DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO Cláusulas de Ejemplo

DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO. La documentación a aportar, generalmente mediante fotocopia, será la que a continuación se señala. No obstante, la compañía aseguradora podrá reservarse el derecho a solicitar originales de la documentación cuando así lo estime preciso.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO. La documentación a aportar, en caso de siniestro, deberá incluir: - Certificado Literal de Defunción. - Certificado oficial médico del que haya asistido al asegurado, indicando causa del Fallecimiento. Autopsia /Informe Toxicológico (si se practicó); - Copia del Atestado instruido por la Autoridad. - Diligencias Judiciales. - Certificado de Últimas Voluntades y Testamento o Acta de Notoriedad o Declaración de Herederos - Fotocopia compulsada del Libro de Familia. - N.I.F. y datos bancarios de los beneficiarios. Una vez obren en nuestro poder todos los documentos citados anteriormente, y el siniestro sea aceptado por la Aseguradora , deberá enviarnos la Autoliquidación del Impuesto de Sucesiones, para lo cual y a efectos de su presentación en Hacienda, le remitiremos el Certificado de Seguro de Accidentes Personales.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO. Con carácter máximo, la documentación a aportar será la que a continuación se señala. Se valorará la reducción o simplificación de la documentación a aportar. Se presentará original o fotocopia compulsada por cualquier Administración Pública de la siguiente documentación:
DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO.  Documento acreditativo de los hechos (informe médico, certificado de defunción, hospitalización, informes policiales, denuncias en comisaría…) Este documento debe contener la fecha de ocurrencia del evento, la causa, el diagnostico, el historial o antecedentes, así como el tratamiento prescrito.  Formulario facilitado por el Asegurador a cumplimentar por el médico colegiado que atienda al Asegurado. Este documento será necesario únicamente en aquellos casos en los que la documentación facilitada no sea suficiente.  Factura original y/o recibos de la compra del Viaje.  Justificante de compra del seguro.  Factura original de los gastos de cancelación del Viaje emitida por el proveedor de los servicios, con el desglose de las cantidades y conceptos, así como copia de las condiciones generales de la venta.  Documento original de la cancelación de la reserva, expedido por el proveedor de los servicios, así como factura de los gastos de cancelación.  Copia de los billetes electrónicos, siendo indispensable que se indiquen el importe total de la tarifa y las condiciones completas de la misma (no reembolsable, no endosable, no cambios, penalizaciones, clase, etc.)  En caso de cancelación por un incidente acaecido a un Familiar, deberá presentar documento acreditativo de la relación de parentesco entre el Asegurado y dicho Familiar (por ejemplo, fotocopia del libro de familia o certificado de nacimiento de cada uno de los interesados), si dichos documentos existen en el país en el que el Asegurado adquirió esta Póliza.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO. Con carácter máximo, la documentación a aportar será la que a continuación se señala. Se presentará original o fotocopia compulsada por cualquier Administración Pública la siguiente documentación:
DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO. Deberán aportarse los siguientes documentos en caso de siniestro por:
DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO. La documentación a aportar, en caso de siniestro, deberá incluir: - Solicitud de indemnización con todos los datos para la identificación del Asegurado. - Certificado médico que especifique las causas que obligaron a la hospitalización. - Certificado de la Clínica u Hospital, que indique las fechas de ingreso y alta en los mismos.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO. En caso de siniestro, el Asegurado deberá aportar, a requerimiento del Asegurador, la documentación necesaria para su tramitación, la cual, en función del medio de transporte de que se trate, y a título meramente enunciativo, podrá incluir:
DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO. En caso de siniestro se presentarán los siguientes documentos para el cobro de las indemnizaciones:  Solicitud con todos los datos precisos para identificar al Asegurado reclamante.  Informe médico detallando circunstancias del Accidente.  Fechas de Ingreso y Alta hospitalaria  Copia del Documento Nacional de Identidad del Asegurado  Los datos bancarios, cuenta corriente veinte dígitos, del asegurado hospitalizado Prima por Persona y Año Indemnización diaria por Hospitalización por Accidente de Circulación sin franquicia y hasta 30 días de indemnización 100.00 € Indemnización diaria Hospitalización Accidente 24 HORAS franquicia 7 días y hasta 30 días de indemnización Indemnización diaria por Hospitalización por Accidente de Circulación sin franquicia y hasta 30 días de indemnización 100.00 € Indemnización diaria Hospitalización Accidente 24 HORAS franquicia 14 días y hasta 30 días de indemnización Indemnización diaria por Hospitalización por Accidente de Circulación sin franquicia y hasta 30 días de indemnización 200.00 € Indemnización diaria Hospitalización Accidente 24 HORAS franquicia 7 días y hasta 30 días de indemnización Indemnización diaria por Hospitalización por Accidente de Circulación sin franquicia y hasta 30 días de indemnización 200.00 € Indemnización diaria Hospitalización Accidente 24 HORAS franquicia 14 días y hasta 30 días de indemnización
DOCUMENTACIÓN A APORTAR EN CASO DE SINIESTRO. El Tomador, el Asegurado o el Beneficiario deberán presentar al Asegurador la documentación relacionada a continuación, de acuerdo con la prestación que corresponda, acreditando la pertenencia del Asegurado que sufre el siniestro, al Grupo de Riesgo establecido en las Condiciones Particulares en la fecha del mismo. Normalmente será suficiente con aportar fotocopia de la documentación. No obstante, en ocasiones podrá solicitarse, cuando sea preciso, documentación original o fotocopia compulsada por cualquier Administración Pública. El Asegurador, una vez recibida la documentación completa del siniestro y a partir de dicha fecha, queda obligado a abonar la indemnización que corresponda en el plazo xx xxxx días laborables. En cualquier caso, a estos efectos, resultará aplicable lo señalado en los artículos 18 y 20.3 de la Ley de Contrato de Seguro.