informados por el Banco al Cliente. En el caso de modificaciones al presente Contrato, el Banco se estará a lo establecido en la cláusula denominada “Modificaciones” del presente Contrato.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN. A los efectos de poder prestar los servicios objetos del presente llamado, el ADJUDICATARIO deberá suministrar al ORGANISMO CONTRATANTE un listado detallado de Contactos, con números de teléfonos celulares y mail, a los cuales se podrá requerir el servicio. Las vías de comunicación deberán estar disponibles los días hábiles administrativos de 9 a 18 horas. Los medios de comunicación que deberán garantizar la completa y correcta prestación de los servicios en el nivel de calidad requerido en el presente Pliego de Especificaciones Técnicas. En ningún caso se reconocerán trabajos solicitados por medios de comunicación informales u Órdenes de Servicio / Órdenes de Trabajo cursadas de manera informal por parte de Usuarios involucrados en la Solución y/o Proyecto o por cualquier participante que no haya sido expresamente autorizado por el ORGANISMO CONTRATANTE. A requerimiento del ADJUDICATARIO, el ORGANISMO CONTRATANTE podrá solicitar a la Agencia de Sistemas de Información (ASI) acceso mediante una conexión del tipo VPN, si ésta última considera que la misma puede mejorar el nivel de servicio prestado.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Las modificaciones a las tasas de interés compensatorio, moratorio, comisiones y gastos cuando éstas supongan un perjuicio a EL PRESTATARIO; así como su fecha de entrada en vigencia, serán informadas a EL PRESTATARIO, a elección de LA CAJA, por cualquiera de los medios de comunicación directos que se señalan a continuación: (i) comunicaciones escritas a la dirección domiciliaria de EL PRESTATARIO; (ii) comunicaciones a la dirección electrónica proporcionada por EL PRESTATARIO;
MEDIOS DE COMUNICACIÓN. Los encargados, los supervisores, los operadores y los recolectores de residuos deberán contar con un equipo de comunicación cada uno. En este sentido, además de las llamadas telefónicas, se conformará un grupo de whatsapp para las novedades operativas diarias del servicio entre el prestatario e INTERCARGO S.A.U. Asimismo, y en función de seguimientos de calidad de determinadas líneas aéreas, se podrá solicitar al encargado la toma de imágenes del servicio al finalizar el mismo. Al menos con QUINCE (15) días de anticipación al inicio del servicio, el prestador deberá presentar la lista de equipos asignados al servicio incluyendo marca, modelo, IMEI y número telefónico. Todo cambio de equipo deberá ser informado inmediatamente a INTERCARGO S.A.U., enviando la misma información. En caso que, el prestador decidiera –adicionalmente- contar con sistema de comunicación VHF (handies), los mismos deberán contar con frecuencias habilitadas para el Aeropuerto “Ministro Pistarini” y contar con todas las autorizaciones correspondientes de los entes de control (ENACOM, ANAC y todo otro organismo que correspondiera).