Common use of Generalidades Clause in Contracts

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentes, dependientes y terceros afectados al servicio. En el supuesto de reclamos de cualquier índole, que se originen en razón de los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La Contratación De Servicios, Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La Contratación De Servicios, Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentes/ Contratista previo a la iniciación del suministro, dependientes obra y/o servicio deberá tener contratado y terceros afectados al servicio. En el supuesto de reclamos de cualquier índole, que se originen en razón de los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de vigente los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados requeridos en estas Condiciones de Contratacióncondiciones generales, atendiéndose asimismo ateniéndose a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en hasta el cumplimiento de la materia a la fecha Orden de formalización Compra / Contrato / Prestación del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A.servicio, que forman parte del presente legajo.” tomará por su exclusiva cuenta y cargo.- Las pólizas de seguros a tomar por el Proveedor / Contratista deberán contratarse ser contratados en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS Aguas Santafesinas S.A.. ..- Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, suministro / obra; cuando éste esto no fuera mayor a un año. En ; en caso de contratos de una duración superior al año, contrario las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de anuales.- Previo a la prestación iniciación del servicio o de la relación contractualsuministro, el Proveedor / Contratista deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. S.A., las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, PÓLIZAS COMPLETAS donde se indique la compañía aseguradora, el claramente riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances limites, alcance de la cobertura, forma de pago y suma asegurada; como así también los recibos de pago en originales y copia, asimismo, adjuntas a cada factura, el Proveedor / Contratista deberá presentar copias de los comprobantes de pago de las sumas aseguradasprimas de seguros mencionadas, todo ello correspondientes al mes anterior al de emisión de aquélla.- Si el Proveedor dejare de contratar a satisfacción su costo y mantener en vigencia los seguros precedentemente indicados, o cualesquiera otras coberturas que le pudieren ser exigidas, de acuerdo con los términos de la Orden de Compra, Aguas Santafesinas S.A. podrá, en tales casos, contratar y mantener en vigencia dichos seguros, por cuenta y cargo del Proveedor, descontando los montos pagados por tal concepto de las sumas devengadas o a devengar del Proveedor, o bien afectar la fianza rendida. Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será Es obligación del proveedor Proveedor / Contratista notificar a los aseguradores asegurados de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso hecho para el cual fuese necesaria dicha fuere necesario efectuar la correspondiente denuncia, de acuerdo con las cláusulas integrantes de las pólizas correspondientespertinentes. El Proveedor / Contratista será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y por las costas, costos y gastos de cualquier índole índole, originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículola presente cláusula, ya sea fuere como resultado de la anulación de cualquiera cualesquiera de dichos los seguros mencionados y/o por cualquier otro motivomotivo que le fuere imputable. AGUAS SANTAFESINAS S.A. se reserva el derecho de recabar información ante las compañías aseguradoras, respecto de las condiciones de contratación de los seguros, así como las vigencias y estados de deuda.- El régimen de seguros impuesto detallado implica la contratación de seguros por expresa disposición de AGUAS SANTAFESINAS S.A. y aquellos que son de cumplimiento obligatorio por ley o decretos. En caso que durante la vigencia del suministro / contrato se establezca la, obligatoriedad de contratación de algún otro seguro, o modificación de los convenio colectivos de trabajo y otros no indicados a la fecha de formalización del contrato, el Proveedor / Contratista deberá considerar incorporado ese requisito legal al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación régimen de éste hacia terceros o hacia seguros de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia S.A., regularizando su situación dentro de los 30 (treinta ) días de exigibilidad legal que origino el Proveedor nuevo seguro o la modificación.- No se hará cargo admitirá en ningún caso el Autoseguro.- Cobertura: Responsabilidad Civil contra Terceros por daños a cosas y/o personas, con exclusión de cualquier franquicia aquéllos medios y/o descubierto obligatorio vehículos para los cuales la legislación vigente en la materia, en la República Argentina, exige como condición para la libre circulación, la contratación de seguros que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:cubran la Responsabilidad Civil contra Terceros.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación, Pliego De Condiciones, Pliego De Bases Y Condiciones Generales Para La Contratación De Servicios

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentesdiseño tendrá en cuenta: máxima seguridad y confiabilidad, dependientes eficiente maniobrabilidad, mínima conservación, alto confort, y terceros afectados al serviciose tendrá como objetivo una velocidad máxima de 60 km/h en vía directa y en vía desviada la mayor posible en función del radio y considerando una aceleración sin PLIEG-2018-14293605-APN-GALO#ADIFSE compensar de 0.65 m/seg2 y peralte nulo. En Preverá, además, el supuesto intercambio entre los componentes de reclamos de cualquier índole, que se originen en razón su misma designación. La aprobación del proyecto y de los servicios planos no libera en nada la responsabilidad del PROVEEDOR respecto a cargo del PROVEEDORlos cálculos y cotas de construcción. Una vez aprobado el proyecto de cada AdV, éste deberá mantener indemne el PROVEEDOR procederá a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos la fabricación de los seguros que se indican prototipos de cada tipología diferente de AdV, bajo la inspección de personal de ADIF en esta sección constituyan un límite fábrica para cada prototipo. Una vez aprobado dichos prototipos, el PROVEEDOR procederá a su responsabilidadla fabricación de la totalidad de los AdV, respetando el diseño acordado con la inspección. El Proveedor PROVEEDOR deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestosplanos en formato AutoCAD, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable versión 2013 o más reciente. Características Tipo B Generales Velocidad máxima por suma alguna que vía directa 60 km/h o superior Durmientes Madera dura Disposición de durmientes SemiAbanico Relación con vías adyacentes Eclisa Carga por eje 22 ton / eje Específicas de cada zona Cambio Perfil xx xxxx aguja 54E1T1 calidad R260 Perfil xx xxxx contraaguja 54E1 calidad R260 Tipo de agujas Elásticas Trazado de aguja Tangente Fijación Elástica indirecta Dispositivo antidescuadre Almohadilla de talón Relación aguja talón con vías adyacentes Eclisa Corazón Tipo Ensamblado Relación con vías adyacentes Eclisa Fijación Elástica indirecta Contrarriel Perfil 33C1 calidad R260 Fijación del contrarriel Con soporte independiente Fijación xxx xxxx Clip elástico ADIF se reserva el Proveedor se viera obligado derecho a pagar a terceros con motivo aprobar el sistema de su responsabilidad o fijaciones propuesto por incumplimiento del régimen de segurosel PROVEEDOR. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:PLIEG-2018-14293605-APN-GALO#ADIFSE

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares Memoria – Documentación Técnica Especificaciones Técnicas

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable derecho a la ocupación o aprovechamiento del dominio público entraña el deber de ejercer la concesión, esto es, implica un derecho de ejercicio obligatorio de la actividad de bar-cafetería, en los horarios que se señalen, en su caso, por sus agentesel Ayuntamiento, dependientes cuya falta de uso o incumplimiento determinará la extinción de la concesión por caducidad. Los servicios de la actividad de bar-cafetería incluirán la venta y terceros afectados expedición de bebidas, desayunos, meriendas, bocadillos, platos combinados, raciones, menús y helados. El concesionario podrá solicitar al servicioAyuntamiento la ocupación de vía pública de mesas y sillas para Bar-cafetería. Su autorización se someterá a las normas de general aplicación en el municipio de Mislata. Con carácter previo deberá abonar el importe de las tasas correspondientes. Además de lo anterior, el concesionario se obliga al cumplimiento de las siguientes condiciones: - Catálogo de productos: El adjudicatario estará obligado a exponer al público en lugar bien visible la lista de precios de los productos. - Equipamiento: El Ayuntamiento aportará al servicio el mobiliario que consta inventariado en el ANEXO IV al presente pliego. Cualquier daño o pérdida que sufra este mobiliario obligará al concesionario a su reposición. Al término del periodo concesional, estos bienes (o el mobiliario de sustitución de características equivalentes) revertirá a la propiedad municipal. En la reversión se tendrá en cuenta, a efectos de su valoración, el deterioro de los bienes por su utilización por el transcurso del tiempo. Asimismo por ser patrimonio municipal deberá darse cuenta de cualquier incidencia de los mismos al Servicio de Patrimonio del Ayuntamiento de Mislata. - Limpieza: Será por cuenta del adjudicatario el orden y la limpieza diarios, o con la periodicidad que se precise de aquellas zonas reservadas al consumo de productos expedidos por el mismo y anexos. Los suministros de esos productos serán proporcionados por el Ayuntamiento. - Máquinas recreativas: No se permitirá la instalación de máquinas de juegos xx xxxx y similares. - Máquinas de servicio automáticas: El concesionario deberá instalar, previo pago de la tasa correspondiente, hasta un máximo de tres máquinas automáticas expendedoras de bebidas y alimentos sólidos, respetando la tipología y los emplazamientos indicados por el Ayuntamiento. Será de su cuenta el mantenimiento de las mismas que deberán estar aptas para su utilización las 24 horas del día. En el supuesto de reclamos de cualquier índole, que se originen en razón de los servicios plazo xx xxxx días a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en contar desde la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractualconcesión en documento administrativo, el Proveedor concesionario deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:instalar tales máquinas.

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Samples: Pliego De Condiciones Que Ha De Regir El Concurso Para El Otorgamiento De La Concesión Demanial De Uso Privativo Del Bar Cafetería Ubicado

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentes, dependientes contratista deberá tomar las medidas en obra y terceros afectados al servicio. En el supuesto consultar cualquier duda con la Dirección de reclamos de cualquier índole, que se originen en razón de los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre Obra antes de presentar la cotización. Se destaca que el Contratista será el único responsable de la exactitud prescrita, debiendo por su cuenta y costo, practicar la verificación de las medidas en obra. El contratista deberá acompañar a la propuesta económica una muestra de cada uno de los elementos descriptos con anterioridad. Dicha muestra servirá para la evaluación técnica que emita esta Dirección de Hábitat. Como un hecho indispensable, es la de la visita a obra, debiendo el oferente firmar la planilla a tal fin para ser entregada con la oferta. Nota. En los presupuestos deberá contar plazo de garantía de lo cotizado. El contratista deberá firmar la correspondiente planilla de “Visita a Obra”, certificación que deberá ser presentado con la propuesta económica. 1-1- retirar xxxxxx X. $ 0,00 2-1- abertura U $ 0,00 2-2- colocacion de abertura U $ 0,00 2-1- Esmalte sintetico Gl $ 0,00 3-1- Latex sobre Durlock M2 $ 0,00 4-1- float 6mm M2 $ 0,00 4-2- Colocacion muebles en primer certificado piso M2 $ 0,00 Los trabajos comprenden la remodelación de trabajo o facturaun sector de 10m2 asignado para la instalación de un equipo HPLC. Se deberá realizar tabiquería xxxxxxx xx xxxxx placa en ambas caras, con xxxx xx xxxxxx en el medio del tabique y con estructura xx xxxxx galvanizada en “u” formada por un bastidor metálico xx xxxxx galvanizada N°24 de soleras de 70 mm y montantes de 69 mm separados cada 40 cm, al que se deberán entregar las pólizas definitivasatornillan dos placas DURLOCK de 12,5 mm en cada cara con tornillos autorroscantes N° 2 y N° 3. La Inspección xxxx xx xxxxxx será Acustiver P50 de trabajos 34kg/m³ de densidad. Las placas serán dispuestas de manera que sus juntas no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por coincidan y se deberá encintar todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales juntas de placas. Entre el solado y la solera inferior se deberá proveer y colocar una banda de neoprene de 1 cm de espesor. Todas las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado terminaciones de la anulación obra serán según Normas de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible Construcción en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadasSeco. En todos los supuestossectores de mesadas llevara banquinas de hormigón pobre de 10cm de terminación con colocación de cerámico y zócalo La correspondiente marmolería estará apoyada sobre ménsulas conformadas en perfiles T de 2” cada 60cm, AGUAS SANTAFESINAS S.A. las cuales estarán amuradas a la mampostería y dispuestas entre si a no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo mas de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros60 cm. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:Se proveerá y colocaran soporte para tubos según detalle D1

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Samples: Pliego Unico De Bases Y Condiciones Generales

