Antecedentes del Organismo Ejecutor Cláusulas de Ejemplo

Antecedentes del Organismo Ejecutor. La Policía Nacional tiene por misión en todo el territorio nacional, proteger la vida, la integridad y la seguridad de las personas y sus bienes; el libre ejercicio de los derechos y libertades de las personas, garantizar el orden público, la convivencia social, la prevención, la persecución e investigación del delito en general, del crimen organizado, terrorismo, actividades de narcotráfico y delitos conexos, y las demás que le señale la ley. Para contribuir al desarrollo económico, humano y sostenible de Nicaragua es necesario mejorar las capacidades operativas de la Policía Nacional para acercar los servicios a la comunidad, resolver los problemas, con la participación protagónica de la comunidad organizada, la implementación de la estrategia Muro de Contención con el que se ha logrado contener, desviar y ocupar la droga que pretenda transitar por el territorio nacional, no permitiendo el establecimiento de estructuras o carteles del narcotráfico, lo que ha permitido que Nicaragua se ubique como el país más seguro de Centroamérica y El Caribe, y entre los seis (06) más seguros de América Latina; xxxxx fundamental para mejorar la calidad de vida de las y los nicaragüenses, favoreciendo y facilitando también la inversión nacional y extranjera. La Policía Nacional ha implementado en diferentes períodos distintos planes para su fortalecimiento institucional, el mejoramiento de su capacidad operativa, de la efectividad preventiva e investigativa y de la calidad de los servicios policiales. Entre estos esfuerzos se XXXXXXxxXX͗ xX Ğů ƉƌŽLJĞĐƚŽ ͞DŽĚĞƌŶŝnjĂĐŝſ WŽůŝкà LJ ůĂ WŽůŝкà EĂĐŝŽŶĂů ĚĞ EŝĐĂƌĂŐƵ la Policía Nacional para el fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana 2001 ʹϮϬϬϱ͕͟ Ƌ conllevó un mejoramiento considerable del sistema de formación policial, sobre todo en materia de infraestructura y recursos materiales, y iii) el Plan Estratégico para el fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana (2005-2009), revisado y ajustado en el año 2008 y ampliada su vigencia hasta el año 2012; constituyéndose como el instrumento administrativo que pauta la ruta trazada en el Programa de Modernización Institucional. Con ello, la Policía Nacional logró el establecimiento de los modelos de Organización, Funcionamiento, Infraestructura, Equipamiento Técnico Policial, Medio de Transporte y Comunicación, Mobiliario y equipos varios, para los diferentes tipos de unidades policiales del nivel municipal; y el establecimiento de normativas que aún están vigentes y que se han constitui...
Antecedentes del Organismo Ejecutor. Para contribuir al desarrollo económico, humano y sostenible de Nicaragua es necesario atender los problemas de violencia, crimen y corrupción, así como garantizar las libertades y el desarrollo democrático, contribuyendo de esta manera a mejorar la gobernabilidad. En este sentido la Policía Nacional necesita aumentar sus capacidades para acercar el servicio a la comunidad, resolver los problemas que generan violaciones a los derechos humanos tanto en las zonas urbanas como rurales, también necesita mejores condiciones de trabajo de infraestructura, medios técnicos y sistemas de comunicación para lograr los resultados de las metas planteadas en su Plan Estratégico 2008 – 2012. La Policía Nacional ha implementado en diferentes períodos distintos planes para su fortalecimiento institucional, el mejoramiento de su capacidad operativa, de la efectividad preventiva e investigativa y de la calidad de los servicios policiales. Entre estos esfuerzos se encuentran: i) el proyecto “Modernización, Desarrollo y Capacitación de la Academia de Policía y la Policía Nacional de Nicaragua” , ii) el “Programa de Modernización y Desarrollo de la Policía Nacional para el fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana 2001 – 2005”, que conllevó un mejoramiento considerable del sistema de formación policial, sobre todo en materia de infraestructura y recursos materiales, y iii) como en el Plan Estratégico para el fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana (2005-2009), revisado y ajustado en el año 2008 y ampliada su vigencia hasta el año 2012; constituyéndose como el instrumento administrativo que pauta la ruta trazada en el Programa de Modernización Institucional. Con ello, la Policía Nacional logró el establecimiento de los modelos de Organización, Funcionamiento, Infraestructura, Equipamiento Técnico Policial, Medio de Transporte y Comunicación, Mobiliario y equipos varios, para los diferentes tipos de unidades policiales del nivel municipal; y el establecimiento de normativas que aún están vigentes y que se han constituido en un insumo base y de referencia para proyectos vinculados a la ampliación y despliegue territorial, como el que ahora se presenta a evaluación para su financiamiento
Antecedentes del Organismo Ejecutor. La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF) es una entidad reguladora nicaragüense responsable de proteger los intereses de los usuarios del sistema financiero nacional del país. Las funciones que le asigna la Ley No 316 Ley de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y sus reformas, son entre otras: autorizar, vigilar y fiscalizar la constitución y el funcionamiento de los bancos, sucursales y agencias bancarias que operen en el país, ya sean entidades estatales o privadas, nacionales o extranjeras, que se dediquen habitualmente en forma directa o indirecta, a actividades de intermediación entre la oferta y la demanda de recursos financieros o a la prestación de otros servicios bancarios. Así mismo tiene como tarea fiscalizar las instituciones financieras no bancarias y Grupos Financieros. La existencia jurídica de la Superintendencia es creada por la Ley Número 125 Ley de Creación de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras del veintiuno xx Xxxxx de mil novecientos noventa y uno y publicada en la Gaceta, Diario Oficial Número 64 del xxxx xx Xxxxx del mismo año.
