REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA Cláusulas de Ejemplo

REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA. Toda indemnización que la Compañía pague, reducirá en igual cantidad la suma asegurada en cualquiera de las secciones de esta póliza que se vea afectada por siniestro, pudiendo ser reinstalada previa aceptación de la Compañía, a solicitud del Asegurado, quien pagará la prima que corresponda. Si la póliza comprende varias secciones, la presente estipulación será aplicable a cada una de ellas por separado.
REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA. En caso de que por un accidente o enfermedad cubierto llegase a disminuir o agotarse la suma asegurada, esta se reinstalará hasta por otro tanto equivalente a la suma asegurada contratada originalmente y de manera automática, solo para cubrir nuevos accidentes o enfermedades.
REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA. Mediante la contratación expresa de esta cobertura y el pago de la prima correspondiente, la suma asegurada contratada para la cobertura básica nacional se reinstalará automáticamente y por única ocasión al agotarse dicha suma asegurada en la vigencia de la póliza. Toda indemnización que MAPFRE pague por padecimiento reducirá en igual cantidad la suma asegurada reinstalada y estará sujeta al coaseguro contratado hasta el tope de coaseguro contratado.
REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA. Toda indemnización pagada por la Compañía bajo cualquiera de las secciones de esta póliza reducirá en igual cantidad la suma asegurada pudiendo ser reinstalada a solicitud del asegurado, previa aceptación de la Compañía, mediante el pago de prima que corresponda. Si la indemnización comprende varias secciones, la reinstalación mencionada será aplicable a cada una de ellas por separado.
REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA. La suma asegurada de esta cobertura podrá ser reinstalada a solicitud del Asegurado y previa aceptación de la Compañía, en cuyo caso el Asegurado deberá pagar la prima que corresponda.
REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA. La Suma Asegurada contratada en la Póliza se reinstalará automáticamente cuando haya sido reducida por el pago de cualquier indemnización efectuada por La Institución durante la vigencia de la Póliza. La reinstalación de la Suma Asegurada procederá siempre y cuando haya sido originada por la ocurrencia de eventos diferentes.
REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA. Queda entendido y convenido que cualquier parte de la suma asegurada que se reduzca por efecto de siniestro, será reinstalada a solicitud del Asegurado, comprometiéndose el mismo a pagar a la Aseguradora la prima correspondiente a la suma reinstalada calculada a prorrata de la cuota anual, desde la fecha de tal reinstalación hasta el vencimiento de la póliza. Si la póliza comprende varios incisos esta cláusula se aplicará por separado a cada uno de ellos en caso de ser requerida por la convocante, se aplicará con cobro de prima.
REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA. En caso de siniestro, cualquier parte de la suma asegurada que se reduzca, se reinstalará a solicitud del asegurado, con el cobro de prima a prorrata de la cuota anual correspondiente a la suma asegurada reinstalada, desde la fecha de reinstalación hasta el vencimiento de la póliza. La reinstalación de suma asegurada no es aplicable al seguro de responsabilidad civil, que opera con un límite en agregado anual; ni tampoco aplica para la cobertura de transportes de carga, ya que el límite para la cobertura de transportes opera por embarque. Errores u omisiones: Con sujeción a las condiciones generales de la póliza y la Ley del Contrato de Seguro, queda entendido y convenido que cualquier error u omisión accidental en la descripción de los bienes asegurados no perjudicará los intereses del asegurado, ya que la intención de este documento es dar protección en todo tiempo, sin exceder de los límites máximos de responsabilidad establecidos en la póliza; por lo tanto, cualquier error u omisión accidental, será corregido al ser descubierto y reportado dicho error u omisión. El asegurado acepta que si el error u omisión implica un incremento de los valores declarados mayor al 15% pagará la parte proporcional de la prima respectiva. Gravámenes y honorarios profesionales, aplicable únicamente a la sección de incendio: Gravámenes; este seguro no perderá validez si las propiedades aseguradas están gravadas por hipoteca, prenda o convenio de fideicomiso o si un juicio ha sido empezado o se ha iniciado la venta o efectuado el contrato de venta de todas o cualquier parte de las mismas o si las propiedades aseguradas están edificadas en terrenos que no sean propiedad del asegurado, o si el interés del asegurado es condicional o de propiedad no exclusiva; pero el asegurado siempre deberá tener un interés asegurable. Honorarios a Arquitectos; este seguro incluye los honorarios de arquitectos, ingenieros, agrimensores y costos legales correspondientes a planos, especificaciones y servicios relacionados con la reposición o reconstrucción de los bienes asegurados bajo este contrato, siempre que, en conjunto con el importe de la pérdida pagada no exceda de la suma asegurada del bien dañado. Libros y registros; este seguro se extiende a cubrir la pérdida o daño a libros de contabilidad, dibujos, ficheros y otros registros, pero en ningún caso excederá del costo de libros, páginas o cualquier otro material en blanco, más el costo real del trabajo necesario para transcribir o copia...
REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA. QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE CUALQUIER PARTE DE LA SUMA ASEGURADA QUE SE REDUZCA POR EFECTO DE SINIESTRO, SERÁ REINSTALADA A SOLICITUD DEL ASEGURADO, COMPROMETIÉNDOSE EL MISMO A PAGAR A LA ASEGURADORA LA PRIMA CORRESPONDIENTE A LA SUMA REINSTALADA CALCULADA A PRORRATA DE LA CUOTA ANUAL, DESDE LA FECHA DE TAL REINSTALACIÓN HASTA EL VENCIMIENTO DE LA PÓLIZA. SI LA PÓLIZA COMPRENDE VARIOS INCISOS ESTA CLÁUSULA SE APLICARÁ POR SEPARADO A CADA UNO DE ELLOS EN CASO DE SER REQUERIDA POR LA CONVOCANTE, SE APLICARÁ CON COBRO DE PRIMA. REPORTE DE SINIESTRALIDAD: LA ASEGURADORA SE OBLIGA A PROPORCIONAR AL ASEGURADO UN REPORTE DE SINIESTRALIDAD QUE SERÁ PRESENTADO EN UN PLAZO NO MAYOR A DIEZ DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL CIERRE DE CADA MES. ESTE REPORTE DEBERÁ CONTENER, AL MENOS, LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:  NÚMERO DE SINIESTRO  FECHA DE SINIESTRO  FECHA DE REPORTE DE SINIESTRO A LA ASEGURADORA  UBICACIÓN DEL SINIESTROCAUSA DEL SINIESTRODESCRIPCIÓN DEL SINIESTRO  BIENES AFECTADOS  COBERTURA AFECTADA  PÓLIZA AFECTADA  MONTO ESTIMADO DE DAÑOS NOTIFICADO A LA ASEGURADORA (ESTIMACIÓN INICIAL)  MONTO DEL DEDUCIBLE Y COASEGURO  MONTO INDEMNIZADO POR LA ASEGURADORA  SITUACIÓN ACTUAL DEL SINIESTRO (PAGADO, EN TRÁMITE, RECHAZADO, ETC.)  MOTIVO DEL RECHAZO Y MONTO NO CUBIERTO  NOMBRE DEL AJUSTADOR. PARA LAS SECCIONES DE RESPONSABILIDAD CIVIL ÚNICAMENTE AGREGAR A LOS PUNTOS PREVIAMENTE SEÑALADOS LO SIGUIENTE:  NOMBRE XXX XXXXXXX AFECTADO  MONTO RECLAMADO POR EL TERCERO  MONTO INDEMNIZADO AL TERCERO PARA LA PÓLIZA DE AUTOMÓVILES AGREGAR:  MARCA,  SUBMARCA,  AÑO / MODELO  NÚMERO DE SERIE,  XXXXXX XX XXXXX,  XXXXXX XX XXXXXXXXXXX REMOCIÓN DE ESCOMBROS: EN CASO DE SINIESTRO INDEMNIZABLE POR CUALQUIERA DE LOS RIESGOS CUBIERTOS, LA COMPAÑÍA ASEGURADORA CUBRIRÁ LOS GASTOS QUE SEA NECESARIO EROGAR, HASTA EL PORCENTAJE PACTADO EN LA PÓLIZA DEL VALOR DE LA UBICACIÓN AFECTADA, PARA REMOVER LOS ESCOMBROS DE LOS BIENES AFECTADOS, COMO SON: DESMONTAJE, DEMOLICIÓN, LIMPIEZA O ACARREOS Y LOS QUE NECESARIAMENTE TENGAN QUE LLEVARSE A CABO PARA QUE LOS BIENES DAÑADOS QUEDEN EN CONDICIONES DE REPARACIÓN O RECONSTRUCCIÓN. RENUNCIA DE INVENTARIOS: LA COMPAÑÍA NO REQUERIRÁ DEL ASEGURADO, EN CASO DE SINIESTRO NINGÚN INVENTARIO O AVALUÓ DE LA PROPIEDAD INDEMNE SI LA RECLAMACIÓN TOTAL EXISTENTE NO EXCEDE DEL PORCENTAJE PACTADO DE LA UBICACIÓN AFECTADA RESPONSABILIDAD CIVIL ACTIVIDADES E INMUEBLES: CUBRE LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN QUE INCURRA EL ASEGURADO, EMPLEADOS, O SU PERSON...
REINSTALACIÓN DE SUMA ASEGURADA. Es el proceso mediante el cual la Compañía Reestablece la Suma Asegurada al momento de que la misma se agota por haberse pagado gastos por la misma cantidad al amparo de la Póliza, de acuerdo a los límites correspondientes contratados.