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentes, dependientes y terceros afectados al servicio. En el supuesto de reclamos de cualquier índole, Adjudicatario deberá contratar los seguros que se originen detallan en razón el presente artículo y acreditar la constitución de los servicios a cargo mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos premio. PLIEG-2021-28095452-GCABA-DGAIIG La contratación de los seguros que aquí se indican en esta sección constituyan un límite refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al adjudicatario por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su responsabilidadactividad. El Proveedor adjudicatario deberá contratar y mantener vigentes actualizadas todas las pólizas de los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo exigidos con antelación no menor a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de formalización del vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas. Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el adjudicatario estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas. El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier modificación posterior., las siniestro que se instrumentarán produjera en este caso. Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” Contratista asume el importe de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras. Las pólizas coberturas de seguros deberán contratarse ser contratados en compañías aseguradoras legalmente habilitadas una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y publicado por la misma. Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina Argentina. Lo dicho anteriormente y a satisfacción enumerado en materia de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener patrimonio no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento). PLIEG-2021-28095452-GCABA-DGAIIG Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una vigencia temporal igual a la duración Aseguradora de Riesgo del contratoTrabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, cuando éste no fuera mayor a un añoincluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractualAsimismo, el Proveedor deberá presentar GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el Adjudicatario hubiere contratado a AGUAS SANTAFESINAS S.A. los fines de cumplir con las pólizas y los recibos obligaciones emergentes del presente Pliego, xxx Xxxxxx de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . PosteriormenteEspecificaciones Técnicas, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:Contrato.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Part Iculares

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentes, dependientes y terceros afectados Etapa previa a un evento final La serie al servicio. En el supuesto mejor de reclamos 5 partidas de cualquier índolela fase final, que elegirá al ganador de la COMPETENCIA, se originen en razón llevará a cabo de los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. manera presencial en la materia a ciudad de Bogotá en la fecha fecha, hora y lugar notificado por LVP con anticipación. Esto siempre que la situación del país lo permita o salvo causas de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán fuerza mayor. Los 10 jugadores titulares deberán jugar de manera presencial en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” lugar establecido por LVP para el desarrollo de Aguas Santafesinas S.A.las partidas, que forman para garantizarlo, cada EQUIPO finalista recibirá un apoyo económico por parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción LVP para hospedaje o transporte terrestre o aéreo de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un añosu Plantel deportivo. En caso de contratos que el entrenador del EQUIPO resida en Colombia, LVP cubrirá sus gastos de una duración superior al añotraslado hasta el lugar de la final presencial, las pólizas podrán ser anualessi no reside en territorio colombiano EL EQUIPO deberá asumir los gastos asociados a su traslado, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automáticagarantizando su presencia durante el evento. El día apoyo económico lo recibirán exclusivamente los Equipos cuyo Plantel deportivo residan fuera de la ciudad donde se desarrollará la competición presencial. Para esto, se tendrá en cuenta el lugar de residencia registrado por el EQUIPO al inicio de la prestación LIGA. Los gastos cubiertos con el apoyo entregado por LVP deben ser justificados por el EQUIPO con facturas originales y en caso de que el monto requerido por un EQUIPO para movilizar a sus titulares sea inferior al apoyo ofrecido, LVP no estará en obligación de entregar este dinero al EQUIPO, ni en efectivo ni representado en otros conceptos (como billetes de avión, hoteles u alimentación para otros miembros del servicio EQUIPO). LVP entregará a cada EQUIPO finalista hasta ocho (8) accesos al lugar del evento para cubrir su Plantel deportivo. Se dará un tiempo específico para que los jugadores realicen las pruebas pertinentes de sus periféricos y canales de comunicación asignados. El tiempo máximo entre el final de una partida y el inicio de la siguiente será de 15 minutos. Cualquier cambio será notificado por los árbitros a los equipos. Los equipos son responsables por los daños ocasionados de manera intencional o por el mal uso de los elementos asignados para el desarrollo de la competencia o de los elementos que hacen parte del evento. Ningún miembro del EQUIPO puede intervenir de cualquier forma los equipos o la relación contractualescenografía del evento sin autorización explícita del árbitro asignado. En caso de presentarse problemas técnicos en los servidores del juego, fallos con el Proveedor deberá presentar servicio de internet, interrupciones de electricidad y/o desastres naturales, los juegos pueden ser reprogramados para culminarse de manera virtual para la fecha y hora que el organizador considere, sin que se genere ningún tipo de indemnización a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos equipos de pagos parte de LVP. Las partidas se jugarán en original y copia, indicando si los pagos el servidor de torneos proporcionado por RIOT Games en el parche que allí se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. encuentre vigente. Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o facturaEn caso contrario, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas jugará en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación servidor público del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denunciajuego y se realizará Pro Draft, de acuerdo con las cláusulas indicaciones de los árbitros asignados. LVP establecerá el canal de comunicación para los equipos finalistas durante el evento. Por ninguna circunstancia los competidores podrán cambiar el software de comunicación sin autorización del árbitro encargado. Los jugadores no pueden tocar o manejar las herramientas de juego (periféricos o Pc) de otro compañero posterior al inicio de la partida. Sólo el personal autorizado por la COMPETENCIA podrá manipular las conexiones de hardware y el software de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:computadoras.

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Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable presente Concurso tiene por sus agentes, dependientes y terceros afectados al servicio. En el supuesto de reclamos de cualquier índole, que se originen en razón de los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en objeto la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio contratación de la prestación del servicio o Servicio de Climatización, el Mantenimiento de Climatización y el Multitécnico derivado del uso de las instalaciones así como el Servicio de Mantenimiento para la prevención de la relación contractuallegionelosis para el Centro de Recuperación y Rehabilitación de Levante, Centro Mancomunado de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, num. 292., (en adelante C.R.R.L.). Los servicios a prestar en las instalaciones deberán ser aquellos que permitan que los diferentes elementos actúen cumpliendo las disposiciones legales, de la forma más eficaz posible y con el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas mínimo consumo de energía, asegurando el funcionamiento continuo de los sistemas y minimizando los posibles tiempos xx xxxxxx como consecuencia de averías y de sus reparaciones. El recinto y los recibos edificios objeto de pagos mantenimiento, las instalaciones a mantener y las operaciones mínimas a realizar se relacionan, respectivamente, en original los Anexos I, II y copia, indicando si los pagos se realizan III del presente Pliego. El adjudicatario deberá estar en forma total o condiciones de poner en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, funcionamiento y prestar efectivamente el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar servicio el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación Las empresas licitadoras serán responsables del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas conocimiento de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos instalaciones previo a la formulación de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contenganOfertas, así como de la comprobación de su estado e idoneidad para cumplir con todas las exigencias que figuran en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. Una vez realizada la adjudicación, la empresa que resulte adjudicataria presentará en el plazo máximo de seis (6) semanas, contadas a partir de la firma del contrato, un “Informe Inicial” resultante del estudio exhaustivo sobre las instalaciones y equipos objetos del contrato, señalando, si las hubiere, las deficiencias observadas desde el punto de vista técnico y legal y proponiendo las actuaciones necesarias para realizar las correspondientes correcciones y/o mejoras. El C.R.R.L. subsanará a su cargo aquellas propuestas que excedan las condiciones establecidas como obligación contractual de la empresa adjudicataria. El Hospital podrá exigir a la empresa adjudicataria, con posterioridad, la corrección de defectos y anomalías detectadas y no señaladas en el informe, siempre que sean defectos u omisiones evidentes y no tengan la consideración de vicios ocultos, así como la reparación y reposición, sin cargo alguno para el C.R.R.L., de cualquier suma exigible rotura o desperfecto que se descubra y que no sea consecuencia del uso. El Informe Inicial incluirá un Inventario completo de instalaciones y equipos, y tendrá la consideración de exhaustivo, por lo que todo lo que no quede reflejado en exceso él será aceptado tácitamente por la empresa adjudicataria como correcto, pudiendo ser exigido por el CRRL con posterioridad. La empresa adjudicataria será responsable de mantener permanentemente actualizado y a disposición de los responsables de la administración este Inventario. La gestión del mantenimiento deberá ser informatizada a través de un GMAO especializado para la gestión del mantenimiento. El GMAO que el C.R.R.L. gestionará será PRISMA III o SIMILAR, que será suministrado por la empresa adjudicataria e instalado en el Centro sin cargo alguno para el Hospital. Si durante el periodo de vigencia del contrato, el C.R.R.L. implanta un programa de gestión global, la empresa adjudicataria deberá migrar los datos introducidos hasta el momento a este sistema corporativo y gestionar el mantenimiento con esta herramienta y con los criterios de funcionamiento que se definan por parte del Centro. La duración del contrato será desde el 01.01.2011 hasta el 31.12.2014. Se contempla la posibilidad de ampliación del periodo contractual con dos prórrogas anuales. Éstas serán acordadas por el Órgano de Contratación del C.R.R.L. y será obligatoria para el adjudicatario sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgopartes. El adjudicatario continuará prestando sus servicios una vez finalizado el periodo contractual (con o sin ejecución de las prórrogas previstas) hasta la resolución de un nuevo Concurso, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos manteniendo en todo caso, los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo precios de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:licitación establecidos.

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Samples: Pliego De Especificaciones Técnicas

Generalidades. El Proveedor Para la aplicación de los revestimientos, el Contratista tendrá en cuenta las siguientes indicaciones: La colocación será plenamente responsable esmerada y efectuada por sus agentespersonal especializado, dependientes debiendo presentar, los revestimientos, superficies planas, parejas y terceros afectados al serviciode tonalidad uniforme. En correspondencia con llaves xx xxx, xxxxx canilla, etc. los recortes deberán ser perfectos, no se admitirán piezas rajadas ni deficientes, o defectos provocados por el supuesto corte. Los encuentros con revoques serán rectos y los cortes se realizarán con cuidado, evitando ondulaciones, y la disposición de reclamos de cualquier índole, que se originen en razón juntas de los servicios paños se someterá previamente a aprobación de la Inspección. En los revestimientos de locales húmedos (baños, cocinas, lavaderos, etc.) se tendrán en cuenta las reglamentaciones vigentes en el Ente Prestatario del Servicio y en las reglamentaciones vigentes en cada diistrito.1 No se admitirán llaves de paso, cuadros de duchas y broncería en general que no estén perfectamente aplomados respecto del tipo del revestimiento terminado. El Contratista deberá verificar, previamente, la correcta colocación de dichos elementos. Se tomarán las precauciones necesarias para evitar que existan piezas que denoten defectos de colocación (por ejemplo: sonido hueco, de alguna de ellas). Si se constatara tal anomalía, la Inspección podrá ordenar la demolición y nueva ejecución de las zonas observadas, por cuenta y cargo del Contratista. La disposición de juntas y cortes deben ser sometidas a aprobación de la Inspección. La elección de los colores, grabados, diseños, etc. está, en todas las circunstancias, a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denunciaMPF, de acuerdo con las cláusulas lo indicado en la Planilla de las pólizas correspondientesLocales. El Proveedor será responsable por todas las pérdidasLa Inspección podrá exigir la realización de muestras, reclamostanto de colores como de texturas, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento que el Contratista ejecutará por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:exclusiva cuenta y cargo.

