Política de empleo. Las partes firmantes de este Convenio Colectivo establecen como objetivo prioritario el sostenimiento del empleo en el Sector, la mejora de su estabilidad y la calidad del mismo. Para ello se proponen rejuvenecer sus plantillas bajo la utilización voluntaria para empresas y personal afectado, de las diferentes modalidades de contratación y políticas de empleo vigentes en cada momento.
Política de empleo. Las partes firmantes son conscientes del problema de desempleo existente y de la necesidad y de la posibilidad de abordar sus diferentes causas y consecuencias mediante políticas activas de empleo, sectorial y de empresa, sanas, estables, crecientes y competitivas, teniendo en cuenta las posibilidades de nuestro sector. cve: BOE-A-2021-21486 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Para ello se considera conveniente adoptar métodos previsionales y de planificación que orienten las políticas de Recursos Humanos en la empresa. En este sentido se contemplarán los diferentes modos de ingreso en la actividad aseguradora, los puestos de trabajo y sus necesidades; los diferentes modos de ajustar los mismos a las necesidades de las empresas y las formas de mantener la estabilidad del empleo en los procesos de transformación en las empresas del sector. Todo ello dentro del marco legal vigente, con el máximo respeto a los derechos que tanto personas trabajadoras como empresas tienen y sin que se permitan discriminaciones no autorizadas por la ley. Se tratará en todos los casos de conjugar los intereses de las partes, mediante los mecanismos de diálogo social.
Política de empleo. SECCIÓN PRIMERA
Política de empleo. La empresa manifiesta que tiene como objetivo el mantenimiento global del volumen de empleo, por lo que si en el futuro se viera en la necesidad de plantear expedientes de extinción de las relaciones laborales con carácter colectivo, se compromete a comunicarlo a los Representantes de los Trabajadores/as, a estudiar las alternativas planteadas por éstos para el mantenimiento del empleo y el reciclaje profesional del personal que pudiera verse afectado negociando para ello el oportuno protocolo de actuación. La empresa se compromete a respetar, siempre que ello sea posible por las condicionantes xx xxxxxxx de trabajo, la reserva de un 3 % de la plantilla de cada centro, destinada a ser cubierta por trabajadores/as discapacitados aptos para cubrir los puestos necesarios. cve: BOE-A-2015-1992 La empresa eliminará la realización de horas extraordinarias habituales, recurriendo únicamente cuando sea absolutamente necesario a horas extraordinarias exigidas por la necesidad de reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, períodos punta de trabajo, como es el caso de la realización de las reservas y/o cierres contables anuales, implantación de nuevos sistemas o aplicaciones informáticas u otras circunstancias de carácter estructural derivadas de la naturaleza de la actividad propia de la empresa, de conformidad con cuanto al efecto establece el artículo 52 del Convenio General del Sector Seguros. Todos los empleados/as que ingresen por medio de contrato temporal, si pasaran a ser empleados/as fijos sin solución de continuidad, tendrán reconocida a todos los efectos, la antigüedad del contrato que tuvieran vigente en el momento de pasar a fijos, incluso en el supuesto que la relación se hubiera establecido a través de una Empresa de Trabajo Temporal. A los efectos de lo establecido en el apartado 5 del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa deberá informar expresamente a las Secciones Sindicales firmantes del presente Convenio, respecto de cualquier contratación de duración determinada llevada a cabo directamente por la empresa o a través de contratos de puesta a disposición con empresas de trabajo temporal, dirigidos a la incorporación de trabajadores/as para desempeñar el mismo puesto de trabajo que hubiera sido cubierto anteriormente con contratos de ese carácter. Lo anterior no será de aplicación a la utilización de los contratos formativos, de relevo e interinidad. Las situaciones derivadas de suspensión de contrato de trabajo...
Política de empleo. Se garantiza a todo trabajador/a, la percepción xxx xxxxxxx correspondiente al nivel salarial del puesto que desempeña.
Política de empleo a la entrada en vigor de este convenio, la empresa afectada por el mismo, se comprometen a mantener los actuales niveles de plantilla, incrementándolas cuanto sea posible. Con estos objetivos se acuerda lo siguiente: se garantiza para todo el personal, el mantenimiento de las plantillas de personal afectado por este convenio, ingresándose el personal que sea necesario para cubrir las vacantes que se produzcan, de tal manera, que al finalizar el año, la plantilla existente en cada centro de trabajo, no sea inferior a la ahora existente. Estas vacantes se cubrirán de forma y modo que se acuerde entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
Política de empleo. —Las partes firmantes son conscientes del problema de desempleo existente y de la necesidad y de la posibilidad de abordar sus diferentes causas y consecuencias mediante políticas activas de empleo, sectorial y de empresa, sanas, estables, crecientes y competitivas, teniendo en cuenta las posibilidades de nuestro sector. Para ello se considera conveniente adoptar métodos provisionales y de planificación que orienten las políticas de Recursos Humanos en la empresa. En este sentido se contemplarán los diferentes modos de ingreso en la actividad aseguradora, los puestos de trabajo y sus necesidades; los diferentes modos de ajustar los mismos a las necesidades de las empresas y las formas de mantener la estabilidad del empleo en los procesos de transformación en las empresas del sector. Todo ello dentro del marco legal vigente, con el máximo respeto a los derechos que tanto trabajadores como empresarios tienen y sin que se permitan discriminaciones no autorizadas por la ley. Se tratará, en todos los casos, de conjugar los intereses de las partes, mediante los mecanismos de diálogo social.
Política de empleo cve: BOE-A-2022-921 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx
a) La Empresa se compromete a someterse a lo dispuesto en la legislación vigente en todos aquellos temas referidos al empleo.
Política de empleo. En el Instituto se creará una mesa paritaria de empleo compuesta por la representación del personal y del Instituto al objeto de: — Realizar el mantenimiento y actualización del estudio de valoración de la plantilla, así como la relación de puestos de trabajo. — Las partes acuerdan realizar durante el año 2017 los trabajos preparatorios para poder convocar en el año 2018 una convocatoria de oferta empleo público. — Estudiar anualmente la evolución de las bolsas de trabajo de acuerdo con lo establecido en el presente convenio.
Política de empleo. 55 Art. Ł9.2. Jubilación anticipada 55 Art. Ł9.3. Jubilación anticipada 55 Art. Ł9.4. Programa de jubilaciones parciales 55