OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO a. Verificar junto con el supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Verificar junto con el interventor o supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual o quincenal.
2. Realizar mensualmente un análisis del avance financiero del contrato con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales necesidades de modificaciones o medidas que la CONTRATANTE o el CONTRATISTA deban tomar para asegurar el flujo de fondos del contrato.
3. Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, departamentales y municipales donde se desarrolle el CONTRATO, así como las erogaciones necesarias para la ejecución del mismo. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de su propuesta económica.
4. Radicar las facturas correspondientes a las actas de estudios y diseños y de recibo parcial de obra. Para adelantar el trámite y aprobación de las facturas, deberá presentar a la INTERVENTORÍA, el informe o productos que corresponda, así como de los comprobantes de afiliación y pago de los aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral (pensiones, salud y riesgos profesionales) y parafiscales del personal destinado a la ejecución del contrato.
5. Cumplir el estatuto tributario colombiano en su integridad, asumiendo la totalidad de la carga tributaria generada con ocasión de la celebración y ejecución del contrato.
6. Suscribir el Acta de liquidación del contrato, una vez se cumplan todas las obligaciones necesarias para tal fin, tales como, la terminación del contrato suscrito por las partes, la debida entrega del archivo a FINDETER y la aprobación por parte de la interventoría de los documentos de liquidación finales presentados a la terminación del contrato. En todo caso el trámite de suscripción de la respectiva acta de liquidación deberá corresponder a los procedimientos establecidos por FINDETER.
7. Presentar la documentación, análisis y soportes correspondientes para la definición de los productos financieros solicitados en el contrato
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Verificar la constitución de la fiducia o patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba el contratista de obra a título de anticipo para la ejecución de la obra, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente.
2. Garantizar que los dineros del anticipo sean de uso exclusivo en la ejecución de la obra contratada.
3. Establecer el procedimiento para la entrega de los recursos del anticipo.
4. Aprobar y hacer el seguimiento al plan de Inversión del anticipo.
5. Verificar permanentemente las obras realizadas frente a los r cursos estimados para el Proyecto, con el fin de controlar la ejecución del presupuesto asignado, para que no se exceda los presupuestos asignados para estas ob as por cada proyecto, durante la ejecución del contrato.
6. Revisar y aprobar las cuentas de cobro que presente el contratista con el objeto de verificar el pago correcto. El Interventor verificará que la cuenta de cobro que xxxxxxx el contratista, corresponda en su calidad y cantidad, a lo realmente ejecutado.
7. Autorizar la cuenta o cuentas de cobro, una vez recibida determinada. una cantidad de obras
8. Establecer un control de pago de cantidades de obra para así evitar que se pueda presentar un doble pago y/o mayores cantidades pagadas de las realmente ejecutadas.
9. Presentar un valor proyectado de las obras a realizar por el contratista, en el mes, con el fin de realizar la programación en el PAC (Programa anual de caja).
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. Verificar junto con el interventor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual o quincenal.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 7.1.7.1. Efectuar las gestiones necesarias ante el Contratista de Obra para que remita la información financiera tanto al ICBF como a la Interventoría dentro de los plazos establecidos.
7.1.7.2. Revisar y Vigilar el cumplimiento por parte del contratista de obra de los requisitos y controles financieros establecidos en el contrato o modificaciones contractuales posteriores entre las partes.
7.1.7.3. Realizar todos los cálculos, estimativos financieros y conceptos que el ICBF solicite.
7.1.7.4. Participar en la liquidación y determinación de: (i) Estado financiero del contrato y legalización del anticipo.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. Evaluar permanentemente los recursos y costos del proyecto, y presentarlos al FONDO. Evaluar permanentemente los recursos y costos del proyecto, y presentarlos al supervisor del contrato, informando oportunamente al FONDO (con mínimo quince (15) días hábiles de anticipación) acerca de cualquier necesidad de adición u Otrosí que por lo mismo se requiera. Controlar el valor y saldo del contrato de obra, acumulando sumas pagadas y amortización por concepto de anticipo y retenciones en caso de haya lugar a ellas. Analizar, revisar, conceptuar, aprobar o reprobar el flujo de caja del contrato de obra y el plan de inversión del anticipo. Revisar y autorizar los pagos al contratista, previa verificación de cumplimiento de aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSI y demás tributos exigibles al contrato, verificando que se presente la documentación que el FONDO y la CVC requiera para el pago de las mismas. Verificar y tomar las acciones necesarias para que el CONTRATISTA desarrolle el contrato de obra, dentro de los presupuestos de tiempo e inversión previstos originalmente. Presentar en el informe mensual un balance del presupuesto de los contratos de obra, informando, como mínimo, el valor de los recursos invertidos en la obra por el contratista de cada proyecto y el remanente de cada uno de los conceptos o ítems contratados, frente a los valores establecidos en el Contrato de Obra. Mantener el control del adecuado manejo de los recursos entregados en calidad de anticipo al CONTRATISTA de obra e informar al FONDO y a la CVC del desempeño del constructor frente a este aspecto. Verificar, conceptuar y presentar ante el FONDO y la CVC las legalizaciones de los recursos con cargo al anticipo presentados por el contratista de obra. Verificar la correcta devolución de los intereses generados por el anticipo e informar de manera específica a la CVC y al FONDO sobre los mismos. Revisión permanente del pago de proveedores, maquinaria, equipos, herramientas, etc. Verificar el cumplimiento de la obligación del contratista de obra respecto a sus obligaciones frente al Sistema General de Seguridad Social Integral. Las demás que se requieran para cumplir con el objeto contrato de interventoría. Revisar el plan de manejo ambiental de la obra y el plan de acción y cumplimiento ambiental - PACA y vigilar que estos se cumplan. Verificar los permisos ambientales de las canteras, receberas, concreteras, y escombreras que el contratista utilizará durante la Etapa...
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Invertir los recursos dados para la ejecución de las obras, de conformidad con lo establecido en el presupuesto. 2. Realizar y presentar mensualmente un análisis del balance financiero de las obras con los debidos soportes, a fin de prever con suficiente anticipación las eventuales necesidades de modificaciones en alcance o valor.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO a. Verificar junto con el interventor y/o supervisor, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual.
b. Realizar mensualmente un análisis del avance financiero del contrato con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales necesidades de modificaciones o medidas que EL PATRIMONIO AUTÓNOMO FIDEICOMISO ASISTENCIA TÉCNICA-FINDETER (FIDUCIARIA BOGOTA S.A.) o el contratista deban tomar para asegurar el flujo de fondos del contrato
c. Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, departamentales y municipales donde se desarrolle CONTRATO, así como las erogaciones necesarias para la ejecución del mismo. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONTRATISTA al momento de la presentación de su propuesta económica. Asumir los riesgos establecidos en la matriz de riesgos establecida para el proceso
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. Informar a la SDIS sobre la ejecución de la orden de compra.
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO. 1. Verificar junto con el INTERVENTOR o SUPERVISOR, el flujo de inversión del contrato, para lo cual deberá suscribirse el acta respectiva, de manera mensual según lo establecido en la forma de pago del contrato.
2. Realizar mensualmente un análisis del avance financiero del contrato con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, eventuales necesidades de modificaciones o medidas que la CONTRATANTE o el CONSULTOR deban tomar para asegurar el flujo de fondos del contrato.
3. Asumir el pago de impuestos, tasas, contribuciones, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas, departamentales y municipales (si aplica) donde se desarrolle el CONTRATO, así como las erogaciones necesarias para la ejecución del mismo. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el CONSULTOR al momento de la presentación de su propuesta económica.