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Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable La Ley 1448 de 2011, por sus agentesla cual se dictan medidas de atención, dependientes asistencia y terceros afectados reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y otras disposiciones, ordenó la creación de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución Despojadas, en adelante la UNIDAD. En la actualidad y de conformidad con el artículo con el artículo 103 de la Ley 1448 de 2011, la UNIDAD está prevista por un término xx xxxx (10) años, como una entidad especializada de carácter temporal, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio independiente, cuyo objeto principal es servir como órgano administrativo del gobierno nacional para la restitución de tierras de los despojados. La sede principal de la Unidad es la ciudad de Bogotá y contará con unnúmero plural de dependencias según lo requieran las necesidades del servicio. En El artículo 111 de la Ley 1448 de 2011, dispone la creación del Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas como un fondo sin personería jurídica, adscrito a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, el supuesto cual tendrá como objetivo principalservir de reclamos instrumento financiero para la restitución de cualquier índole, que se originen en razón tierras de los servicios despojados y el pago de compensaciones. El artículo 112 de la Ley 1448 de 2011, contempla la administración de los recursos del FONDO a través de una fiducia comercial de administración, contratada con una o más sociedades fiduciarias, cuyo constituyente y beneficiario será la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. El artículo 113 de la Ley 1448 de 2011, estableció que al Fondo de la Unidad ingresarán los bienes y recursos que transfieran el Ministerio de Agricultura Y Desarrollo Rural, y las demás entidades, de conformidad con las normas vigentes. En desarrollo de dicha normatividad, el Director General mediante Resolución No. 953 de 2012, adoptó el Manual Técnico Operativo del Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, a través del cual, entre otros, se determinaron los procedimientos de operación y la administraciónde los bienes que ingresarían al Fondo, así como el procedimiento para el pago de compensaciones a cargo del PROVEEDORmismo. El objetivo principal del Fondo, éste deberá mantener indemne según lo explicado y lo establecido en los artículos 97 y 98 de la Ley 1448 de 2011, es (i) dar cumplimiento a AGUAS SANTAFESINAS S.A.las compensaciones en especie y reubicación, en aquellos casos en que la restitución material del bien sea imposible por accidenteslas razones establecidas; (ii) el pago en dinero de compensaciones, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos decrete la sentencia a favor de los seguros opositores que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar probaron la buena fe exenta de culpa dentro del proceso; y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones (iii) disponer de Contratación, atendiéndose asimismo bienes para poder cumplirle a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en víctimas con la materia garantía efectiva de su derecho a la fecha restitución de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un añotierras. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, Que de acuerdo con las cláusulas lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.1.2, del Decreto 1082 de las pólizas correspondientes2015, el 13 de febrero de 2020 se publicó el aviso de convocatoria en el Portal Único de Contratación – SECOP II xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. El Proveedor será responsable Que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 2.2.1.1.2.1.3 y 2.2.1.1.2.1.4, del Decreto 1082 de 2015, la publicación del respectivo proyecto xx xxxxxx de condiciones del proceso de Licitación Xxxxxxx Xx. XX-XXX-00- 0000, se surtió en el Portal Único de Contratación – SECOP II xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx desde el día 13 defebrero de 2020 hasta el 27 de febrero de 2020, término dentro del cual se recibieron observaciones por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos interesados y que fueron resueltas y publicadas en el SECOP II dentro del término establecido en el cronograma del proceso. Que LA UNIDAD, ordenó mediante Resolución No. 00237 del 09 xx xxxxx de este Artículo2020, ya sea la apertura del proceso de Licitación Pública No. LP-URT-02-2020, el cual tuvo como resultado objeto: “Contratar una fiducia mercantil de la anulación administración y pagos para el cumplimiento de cualquiera las órdenes proferidas en materia de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen Restitución, realizar pago de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedorcompensaciones, no limita ninguna responsabilidadatención a los segundos ocupantes, contractual o extracontractualejecución de los programas de alivios de pasivos, u obligación administración de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo proyectos productivos agroindustriales, adquisición, administración y transferencias jurídicas y materiales de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contenganbienes, así como efectuar los pagos a cargo del Fondo de cualquier suma exigible la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, a través de un patrimonio autónomo” Que mediante Resolución No. 00334 del 13 xx xxxxx de 2020, el Secretario General de LA UNIDAD, acogiendo la recomendación del comité evaluador, adjudicó el proceso de Licitación Pública No. LP- URT-02-2020. Al proponente CONSORCIO XXXXXX XX XXXXXXX 0000. Que la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN DE RESTITUCIÓN DESPOJADAS y el CONSORCIO UNIDAD DE TIERRAS 2020, suscribieron el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil No. 1797 de 2020, en exceso virtud del cual se constituyó el patrimonio autónomo denominado Patrimonio Autónomo Consorcio Unidad de Tierras 2019, cuyo objeto consiste en: “Contratar una fiducia mercantil de administración y pagos para el cumplimiento de las sumas aseguradas mínimas solicitadas órdenes proferidas en materia de Restitución, realizar pago de compensaciones, atención a los segundos ocupantes, ejecución de los programas de alivios de pasivos, administración de proyectos productivos agroindustriales, adquisición, administración y transferencias jurídicas y materiales de bienes, así como efectuar los pagos a cargo pagos a cargo del Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, a través de un patrimonio autónomo”. Que el Tribunal Superior del Distrito Judicial xx Xxxxxxxxx Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras, de conformidad con la órdenes judiciales que deben ser acatadas y cumplidas por la Unidad de Restitución de Tierras, en diligencia de seguimiento programada el 25 de septiembre de 2020, y plasmada en auto del día 28 de septiembre de 2020, dispuso expresamente: “1. ORDENAR al GRUPO DE CUMPLIMIENTO DE ÓRDENES JUDICIALES Y ARTICULACION INSTITUCIONAL –COJAI. (FONDO DE LA UNIDAD DE RESTITUCION DE Que el Tribunal Superior del Distrito Judicial xx Xxxxxxxxx Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras resolvió a través de Auto Modulatorio de 25 de febrero de dos mil veintiuno (2021), “ACCEDER a la modulación de las ordenes emitidas los días 25 y 28 de septiembre de 2020, en cuanto a la construcción de un albergue comunitario para cada riesgoen su lugar, o se proceda a la construcción de albergues individuales en los predios restituidos, en la cantidad y especificaciones que resulten más adecuadas desde una perspectiva técnica, quedando garantizados los derechos de las beneficiarias de la restitución tales como vida digna, integridad persona, salud entre otros. Correlativamente la entidad deberá abstenerse de adelantar cualquier tipo de actuación en cuanto a la construcción del albergue comunitario ordenado en providencias pasadas”. Que conforme a las obligaciones derivadas del Contrato xx Xxxxxxx Mercantil No. 1797 de 2020, el coordinador del Grupo de Cumplimiento de Órdenes Judiciales y Articulación Institucional mediante consecutivoNo. 3156-2 del 1 xx xxxxx de 2021 instruyó al Consorcio Unidad de Tierras 2020 adelantar las etapas pertinentes para llevar a cabo la construcción de albergues individuales en los predios restituidos, en cumplimiento de lo ordenado por cualquier riesgo no cubierto el Tribunal xx Xxxxxxxxx. Lo anterior, atendiendo las recomendaciones dadas por las pólizas solicitadas. En todos los supuestosla UAEGRTD y al Manual de Estandarización de Ayuda Humanitaria de Colombia de la UNGRD, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable ubicado en el Municipio de Sabanas de San Xxxxx y Chibolo Departamento xx Xxxxxxxxx, en cumplimiento de lo ordenado por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL XX XXXXXXXXX SALA CIVIL ESPECIALIZADA EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS (Proceso Radicado 47001-31-21-002-2015-00083-00).

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Samples: Invitación Pública

Generalidades. Después de efectuar cada servicio el PRESTADOR DE SERVICIOS llenará un reporte con fotografías tomadas previo a la realización de los trabajos, durante y con posteridad a su ejecución, entregándolo de inmediato al JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EQUIPO PORTUARIO, en el formato que le proporcionará la APIDBO a fin de llevar el control de los mismos. La brigada de mantenimiento estará integrada como mínimo de un técnico especializado en mantenimiento y un ayudante especializado, así como la herramienta y equipo necesario para la ejecución de los trabajos de acuerdo con estas especificaciones. El Proveedor costo de la brigada incluye uso de vehículo de transporte terrestre y/x xxxxxx (lancha), gasolina y lubricantes, así como mantenimiento del equipo y herramienta. El PRESTADOR DE SERVICIOS deberá garantizar la capacidad de respuesta inmediata de la brigada de mantenimiento y la disponibilidad del equipo para mantenimiento las 24 horas, en casos de urgencia y ante el fallo o daño de una señal, de acuerdo a las necesidades de la APIDBO, bastando la orden verbal del JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EQUIPO PORTUARIO en caso de emergencia, que deberá ratificarla a la brevedad, mediante la anotación correspondiente en la Bitácora de Servicios realizados. El PRESTADOR DE SERVICIOS proporcionará un programa de mantenimiento preventivo del señalamiento marítimo del puerto, a fin de que el JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EQUIPO PORTUARIO sepa en cualquier momento a que señales se está dando mantenimiento en determinado día del mes. Este programa solo podrá ser modificado, a solicitud y autorización escrita previa del JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EQUIPO PORTUARIO. El PRESTADOR DE SERVICIOS será plenamente el responsable de la ejecución de los trabajos. Éste deberá contar con un medio de comunicación inmediata y personal (radio-teléfono celular) las 24 horas del día, a fin de que el JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EQUIPO PORTUARIO pueda establecer comunicación inmediata y directa con él. El PRESTADOR DE SERVICIOS proporcionará todas las refacciones necesarias para los trabajos de mantenimiento. La solicitud de refacciones se hará por sus agentesescrito, dependientes y terceros afectados al servicioindicando las señales en donde se emplearán, controlando su uso mediante el número de parte o el número de serie. En el supuesto caso de reclamos sustitución de cualquier índoleelementos dañados, el PRESTADOR DE SERVICIOS entregará al JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EQUIPO PORTUARIO la pieza sustituida. El PRESTADOR DE SERVICIOS deberá coordinarse con personal del área de operaciones con el objeto de que las maniobras que se originen realicen en razón este concepto de trabajo no interfieran con las operaciones normales del puerto. El PRESTADOR DE SERVICIOS deberá evitar que su equipo de trabajo derrame combustible o tire deshechos (basura) en cualquier cuerpo de agua o en tierra; tomando en consideración lo especificado en el manual SIPAP. Durante la ejecución de los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractualtrabajos, el Proveedor PRESTADOR DE SERVICIOS deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo cumplir con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículoseguridad y ambiental del Manual SIPAP. ALCANCES Mano de obra especializada, ya sea equipo y herramienta necesaria, insumos del equipo de transporte como resultado gasolina y lubricantes y todo lo necesario para su correcta y total ejecución. MARCO NORMATIVO Especificaciones particulares, Manual de la anulación fabricante del equipo de cualquiera señalamiento marítimo e indicaciones contenidas en plano de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:referencia.

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Samples: Contrato De Descuento Automático Cadenas Productivas Firmado Por El Representante Legal Con Poderes De Dominio

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentes, dependientes y terceros afectados al servicio. En el supuesto de reclamos de cualquier índole, que se originen en razón de La cubierta incluirá todos los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a elementos necesarios para su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la coberturacompleta terminación, como así también las sumas aseguradasser: babetas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormentecanaletas, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículoetc., ya sea como resultado que estén o no especificados en los planos o sean imprescindibles para la buena y correcta terminación de la anulación impermeabilización. Correrán por cuenta de cualquiera la Contratista todos aquellos arreglos necesarios que deban efectuarse por eventuales deterioros que pudiera sufrir la obra existente por filtraciones, goteras, etc. No podrá alegarse que los trabajos se realizaron inadecuadamente de dichos seguros acuerdo a planos si éstos contuvieran faltantes o por errores. La Contratista deberá utilizar las mejores re- glas de arte. Todos los conductos, tubos de ventilación, y cualquier otro motivoelemento que atraviesan la cubierta y emer- xxx, deberán localizarse de manera tal que salgan por donde la inspección lo indique. El régimen Previo a la ejecución de seguros impuesto estas tareas, la Contratista presentará los planos generales y de detalle que correspondan para su aprobación por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedorparte de la Inspección de Obra. La misma será xx xxxxx xxxxxxx- zada Sinusoidal H°G calibre Nº 24 sobre Vigas y correas de Perfiles C de 120mm con protección de anti óxido, no limita ninguna responsabilidadamurados a paredes existentes de depósito, contractual o extracontractualse las colocará mediante tornillos auto perforantes con pendiente mínima de10% con el objeto de garantizar el escurrimiento del agua. La canaleta xx xxxxx plegada de 0,60 m de desarrollo, u obligación fijada con ménsulas xx xxxxxx t 1 ¼”x3/16” y xxxx xx xxxxxx de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan110mm con codo 110 mm, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:evacuando ésta cubierta sobre azotea.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Legales Generales

