Auditoría Externa Cláusulas de Ejemplo

Auditoría Externa. (a) El Prestatario se compromete a presentar al Banco, por sí mismo o por intermedio del Organismo Ejecutor, dentro de los plazos, durante el período y con la frecuencia señalados en las Estipulaciones Especiales de este Contrato, los estados financieros y otros informes, y la información financiera adicional que el Banco le solicitare, de conformidad con estándares y principios de contabilidad aceptables al Banco.
Auditoría Externa. (a) El Beneficiario se compromete a presentar al Banco, por sí mismo o por intermedio del Organismo Ejecutor, dentro de los plazos, durante el período y con la frecuencia señalados en las Estipulaciones Especiales de este Convenio, los estados financieros y otros informes, y la información financiera adicional que el Banco le solicitare, de conformidad con estándares y principios de contabilidad aceptables al Banco.
Auditoría Externa. De conformidad con la Norma ISO 37001:2016, la institución entre el 1 y 6 de julio de 2020, atravesó el proceso de auditoría externa, para evaluar el mantenimiento e idoneidad del Sistema de Gestión Antisoborno, dicho proceso se ejecutó de acuerdo al plan definido de forma remota, es decir a través de la realización de videoconferencias en las cuales se presentaba la diferente evidencia de cumplimiento de los requisitos solicitados. Como resultado del proceso de auditoría realizado, no se identificaron “No Conformidades”, manteniendo de esta forma la certificación alcanzada al Sistema de Gestión Antisoborno. A continuación se exponen las conclusiones de la referida auditoría externa, realizadas por la empresa S.G.S. del Ecuador: “El equipo auditor concluye que la organización ha establecido y mantenido su sistema de gestión alineado con los requisitos del estándar y demostrado la capacidad del sistema para lograr sistemáticamente los requisitos acordados para productos y servicios dentro del alcance y la política y objetivos de la organización. Por lo tanto, el equipo auditor recomienda que, basado en los resultados de esta auditoría y el estado de desarrollo y madurez demostrado por el sistema, la certificación del sistema de gestión es: continuada”. Durante el año 2020, el SERCOP suscribió convenios interinstitucionales con diferentes entidades, para desarrollar habilidades técnicas, conocimientos y destrezas que permitan converger hacia la profesionalización en procesos de contratación pública, adoptando actitudes y aptitudes que promuevan la excelencia, liderazgo, calidad en acciones concernientes a la aplicabilidad de la normativa como de la operatividad de las herramientas informáticas del Sistema Nacional de Contratación Pública, así como, fortalecer la lucha contra la corrupción. A continuación, se detalla a groso modo la finalidad de cada convenio suscrito: i. Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional de capacitación en cuanto a la aplicación y operatividad del Sistema Nacional de Contratación Pública entre la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas y el Servicio Nacional de Contratación Pública. ii. Convenio Interinstitucional de capacitación en cuanto a la aplicación y operatividad del Sistema Nacional de Contratación Pública entre el Consejo Nacional de Gobiernos Parroquiales Rurales del Ecuador y el Servicio Nacional de Contratación Pública.. iii. Convenio Interinstitucional de capacitación entre el Sistema Nacional de Contratación P...
Auditoría Externa. El “Organismo Ejecutor” deberá contratar una entidad independiente de reconocido prestigio, encargada de realizar la auditoría externa de “El Programa” con el fin de auditar el cumplimiento de las cláusulas contractuales y la utilización de los recursos, tanto xxx xxxxxxxx como de la contrapartida local. Durante el período de ejecución de “El Programa”, y dentro de los ciento veinte (120) días calendario contados desde el inicio del año calendario, se deberá entregar a CAF el informe de auditoría externa correspondiente al año inmediatamente anterior.
Auditoría Externa. 450 0 450
Auditoría Externa. EL CONTRATISTA deberá someter la definición y ejecución de los PBCs a una auditoría externa que acredite el cumplimiento de los términos y condiciones contemplados en este Anexo. La firma auditora externa debe tener reconocimiento a nivel nacional o internacional en procesos de auditoría. La auditoría externa a los PBCs debe certificar que los CONTRATISTAS han definido y ejecutado los PBCs cumpliendo los términos y condiciones establecidos en el presente Anexo. EL CONTRATISTA ejecutará los PBCs dentro del plazo señalado para la respectiva fase del Período de Exploración, Programa Exploratorio Posterior o el plazo de duración del TEA. EL CONTRATISTA se encuentra obligado a presentar un (1) PBC para cada una de las fases exploratorias contractuales y/o un PBC para la vigencia del contrato TEA. Una vez aprobados los PBC por la ANH, EL CONTRATISTA informará a la ANH, a través de los informes exigidos en el contrato y en este Anexo, los avances en la implementación y ejecución de dichos programas, identificando los resultados y/o impactos. EL CONTRATISTA podrá priorizar dentro de los PBCs una o varias de las siguientes líneas de inversión, según se considere pertinente:
Auditoría Externa. La Universidad de San Xxxxxx de Guatemala (USAC) deberá contratar una auditoria externa, de forma anual, que deberá evaluar la ejecución y cumplimiento xxx xxxxxxxx. De lo cual la Universidad de San Xxxxxx de Guatemala deberá informar al Pleno del Congreso de la República de los resultados de la misma.
Auditoría Externa. Es atribución de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad Administradora, la designación de los Auditores Externos del FONDO, pudiendo delegarse esta definición al Directorio de la Sociedad Administradora. Sin embargo, la administración de la Sociedad Administradora es responsable de velar por que los Auditores Externos cumplan el trabajo encomendado. Asimismo, cualquier incumplimiento del contrato, o del servicio prestado será causal de remoción de la empresa de auditoría externa. Dicha decisión será debidamente comunicada a los Participantes del FONDO.
Auditoría Externa. Se desempeña como auditor externo el Estudio Contable Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx & Asociados, miembro de Ernst & Young.
Auditoría Externa. Las cuentas anuales deberán ser verificadas por personas físicas o jurídicas ajenas a la Cooperativa, que deberán ser nombradas por la Asamblea General. En caso de no nombrarse o defecto de las personas nombradas, será de aplicación lo previsto en el Artículo 72.2. de la Ley de Cooperativas de Euskadi.