Antecedentes del Organismo Ejecutor. La Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), creada mediante el Decreto N° 218-96, de conformidad al marco sectorial establecido en la Ley de Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola y el Plan de Gobierno para el periodo 2002-2006, tiene como objetivo lograr que la producción agrícola nacional sea competitiva, sostenible y con capacidad para insertarse en la economía internacional, respondiendo a las necesidades xxx xxxxxxx interno e integrándose en un esquema de desarrollo humano, social, ambiental, basado en la autogestión, la participación comunitaria, el enfoque de equidad de género y el manejo sostenible de los recursos naturales. La República de Honduras mediante la Secretaria de Agricultura y Ganadería acordó formar la Unidad Administradora de Proyectos mediante acuerdo No. 362-2014 donde se suscribieron Préstamos para cumplir las metas del plan de nación del Gobierno de la República de Honduras, a ser ejecutado por la Secretaria de Agricultura y Ganadería a través de la Unidad Administradora de Proyectos.
Antecedentes del Organismo Ejecutor. La Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Xxxxx - CEL, impulsa el desarrollo integral del país mediante el aprovechamiento hidroeléctrico sustentable de los recursos naturales.
Antecedentes del Organismo Ejecutor. El Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, es una institución del Órgano Ejecutivo de La República de El Xxxxxxxx, que tiene como misión, “Aprobar y dirigir la ejecución de la Política Nacional de Justicia, Seguridad Pública y Convivencia, a través de sus componentes: control y represión del delito, prevención social de la violencia, rehabilitación y reinserción social, atención a las víctimas, reforma legal e institucional, y ejecución de medidas penitenciarias”, este último componente tiene como objetivo “Implementar un nuevo modelo de ejecución xx xxxxx y medidas que garanticen el orden, la seguridad y el control de los centros penitenciarios e intermedios y un tratamiento adecuado de respeto a los derechos humanos de las personas que se encuentran bajo sanción o medidas penales para asegurar así la efectividad en el proceso de rehabilitación y reinserción social”. Es por ello que este Organismo Ejecutor, tiene a bien llevar a cabo la licitación antes mencionada, en los términos y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación.
Antecedentes del Organismo Ejecutor. La Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), creada mediante el Decreto N° 218-96, de conformidad al marco sectorial establecido en la Ley de Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola y el Plan de Gobierno para el periodo 2002-2006, tiene como objetivo lograr que la producción agrícola nacional sea competitiva, sostenible y con capacidad para insertarse en la economía internacional, respondiendo a las necesidades xxx xxxxxxx interno e integrándose en un esquema de desarrollo humano, social, ambiental, basado en la autogestión, la participación comunitaria, el enfoque de equidad de género y el manejo sostenible de los recursos naturales. La República de Honduras mediante la Secretaria de Agricultura y Ganadería acordó formar la Unidad Administradora de Proyectos mediante acuerdo No. 362-2014 donde se suscribieron Préstamos para cumplir las metas del plan de nación del Gobierno de la República de Honduras, a ser ejecutado por la Secretaria de Agricultura y Ganadería a través de la Unidad Administradora de Proyectos. Uno de los proyectos que han sido desvinculados del PNUD para ser administrado por la Unidad Administradora de Proyectos de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) es el Programa de Desarrollo Agrícola Bajo Riego (PDABR) el cual fue suscrito el 26 de febrero de 2013 entre el Banco Centroamericano de Integración Económica y el Gobierno de la República de Honduras por un monto de US$52, 032,754.00.
Antecedentes del Organismo Ejecutor. En el marco de las estipulaciones del Convenio de Cooperación Financiera No Reembolsable número DI-107/2017, se establece que el Organismo Ejecutor de la Cooperación es la Secretaría de Estado de la Presidencia (SDP), delegándose para las actividades de gestión operacionales y administrativas a la Unidad Administradora de Proyectos ( UAP), así mismo a nivel interinstitucional, con el propósito de coadyuvar esfuerzos y recursos a nivel de los insumos técnicos de las adquisiciones de los bienes y servicios indicados en los componentes del Plan Global de Inversiones, se ha establecido una relación de Cooperación Técnica con la Secretaria de Estado del Despacho de Salud para mantener niveles adecuados de coordinación de actividades de operación a nivel técnico. LA SDP es la institución de enlace del Gobierno de la República con la sociedad civil y demás entes gubernamentales y no gubernamentales; que da seguimiento y cumplimiento a las prioridades de la presidencia en materia de prevención de la violencia, el fomento de la paz y la sana convivencia en la sociedad hondureña y es la instancia que regula la administración del servidor público. Para viabilidad de la información y coordinación del proceso relacionado con las actividades objeto de la presente licitación indicada, la Secretaria de Estado en el Despacho de Salud será la Unidad Técnica que dará el apoyo al Organismo Ejecutor en el marco de la ejecución del proyecto “Equipamiento de Áreas Críticas del Hospital Básico Xxxxxxxx Xxxxxxxx ubicado Licitación Pública Nacional LPN- 01-23405-SESAL/2019 4 en la ciudad xx Xxxxx y Hospital General de Santa Xxxxxx ubicado en la ciudad xx Xxxxxxxxx, es la unidad encargada de administrar y desarrollar los Sistemas de Planificación Estratégica de manera integrada, para la evaluación de la gestión orientada a resultados y brindar información oportuna para la toma de decisiones en la SEP1.
Antecedentes del Organismo Ejecutor. La Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios - ENACAL, es la empresa nacional de utilidad pública que brinda los servicios de agua potable y alcantarillados sanitario a la población urbana y rural en Nicaragua, con espíritu de servicio, a favor de la población más pobre del país, con metas crecientes de eficiencia y eficacia en la previsión de estos servicios.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.