OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO a. Verificar junto con el supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Verificar junto con el interventor o supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual o quincenal. 2. Realizar mensualmente un análisis del avance financiero del contrato con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales necesidades de modificaciones o medidas que la CONTRATANTE o el CONTRATISTA deban tomar para asegurar el flujo de fondos del contrato. 3. Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, departamentales y municipales donde se desarrolle el CONTRATO, así como las erogaciones necesarias para la ejecución del mismo. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de su propuesta económica. 4. Radicar las facturas correspondientes a las actas de estudios y diseños y de recibo parcial de obra. Para adelantar el trámite y aprobación de las facturas, deberá presentar a la INTERVENTORÍA, el informe o productos que corresponda, así como de los comprobantes de afiliación y pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral (pensiones, salud y riesgos profesionales) y parafiscales del personal destinado a la ejecución del contrato. 5. Cumplir el estatuto tributario colombiano en su integridad, asumiendo la totalidad de la carga tributaria generada con ocasión de la celebración y ejecución del contrato. 6. Suscribir el Acta de liquidación del contrato, una vez se cumplan todas las obligaciones necesarias para tal fin, tales como, la terminación del contrato suscrito por las partes, la debida entrega del archivo a FINDETER y la aprobación por parte de la interventoría de los documentos de liquidación finales presentados a la terminación del contrato. En todo caso el trámite de suscripción de la respectiva acta de liquidación deberá corresponder a los procedimientos establecidos por FINDETER. 7. Presentar la documentación, análisis y soportes correspondientes para la definición de los productos financieros solicitados en el contrato
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Verificar la constitución de la fiducia o patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba el contratista de obra a título de anticipo para la ejecución de la obra, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente. 2. Garantizar que los dineros del anticipo sean de uso exclusivo en la ejecución de la obra contratada. 3. Establecer el procedimiento para la entrega de los recursos del anticipo. 4. Aprobar y hacer el seguimiento al plan de Inversión del anticipo. 5. Verificar permanentemente las obras realizadas frente a los r cursos estimados para el Proyecto, con el fin de controlar la ejecución del presupuesto asignado, para que no se exceda los presupuestos asignados para estas ob as por cada proyecto, durante la ejecución del contrato. 6. Revisar y aprobar las cuentas de cobro que presente el contratista con el objeto de verificar el pago correcto. El Interventor verificará que la cuenta de cobro que xxxxxxx el contratista, corresponda en su calidad y cantidad, a lo realmente ejecutado. 7. Autorizar la cuenta o cuentas de cobro, una vez recibida determinada. una cantidad de obras 8. Establecer un control de pago de cantidades de obra para así evitar que se pueda presentar un doble pago y/o mayores cantidades pagadas de las realmente ejecutadas. 9. Presentar un valor proyectado de las obras a realizar por el contratista, en el mes, con el fin de realizar la programación en el PAC (Programa anual de caja).
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 7.4.1 Efectuar las gestiones necesarias ante el Contratista para que remita la información financiera tanto al ICBF como a la Interventoría dentro de los plazos establecidos. 7.4.2 Revisar y Vigilar el cumplimiento por parte del contratista de los requisitos y controles financieros establecidos en los contratos de suministro e instalación. 7.4.3 Realizar todos los cálculos, estimativos financieros y conceptos que el ICBF solicite. 7.4.4 Proyectar los documentos en caso de requerirse: (i) Estado financiero del contrato.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. Verificar junto con el INTERVENTOR o SUPERVISOR, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual. • Realizar mensualmente un análisis del avance financiero del contrato con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales necesidades de modificaciones o medidas que LA CONTRATANTE o el CONTRATISTA deban tomar para asegurar el flujo de fondos del contrato. • Presentar la certificación de cupo de crédito actualizada, en la que se acredite que la misma continua vigente y es efectiva para la ejecución del contrato. • Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, departamentales y municipales (si aplica) donde se desarrolle el CONTRATO, así como las erogaciones necesarias para la ejecución del mismo. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de su propuesta económica. Asumir los riesgos establecidos en la matriz de riesgos establecida para el proceso. • Radicar las facturas correspondientes a las actas de Estudios y Diseños y de recibo parcial de obra. Para adelantar el trámite y aprobación de las facturas, deberá presentar a la INTERVENTORÍA, el informe o productos que corresponda, así como de los comprobantes de afiliación y pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral (pensiones, salud y riesgos profesionales) y parafiscales del personal destinado a la ejecución del CONTRATO. • Cumplir el estatuto tributario colombiano en su integridad, asumiendo la totalidad de la carga tributaria generada con ocasión de la celebración y ejecución del contrato. • Suscribir el Acta de liquidación del contrato, una vez se cumplan todas las obligaciones necesarias para tal fin, tales como, la terminación del contrato suscrito por las partes, la debida entrega del archivo a FINDETER, en calidad de Fideicomitente de la CONTRATANTE y la aprobación por parte de la INTERVENTORÍA de los documentos de liquidación finales presentados a la terminación del contrato. En todo caso, el trámite de suscripción de la respectiva acta de liquidación deberá corresponder a los procedimientos establecidos por FINDETER, en calidad de Fideicomitente de la CONTRATANTE.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. Mantener enterado al Comitente Comprador sobre el estado financiero de la negociación. 2. Presentar las facturas y/o cuentas de cobro necesarias para el pago, oportunamente. 3. Entregar con la factura o la cuenta de cobro las tirillas físicas o un CD con las tirillas electrónicas de los bonos efectivamente entregados en el mes respectivo.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Verificar junto con el INTERVENTOR o SUPERVISOR, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual según lo establecido en la forma de pago del contrato. 2. Realizar mensualmente un análisis del avance financiero del contrato con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales necesidades de modificaciones o medidas que la CONTRATANTE o el CONSULTOR deban tomar para asegurar el flujo de fondos del contrato. 3. Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, departamentales y municipales (si aplica) donde se desarrolle el CONTRATO, así como las erogaciones necesarias para la ejecución del mismo. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONSULTOR al momento de la presentación de su propuesta económica.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Invertir los recursos dados para la ejecución de las obras, de conformidad con lo establecido en el presupuesto. 2. Realizar y presentar mensualmente un análisis del balance financiero de las obras con los debidos soportes, a fin de prever con suficiente anticipación las eventuales necesidades de modificaciones en alcance o valor.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO a. Verificar junto con el interventor y/o supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual. b. Realizar mensualmente un análisis del avance financiero del contrato con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales necesidades de modificaciones o medidas que EL PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA-FINDETER (FIDUCIARIA BOGOTA S.A.) o el contratista deban tomar para asegurar el flujo de fondos del contrato c. Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, departamentales y municipales donde se desarrolle CONTRATO, así como las erogaciones necesarias para la ejecución del mismo. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de su propuesta económica. Asumir los riesgos establecidos en la matriz de riesgos establecida para el proceso
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Reportar al interventor y/o supervisor, el flujo de inversión y el flujo de caja del contrato, lo cual deberá consignarse de manera mensual en el informe mensual de avance. 2. Realizar mensualmente un análisis del avance financiero del contrato con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales necesidades de modificaciones o medidas que ENTERRITORIO o el contratista deban tomar para asegurar el flujo de fondos del contrato.