Gestión medioambiental Cláusulas de Ejemplo

Gestión medioambiental. Será por cuenta de la empresa mantenedora la gestión de los residuos sujetos a reglamentación específica generados por su actividad en relación al servicio de mantenimiento. El mantenedor proporcionará a la propiedad los documentos acreditativos de su tratamiento de acuerdo con la normativa aplicable. Todo el personal de la empresa contratista que intervenga en los trabajos contratados debe conocer los requisitos ambientales que le sean de aplicación. La empresa contratista cumplirá con todos los requisitos legales establecidos en los ámbitos comunitario, estatal, autonómico y municipal. Por tanto, será responsable de cualquier incumplimiento legal derivado de una mala gestión ambiental en sus trabajos. Cualquier daño ocasionado por la empresa contratista al medio ambiente durante el desarrollo de los trabajos contratados será asumido enteramente por ella. La APB no se hace responsable de los posibles costes derivados del mismo: p.e. control, medición, corrección, sanción, indemnización. En el caso de la empresa contratista subcontrate alguno de los trabajos, la nueva empresa contratada estará obligada a cumplir todos los requisitos ambientales aplicables a la primera. La empresa contratista solicitará y comunicará toda la información en materia ambiental necesaria: requisitos ambientales, consultas, datos, incidentes, informes. La empresa contratista realizará el control operacional, seguimiento y medición relativos a los residuos, vertidos, emisiones y ruidos generados por ella en el desarrollo de sus trabajos. En caso de incumplimiento de los requisitos legales y/o ambientales, la APB podrá adoptar las medidas adecuadas para resolver dicha situación, incluida la resolución del servicio, dependiendo de la naturaleza del perjuicio causado. La APB se reserva el derecho de solicitar resarcimientos y compensaciones a la empresa contratista por motivo de los costes económicos adicionales derivados de sus incumplimientos: degradación ambiental, sanciones, denuncias o deterioro de la imagen pública. La empresa contratista informará a la APB de todos los incidentes con repercusión ambiental que tengan lugar en el desarrollo de los trabajos. La APB podrá efectuar inspecciones sobre los aspectos ambientales de las actividades a realizar, durante todas las fases de ejecución. La empresa contratista se asegurará que las instalaciones utilizadas en el desarrollo de sus trabajos están ordenadas y limpias. Las zonas que sufran alguna alteración temporal como consecuenc...
Gestión medioambiental. La protección del medio ambiente es uno de los prin- cipios básicos de gestión de la empresa, es por ello que la empresa se compromete a aplicar una política de protección del medio ambiente, que tiende a superar las expectativas de los/as clientes/as, las exigencias le- gales y confirma que no impactará conscientemente sobre el medio ambiente. Como base del sistema de gestión medioambiental se establecen en el presente artículo los siguientes conceptos y objetivos: * Reducción del consumo energético. * Reducción del consumo de agua. * Reducción del consumo de papel y otros bienes consumibles. * Recogida selectiva y fomento del reciclaje de los re- siduos generados. Introducir todas aquellas medidas económica y tec- nológicamente viables que comporten un mayor res- peto hacia el entorno, estableciendo planes para la pre- vención y reducción de todos los tipos de contamina- ción y los impactos medioambientales de los distintos procesos de negocio, presentes o en desarrollo (en condiciones normales o en caso de incidentes) dentro de un sistema de mejora continua. Sustitución de aquellos materiales y productos que en su producción y utilización provocan un deterioro medioambiental. Fomentar la responsabilidad a todos los niveles de la organización respecto a temas ambientales a través de programas de formación e información para el personal, colaboradores (clientes/as, proveedores/as y subcontra- tistas) y organismos. Mejorar el comportamiento am- biental de las instalaciones y actividades de la empresa.
Gestión medioambiental. Dado que el contrato supone la ejecución de obras cuya realización supone una alteración de las condiciones medioambientales existentes, el licitador deberá acreditar tener implantado un Sistema de Gestión Medioambiental, en desarrollo del Reglamento CE EMAS 761/2001, de 19 xx xxxxx de 2001, o certificado por la Norma UNE/EN/ISO 14001 u otra norma equivalente; mediante fotocopia legitimada notarialmente de la declaración medioambiental validada o del certificado de gestión medioambiental expedido por organismo independiente acreditado. En el caso de UTE, todas y cada una de las empresas que conformen la unión temporal deberán acreditar estar en posesión de sus respectivos certificados en relación con el párrafo anterior. En consecuencia, no será admisible la oferta presentada por una UTE si cualquiera de las empresas que la conforman carece del correspondiente certificado acreditativo.
Gestión medioambiental. El Suministrador será responsable del desarrollo e implementación de las operaciones de gestión medioambiental que le sean de aplicación según la legislación El Suministrador será responsable del cumplimiento de todas las disposiciones legales de carácter oficial o privado en materia de Seguridad y Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, obligándose a la puesta en práctica de las mismas.