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentes, dependientes y terceros afectados al servicio. En el supuesto Ayuntamiento de reclamos de cualquier índole, Madrid habilitará los sistemas informáticos que se originen en razón de los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en estime necesarios para la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración correcta gestión del contrato, cuando éste no fuera mayor y que permitirán gestionar y controlar de forma adecuada las diferentes prestaciones. Toda la información gráfica y alfanumérica que se genere con motivo de la realización de las prestaciones contenidas en los lotes, así como la necesaria para la evaluación de los indicadores, deberá ser compatible con estos sistemas, y volcada en ellos por los Concesionarios según el protocolo que el Ayuntamiento establezca. Las empresas concesionarias deberán disponer los medios humanos con la adecuada cualificación profesional, materiales, técnicos y tecnológicos necesarios para dar cobertura tanto a un añolas aplicaciones actualmente funcionales como aquellas que pudieran desarrollarse por parte del Ayuntamiento a lo largo del contrato, y asegurar la correcta actualización de los inventarios y el volcado de toda información asociada a la gestión del Servicio. En caso Los costes de contratos integración de una duración superior al añola información en los sistemas informáticos se consideran incluidos en la oferta de las empresas concesionarias. Las herramientas que eventualmente, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio y respondiendo a necesidades puntuales de la prestación del servicio o servicio, pudieran desarrollarse específicamente para el Ayuntamiento de Madrid por las empresas concesionarias en el ámbito del contrato, pasarán a ser propiedad de éste, tanto el desarrollo informático y sus funcionalidades como la información almacenada. Su provisión/adaptación e implementación se realizarán bajo la supervisión técnica del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid (IAM), realizándose con las especificaciones técnicas fijadas por éste. La información que los Concesionarios suministren al Ayuntamiento será veraz, siendo de la relación contractualresponsabilidad de aquellos los errores u omisiones que pudieran existir. La empresa concesionaria deberá estar en condiciones de suministrar la información solicitada por el Ayuntamiento y de recibir de éste avisos u órdenes las 24 horas del día todos los días del año. Toda la información que se genere como consecuencia de las prestaciones comprendidas en este contrato será propiedad del Ayuntamiento de Madrid; esto comprende también toda aquella que las empresas concesionarias vuelquen a los sistemas municipales. Si para la correcta ejecución de las prestaciones fuera preciso el acceso de los Concesionarios del presente contrato a determinadas plataformas corporativas existentes en el Ayuntamiento de Madrid (Avisa2) o a otras que pudieran desarrollarse en el futuro, éstos deberán disponer los medios materiales, humanos, técnicos y tecnológicos necesarios para el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. correcto funcionamiento del sistema las pólizas y 24 horas del día, todos los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormentedías del año, y siempre antes de presentar para el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar acceso a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, mismos de acuerdo con las cláusulas especificaciones del IAM (redes de comunicación de ancho xx xxxxx suficiente para la conexión al Ayuntamiento, direcciones IP públicas fijas y securizadas, el personal suficiente para la gestión de incidencias todos los días del año, etc.). Los costes derivados de ello están contemplados dentro de la oferta de las pólizas correspondientesempresas concesionarias de los lotes. El Proveedor será responsable por todas Ayuntamiento proporcionará las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales líneas de comunicaciones entre la red municipal y las costasempresas concesionarias, costos para facilitar el acceso a las aplicaciones de soporte a los servicios y gastos la transmisión de cualquier índole originados o resultantes la información requerida. El Ayuntamiento habilitará una conexión con el nodo/sede indicado por cada una de cualquier incumplimiento por las empresas concesionarias, para lo que cada empresa facilitará la ubicación de su parte nodo de conexión así como el espacio necesario para la instalación adecuada de los requerimientos equipos de este Artículocomunicaciones necesarios. No obstante, ya sea como resultado en caso de no disponer temporalmente de dicho nodo/sede, durante un periodo transitorio las empresas concesionarias deberán de disponer de las líneas de comunicación necesarias para dar cobertura a la gestión de los servicios del presente contrato. Las empresas concesionarias deberán disponer de sus propios sistemas de gestión interna de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivoinformación del contrato (recursos humanos, instalaciones, etc.). El régimen Ayuntamiento de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación Madrid podrá solicitar el acceso directo a los sistemas de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo información de cualquier franquicia o descubierto obligatorio la empresa concesionaria que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso contengan información relevante de las sumas aseguradas mínimas solicitadas prestaciones, definiéndose el perfil de acceso adecuado a dichos sistemas para cada riesgolos técnicos municipales con el objeto de realizar el control y seguimiento del contrato. Los sistemas de gestión interna de los Concesionarios deberán utilizar, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadassiempre que exista, la información contenida en los Sistemas de Información del Ayuntamiento de Madrid. El uso de otras fuentes distintas deberá contar con la autorización expresa del Ayuntamiento de Madrid. A estos efectos el Ayuntamiento de Madrid ofrece una plataforma informática: El Ayuntamiento de Madrid gestiona su información geográfica corporativa en el sistema SIGMA, tanto la cartografía base de la ciudad como otras capas de información geográfica y alfanumérica asociadas al territorio. En todos este sistema se integra el SIG de Gestión de Zonas Verdes, Limpieza y Residuos. Este sistema y otras herramientas y aplicaciones municipales integradas con él permiten a las unidades municipales y a las empresas colaboradoras gestionar diferentes servicios en la ciudad. SIGMA dispone de un visor geográfico, que se puede implementar de forma estándar en las aplicaciones de gestión y que las dota de funcionalidad geográfica, posibilitando el análisis espacial mediante las herramientas propias de un SIG. El Ayuntamiento de Madrid facilitará al Concesionario aquella información geográfica municipal que se considere de utilidad para la gestión del servicio, de manera que sea posible la ubicación y el análisis geográfico de la información objeto de la prestación de las actividades. En todo caso, los supuestosinventarios gestionados en el ámbito del contrato deberán residir finalmente en SIGMA, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable siendo responsabilidad del Concesionario desarrollar los elementos de integración que permitan al Ayuntamiento el mantenimiento actualizado, consulta y análisis espacial sobre dichos inventarios mediante las herramientas implementadas en SIGMA. Para ello se seguirán las especificaciones técnicas fijadas por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de segurosXXX. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:Entorno tecnológico − Sistema Operativo: Windows 2003/2008. − Servidor Web: IIS 6.0, IBM Server 2.x / Apache.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas Del Contrato De Gestión Integral Del Servicio Público De Parques Y Viveros Municipales

Generalidades. Los usos desarrollados en la Planta Baja frentistas a Av. del Libertador pueden corresponder a usos comerciales y gastronómicos que garanticen actividades y funcionamiento diurno y nocturno, propiciando la mayor amplitud horaria posible que fomenten el flujo de personas y su atracción al sector, generando mixtura y complemento de usos. A tal efecto Concesionario deberá presentar un Proyecto Ejecutivo para la puesta en valor y refuncionalización de los inmuebles objeto de la concesión, que respete sus características particulares, contemplando aspectos arquitectónicos y urbanísticos, y que sea acorde al mismo tiempo al uso o explotación comercial que propicie darle al polígono concesionado en su conjunto. PLIEG-2019-97612138-APN-DCCYS#AABE Las obras factibles de realizar serán aquellas que, adaptadas a la propuesta de uso, estarán destinadas a la restauración de los elementos arquitectónicos de fachada, restauración y re funcionalización de espacios interiores: cubiertas, cielorrasos, pisos, ornamentos, según destino a proponer por el oferente al inmueble. El Proveedor será plenamente Proyecto Ejecutivo deberá contemplar los trabajos necesarios para materializar su propuesta deberán realizarse dentro de las normas técnicas de práctica. Cumplirá con todas las ordenanzas y reglamentos en vigor y se hará directamente responsable por sus agentestoda infracción efectuada durante y después de la ejecución de los trabajos. El objeto de la concesión debe ser considerado como conjunto desde el punto de vista formal y funcional, dependientes y terceros afectados al servicioeliminando barreras arquitectónicas entre las partes que lo componen, garantizando permeabilidad de visuales. Los caminos se considerarán EX TERRENO BALDIO a los fines de su tratamiento. En principio se deberá recuperar técnicamente la mayor cantidad de materiales y técnicas constructivas originales. Cuando esta circunstancia no sea factible, las reposiciones y/o reemplazos no serán de calidad ni cualidades estéticas inferiores a los elementos originales a reponer. Su prestación y lenguaje expresivo deberá como mínimo ser equivalente a la del material y la técnica histórica-primaria utilizada. Los nuevos materiales asimismo deberán garantizar su mayor durabilidad, fácil reposición, seguridad, y bajo costo de mantenimiento. El concesionario deberá prever que, al igual que ocurre con el supuesto de reclamos de cualquier índole, que se originen en razón uso y explotación de los servicios a cargo del PROVEEDORinmuebles, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., la inversión necesaria y la realización de estas obras se hacen por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios su absoluta cuenta y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidadriesgo. El Proveedor deberá contratar Proyecto Ejecutivo y mantener vigentes de Obra incluirá, como mínimo, los seguros indicados en estas Condiciones siguientes documentos: Planos de Contrataciónplanta, atendiéndose asimismo corte, vistas de arquitectura con identificación de profesionales proyectistas, director de obra y constructor Planos y memoria de cálculo de las estructuras con identificación de profesionales proyectistas, director de obra y constructor y planilla de superficies, con locales lados mínimos y usos Planos y memorias de las distintas instalaciones complementarias de las construcciones con identificación de profesionales proyectistas, director de obra e instalador. Memoria general del proyecto indicando materiales, procedimientos de ejecución y programa de control de calidad a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. implementar. Programa de Obra ejecutado con el aplicativo MS Project versión 2010 o más reciente, indicando: Listado de tareas, siguiendo, en la materia a medida de lo posible, la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio itemización de la prestación Planilla de Precios. Duración de cada una de las tareas Indicación de las relaciones de precedencia entre las tareas relacionadas Identificación del servicio o Camino Crítico de la relación contractualobra. Sobre la base del Programa de Obra: el Plan de Inversiones, el Proveedor deberá presentar expresado en PLIEG-2019-97612138-APN-DCCYS#AABE porcentajes de avance de obra, estableciendo hitos porcentuales mensurables a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas alcanzar en cada mes de obra. Programa de Higiene y los recibos Seguridad, visado por la ART correspondiente y nombramiento del responsable de pagos en original Higiene y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados Seguridad durante la obra. Programa de cobertura originales, donde se indique Condiciones Ambientales y nombramiento del responsable ambiental durante la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:obra.

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Samples: Contrato De Concesión De Uso

Generalidades. Los contrapisos incluyen, pero no se limitan a: - Contrapisos de hormigón de cascotes sobre tierra. - Contrapisos de arcilla expandida sobre losas. - Banquinas de hormigón de cascotes sobre contrapisos sobre tierra. - Banquina de arcilla expandida sobre losas. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentescemento y la arena se adecuarán a lo especificado en el capítulo 04. Como agregado liviano se utilizará arcilla expandida clinkerizada de granulometría 10:20, dependientes y terceros afectados al serviciocomo agregado inerte empastado. En el supuesto El cascote de reclamos ladrillos provendrá de cualquier índole, que se originen en razón ladrillos (o parte de los servicios a cargo del PROVEEDORmismos), éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A.bien cocidos, por accidentescolorados, multas, gastos, incluyendo honorarios limpios y costas, angulosos y sin que los montos restos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidadcal. El Proveedor deberá contratar Su tamaño variará entre 3 y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año5 cm. En caso de contratos llevar armaduras las mismas serán de una duración superior al añoxxxxxx xx xxxxx tipo Sima de 15 x 15 cm. Los rellenos y mantos para contrapisos, se efectuarán según las pólizas podrán ser anuales, debiendo, especificaciones que se incluyen en tal caso, contener una cláusula este capítulo y en la documentación. Los espesores y pendientes se ajustarán a las necesidades que surjan en los niveles indicados en los planos para pisos terminados y de renovación automática. El día de inicio las necesidades emergentes de la prestación del servicio o obra. En general, previo a su ejecución se procederá a la limpieza de materiales sueltos y al eventual rasqueteo de incrustaciones extrañas, mojando con agua antes de colocarlo. Asimismo, al ejecutarse los contrapisos, se deberán dejar los intersticios previstos para el libre juego de la relación contractualdilatación, aplicando los dispositivos elásticos que constituyen los componentes mecánicos de las juntas de dilatación. Se rellenarán los intersticios creados con el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos material elástico prescrito en el capítulo respectivo, de pagos en original y copiacomportamiento reversible, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotasgarantizando su conservación, o en su defecto, certificados el caso de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o facturadiferirse estos rellenos para etapa posterior, se deberán entregar concederá especial atención a la clausura transitoria de las pólizas definitivasranuras para garantizar la limpieza. La Inspección El trabajo de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso contrapisos para el cual fuese necesaria dicha denunciano se indica otra terminación deberá ser apisonado, emparejado y fratasado. Se debe producir una superficie uniforme y antideslizante. Las pendientes deben asegurar un adecuado escurrimiento del agua a embudos, sumideros, piletas de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientespatio o rejillas exteriores según su ubicación. El Proveedor será responsable Deben respetarse los escurrimientos hacia el interior en los locales húmedos (rejillas 1 / 1.5 cm por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado debajo del nivel inferior del marco de la anulación puerta de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivoacceso al local) y hacia el exterior, en las áreas perimetrales al edificio. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento Los contrapisos recién terminados deben ser protegidos del régimen de segurossecado prematuro. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:rajaduras excesivas durante el secado serán motivo para el rechazo del trabajo.

