OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS Cláusulas de Ejemplo

OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Asimismo, la adjudicataria está obligada a todas cuantas obligaciones legales no explicitadas en este pliego sean aplicables al adjudicatario, en materia laboral, tributaria, mercantil y en todos los campos propios del servicio y de su actividad profesional. En cuanto al deber de confidencialidad se estará a lo dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, durante el plazo legal de 5 años.
OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Asimismo, la adjudicataria está obligada a todas cuantas obligaciones legales no explicitadas en este pliego sean aplicables al adjudicatario, en materia laboral, tributaria, mercantil y en todos los campos propios del servicio y de su actividad profesional. El contratista nunca podrá trabajar en el Xxxxxxx de Congresos contratado por un tercero, sino siempre bajo el encargo y supervisión xxx Xxxxxxx, según las condiciones del contrato, de la misma manera que el Xxxxxxx no podrá encargar este servicio a ningún otro proveedor. El deber de confidencialidad se ajustará a los dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público, durante el plazo de 5 años.
OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Asimismo, la adjudicataria está obligada a todas cuantas obligaciones legales no explicitadas en este pliego sean aplicables al adjudicatario, en materia laboral, tributaria, mercantil y en todos los campos propios del servicio y de su actividad profesional. Es condición especial de ejecución, la obligación de la empresa adjudicataria, durante todo el periodo de ejecución del contrato, de no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo en materia de jornada y salario, así como cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable que corresponda a cada momento a las personas trabajadoras adscritas al cumplimiento del contrato, en función del convenio del sector que resulte de aplicación al presentarse la oferta, salvo acuerdo explícito entre empresa y representación del personal. El contratista nunca podrá trabajar en el Xxxxxxx de Congresos contratado por un tercero, sino siempre bajo el encargo y supervisión xxx Xxxxxxx, según las condiciones del contrato, de la misma manera que el Xxxxxxx no podrá encargar este servicio a ningún otro proveedor. El deber de confidencialidad se ajustará a los dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público, durante el plazo de 5 años.
OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS a. Adelantar el trámite de las solicitudes de conciliación que le sean asignadas por parte del Centro de Conciliación y ArbitrajeXXXXXXXX XXXXXXXXXX”,
OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Asimismo, la adjudicataria está obligada a todas cuantas obligaciones legales no explicitadas en este pliego sean aplicables al adjudicatario, en materia laboral, tributaria, mercantil y en todos los campos propios del servicio y de su actividad profesional.. El deber de confidencialidad se ajustará a los dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público, durante el plazo de 5 años. El adjudicatario se compromete a realizar un uso de cuanta información maneje con pleno cumplimiento de la Ley de Propiedad Intelectual, la Ley de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, el Reglamento de Protección de Datos de Carácter Personal, y del resto de la legislación vigente aplicable
OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Asimismo, la adjudicataria está obligada a todas cuantas obligaciones legales no explicitadas en este pliego sean aplicables al adjudicatario, en materia laboral, tributaria, mercantil y en todos los campos propios del servicio y de su actividad profesional.. El contratista nunca podrá trabajar en el Xxxxxxx de Congresos contratado por un tercero, sino siempre bajo el encargo y supervisión xxx Xxxxxxx, según las condiciones del contrato, de la misma manera que el Xxxxxxx no podrá encargar este servicio a ningún otro proveedor. El deber de confidencialidad se ajustará a los dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público, durante el plazo de 5 años. ‐ Informe mensual estadístico de incidencias, peticiones y consultas. ‐ Cifras mensuales pormenorizadas del número de incidencias de cada categoría. ‐ Tiempo medio de resolución de incidencias. ‐ Porcentaje de incidencias resueltas dentro y fuera de SLA/ANS (Service Level Agreement/Acuerdo Nivel de Servicio) ‐ Relación de sustituciones de piezas hardware que se han llevado a cabo en el periodo correspondiente, incluyendo