Gestión medioambiental. La gestión de los residuo s tóxicos o peligrosos generados como consecuencia de las operaciones de mantenimiento de las instalaciones, la realizará el adjudicador a través de una empresa colaboradora especializada. El adjudicatario deberá coordina r con el responsable de la empresa de Gestión medioambiental la retirada de dichos residuos, avisando o dando parte por escrito, a dichos responsables, de los residuos que se generan por su actividad, para su recogida y procesamiento.
Gestión medioambiental. El licitador definirá las actuaciones medioambientales a realizar teniéndose en cuenta las siguientes consideraciones: - La responsabilidad de los residuos recae en la empresa contratista, que será responsable de su gestión y asumirá los gastos que se deriven de ello. - Será responsabilidad de la empresa contratista el ejecutar las medidas oportunas, hasta la total restitución del terreno, en el caso de que se produzca un accidente y como consecuencia de él se contamine el suelo o se produzcan vertidos accidentales a un cauce público. - El adjudicatario está obligado a que la maquinaria a utilizar en la realización de los trabajos cumpla con la normativa vigente sobre emisiones, tanto de gases como sonoras. - El adjudicatario será responsable de la obtención de los correspondientes permisos administrativos necesarios para la correcta ejecución de la obra (consumos de agua, vertidos, gestión de residuos,…), debiendo asumir los costes que de ello derive. - El adjudicatario designará a la persona, o grupo de personas, responsables en materia medioambiental. Estas personas reportarán a la Dirección de Obra sobre las acciones y trámites en materiamedioambiental. - El adjudicatario está obligado a la presentación a la propiedad de un plan de gestión de los residuos de construcción y demolición, conforme estipula el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Igualmente estará obligado al cumplimiento de dicho real decreto en calidad de poseedor de los residuos.
Gestión medioambiental. La protección del medio ambiente es uno de los principios básicos de gestión de las empresas del sector, es por ello que las partes firmantes del presente Convenio se comprometen a aplicar una política de protección del medio ambiente, que tiende a superar las expectativas de los clientes, las exigencias legales y confirma que no impactará conscientemente sobre el medio ambiente.
Gestión medioambiental. Dado que el contrato supone la ejecución de obras cuya realización implica una alteración de las condiciones medioambientales existentes, el licitador deberá acreditar tener implantado un Sistema de Gestión Medioambiental, que incluya la actividad de ejecución de obras lineales viarias o ferroviarias, en desarrollo del Reglamento CE EMAS 761/2001, de 19 xx xxxxx de 2001, o a otros sistemas de gestión medioambiental reconocidos de conformidad con el artículo 45 del Reglamento CE nº 1221/2009, de 25 de noviembre de 2009, o a otras normas de gestión medioambiental basadas en las normas europeas o internacionales pertinentes de organismos acreditados (por ejemplo, certificado por la Norma UNE/EN/ISO 14001). La acreditación se realizará mediante fotocopia legitimada notarialmente de la declaración medioambiental validada o del certificado equivalente expedido por organismos establecidos en cualquier Estado Miembro de la Unión Europea, aceptando también otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental que presente el licitador, en particular, una descripción de las medidas de gestión medioambiental ejecutadas, siempre que el licitador demuestre que dichas medidas son equivalentes a las exigidas con arreglo al sistema o norma de gestión medioambiental aplicable. En el caso de UTE, todas y cada una de las empresas que conformen la unión temporal deberán acreditar estar en posesión de sus respectivos certificados o pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental, en relación con el párrafo anterior. En consecuencia, no será admisible la oferta presentada por una UTE si cualquiera de las empresas que la conforman carece del correspondiente certificado o prueba de medidas equivalentes de gestión medioambiental, acreditativos. M o v i l i d o r t e s , MINISTERIO a d y A g e n d o d e T r a n s p DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA a U r b a n a M i n i s t e r i
Gestión medioambiental. El licitador deberá acreditar tener implantado un Sistema de Gestión Medioambiental, en desarrollo del Reglamento CE EMAS 761/2001, de 19 xx xxxxx de 2001, o certificado por la Norma UNE/EN/ISO 14001 u otra norma equivalente; mediante fotocopia legitimada notarialmente de la declaración medioambiental validada o del certificado de gestión medioambiental expedido por organismo independiente acreditado. En el caso de UTE, todas y cada una de las empresas que conformen la unión temporal deberán acreditar estar en posesión de sus respectivos certificados en relación con el párrafo anterior. En consecuencia, no será admisible la oferta presentada por una UTE si cualquiera de las empresas que la conforman carece del correspondiente certificado acreditativo.
Gestión medioambiental. Los sistemas deberán ser conformes con la Ley 10/1998, de 21 xx xxxxx, de Residuos y la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de envases y residuos de envases, especificando si se dispone de sistemas o productos gratuitos de depósito, devolución y retorno de envases y embalajes gestionados por el oferente. En este sentido, será igualmente de aplicación, el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. Será de obligado cumplimiento la presentación de fotocopia y original para su compulsa de los boletines de entrega de los elementos retirados a la empresa certificada de Residuos Compatibilidad electromagnética. Los sistemas ofertados cumplirán los requisitos de protección establecidos en el R.D. 444/1994, de 11 xx xxxxx, modificado por R.D 1950/1995 de 1 de diciembre y demás legislación concordante.