VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN Cláusulas de Ejemplo

VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución, es decir, el término durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar y entregar a entera satisfacción de LA EMPRESA DE DESARROLLO URBANO DE ARMENIA EDUA LTDA, las obligaciones objeto del presente contrato, será de --------------- Meses, contados a partir de la fecha de legalización y suscripción del acta de iniciación. La vigencia del contrato será el término necesario para evaluar por parte de LA EMPRESA DE DESARROLLO URBANO DE ARMENIA EDUA LTDA la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario; este término de evaluación se computará a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato y contendrá el plazo de ejecución y cuatro (4) meses más.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público, los derechos y obligaciones establecidos en el presente contrato serán exigibles con la notificación del fallo o a partir del día siguiente a la firma del contrato, por lo que la vigencia del mismo empezará a surtir sus efectos a partir de que se perfeccione dicho supuesto. El PROVEEDOR se obliga a proporcionar el arrendamiento materia del presente contrato en un periodo de 36 meses (1096 días naturales) contados a partir del día 1ro xx xxxxxx de 2018 y finalizando el día 31 de julio de 2021. Una vez cumplidas las obligaciones del PROVEEDOR a satisfacción completa de LA API, el área responsable procederá a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para en su caso estar en posibilidades de cancelar las garantías otorgadas en virtud del presente contrato.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. El presente contrato tendrá una duración de doce (12) meses contados a partir de la fecha de su suscripción el cual se prorrogará de manera automática por un término igual al inicial mientras continue la vigencia de la Resolución No. 20213040035125 del 11 xx xxxxxx de 2021 “por la cual se adecua la reglamentación del sistema de Interoperabilidad de Peajes con Recaudo Electrónico Vehicular (IP/REV) y se dictan otras disposiciones”. PARÁGRAFO PRIMERO: El retiro del sistema de IP/REV por parte del OPERADOR o del INTERMEDIADOR deberá realizarse en los términos y condiciones dispuestas en la normativa vigente y, de acuerdo con lo establecido en este contrato y con un preaviso de sesenta (60) días a la parte contraria, EL INTERMEDIADOR informará a sus usuarios de dicho evento. PARÁGRAFO SEGUNDO: No obstante lo señalado en la cláusula quinta y teniendo en cuenta que el presente contrato se ejecuta de manera accesoria en tanto el contrato de concesión que tiene suscrito el OPERADOR con La Agencia Nacional de Infraestructura – ANI se encuentre vigente, si llegado el caso se llegase a terminar este último, el presente contrato terminará igualmente. Para ello, el OPERADOR debe dar un preaviso al INTERMEDIADOR mínimo con sesenta (60) días de antelación a la fecha efectiva de terminación. PARÁGRAFO TERCERO: Sin perjuicio de lo anterior, el término del Contrato podrá ser modificado de común acuerdo entre LAS PARTES, cuando lo consideren necesario y acorde con la normativa aplicable respecto del sistema de Interoperabilidad de Peajes con Recaudo Electrónico Vehicular (IP/REV) o la norma que lo modifique, suprima o sustituya. Dicha modificación deberá efectuarse por escrito y firmarse por cada una de LAS PARTES, haciéndola parte integral de este Contrato.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución, es decir, el término durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar a entera satisfacción de E. P. A. – E.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución, es decir, el término durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar a entera satisfacción de E. P. A. – E. S. P. será Desde la suscripción del acta de inicio, hasta el 31 de Diciembre de 2018 y/o hasta agotar el presupuesto, lo que Ocurra Previa legalización, expedición del registro presupuestal y aprobación de la garantía única. La vigencia del contrato será el término para evaluar por parte de E.P.A-ESP la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario; este término se computará a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato y contendrá el plazo de ejecución y cuatro