fecha de incidencia. ‐ Informe de disponibilidad de los servicios considerados críticos por PCV. Estos informes se extraen de forma casi automática desde el sistema de monitorización. ‐ Incidencias detectadas por el servicio 24x7 y actuaciones realizadas como respuesta a las mismas. ‐ Inventario global de ordenadores, impresoras y teléfonos móviles, incluyendo: • Ubicación • Modelo • Cantidad • Configuración física básica • Configuración de software. ‐ Inventario detallado de ordenadores e impresoras, incluyendo: • Número de serie • Modelo • Ubicación física • Configuración física • Configuración de software • Usuario ‐ Resumen de aplicaciones incluidas en DSL (Librería de Software), incluyendo: • Nombre de la aplicación • Resumen de su cometido • Ficha de instalación • Lista de usuarios que la emplean Durante el periodo de vigencia del contrato podrá requerir al adjudicatario los informes estadísticos que considere oportunos para el correcto seguimiento de la prestación del servicio. El adjudicatario, contemplará la ejecución de la devolución controlada de los servicios a PCV y a un tercero que PCV designe, planificando la antelación suficiente (modificable el plazo por PCV) llegado el momento a la terminación del contrato, de manera que no se vea impactado en ningún momento el servicio ni el negocio en PCV. Para ello el licitador: Entregará de todas las versiones del ...
OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Asimismo, la adjudicataria está obligada a todas cuantas obligaciones legales no explicitadas en este pliego sean aplicables al adjudicatario, en materia laboral, tributaria, mercantil y en todos los campos propios del servicio y de su actividad profesional. En cuanto al debe de confidencialidad se estará a lo dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, durante el plazo legal de 5 años. El contratista nunca podrá trabajar en el Xxxxxxx de Congresos contratado por un tercero, sino siempre bajo el encargo y supervisión xxx Xxxxxxx, según las condiciones del contrato. El deber de confidencialidad se ajustará a los dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público, durante el plazo de 5 años. El adjudicatario estará a las consideraciones previstas en el artículo 130 – 1 de la Ley 9/2017 de contratos del Sector Público sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo.
OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. El Ayuntamiento facilitará al contratista el local de ensayos en los horarios y fechas solicitadas por el propio contratista. - Una vez programados los horarios y días de uso por parte de la Banda de Música, el contratista podrá disponer en cualquier momento de los espacios libres, pudiendo estos ser utilizados por el contratista previa solicitud de los mismos y con la correspondiente autorización del Ayuntamiento. - El Ayuntamiento correrá con los gastos corrientes derivados del uso y mantenimiento del local, tales como limpieza, agua, luz, calefacción, aire acondicionado y aquellos derivados del uso normal de las instalaciones. - El Ayuntamiento asumirá los gastos derivados del desplazamiento de la Banda de Música a otras localidades para realizar conciertos o intercambios, siempre que dichos desplazamientos se produzcan a instancia municipal. - Será obligación del Ayuntamiento dotar a los músicos del uniforme y de todos los elementos del uniforme que sean necesarios para la realización de los servicios. El uniforme estará compuesto por: pantalón y chaqueta xxxx xxxxxx, camisa blanca, zapatos y calcetín negro, y corbata color vino. En el uniforme se deberá portar única y exclusivamente los emblemas o distintivos oficiales de la ciudad entregados por el Ayuntamiento. Esta uniformidad no podrá ser utilizada en ninguna actuación externa a la Banda municipal de Música xx Xxxx.
OTRAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. Asimismo, la adjudicataria está obligada a todas cuantas obligaciones legales no explicitadas en este pliego sean aplicables al adjudicatario, en materia laboral, tributaria, mercantil y en todos los campos propios del servicio y de su actividad profesional. El deber de confidencialidad se ajustará a los dispuesto en el art. 133 de la Ley 9/2017 de contratos del sector público, durante el plazo de 5 años. El precio ofertado incluirá los honorarios de los proyectos necesarios, así como los costes de su tramitación y presentación en los organismos competentes. También se incluirá la gestión y costes para tramitar la correspondiente licencia de obra, si fuese necesario, ante el Ayuntamiento.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.