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Samples: www.mininterior.gov.ar

Generalidades. El Proveedor BANCO mantendrá el depósito CTS en una cuenta de ahorros con características especiales, el mismo que tendrá carácter intangible e inembargable hasta el límite establecido por ley. El saldo del depósito CTS será plenamente responsable de libre disposición del titular hasta por el límite establecido en el Decreto Supremo 001-97-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, o en aquella norma que lo modifique o sustituya; por lo que el CLIENTE podrá afectar en garantía la parte del depósito CTS que sea de libre disponibilidad por cualquier obligación que mantenga en favor del BANCO. Las comunicaciones que el BANCO curse a los titulares de estas cuentas se dirigirán indistintamente al domicilio del empleador o del CLIENTE titular de la cuenta, surtiendo plenos efectos en cualquier supuesto. El titular registrará su domicilio ante el BANCO, lo que no impedirá que las comunicaciones se le cursen a través de su empleador; reconociendo el CLIENTE que las notificaciones surtirán plena validez, aunque el empleador no le entregue oportunamente las mismas. El BANCO suspenderá cualquier retiro parcial del saldo de libre disposición en caso reciba notificación del/la cónyuge o conviviente del CLIENTE, manifestando su necesaria concurrencia. El retiro total de los fondos procederá únicamente cuando el BANCO haya (i) recibido notificación por escrito del empleador indicando el cese del trabajador; y, (ii) verificado el cumplimiento de las formalidades que el BANCO o la ley contemplen. El traslado del depósito CTS a otro depositario autorizado se atenderá observando el plazo establecido por ley, previa retención del monto necesario para atender los pagos derivados de las obligaciones vencidas y exigibles asumidas por el titular frente al BANCO, hasta el límite xx xxx, a instancia del CLIENTE. El retiro total de los fondos sólo procederá en caso de sociedad de gananciales si la CTS tiene la calidad de bien común a partir del matrimonio civil (o de haber transcurrido dos años continuos de la unión de hecho), los retiros solamente serán atendidos por el BANCO si no se recibiese aviso por escrito del cónyuge/conviviente. Las cuentas CTS también podrán ser afiliadas a la tarjeta de débito que eventualmente emita el BANCO, previa solicitud del CLIENTE. Según el Producto Financiero contratado, el BANCO podrá entregar al CLIENTE una tarjeta de débito que podrá tener soporte físico o representación electrónica o digital. El CLIENTE acepta que la tarjeta de débito le permite realizar las diversas transacciones que admiten los diversos canales de atención del BANCO, así como acceder a otros servicios prestados por redes de bancos corresponsales y otros establecimientos comerciales afiliados, inclusive vía Internet, de acuerdo a los procedimientos y condiciones establecidos por el BANCO, previa habilitación de dichos servicios de manera expresa por parte del CLIENTE. El CLIENTE podrá solicitar la activación, supresión o reactivación de los mencionados servicios en cualquier Agencia del BANCO, en el Call Center o en cualquier otro medio que el BANCO ponga a su disposición y comunique al CLIENTE. El CLIENTE declara conocer que los servicios prestados a través de bancos corresponsales o entidades asociadas del país o del exterior, se rigen por los límites y otras condiciones que establezcan dichos bancos o entidades para sus agentespropios canales y las condiciones de cada país, dependientes de las mismas que el CLIENTE deberá informarse antes de su uso. El CLIENTE debe adoptar las siguientes medidas de seguridad: (i) antes de realizar la primera operación, el CLIENTE debe cambiar su Clave Personal, (ii) la Clave Personal debe ser de fácil recordación, asimismo deberá procurarse que la misma no incluya datos de fácil asociación con EL CLIENTE (como cumpleaños, documento de identidad, o similares), (iii) cuando digite su Clave Personal, el CLIENTE deberá taparla para evitar que terceros tengan acceso a la misma, y terceros afectados (iv) la Tarjeta es personal e intransferible, por tanto el CLIENTE no deberá entregarla a ningún tercero. La Tarjeta permite el acceso en la secuencia establecida por EL BANCO, a las distintas cuentas o depósitos, en moneda nacional o extranjera, que el CLIENTE hubiera afiliado; así como a otros servicios que EL BANCO ofrece bajo las respectivas condiciones. La utilización de la Tarjeta dentro o fuera del país procederá solamente si las cuentas o depósitos tienen saldos existentes que EL BANCO está obligado a conceder y siempre que el usuario haya habilitado previamente dicha opción. Salvo las excepciones expresamente establecidas por la legislación aplicable (las cuales se detallan en la cláusulas 34 del presente contrato), el CLIENTE asume la responsabilidad total por las transacciones que se efectúen utilizando su Clave Personal. El tipo de cuenta, operaciones y servicios a los que se puede acceder con la tarjeta de débito, así como las modalidades y restricciones de su empleo, pueden ser modificados o suprimidos por EL BANCO, lo que será previamente informado al CLIENTE de a través de medios directos, en caso dichos cambios generen un perjuicio a EL CLIENTE conforme a lo señalado en el punto 38 de este contrato. El CLIENTE se obliga a seguir las normas y condiciones aplicables a cada servicio. En EL BANCO no asume responsabilidad en caso los establecimientos afiliados a los sistemas de tarjetas de débito se negasen a aceptarlas. Tampoco se responsabiliza por la negativa a la devolución, ni por la calidad, cantidad y otras características de las mercaderías y/o servicios que adquiera el supuesto CLIENTE en los puntos de reclamos venta y/o prestación de cualquier índoleservicios adquiridos con el uso de la tarjeta de débito. Podrán emitirse tantas tarjeta de débito como titulares tengan las cuentas, las cuales operarán con las Claves Personales que cada usuario establezca, siempre y cuando las cuentas sean de titularidad solidaria/indistinta "o". Cuando las transacciones que realice el CLIENTE usando la tarjeta de débito, o por otros medios autorizados por el BANCO, sean en monedas distintas a las de la cuenta, el BANCO podrá cargar su importe según la secuencia cambiaria que tenga establecidas, por el equivalente al monto de la moneda pertinente y al tipo del cambio venta (o compra si se carga una cuenta de moneda extranjera) que tenga vigente el BANCO en el momento del cargo para el canal en que se originen realiza la operación, y cuyo resultado se abonará al beneficiario, quedando liberado de toda responsabilidad por eventuales diferencias de cambio. La continuación en razón la realización de operaciones a través de los distintos canales puestos a disposición por el BANCO y que requieran el uso de la Tarjeta o Clave Personal significará la total aceptación de las nuevas condiciones por el CLIENTE, las mismas que serán informadas a través de medios directos, conforme lo señala el numeral 39 del presente contrato. El CLIENTE será afiliado automáticamente al momento de la contratación al sistema de notificaciones por todos los servicios que tenga habilitados relacionados a operaciones que se realicen con cargo a los depósitos previamente constituidos. El BANCO determinará el medio por el cual el CLIENTE recibirá las notificaciones y será informado al momento de la contratación. El CLIENTE podrá desafiliarse o volverse a afiliar al sistema de notificaciones en cualquier Agencia, mediante la banca telefónica o a través del PROVEEDOR, éste medio que indique el BANCO. El CLIENTE podrá solicitar su inclusión dentro de un sistema de pagos mediante cargos automáticos en su(s) cuenta(s) de ahorro. El CLIENTE deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin considerar que los montos pagos por cargos automáticos procederían únicamente si: (i) cuenta con saldo disponible; y, (ii) en caso de cargos recurrentes, será el CLIENTE quién asumirá la responsabilidad de notificar al citado establecimiento sobre el nuevo código de la tarjeta de débito(cualquiera sea el motivo que haya originado el cambio de código) para los seguros efectos del respectivo cargo; sin perjuicio de lo anterior, el BANCO podrá, pero no estará obligado a realizar dicha notificación en los casos en los que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un añopueda identificar al correspondiente establecimiento. En caso de contratos terminación del Contrato por cualquier causa, el CLIENTE asume la obligación de una duración superior al añonotificar tal circunstancia a los establecimientos afiliados a los que hubiere solicitado su inclusión dentro de un sistema de pagos mediante cargos automáticos en la(s) cuentas, sin perjuicio de las pólizas podrán ser anualesresponsabilidades establecidas en la Ley N°28556, debiendoLey que regula el débito automático y su reglamento, aprobado por D.S. N°198-2006-EF, Este servicio se puede encontrar sujeto a cargos, los mismo que se encuentran detallados en tal caso, contener una cláusula la Cartilla de renovación automáticaInformación. El día CLIENTE podrá ordenar la suspensión de inicio los débitos automáticos hasta con 48 horas de anticipación al vencimiento de la obligación, así como que podrá imponer límites a los débitos. El CLIENTE tendrá responsabilidad en el supuesto resulte imposible el débito por contar con saldo insuficiente, o por motivo de que la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar se encuentre suspendida a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación solicitud del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientesusuario. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. CLIENTE no será responsable en caso el débito no sea efectuado por suma alguna que el Proveedor se viera obligado causas no imputables a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:éste último.

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Samples: Contrato De Productos Financieros

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por Para el cumplimiento de su objeto social, GMR Canarias contrata el servicio para la comercialización de alimentos producidos y elaborados en Canarias fuera de las islas que implicará la ejecución de las siguientes acciones: - Puesta a disposición de una página web y de un programa informático que permita gestionar la compra, la venta y el resto de operaciones necesarias para el funcionamiento del canal, - Caracterización de los productores/fabricantes y de sus agentesproductos, dependientes - Gestión de la compra de los productos que vayan a ser vendidos a través de este canal, - Gestión de la logística que permita la entrega de los productos adquiridos en el lugar que solicite cada comprador, - Facturación, cobro y terceros afectados al servicioliquidación de las ventas, - Promoción del canal de venta on-line, de los productores/fabricantes y de los productos ofertados. En Debe entenderse que se contrata un servicio integral que permita la venta on-line, una acción “llave en mano” para la que el supuesto adjudicatario deberá implementar cualquier otro elemento no previsto específicamente en este pliego y que sea necesario para la ejecución del objeto del contrato. La retribución del adjudicatario procederá de reclamos la liquidación que se practique mensualmente en la que se tendrá en cuenta las ventas realizadas en el periodo, tal y como se detalla en el Pliego de cualquier índoleCláusulas Administrativas Particulares. Por tanto, el éxito comercial, que se originen en razón es la finalidad última de los servicios a cargo del PROVEEDOReste contrato, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de productores/fabricantes vendan sus elaboraciones, redundará en los seguros ingresos que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidadreciba finalmente el adjudicatario. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en A la materia a la fecha de formalización finalización del plazo del contrato y a cualquier modificación posterior.de sus prórrogas, en su caso, GMR Canarias cederá al contratista –sin coste– el dominio utilizado para el canal de venta on-line para que este continúe con la compra/venta, en las mismas condiciones recogidas en los pliegos, como actividad económica privada, sin aportación económica por parte de GMR Canarias, siempre y cuando: - La actividad funcione de forma correcta y el contratista no haya sido sancionado o advertido por incumplimiento alguno en los últimos seis meses, - El contratista muestre su interés en continuar con la actividad lo solicite formalmente cuatro meses antes de la finalización del plazo del contrato y de sus prórrogas, en su caso, - Se firme el correspondiente contrato de cesión por periodos de cinco años que se instrumentarán podrá rescindir de mutuo acuerdo en cualquier momento y - Se retenga la garantía definitiva depositada que será devuelta en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., momento que forman parte del presente legajofinalice la cesión pactada.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:

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Samples: Contrato De Servicio Para La Gestión De Un Canal De Venta

Generalidades. Un resumen del Plan Financiero Plurianual (“Resumen del Plan Financiero Plurianual”) se adjunta al presente Anexo II como Documento A. En el plazo especificado en el Acuerdo para la Ejecución del Programa, el Gobierno aprobará, sujeto a la aprobación de la MCC, un Plan Financiero Plurianual que incluirá además del resumen plurianual del Financiamiento calculado de la MCC, el Aporte de fondos y los recursos del Gobierno, los requisitos de financiamiento anuales y trimestrales para el Programa (incluso los costos administrativos) y para cada Proyecto, estimado sobre la base de las asignaciones presupuestarias y de fondos. Durante el Período de Vigencia del Convenio, el Gobierno realizará Aportes, en relación con su presupuesto nacional y teniendo en cuenta las condiciones económicas imperantes, según sean necesarias para cumplir las responsabilidades del Gobierno en el marco de la Sección 2.6(a) del presente Convenio y podrán ser aportes en especie y financieras (como obligaciones de El Proveedor será plenamente responsable por sus agentes, dependientes y terceros afectados al servicioXxxxxxxx a raíz de toda deuda en la que incurrió para satisfacer estas obligaciones contributivas). En relación con esta obligación, el supuesto Gobierno formuló un presupuesto para el Período de reclamos Vigencia del Convenio a fin de cualquier índolecomplementar el Financiamiento de la MCC mediante aportes financieros directos hacia los gastos de la MCA-El Xxxxxxxx o según acuerden en contrario las Partes por escrito. Se prevé que las aportes del Gobierno apoyen: la capacitación docente, que se originen en razón el mantenimiento de la infraestructura, estipendios para el transporte y las comidas de los servicios a cargo alumnos y otros costos para financiar los valores de la matriculación adicional y el Órgano Rector de la FCTP para el Proyecto de Capital Humano; el compromiso de inversión en la Actividad para el Desarrollo de Asocios, en el Proyecto del PROVEEDORClima de Inversión; la Actividad para la Expansión de la Carretera del Litoral y la Actividad de Construcción de Infraestructura en Cruces Fronterizos, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A.como parte del Proyecto de Infraestructura Logística, por accidentesasí como los gastos para la administración y la supervisión del Programa. Para tal fin, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos el Gobierno prevé realizar aportes de los seguros que se indican al menos US$88.200.000 en esta sección constituyan un límite a su responsabilidadel Período de Vigencia del Convenio (el “Aporte del Gobierno”). El Proveedor deberá contratar Aporte del Gobierno será adicional al gasto gubernamental asignado a los Objetivos del Proyecto en su presupuesto para el año inmediatamente anterior al establecimiento del presente Convenio. El Aporte del Gobierno estará sujeto a todos los requisitos legales en El Xxxxxxxx para la presupuestación y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones la asignación de Contratacióndicho aporte, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas incluso la aprobación del presupuesto anual del Gobierno por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán legislatura. Las Partes pueden establecer en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte Acuerdo para la Ejecución del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotasPrograma, o en su defectootros Acuerdos Complementarios pertinentes, certificados ciertos requisitos para el Aporte del Gobierno, los cuales pueden ser condiciones previas al Desembolso del Financiamiento de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradoraMCC. Durante la ejecución del Programa, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances Aporte del Gobierno se puede modificar o se pueden sumar aportes nuevos con la aprobación de la coberturaMCC, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción siempre que los aportes modificados o nuevos sigan propiciando los Objetivos del Programa. Actividad 1: Mejora Regulatoria 1,3 1,0 1,1 1,1 0,9 0,6 6,0 Actividad 2: Desarrollo de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes Asocios 2,0 8,9 10,7 5,4 5,4 4,0 36,4 Actividad 1: Calidad de presentar el primer certificado la Educación 0,7 4,3 15,3 22,9 31,5 10,5 85,2 Actividad 2: Reforma del Sistema de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección FCTP 0,2 1,8 3,8 3,8 3,8 2,1 15,5 Actividad 1: Expansión de trabajos no aprobará los certificados o facturas la Carretera del Litoral 1,0 0,7 28,8 30,2 25,2 0,0 85,9 Actividad 2: Infraestructura en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:Cruce Fronterizo 0,5 1,5 12,5 8,1 1,1 0,0 23,7

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Samples: Convenio Del Reto Del Milenio Entre

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentes, dependientes y terceros afectados al servicio. En el supuesto presente se detallan las coberturas de reclamos seguros a requerir para el ingreso y permanencia de cualquier índoleterceros ajenos, sean proveedores y/o contratistas que desarrollen tareas o presten servicios en ubicaciones pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) tanto sean estas en propiedad o en uso, así como las características mínimas de admisibilidad de las mismas. El adjudicatario deberá acreditar los contratos de seguros que se originen en razón detallan y su vigencia durante todo el período contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y los servicios a cargo del PROVEEDORcomprobantes de pago de las mismas. Cada vez que el adjudicatario modifique las condiciones de póliza o cambie de compañía aseguradora, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A.o cada vez que el GCABA lo solicite, por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos se presentarán copias de las pólizas contratadas. La contratación de los seguros que aquí se indican en esta sección constituyan un límite requieren es independiente de aquellos otros que deba poseer el adjudicatario a su responsabilidadfin de cubrir los posibles daños o pérdidas que afecten a sus bienes o los de sus empleados, sean los mismos o no de carácter obligatorio. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo Quedará a criterio del GCABA conforme a las condiciones establecidas actividades a realizar por AGUAS SANTAFESINAS S.A. terceros, la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario/prestador o proveedor de obras y servicios, los cuales deberán acreditar el endoso correspondiente a tales cambios. Los seguros requeridos en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior.presente licitación, las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías o entidades aseguradoras legalmente habilitadas de primer nivel con domicilio en la República Argentina Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e incluir al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx como beneficiario, sin ningún condicionamiento de cualquier naturaleza o especie y a satisfacción serán de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un añorenovación automática. En caso de contratos de una duración superior al añoque los montos asegurados no alcanzaren a cubrir las sumas que pudiesen ser reclamadas, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automáticadiferencias resultantes correrán por cuenta del adjudicatario. El día adjudicatario entregará los originales de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos sus comprobantes de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o pago a requerimiento del Contratante. En caso de que las primas sean abonadas en cuotas, o en su defecto, certificados las respectivas pólizas no deberán contener cláusula restrictiva alguna de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas existir incumplimiento en el supuesto pago de las mismas. En los apartados siguientes se detallan las condiciones mínimas de los contratos de seguro, los mismos deben cumplir con todos los requerimientos establecidos en las Leyes vigentes para cada caso en particular. Las coberturas que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar adjudicatario ha de acreditar aun cuando disponga de otros, son los que se detallan a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulascontinuación:

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Samples: documentosboletinoficial.buenosaires.gob.ar

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentesSon obligaciones del contratista las siguientes: - Gestionar los servicios objeto de ésta adjudicación del modo dispuesto en el presente pliego, dependientes y terceros afectados al servicio. En el supuesto de reclamos de cualquier índole, contrato que se originen en razón formalice, reglamentos de los servicios, órdenes de los servicios y disposiciones legales y reglamentarias de aplicación a los Servicios. - Admitir al goce de los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne toda persona que cumpla los requisitos dispuestos reglamentariamente. - Indemnizar a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos terceros de los seguros daños que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en les ocasionare el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio funcionamiento normal o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera anormal de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denunciaservicios, de acuerdo con las cláusulas normas de las pólizas correspondientesaplicación. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales - Dotar de medios materiales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contenganmecánicos, así como de cualquier suma exigible las instalaciones y naves industriales necesarias para realizar el Servicio - No enajenar bienes afectos a los servicios que hubieren de revertir al Ayuntamiento, ni gravarlos, salvo autorización expresa del mismo. - Mantener en exceso buen estado de conservación y efectuar las reparaciones necesarias para ello, en los bienes e instalaciones adscritos a los Servicios. - Ejercer por sí el contrato y no cederlo o traspasarlo a terceros sin la autorización del Ayuntamiento, de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido. - Asumir las ampliaciones de los servicios decididas por el Ayuntamiento, sin perjuicio de la revisión de precios que corresponda conforme a lo dispuesto en el presente pliego. - Abonar las cantidades establecidas a su cargo en el presente pliego unido al mismo en los plazos indicados. - Utilizar el personal y los vehículos, maquinaria y demás bienes de equipo adscritos a los Servicios, exclusivamente para atender necesidades del contrato, siendo responsable del incumplimiento contractual derivado de la utilización total o parcial de dichos elementos para fines distintos del objeto del contrato, dentro o fuera del municipio de La Xxxx y tanto por el mismo contratista como por otros, sin haber obtenido previamente autorización por escrito del Ayuntamiento, en la que se determinarán las condiciones temporales, técnicas y económicas de dicha utilización. - Facilitar el ejercicio de las sumas aseguradas mínimas solicitadas funciones de control y fiscalización de los servicios que corresponden al Ayuntamiento, cumplimentando y presentando en el plazo y forma los partes y formularios, y demás documentos establecidos por el Ayuntamiento para cada riesgoel ejercicio de tales funciones. - Poner a disposición del Ayuntamiento, en caso de cierre patronal o huelga, el personal y elementos materiales adscritos a los servicios, debiendo dar aviso del comienzo de los hechos referidos con una antelación mínima de 48 horas. - Dotar al personal adscrito los servicios del vestuario necesario para el desempeño de las labores habituales. - La tabla salarial aportada en este pliego de condiciones entrará en vigor para el personal adscrito a los servicios desde el momento de la adjudicación. El adjudicatario intervendrá directamente sin necesidad de autorización expresa del Ayuntamiento, en todas las operaciones de vigilancia, control, reparación, conservación y mantenimiento, que requieran una actuación bajo la modalidad de canon de servicio, siendo responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen como consecuencia de la ejecución de los trabajos o del incumplimiento de cualquiera de las condiciones y especificaciones técnicas de este pliego, de las órdenes y requerimientos del Ayuntamiento y de las mejoras en las condiciones ofertadas por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadasel adjudicatario. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen en los elementos de propiedad municipal, por suma alguna culpa, negligencia e incumplimiento de sus obligaciones. La valoración de estos daños o perjuicios será realizada a través de los Servicios Técnicos de Medio Ambiente, quedando obligado el adjudicatario a reparar el daño y en su caso, a satisfacer la cuantía correspondiente al importe que resulte de la valoración de los daños o perjuicios producidos y ello con independencia de las penalidades que pudieran ser impuestas en el Proveedor caso de incumplimiento de sus obligaciones. De conformidad con lo establecido en el artículo 212 del RDL 3/2011, cuando el contratista por causas imputables al mismo, hubiera incumplido la ejecución parcial de los trabajos objeto del contrato, el Ayuntamiento podrá imponer las penalidades que para tales supuestos se viera obligado determinan en este pliego de condiciones, incluida la resolución del contrato. La imposición xx xxxxx pecuniarias no constituye el ejercicio por parte del Ayuntamiento en su potestad sancionadora, por lo que no está sujeto al procedimiento especial, fuera de la necesaria audiencia al contratista, al estar excluida de la aplicación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la potestad disciplinaria de la Administración respecto de sus contratistas. La garantía definitiva constituida por el contratista, responderá de las penalidades impuestas a pagar a terceros con motivo éste, cuando no pudieran deducirse de su responsabilidad las certificaciones mensuales, debiendo reponer o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:ampliar la garantía en la cuantía que corresponda.