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. El presente contrato tendrá una duración de un (1) año PARÁGRAFO PRIMERO: El retiro del sistema de IP/REV por parte del OPERADOR o del INTERMEDIADOR deberá realizarse en los términos y condiciones dispuestas en la normativa vigente y, de acuerdo con lo establecido en este contrato y con un preaviso de sesenta (60) días a la parte contraria, EL INTERMEDIADOR informará a sus usuarios de dicho evento. PARÁGRAFO SEGUNDO: No obstante, lo señalado en esta cláusula y teniendo en cuenta que el presente contrato se ejecuta en tanto el contrato de concesión que tiene suscrito el OPERADOR con la Agencia Nacional de Infraestructura se encuentre vigente, si llegado el caso se llegase a terminar este último, el presente contrato terminará igualmente. PARÁGRAFO TERCERO: Sin perjuicio de lo anterior, el término del Contrato podrá ser modificado de común acuerdo entre las PARTES, cuando lo consideren necesario. Dicha modificación deberá efectuarse por escrito y firmarse por cada una de las PARTES, haciéndola parte integral de este Contrato.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. El presente Convenio iniciará su vigencia a partir de la fecha de su firma y concluirá cuando se hayan extinguido completamente las obligaciones derivadas del mismo y de conformidad con el calendario de ejecución de “LAS OBRAS”, las cuales por ningún motivo deberán exceder del término de la presente Administración Pública Estatal. En el caso de que “EL MUNICIPIO” no cumpla con la totalidad de lo aquí pactado en y para la ejecución de la obra pública que por medio de éste instrumento se acuerda, o en el caso, de que la “SIOP”, la “SEPAF” o la Contraloría del Estado, detectasen incumplimientos, anomalías, desvíos de recursos o cualquier otra anormalidad en los trabajos o ejecución de los recursos, de forma inmediata se dará aviso a la “SEPAF”, para que se proceda con la deducción de los recursos que el municipio dejó en garantía en caso de incumplimiento de “LAS OBRAS”, de conformidad con la garantía señalada en su acta xx xxxxxxx.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. La vigencia del presente instrumento iniciará con la suscripción del mismo por parte del “CONTRATISTA” y finalizará cuando se firme el acta de extinción de derechos y obligaciones a que se refiere el artículo 172 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas. El “CONTRATISTA” se obliga a ejecutar los trabajos objeto de este contrato en un plazo del día XXXXXXXXXX y se concluirán a más tardar el XXXXXXXXXX, de conformidad con el programa de Obra Pública aprobado por El “PUERTO DE TOPOLOBAMPO”. Así mismo el “CONTRATISTA” deberá cumplir con los periodos de ejecución y de estimaciones de dicho programa.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. El contrato tendrá vigencia desde la fecha de su formalización hasta la aprobación definitiva del proyecto ejecutivo y de instalaciones por parte de la Administración, quedando obligado el contratista a efectuar cuantas modificaciones deban realizarse en el proyecto hasta la recepción de las obras de construcción del edificio, incluidas las correspondientes instalaciones. En el plazo máximo de cimco dsas desde la notificación de la adjudicación definitiva el adjudicatario quedará obligado a presentar un Anteproyecto de construcción de la obra, según las instrucciones técnicas que reciba de la Administración. Los plazos máximos de redacción y entrega, que podrán ser mejorados por los licitadores en sus respectivas ofertas, se corresponderán para cada uno de los proyectos y estudios a realizar según lo establecido a continuación: - Plazo entrega Proyecto Básico de Construcción, Proyectos de Instalaciones y Actividades, Estudios de Seguridad y Salud, Estudio Geotécnico, Levantamiento Topográfico, etc... así como todo aquello necesario para la obtención del permiso de obra y apertura y funcionamiento. Plazo máximo 15 dsas desde la notificación de la adjudicación definitiva. - Plazo entrega Proyecto de Ejecución de Construcción, Proyectos de Instalaciones y Actividades, Estudios de Seguridad y Salud, etc... así como todo aquello necesario para la obtención del permiso de obra y apertura y funcionamiento. Plazo máximo 1 mes desde la adjudicación definitiva.
VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución, es decir, el término durante el cual EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar a entera satisfacción de EPA-ESP la totalidad del contrato, será de 8 meses contados desde la fecha de legalización y suscripción del acta de inicio sin exceder a 31 de diciembre de 2018; y la vigencia del contrato será el término de tiempo determinado para evaluar por parte de EPA-ESP la ejecución contractual, adelantar las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contratado o imponer las sanciones en el evento contrario; este término se computará a partir de la fecha del perfeccionamiento del contrato y contendrá el plazo de ejecución y cuatro (4) meses más.