PRERROGATIVAS E INMUNIDADES. Nada en el Contrato o relativo al mismo podrá ser interpretado en el sentido de constituir una renuncia, ni expresa ni implícita, a ninguna de las prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas, comprendidos sus órganos subsidiarios.
PRERROGATIVAS E INMUNIDADES. Nada contenido en o relacionado con este contrato será considerado como una renuncia, expresa o implícita, de ninguno de los privilegios e inmunidades de la OMT.
PRERROGATIVAS E INMUNIDADES. Ningún elemento del presente Memorando de entendimiento ni nada que guarde relación con el mismo deberá interpretarse como una renuncia a cualquiera de las prerrogativas e inmunidades otorgadas a cualquiera de las Organizaciones por su instrumento constitutivo o por el Derecho internacional. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los abajo firmantes, debidamente autorizados a tal fin, firman el presente Memorando de entendimiento el día de 2018, en Ginebra (Suiza), en tres ejemplares originales, en inglés y en francés. Por la Organización Regional Africana Por la Organización Africana de de la Propiedad Intelectual Por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual de la Propiedad (OAPI) (OMPI) Intelectual (ARIPO) Signatario Signatario Signatario [Sigue el Anexo II] UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA DEL ÁFRICA OCCIDENTAL La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), con sede en el nº 00, Xxxxxx xxx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx (Xxxxx), representada por su director general, Xx. Xxxxxxx XXXXX, en lo sucesivo denominada “la OMPI”, por una parte; y La Unión Económica y Monetaria del África Occidental (UEMOA), actuando por conducto de la Comisión, con sede en el nº 000, Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xx-Xxxxx, 01 BP 543 Uagadugú 01 (Burkina Faso), representada por su presidente, Xx. Xxxxxxxx XXXXXXXX, en lo sucesivo denominada “la UEMOA”, por otra parte; En lo sucesivo denominadas conjuntamente las “Partes”; Habida cuenta del Tratado de la UEMOA; Habida cuenta del Convenio de 14 de julio de 1967 que establece la OMPI; Conscientes de la función de la propiedad intelectual en el desarrollo de los Estados; Considerando el compromiso de la OMPI a facilitar la utilización de la propiedad intelectual al servicio del desarrollo económico, social, cultural y tecnológico de sus Estados miembros; Considerando la voluntad de la UEMOA de participar de manera efectiva en las actividades de la OMPI, con el fin de utilizar más adecuadamente la propiedad intelectual para el desarrollo económico, social, cultural y tecnológico de sus Estados miembros; Subrayando la necesidad de establecer relaciones de trabajo y cooperación entre la OMPI y la UEMOA; Teniendo en cuenta el carácter específico de las misiones de cada una de las dos instituciones tal y como se define en sus respectivos instrumentos constitutivos; Deseosas de facilitar por medio de la cooperación y de consultas estrechas y regulares la consecución de los objetivos definidos en sus respectivos instrumentos constitutivos; Deseos...
PRERROGATIVAS E INMUNIDADES. Nada en el contrato o relativo al mismo podrá ser interpretado en el sentido de constituir una renuncia, ni expresa ni implícita, a ninguna de las prerrogativas e inmunidades de UNOPS, comprendidos sus órganos subsidiarios.
PRERROGATIVAS E INMUNIDADES. Ningún elemento del presente Acuerdo ni nada que guarde relación con el mismo deberá interpretarse como una renuncia, explícita o implícita, a las prerrogativas e inmunidades de las Partes que se definen en sus documentos constitutivos o en el derecho internacional.
PRERROGATIVAS E INMUNIDADES. Ningún elemento de la presente Declaración Conjunta ni nada que guarde relación con la misma deberá interpretarse como una renuncia, explícita o implícita, a las prerrogativas e inmunidades de que disfrutan las instituciones firmantes en virtud de sus documentos constituyentes, la legislación nacional o la legislación internacional.
PRERROGATIVAS E INMUNIDADES. Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo o que guarde relación con él deberá interpretarse como una renuncia a las prerrogativas e inmunidades otorgadas a la OMPI en calidad de organización internacional y organismo especializado de las Naciones Unidas. En testimonio de lo cual, los infrascritos, debidamente autorizados a tal fin, estampan su firma en dos originales del presente Acuerdo. Hecho en Lusaka y en Ginebra. Por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) Xxxxxxx Xxxxx Director general Por el Mercado Común para África Oriental y Meridional (COMESA) Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Secretario general Fecha: Fecha:
PRERROGATIVAS E INMUNIDADES. Ningún elemento del presente Memorando de entendimiento deberá interpretarse como una renuncia de la OMPI a las prerrogativas e inmunidades de que goza en calidad de organización internacional y organismo especializado de las Naciones Unidas. Firmado en Ginebra, el ……………………… de 2018, en dos ejemplares originales en francés. Por la Unión Económica y Monetaria del Por la Organización Mundial de la Propiedad África Occidental (UEMOA) Intelectual (OMPI)
PRERROGATIVAS E INMUNIDADES. 1. Los representantes de las Partes Contratantes del Convenio de Basilea que participen en las reuniones y demás actividades organizadas por el Centro en el territorio de El Xxxxxxxx gozarán de las mismas prerrogativas e inmunidades establecidas en el artículo IV de la Convención General.
PRERROGATIVAS E INMUNIDADES. 1. El Organismo gozará, en el territorio de cada una de las Partes Contratantes, de la capacidad jurídica y de las prerrogativas e inmunidades que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones y la realización de sus propósitos.