Criterios objetivos de selección. Los criterios objetivos de selección con arreglo a los cuales el órgano de contratación cursará las invitaciones a participar en el procedimiento, son los que se especifican en el apartado 12 de la cláusula 1. Los límites inferiores y, en su caso, superior de empresas a invitar se encuentran fijados en el apartado 11 de la cláusula 1.
Criterios objetivos de selección. Normas o criterios objetivos y no discriminatorios, con arreglo a los cuales se seleccionará a los empresarios que se invitará a presentar proposiciones: Poseer la solvencia económica, financiera y técnica o profesional establecida en el apartado 8 de esta cláusula y acreditarla de la forma establecida en el mismo. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0890291067723952566221 No obstante, si el número de candidatos que cumplen los criterios de selección es inferior a cinco, el órgano de contratación continuará el procedimiento con los que reúnan las condiciones exigidas.
Criterios objetivos de selección. Conforme al art. 150 TRLCSP, se establecen como criterios de adjudicación del contrato los siguientes: - Precio del contrato (hasta 50 puntos). Puntuación oferta X = 50 x precio mínimo de oferta/ precio oferta X.
Criterios objetivos de selección. Dada la exigencia de la solvencia que se prevé en el presente expediente para los licitadores y la necesidad de lograr la máxima concurrencia posible, no se establecen criterios específicos de selección de candidatos, por lo que cualquier licitador con la solvencia técnica y económica debidamente justificada y suficiente será admitido a la licitación en los términos previstos en el TRLCSP.
Criterios objetivos de selección. El municipio xx Xxxxx, Sucre responsable del proyecto analizará todas y cada una de las propuestas presentadas, y elegirá la empresa de servicios públicos, que cumpla a cabalidad con los parámetros expuestos en la presente invitación pública y que por supuesto ofrezca idoneidad, experiencia y beneficios a los usuarios. En caso de empate se escogerá a la Empresa que cuente con mayor cantidad de usuarios debidamente certificado por autoridad competente. En todos los casos aquí previstos, la entidad contratante revisara los formatos anexos en los pliegos de condiciones, los criterios que se tomarán en cuenta al calificar, clasificar o seleccionar al contratista serán los siguientes:
Criterios objetivos de selección. En todos los casos aquí previstos, la entidad contratante deberá incluir en los formatos para la solicitud de propuestas, pliego de condiciones o términos de referencia, los criterios claros, precisos, cuantificables y objetivos que tomará en cuenta al calificar, clasificar o seleccionar al contratista y entre los cuales debe incluir los siguientes:
Criterios objetivos de selección. Los criterios objetivos con arreglo a los cuales la Mesa de Contratación seleccionará a los concurren tes serán:
Criterios objetivos de selección. Los criterios objetivos de selección con arreglo a los cuales el órgano de contratación cursará las invitaciones a participar en el procedimiento, son los que se especifican en el apartado 9 del anexo I. Los límites inferior y, en su caso, superior de empresas a invitar se encuentran fijados en el apartado 8 del anexo I. Se incorporan al pliego de cláusulas administrativas criterios de adjudicación relacionados con la incorporación de la igualdad de mujeres y hombres en la oferta presentada por los licitadores. Dichos criterios encuentran su base legal en el artículo 150 del del Real Decreto Legislativo 3/2011 (TRLCPS); los Considerandos 1 y 46 de la Directiva 2004/18/CE; el artículo. 20.2 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres; y el apartado VII.1.3 del Acuerdo del Gobierno Xxxxx «sobre incorporación de criterios sociales, ambientales y
Criterios objetivos de selección. Los criterios objetivos de selección con arreglo a los cuales el órgano de contratación cursará las invitaciones a participar en el procedimiento, son los que se especifican en el apartado 9 del anexo I. Los límites inferior y, en su caso, superior de empresas a invitar se encuentran fijados en el apartado 8 del anexo I. Se incorporan al pliego de cláusulas administrativas criterios de adjudicación relacionados con la incorporación de la igualdad de mujeres y hombres en la oferta presentada por los licitadores. Dichos criterios encuentran su base legal en el artículo 150 del del Real Decreto Legislativo 3/2011 (TRLCPS); los Considerandos 1 y 46 de la Directiva 2004/18/CE; el artículo. 20.2 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres; y el apartado VII.1.3 del Acuerdo del Gobierno Xxxxx «sobre incorporación de criterios sociales, ambientales y otras políticas públicas en la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma y de su sector público». La integración de la perspectiva de género tendrá una ponderación entre el 5% y el 20% sobre el total del baremo, pudiéndose incluir en dichos pliegos alguna o algunas de las siguientes cláusulas administrativas, u otras de carácter similar: • Número de mujeres que la persona o entidad licitadora se compromete a emplear laboralmente para la prestación del contrato. • Número de mujeres desfavorecidas xxx xxxxxxx laboral (mujeres víctimas de violencia de género, familias monomarentales o desempleadas de larga duración, entre otras), que la persona o entidad licitadora se compromete a emplear laboralmente para ejecutar o prestar el contrato • Número de mujeres que se compromete a emplear laboralmente la persona o entidad licitadora en puestos de gerencia, cualificados y de responsabilidad. • Políticas de Responsabilidad Social de las Empresas en materia de igualdad de mujeres y hombres que la persona o entidad licitadora se compromete a aplicar a la plantilla que ejecutará el contrato; por ejemplo en lo que se refiere a formación, selección, clasificación o categorías profesionales, promoción, remuneración, estabilidad o permanencia, representación, seguridad y salud laboral, duración y ordenación de la jornada laboral, o conciliación entre la vida personal, laboral y familiar. • Número de mujeres beneficiarias o usuarias del contrato y porcentaje sobre el total. • Medidas de acción positiva previstas para la selección de las personas beneficiarias y priorización de mujeres en l...
Criterios objetivos de selección. Los criterios que han de servir de base para la adju dicación del contrato y su ponderación, son los siguientes: La puntuación máxima de cada oferta será de 100 puntos.