Costes. Artículo 15
Costes. Costes de gestión. Adicionalmente, a la firma del presente contrato, el promotor abonará la cantidad de 1.350,00 € más el IVA correspondiente, en pago único no reembolsable en concepto de Gastos de Gestión Administrativa, importe que se devengará con independencia de que el estudio se realice, así como en el caso de que el estudio esté en negociación y seguimiento por parte de FINBA y dicha negociación se suspenda por decisión unilateral del Promotor. En caso de adenda de modificación del contrato del estudio, por costes de gestión deberá abonarse 405,00 € más el IVA correspondiente. El beneficiario de dicho importe será la FINBA Costes directos del estudio. Constituidos por los pagos a realizar por el promotor del estudio o el CRO en su caso, en concepto de: screening, fallos de screening, visita o ciclo, así como las visitas no programadas y aquellos que se consideren de finalización del estudio. Detallados en el Anexo 1 de este contrato, se presupuestan inicialmente en ………importe en letra……………euros (…importe en número….€) por paciente, estando previsto atender a ……número de pacientes……… pacientes, por lo que el presupuesto inicial total de costes directos del estudio es de ………importe en letra……………euros (…importe en número….€). La distribución de dichos ingresos directos del estudio se realizará del siguiente modo: Un 32% para retribuir al personal investigador del estudio, dicho importe será percibido por el SESPA que realizará el ingreso en nómina a medida que se vayan obteniendo los ingresos del promotor o CRO. En el caso de que la totalidad de los miembros del grupo investigador renuncien a la percepción individual por el trabajo del estudio, el mencionado 32% será percibido por la FINBA, que lo destinará a medios materiales o humanos dirigidos a dar cobertura a los proyectos y necesidades del grupo investigador. Un 28% a percibir por el SESPA para compensar los costes del centro sanitario en el que se desarrolle el estudio, incluyendo todos los costes generados en las unidades asistenciales. Un 40% a percibir por la FINBA destinado a financiar los equipos materiales y humanos necesarios para dar soporte a la realización de los estudios, tanto desde el aspecto de carga de datos, muestras o documentos que deban suministrarse al promotor o CRO, así como la determinación y seguimiento de las cuantías a facturar por el SESPA y la FINBA, y por otra parte a la promoción de la I+D+i para estructuras de investigación e innovación, la financiación de convocat...
Costes. 1. Sin perjuicio de lo establecido en el Anexo 2, si con relación al trabajo realmente desempeñado por el Centro y/o por el árbitro de emergencia, o por otras circuns- tancias relevantes, se entendiera necesario incrementar los costes, el Centro en cual- quier momento podrá notificar a la parte solicitante el incremento de estos.
Costes. 146. El Cliente podrá conocer en detalle los costes asociados a cada servicio a través de la página web de DIF Broker. En el momento de celebración del Contrato del Servicio de Inversión, le será enviado un PDF a su correo electrónico donde figuren todas las condiciones aplicables. Además, el Cliente podrá analizar todos los costes que se le aplicarán a través de la "Plataforma de Negociación" mediante la opción “Otros /Nuevas condiciones de Operación”, que es también accesible de forma online.
Costes. Los datos relativos al año 1998 son los siguientes: -Por cama: 423.561 ptas. -Por m2 útil: 3.567 ptas. -Por puesto ofertado: 3.812.050 ptas. -Por jornada ofertada: 10.759 ptas. -Por día: 104.440 ptas. -Relación m2/puesto ofertado: 1.069.
Costes. Cada Parte correrá con sus propios gastos para la aplicación del presente acuerdo.
Costes. El coste relacionado con la concesión de la presente licencia así como las condiciones de pago se define en los documentos comerciales de SPI Software. Las facturas son pagables a su recepción, en efectivo, sin descuento.
Costes. El servicio de Remarketing tiene asociados los siguientes costes: - Comisión de Subasta: 99€ (IVA no incl.) Coste asociado únicamente en caso de producirse la venta del vehículo, independientemente de igualar o no el precio de venta pactado. - Comisión por Evaluación: 29€ (IVA no incl) Coste asociado a la evaluación por vehículo realizada por el personal de AUTO1. - Comisión por Gestión Logística: 29€ (IVA no incl) Coste asociado a la entrega del vehículo en cualquier sucursal de CTC. Está exento de este coste en caso de seleccionar recogida o entrega en Centro Logístico de Madrid Fuencarral - Comisión por Recogida: 99€ (IVA no incl) *Coste asociado a la recogida del vehiculo en las instalaciones del vendedor por el proveedor logístico seleccionado por AUTO1.
Costes. El Cliente no asume costes o tarifas ligadas a este servicio.
Costes. Los datos referidos al año 1998 son los siguientes: - Por cama: 523.030 ptas. - Por m2 útil: 9.136 ptas. - Por puesto ofertado: 5.789.153 ptas. - Por jornada ofertada: 15.852 ptas. - Por día: 1.157.831 ptas. - Relación m2/puesto ofertado: 634. El actual contrato de limpieza fue formalizado el 1 xx xxxxxx de 1995 continuando su vigencia en la actualidad, a través de sucesivas prórrogas anuales. La plantilla asignada por la empresa para la presta- ción del servicio es de 41 personas. El vigente contrato en 1998 se eleva a 141.603.168 ptas. El régimen laboral del personal está contemplado en el convenio colectivo suscrito con la anterior em- presa adjudicataria y subsidiariamente, en lo no previsto en este convenio, en la normativa aplicable a los pinches del Hospital y en el convenio colecti- vo provincial de limpiezas, en el que se contempla la subrogación entre concesionarios de los trabaja- dores integrantes de una empresa que finaliza una contrata por la nueva adjudicataria. En este pacto laboral se contempla la equiparación retributiva del personal con el estatutario del SER- GAS, con categoría de pinche. En cuanto a la jornada laboral prevista en el conve- nio, es inferior a la correspondiente al personal estatutario, tanto en jornada diurna como nocturna, siendo la realizada inferior a ambas. A pesar de que el inicio del expediente es de fecha 17 de febrero de 1995, la contratación se efectuó al amparo de la Ley 13/1995 de 18 xx xxxx, mediante el expediente de concurso público 1/95. Del análisis del procedimiento de contratación se deduce la no constancia de antecedentes documenta- les relativos a determinados trámites (informe justi- ficativo del servicio promotor, aprobación y fiscali- zación del expediente de contratación). Por otra parte la composición de la mesa de contratación no se ajusta a lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, se observa que en determinados trámites no se sigue el íter temporal correspondiente al procedimiento (resolu- ción de adjudicación posterior a la formalización del contrato, orden de inicio posterior al informe de la Asesoría jurídica). Por lo que respecta al informe técnico emitido por el Jefe de Servicio de Hostelería, carece de la debi- da motivación, habida cuenta que únicamente se especifica que la oferta del adjudicatario es la más ventajosa, sin justificar este extremo, no habiéndose establecido criterios de ponderación en el pliego de condiciones.