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Samples: laroda.es

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentesSe pondrá a disposición del nuevo adjudicatario la maquinaria adscrita al servicio de propiedad municipal detallada en el anejo nº 3. Los medios, dependientes maquinaria y/o material, que cada licitador oferte sin cargo al Ayuntamiento, deberá ser descrito con aportación de planos, croquis, fotografías y terceros afectados al serviciocuantos datos crean necesarios. En todo momento el supuesto de reclamos de cualquier índoleadjudicatario deberá tener en funcionamiento la maquinaria y el material necesario para prestar los servicios, por lo que se originen en razón dispondrá de los servicios equipos de reserva que considere oportuno, debiendo indicar en sus ofertas el plan de reserva propuesto. Deberá reflejarse de forma clara si el licitador oferta material o maquinaria sin coste para el Ayuntamiento y el servico al que está destinado el material. Los gastos de conservación y mantenimiento de todos los equipos, correrán a cargo de la empresa adjudicataria. La gestión del PROVEEDORmaterial tanto técnica, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A.como económica, por accidentesserá de entera responsabilidad del adjudicatario. Toda la maquinaria, multasvehículos, gastos, incluyendo honorarios materiales y costas, y sin que en general todos los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. elementos materiales comprendidos en la materia a la fecha concesión administrativa, serán de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte uso exclusivo para los servicios objeto del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un añopudiendo utilizarse en ningún caso para otros servicios ajenos, salvo orden expresa del Ayuntamiento. En caso de contratos de una duración superior al añoLa maquinaria, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación material móvil y el resto del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o facturamaterial, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, utilizarán de acuerdo con las cláusulas funciones que deben realizar, adaptándose a los condicionantes de anchura de calles, pendientes y características específicas de las pólizas correspondienteszonas en que se programe su uso. Los materiales y maquinaria empleados por el adjudicatario cumplirán en todo momento la normativa vigente relativa a seguridad, tanto de los propios trabajadores del servicio como de los usuarios del mismo, ajustándose a la totalidad de las estipulaciones vigentes en esa materia. La misma se encontrará en las debidas condiciones de limpieza, tanto exterior como interior, dadas las características del material a transportar. Todos los vehículos que trabajen en la vía pública serán perfectamente visibles y dispondrán de los sistemas de seguridad obligatorios para los operarios. Estarán equipados con equipos de señalización precisa para su mejor detección y evitar así riesgos para los peatones y el tráfico rodado. La elección de la maquinaria a sustituir se tomará conjuntamente entre el concesionario y el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, según el estado de la maquinaria en ese momento. Las compras se realizarán con cargo al Fondo de Inversión. La maquinaria y vehículos que concluyan su vida útil real durante la vigencia del contrato quedarán en propiedad del adjudicatario para disponer de los mismos como entienda oportuno abonando por ello su valor residual. El Proveedor será responsable Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx podrá optar por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales adquirir de cuenta propia nuevos bienes para el servicio quedado obligado el contratista a mantener este materiales el mismo estado y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de condiciones que el resto delutilizado en la contrata. En este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor caso se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio la reestructuración económica del servicio que sus seguros contengan, así se entienda oportuna sin que ello implique modficación contractual al definirse como de cualquier suma exigible una aportación al fondo en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:especie.

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Samples: Pliego Tecnico Del Contrato Integral De Gestion De Los Servicios Publicos De Limpieza Viaria, Recogida Y Transporte De Residuos Sólidos Urbanos Y Mantenimiento Y Conservación De Zonas Verdes

Generalidades. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentesÁrea Requirente, dependientes y terceros afectados al servicio. En el supuesto a través de reclamos un servidor público con nivel jerárquico m ínimo de cualquier índoleGerente, que se originen en razón de los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. con base en la materia a ICM, determinará la fecha conveniencia de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior.solicitar al AEI M, las que se instrumentarán incluir en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” pliego de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse requisitos y en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del el contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso la Modalidad, Tipo y Porcentaje de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto Garantía(s) que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denunciaestime pertinente, de acuerdo con las cláusulas características de la contratación. En el pliego de requisitos y en el contrato se deberá indicar el nombre del área responsable de la administración de la o las garantías, que debe estar adscrita al Área Contratante y será la responsable de la recepción, validación, aceptación, guarda y custodia de estas y tendrá la facultad para la cancelación respectiva, previa conformidad del titular del Área Requi rente, la cual deberá ser expresada por escrito. Una vez definido en el pliego de requisitos y en el contrato, el modelo, tipo y porcentaje de las pólizas correspondientesGarantías, no podrá ser modificado ni anulado. El Proveedor será responsable A partir de que se hagan exigibles las obligaciones entre la Empresa Contratante y el Proveedor, éste deberá cumplir con la entrega de las Garantías solicitadas. La Garantía deberá constituirse en la misma moneda que se establezca en el pliego de requisitos y en el contrato respectivo, a favor o a satisfacción de la Empresa Contratante. Tratándose de contratos celebrados por todas las pérdidasAdjudicación Directa al amparo del artículo 80 de la Ley de la CFE, reclamosa juicio del Área Requirente, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos por la importancia o trascendencia de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte la prestación de los requerimientos servicios o la entrega de este Artículolos bienes, ya sea como resultado se podrá solicitar la presentación de Garantías de Cumplimiento, de Calidad o Xxxxxx Xxxxxxx y, en su caso, de Anticipo. En caso de incumplimiento en la entrega de la(s) Garantía(s), el Administrador del Contrato o el Coordinador de Administradores (en caso de contrataciones consolidadas), deberá informar por escrito al Área Jurídica de la anulación Empresa Contratante dentro de cualquiera los 5 d ías hábiles siguientes a aquel en el que se dio el incumplimiento, para que, de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen resultar conveniente, se inicie procedimiento de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:rescisión.

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Samples: potcorporativo.cfe.mx

Generalidades. El Proveedor (a) Este título forma parte de una Serie (la “Serie”) debidamente autorizada de títulos de deuda de la Provincia de Santa Fe (la “Provincia”), designada como sus Bonos al [ ]%con vencimiento el (cada título de esta Serie será plenamente responsable por sus agentesdenominado un “Título” y, dependientes colectivamente los “Títulos” y terceros afectados al servicio. En el supuesto de reclamos de cualquier índole, que se originen en razón de los servicios emite o será emitidoen una o más Series (a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán denominará en forma colectiva los “Títulos de Deuda”) a tenor de un Contrato de Fideicomiso de fecha [•] noviembre de 2016, celebrado entre la Provincia y U.S. NationalAssociation, en su carácter de fiduciario (el Anexo Denominado CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” Fiduciario”), y sus eventuales modificatorias (el “Contrato de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte Fideicomiso”). Los Tenedores de los Títulos (definidos a continuación) tendrán todos los derechos y obligaciones emergentes del presente legajo.” Las pólizas y serán considerados notificados de seguros deberán contratarse todas las disposiciones del presente Contrato de Fideicomiso. Se encuentra en compañías aseguradoras legalmente habilitadas archivo una copia del Contrato de Fideicomiso, la que podrá ser consultada en las Oficinas de la Compañía Fiduciaria del Fiduciario en la República Argentina Ciudad de Nueva York. Sujeto a los términos del apartado12, la Provincia certifica y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contratogarantiza por el presente que todos los actos, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio condiciones y medidasque se deben realizar y observar y adoptar antes de la prestación constitución, ejecución y, si correspondiera, la emisión del servicio o Contrato de Fideicomiso y los Títulos paraque éstos resultenobligacioneslegales, válidas y vinculantes de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, Provincia exigibles de acuerdo con las cláusulas sus términos, se han realizado y cumplido y que se han producido en estricto cumplimiento de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y leyes aplicables. Todos los términos utilizados en este Título que comiencen con letra mayúscula pero no que no estén definidos en el presente tendrán los significados que se les asignan en el Contrato de Fideicomiso. Si las costas, costos y gastos disposiciones del Contrato de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos Fideicomiso se contrapusieran a las disposiciones contenidas en este Título,a efectos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:Título regirán estas últimas.

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Samples: Contrato De Fideicomiso

Generalidades. Todos los revoques serán nuevos. Con el fin de evitar los remiendos, no se realizarán finos o enduídos sobre ningún paramento, hasta que todos los gremios hayan terminado los trabajos previos. Previo a la realización de los revoques se deberá constatar que los muros correspondientes no tengan fisuras, en este caso se colocarán llaves xx xxxxxx de manera transversal a las fisuras, con posterior co- locación de metal desplegado sobre papel y posterior revoque. No se realizaran remiendos de revoques de ningún tipo en los muros existentes sino que deberán picar- se por completo y realizarlos nuevamente, previo planchado o castigado cementicio, según corresponda. Asimismo se efectuarán las reparaciones que resulten necesarias como consecuencia de la demolición. Los revoques exteriores e interiores ejecutados con material de cal tendrán un espesor mínimo de 1,5 cm, no admitiéndose en su realización xxxxx xx xxx o algún otro elemento que reemplace la ejecución de fajas para su correcto aplomado. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentesrevoque grueso exterior se realizará previo planchado cementicio y se dosificará 2 de cal hidráulica, dependientes 5 de arena mediana, más un 10 % de cemento, el revoque grueso inter- ior se realizará previo castigado o planchado cementicio con una dosificación de ½ : 2 : 5, cemento, cal y terceros afectados al servicioarena mediana. Sobre los revoques gruesos se procederá a colocar los revoques finos con un espesor mínimo de 3 mm, solo en paredes que no lleven revestimientos y hasta altura de cielorrasos. En el supuesto de reclamos de cualquier índole, que interior se originen en razón de los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio utilizará re- voque fino preparado para interiores tipo Iggam o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadassimilar superior. En todos los supuestoscasos las superficies de los paramentos deberán quedar totalmente lisas, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable parejas, de color blanco uniforme, sin manchas ni reto- ques aparentes ni trazas realizadas por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:regla.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Legales Generales

Generalidades. La Tarjeta no es ni Tarjeta de crédito, ni Tarjeta de débito, ni una Cuenta de Depósitos en Garantía, ni Tarjeta de compra en los términos de la ley 25.065 y demás normas aplicables, por lo que no se encuentra alcanzada por la legislación aplicable a estos productos mencionados. La GiftCard Empresas es una Tarjeta de regalo prepaga emitida por Cencosud S.A. La Tarjeta es al portador y no podrán recargarse. Las Tarjetas no tienen devolución y no pueden ser cambiadas por dinero en efectivo. El Proveedor derecho a ser utilizada estará dado por la tenencia legítima de la misma, siempre y cuando haya sido activada por Cencosud S.A. Las Tarjetas podrán ser utilizadas inmediatamente luego de su entrega y únicamente en los productos brindados en todos y cada uno de los locales adheridos. El Usuario de la Tarjeta, no podrá bajo ninguna excepción, comprar, adquirir y/o contratar productos y/o servicios distintos a los ofrecidos en los locales adheridos, ni abonar impuestos y/o servicios tales como Tarjeta Cencosud, ABL, Aguas Argentinas, AySA, luz, gas, teléfono, recarga de celulares, etc. ni abonar cualquier otro gravamen municipal, provincial y/o nacional con la misma, que puedan, ser o no, cobrados y/o recaudados por los locales adheridos. Cencosud S.A. se reserva el derecho de modificar en cualquier momento con preaviso de un mes los bienes que podrán abonarse con las Tarjetas. Las Tarjetas no pueden utilizarse para extraer dinero en efectivo, ni son aptas para ser utilizadas en Cajeros Automáticos y no pueden ser comercializadas por una persona distinta a Cencosud S.A. y/o quien ella destine. No podrá ser utilizada para realizar operaciones en el extranjero, siendo válidas únicamente en los comercios de la República Argentina que la acepten. Se considerará Tarjetas ilegalmente obtenidas a aquellas que lo sean por cualquier medio o procedimiento no autorizado por este Reglamento. En consecuencia, quedan fuera de los presentes términos y condiciones y no podrá dárseles el uso que se les da a las Tarjetas debidamente activadas de conformidad con el presente Reglamento a aquellas ostentadas de ese modo, las cuales serán nulas. Cencosud se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan contra cualquier persona que intente un uso fraudulento de una/s Tarjeta. El límite de utilización de la Tarjeta vendrá determinado, en cada momento, por el saldo cargado y no utilizado. La carga se regirá, además de lo establecido en la presente solicitud, por las normas, procedimientos y condiciones específicas que sean aplicables al medio, sistema o servicio a través del cual se materialice las mismas. El monto de cada una de las compras realizadas será plenamente responsable debitado automáticamente del saldo de la Tarjeta hasta que el mismo sea igual a $0. Se pueden realizar compras solamente cuando existe saldo acreedor en la misma. Sin embargo, si por sus agentesproblemas en el sistema o alguna otra causa se da una transacción sin tener los fondos suficientes para cubrirla, dependientes y terceros afectados al serviciocreando así un saldo negativo en la Tarjeta, el Usuario se compromete a cubrir dicha diferencia en ese acto. No se podrá realizar una compra con más de tres tarjetas GiftCard. En el supuesto momento de reclamos de cualquier índolela compra, que se originen en razón de el Usuario deberá firmar los servicios a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidad. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en la materia a la fecha de formalización del contrato y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán comprobantes expedidos en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” de Aguas Santafesinas S.A., local adherido y guardar la copia que forman parte del presente legajole pertenece.” Las pólizas de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año. En caso de contratos de una duración superior al año, las pólizas podrán ser anuales, debiendo, en tal caso, contener una cláusula de renovación automática. El día de inicio de la prestación del servicio o de la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas y los recibos de pagos en original y copia, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotas, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivas. La Inspección de trabajos no aprobará los certificados o facturas en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación del proveedor notificar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadas. En todos los supuestos, AGUAS SANTAFESINAS S.A. no será responsable por suma alguna que el Proveedor se viera obligado a pagar a terceros con motivo de su responsabilidad o por incumplimiento del régimen de seguros. Las pólizas deberán contener las siguientes cláusulas:

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Samples: www.easy.com.ar

Generalidades. Las obras a cotizar están detalladas en los planos, planillas y memorias que componen los recaudos. El Proveedor será plenamente responsable por sus agentes, dependientes y terceros afectados al serviciooferente deberá incluir en su oferta todo lo detallado en los recaudos. En el supuesto de reclamos de cualquier índole, Toda tarea que se originen haya omitido pero que sea necesaria para la concreción de la obra en razón los niveles de los servicios calidad óptimos que la misma requiere, deberá considerarse incluida en la oferta sin dar derecho a cargo del PROVEEDOR, éste deberá mantener indemne a AGUAS SANTAFESINAS S.A., reclamo alguno por accidentes, multas, gastos, incluyendo honorarios y costasesta causa. Cualquier elemento que no se incluya en esta memoria, y sin que sea de conveniencia incluir a juicio del constructor o subcontratistas, deberá ser tenido en cuenta en el presupuesto. La presente Memoria se refiere expresamente a los montos trabajos que son objeto de los seguros que se indican en esta sección constituyan un límite a su responsabilidadeste proyecto. El Proveedor deberá contratar y mantener vigentes los seguros indicados en estas Condiciones de Contratación, atendiéndose asimismo a Son válidas las condiciones establecidas por AGUAS SANTAFESINAS S.A. en xxx Xxxxxx General de Condiciones para la materia a Construcción xx Xxxxxxx y Carreteras de la fecha Dirección Nacional de formalización Vialidad del contrato M.T.O.P. (PGC) y a cualquier modificación posterior., las que se instrumentarán en el Anexo Denominado “CLAUSULAS DE SEGURO A INCORPORAR EN LAS PÓLIZAS PARA CONTRATOS Y ÓRDENES DE COMPRA” Especificaciones técnicas complementarias y/o modificativas del PGC de Aguas Santafesinas S.A., que forman parte del presente legajo.” Las pólizas la Dirección Nacional de seguros deberán contratarse en compañías aseguradoras legalmente habilitadas en la República Argentina y a satisfacción Vialidad vigente x xxxxxx de AGUAS SANTAFESINAS S.A.. Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato, cuando éste no fuera mayor a un año2003 (ETCM). En caso de contratos contradicción, vale lo expresado en esta Memoria. Será responsable del cumplimiento de una duración superior al añolas leyes que rigen para todas las construcciones y de lo que prescriben las ordenanzas del Departamento xx Xxxxxxxxx y las reglamentaciones de UTE, OSE, ANTEL, etc. Deberá mantener en perfecto estado de uso las pólizas podrán ser anualesvías de acceso necesarias y señalar la entrada y salida de camiones así como proteger y mantener en perfecto estado de condiciones las obras existentes. Toda reparación necesaria para corregir los deterioros producidos a las mismas y restituirlas a sus condiciones originales será a su costo y cargo. Será responsabilidad de la Empresa Contratista la organización general de la obra, debiendola oportuna iniciación de los trabajos y la realización de los mismos, en tal casoplazos tales que no se produzcan interferencias entre ellos. Se deberán tomar las precauciones y medidas necesarias para evitar que en los días de lluvia las aguas pluviales puedan perjudicar las obras existentes, contener una cláusula de renovación automáticalos trabajos realizados y/o a realizar. El día Contratista deberá disponer de inicio todos los elementos necesarios para una adecuada señalización y balizamiento de la prestación del servicio o de obra (carteles, barreras, etc.). Se deberá contar con elementos que permitan la relación contractual, el Proveedor deberá presentar a AGUAS SANTAFESINAS S.A. las pólizas señalización nocturna y los recibos eventuales cierres de pagos calles o desvíos de tránsito (guirnaldas, balizas electrificadas, etc). Este señalamiento deberá estar en original perfectas condiciones, al igual que cualquier otro que resulte necesario emplazar para la seguridad pública de vehículos, personal y copiaequipos empleados en la obra, indicando si los pagos se realizan en forma total o en cuotassiendo responsabilidad exclusiva del contratista el emplazarlo, o en su defecto, certificados de cobertura originales, donde se indique conservarlo y retirarlo cuando la compañía aseguradora, el riesgo cubierto, vigencia, límites y alcances de la cobertura, como así también las sumas aseguradas, todo ello a satisfacción de Aguas Santafesinas S.A. . Posteriormente, y siempre antes de presentar el primer certificado de trabajo o factura, se deberán entregar las pólizas definitivasinstalación haya finalizado. La Inspección cartelería de trabajos no aprobará los certificados o facturas señalización deberá estar pintada con pintura reflectiva. Las leyendas presentes en el supuesto que el proveedor no haya presentado las pólizas correspondientes. Será obligación la cartelería de señalización, deberán ajustarse en un todo al riesgo potencial del proveedor notificar cual se pretende resguardar a los aseguradores de cualesquiera de los seguros requeridos, cualquier cuestión o suceso para el cual fuese necesaria dicha denuncia, de acuerdo con las cláusulas de las pólizas correspondientes. El Proveedor será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales personas y las costas, costos y gastos de cualquier índole originados o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos de este Artículo, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. El régimen de seguros impuesto por AGUAS SANTAFESINAS S.A. al Proveedor, no limita ninguna responsabilidad, contractual o extracontractual, u obligación de éste hacia terceros o hacia AGUAS SANTAFESINAS S.A.. En consecuencia el Proveedor se hará cargo de cualquier franquicia o descubierto obligatorio que sus seguros contengan, así como de cualquier suma exigible en exceso de las sumas aseguradas mínimas solicitadas para cada riesgo, o por cualquier riesgo no cubierto por las pólizas solicitadasvehículos. En todos los supuestoscasos en que sea necesario, AGUAS SANTAFESINAS S.A. el contratista deberá tomar las providencias para realizar las obras de manera de no interrumpir totalmente el tránsito o en su defecto de restablecerlo rápidamente. La inspección podrá juzgar conveniente requerir la agregación de medidas de seguridad adicionales en bien del servicio a prestar por el contratista y de la seguridad vial. La señalización mencionada al comienzo de este párrafo, así como la que eventualmente pudiera exigir la Dirección de Obra, tanto en cantidad, como en calidad de la misma, no será objeto de pago por separado considerándose la misma prorrateada dentro de los rubros respectivos del Contrato. El Contratista será totalmente responsable por suma alguna cualquier tipo de daño a terceros que pudiera ocasionar, durante el Proveedor desarrollo de los trabajos, así como por una incorrecta señalización de la zona de obras. Se deberá mantener obligatoriamente los distintos lugares de trabajo (obra, depósito, etc.) y la obra en construcción, en adecuadas condiciones de higiene, esto incluye también los locales sanitarios, los que deberán estar permanentemente limpios y desinfectados, teniendo que asegurar el correcto y permanente funcionamiento de todas sus instalaciones. La zona periférica a los trabajos se viera mantendrá libre de escombros o desechos de la obra. El Contratista será plenamente responsable de la adecuada estabilidad y seguridad de las obras y los métodos constructivos. Durante todo el transcurso de la obra el Contratista estará obligado a pagar velar por la seguridad de los obreros y demás personal, tanto en el interior como en el exterior de la misma, así como en la vecindad inmediata. Se deberán cumplir las leyes, ordenanzas y reglamentos del Banco de Seguros del Estado y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, sobre prevención de accidentes de trabajo y bajo la responsabilidad de un Técnico Prevencionista dispuesto por el Contratista. Si en cualquier momento, a terceros con motivo juicio de la Dirección de Obra los métodos usados por el Contratista parecieran insuficientes para la seguridad de los trabajadores, podrá ordenar un aumento de la seguridad sin costos adicionales para la Administración. Sin embargo en ningún caso estará el Contratista exonerado de su responsabilidad obligación, de acuerdo a las exigencias del Banco de Seguros del Estado y del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de garantizar la seguridad en el trabajo. Será él, responsable por la seguridad en las obras y por cualquier daño que resulte de la falta de la misma. En casos de urgencia la Dirección de Obra podrá disponer de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y cargar los gastos al Contratista. Los mismos serán descontados en el primer certificado presentado inmediato al surgimiento de la urgencia. El Contratista deberá instalar en lugares bien visibles carteles prohibiendo el paso a la obra a toda persona y/o por incumplimiento del régimen vehículo ajenos a la misma y obligando el uso xx xxxxx a toda persona que se encuentre dentro de segurosla zona delimitada como área de trabajo, cualquiera sea su función o tarea dentro de ella. Las pólizas excavaciones deberán contener ser apropiadamente protegidas para evitar lesiones a trabajadores o terceros. El Contratista deberá dar detalle de las siguientes cláusulas:medidas de seguridad correspondientes a cada fase del avance de obra. En el transcurso de la obra, etapas preliminares o finales, se tendrá especial cuidado de no afectar a terceros. En caso de ser necesario la realización de construcciones transitorias se deberá avisar a los afectados y se tomarán las medidas de seguridad para cada caso. Se avisará en tiempo y forma la duración de dichas afectaciones, y se solicitarán los permisos correspondientes. Se evacuarán los desechos de construcción rápidamente y se tratará de evitar la producción de polvo y ruidos molestos. Se seguirán las disposiciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Banco de Seguro del Estado. Las construcciones auxiliares, oficinas, servicios higiénicos, vestuarios, etc., no deberán generar ninguna agresión ambiental (basura, efluentes, desperdicios orgánicos, etc.). También está obligado a suministrar a la Dirección de Obra toda la información que ésta juzgue conveniente y con la anticipación que ésta estime necesaria, a los efectos de mantener adecuadamente informados a los vecinos de la zona afectada por los trabajos. Si durante el transcurso de la obra corresponden períodos de licencia de la construcción, el contratista deberá disponer el personal y equipo necesario para realizar el mantenimiento de la misma de acuerdo al nivel de avance que tenga en ese momento. En todos los casos se deberá mantener y controlar el equipamiento de señalización de obra y todo lo relativo a las condiciones de seguridad de la circulación del tránsito de vehículos y peatones en las zonas de obra. El acceso del personal, carga y descarga de materiales, etc. a la obra, se coordinará con la Dirección de Obra. Se deberá levantar, mantener y remover un sistema provisorio de cercos y vallados apropiados y aprobados por la Dirección De Obra, para circular por las áreas de trabajo. Una vez finalizada la obra, el Contratista deberá retirar y/o demoler las construcciones provisorias, retirando los materiales y dejando el terreno nivelado, libre de escombros y cegando los pozos que hubiere construido. Tanto el mobiliario como los materiales de las construcciones provisorias quedarán en su propiedad.

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Samples: www.maldonado.gub.uy